Cun til es como instrumento de polticas - PowerPoint PPT Presentation

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Cun til es como instrumento de polticas

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Adoptado en 1957 por la OIT, con el respaldo del sistema de las Naciones Unidas ... los casos judiciales y los debates parlamentarios en India (ley de ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Cun til es como instrumento de polticas


1
El Convenio de la OIT sobre los pueblos indígenas
y tribales, 1957 (núm. 107)
  • Cuán útil es como instrumento de políticas?

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Antecedentes
  • Primer convenio internacional en la materia
  • Adoptado en 1957 por la OIT, con el respaldo del
    sistema de las Naciones Unidas
  • Para abordar los problemas sociales de las
    poblaciones indígenas y tribales en países
    independientes
  • Ratificado por 27 países (aún vinculante para 18,
    entre ellos Bangladesh, India y Pakistán)
  • Buenas protecciones (derechos humanos y a las
    tierras) pero su enfoque es integracionista
  • Revisado por el Convenio núm. 169 en 1989

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Estatus del C.107 en la actualidad
  • No sigue abierto para ratificación
  • Se renuncia automáticamente al C.107 una vez que
    el país ratifica el C.169 (Argentina, Bolivia,
    Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, México,
    Paraguay y Perú)
  • Sigue siendo vinculante para los países que lo
    ratificaron
  • Cada 5 años se deben presentar informes sobre la
    implementación del C.107

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C.107 enfoque integracionista en perspectiva
  • En el momento de su adopción el enfoque respecto
    del desarrollo era paternalista, siendo el
    principal objetivo la integración
  • Pionero y progresista para su época
  • PERO ...
  • La OIT ya no respalda el enfoque integracionista
  • Las disposiciones relativas a la integración son
    consideradas por los órganos de supervisión como
    caducas y anticuadas
  • El derecho internacional es dinámico y evoluciona
    con el tiempo con nuevas interpretaciones de los
    temas en cuestión

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El C.107 continúa siendo una herramienta valiosa
para proteger y promover los derechos de los
pueblos indígenas
  • Por qué?
  • Muchas disposiciones son casi idénticas a las del
    Convenio revisado (núm. 169)
  • Establece sólidas salvaguardas, por ej., para los
    derechos a las tierras
  • Útil como marco para el desarrollo de los pueblos
    indígenas
  • Aporta argumentos persuasivos para consolidar los
    derechos en los países que lo han ratificado
  • Provee legitimidad para que la OIT y otras
    organizaciones trabajen en relación con las
    cuestiones de los pueblos indígenas en los países
    que lo ratificaron

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Resumen del Convenio núm. 107
  • Objetivo
  • Integración progresiva en la vida nacional (sin
    asimilación forzada)
  • Protección de las poblaciones en cuestión
  • Alcance
  • Poblaciones indígenas
  • Poblaciones tribales o semitribales (semitribales
    no es más relevante)
  • Evolución posterior
  • Ahora debería considerarse el concepto de
    autoidentificación

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Cuestiones tratadas
  • Equidad y no discriminación en el empleo y la
    ocupación
  • Instrucción en la lengua materna para los niños
  • Libertad de asociación
  • Mejora de las condiciones de vida y de trabajo
  • Promoción y protección de los derechos sociales,
    económicos y culturales
  • Protección contra el desplazamiento forzoso
  • Prestación de servicios sociales y de salud
  • Reconocimiento de los valores culturales y
    religiosos y el derecho consuetudinario
  • Reconocimiento de los derechos a las tierras
    tradicionales (aspectos colectivos e
    individuales)
  • Programas educativos especiales

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Se necesita una aplicación progresiva
  • Aplicar las disposiciones clave a la luz del
    enfoque del Convenio núm. 169
  • Por ej. empoderamiento no integración
  • Enfoque basado en lo derechos no basado en el
    bienestar
  • El objetivo es mejorar las condiciones de vida y
    de trabajo
  • ..........de este modo, el C.107 puede ser un
    marco útil y productivo para el desarrollo.

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Acciones que deben adoptar los gobiernos
  • Acción coordinada y control del cumplimiento
  • Tomar las medidas necesarias para garantizar el
    acatamiento del Convenio
  • Medidas especiales para proteger a estas
    poblaciones, teniendo en cuenta sus
    características culturales
  • Perseverancia al tratar los problemas de los
    pueblos indígenas hasta que se los resuelva
    satisfactoriamente

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Aplicación del Convenio núm. 107
  • La Comisión de Expertos de la OIT ha llamado la
    atención sobre la situación de los pueblos
    indígenas a la mayoría de los países examinados,
    entre ellos Argentina, Bangladesh, Brasil,
    Colombia, Ecuador, India, Irak y Pakistán
  • Las problemas planteados incluyen
  • - trabajo forzoso
  • - salud
  • - abuso de los derechos humanos
  • - derechos a las tierras

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El C. 107 está en vigencia en
  • 1. Angola
  • 2. Bangladesh
  • 3. Bélgica
  • 4. Cuba
  • 5. República Dominicana
  • 6. Egipto
  • 7. El Salvador
  • 8. Ghana
  • 9. Guinea-Bissau
  • 10. Haití
  • 11. India
  • 12. Irak
  • 13. Malawi
  • 14. Pakistán
  • 15. Panamá
  • 16. Portugal
  • 17. República Árabe de Siria
  • 18. Túnez

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Convenio núm. 107 en la práctica
  • La OIT está trabajando con los gobiernos y los
    socios entre los pueblos indígenas para
    implementar el C.107 en Bangladesh, India y
    Pakistán, donde continúa en vigencia.
  • Las actividades incluyen
  • Aumento de conciencia (en la comunidad nacional e
    internacional)
  • Capacitación de los funcionarios del gobierno y
    los representantes de los pueblos indígenas
  • El C.107 como un marco para el desarrollo en
    Bangladesh
  • Se promueve su uso en los casos judiciales y los
    debates parlamentarios en India (ley de
    reconocimiento de derechos forestales, políticas
    de rehabilitación y reasentamiento, casos de
    desplazamiento), y en casos de los pueblos de las
    Chittagong Hill Tracts en Bangladesh
  • Creación de capacidad en Pakistán sobre las
    necesidades especiales de los pueblos indígenas
  • Elaboración de un manual de capacitación sobre el
    C.107
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