Title: Cun til es como instrumento de polticas
1El Convenio de la OIT sobre los pueblos indígenas
y tribales, 1957 (núm. 107)
- Cuán útil es como instrumento de políticas?
2Antecedentes
- Primer convenio internacional en la materia
- Adoptado en 1957 por la OIT, con el respaldo del
sistema de las Naciones Unidas - Para abordar los problemas sociales de las
poblaciones indígenas y tribales en países
independientes - Ratificado por 27 países (aún vinculante para 18,
entre ellos Bangladesh, India y Pakistán) - Buenas protecciones (derechos humanos y a las
tierras) pero su enfoque es integracionista - Revisado por el Convenio núm. 169 en 1989
3Estatus del C.107 en la actualidad
- No sigue abierto para ratificación
- Se renuncia automáticamente al C.107 una vez que
el país ratifica el C.169 (Argentina, Bolivia,
Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, México,
Paraguay y Perú) - Sigue siendo vinculante para los países que lo
ratificaron - Cada 5 años se deben presentar informes sobre la
implementación del C.107
4C.107 enfoque integracionista en perspectiva
- En el momento de su adopción el enfoque respecto
del desarrollo era paternalista, siendo el
principal objetivo la integración - Pionero y progresista para su época
- PERO ...
- La OIT ya no respalda el enfoque integracionista
- Las disposiciones relativas a la integración son
consideradas por los órganos de supervisión como
caducas y anticuadas - El derecho internacional es dinámico y evoluciona
con el tiempo con nuevas interpretaciones de los
temas en cuestión
5El C.107 continúa siendo una herramienta valiosa
para proteger y promover los derechos de los
pueblos indígenas
- Por qué?
-
- Muchas disposiciones son casi idénticas a las del
Convenio revisado (núm. 169) - Establece sólidas salvaguardas, por ej., para los
derechos a las tierras - Útil como marco para el desarrollo de los pueblos
indígenas - Aporta argumentos persuasivos para consolidar los
derechos en los países que lo han ratificado - Provee legitimidad para que la OIT y otras
organizaciones trabajen en relación con las
cuestiones de los pueblos indígenas en los países
que lo ratificaron
6Resumen del Convenio núm. 107
- Objetivo
- Integración progresiva en la vida nacional (sin
asimilación forzada) - Protección de las poblaciones en cuestión
- Alcance
- Poblaciones indígenas
- Poblaciones tribales o semitribales (semitribales
no es más relevante) - Evolución posterior
- Ahora debería considerarse el concepto de
autoidentificación
7Cuestiones tratadas
- Equidad y no discriminación en el empleo y la
ocupación - Instrucción en la lengua materna para los niños
- Libertad de asociación
- Mejora de las condiciones de vida y de trabajo
- Promoción y protección de los derechos sociales,
económicos y culturales - Protección contra el desplazamiento forzoso
- Prestación de servicios sociales y de salud
- Reconocimiento de los valores culturales y
religiosos y el derecho consuetudinario - Reconocimiento de los derechos a las tierras
tradicionales (aspectos colectivos e
individuales) - Programas educativos especiales
8Se necesita una aplicación progresiva
- Aplicar las disposiciones clave a la luz del
enfoque del Convenio núm. 169 - Por ej. empoderamiento no integración
- Enfoque basado en lo derechos no basado en el
bienestar - El objetivo es mejorar las condiciones de vida y
de trabajo - ..........de este modo, el C.107 puede ser un
marco útil y productivo para el desarrollo.
9Acciones que deben adoptar los gobiernos
- Acción coordinada y control del cumplimiento
- Tomar las medidas necesarias para garantizar el
acatamiento del Convenio - Medidas especiales para proteger a estas
poblaciones, teniendo en cuenta sus
características culturales - Perseverancia al tratar los problemas de los
pueblos indígenas hasta que se los resuelva
satisfactoriamente
10Aplicación del Convenio núm. 107
- La Comisión de Expertos de la OIT ha llamado la
atención sobre la situación de los pueblos
indígenas a la mayoría de los países examinados,
entre ellos Argentina, Bangladesh, Brasil,
Colombia, Ecuador, India, Irak y Pakistán - Las problemas planteados incluyen
- - trabajo forzoso
- - salud
- - abuso de los derechos humanos
- - derechos a las tierras
11El C. 107 está en vigencia en
- 1. Angola
- 2. Bangladesh
- 3. Bélgica
- 4. Cuba
- 5. República Dominicana
- 6. Egipto
- 7. El Salvador
- 8. Ghana
- 9. Guinea-Bissau
- 10. Haití
- 11. India
- 12. Irak
- 13. Malawi
- 14. Pakistán
- 15. Panamá
- 16. Portugal
- 17. República Árabe de Siria
- 18. Túnez
12Convenio núm. 107 en la práctica
- La OIT está trabajando con los gobiernos y los
socios entre los pueblos indígenas para
implementar el C.107 en Bangladesh, India y
Pakistán, donde continúa en vigencia. - Las actividades incluyen
- Aumento de conciencia (en la comunidad nacional e
internacional) - Capacitación de los funcionarios del gobierno y
los representantes de los pueblos indígenas - El C.107 como un marco para el desarrollo en
Bangladesh - Se promueve su uso en los casos judiciales y los
debates parlamentarios en India (ley de
reconocimiento de derechos forestales, políticas
de rehabilitación y reasentamiento, casos de
desplazamiento), y en casos de los pueblos de las
Chittagong Hill Tracts en Bangladesh - Creación de capacidad en Pakistán sobre las
necesidades especiales de los pueblos indígenas - Elaboración de un manual de capacitación sobre el
C.107