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LEY N 28112 LEY MARCO DE LA ADMINISTRACION. FINANCIERA DEL SECTOR P BLICO ... Los aguinaldos, gratificaciones (fiestas patrias y navidad) y la bonificaci n de ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Diapositiva 1


1
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Dirección
Nacional del Presupuesto Público
PROCESO PRESUPUESTARIO DE LOS GOBIERNOS LOCALES
AÑO FISCAL 2006
Junio 2006
2
NORMAS DE CARÁCTER PRESUPUESTAL Año Fiscal 2006
  • LEY Nº 28112 LEY MARCO DE LA ADMINISTRACION
  • FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO
  • (En materia presupuestal todo lo relacionado al
    Título III
  • -Sistema Nacional de Presupuesto)
  • LEY Nº 28411 LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL
    DE PRESUPUESTO
  • LEY Nº 28652 LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR
    PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2006
  • LEY Nº 28653 LEY DE EQUILIBRIO FINANCIERO DEL
  • PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL
    2006
  • LEY Nº 28654 LEY DE ENDEUDAMIENTO DEL SECTOR
    PÚBLICO
  • PARA EL AÑO FISCAL 2006
  • DIRECTIVA Nº 003-2006-EF/76.01 DIRECTIVA PARA
    LA
  • EJECUCION DEL PROCESO PRESUPUESTARIO DE LOS
  • GOBIERNOS LOCALES 2006

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NORMAS QUE RECOGE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA
NACIONAL DEL PRESUPUESTO -EJECUCION
PRESUPUESTARIA-
  • Los créditos presupuestarios se destinan,
    exclusivamente, a los fines autorizados en los
    presupuestos y sus modificaciones.
  • Los créditos presupuestarios tienen carácter
    limitativo constituye límite máximo para
    comprometer y devengar gastos, conforme a los
    calendarios de compromisos.
  • Los calendarios de compromisos son aprobados por
    el Titular de la Entidad a nivel de Pliego,
    Fuente de Financiamiento y Grupo Genérico de
    Gasto.

DISPOSICIONES A TENER EN CUENTA LEY GENERAL DEL
SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO
3
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NORMAS QUE RECOGE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE PRESUPUESTO
-EJECUCION PRESUPUESTARIA-
Los créditos presupuestarios se destinan,
exclusivamente, a los fines autorizados en los
Presupuestos y sus modificaciones.
Los créditos presupuestarios tienen carácter
limitativo. Constituyen límite máximo para
comprometer y devengar gastos, conforme a los
calendarios de compromisos.
Los calendarios de compromisos son aprobados por
el Titular de la Entidad, a nivel de Pliego,
Fuente de Financiamiento y Grupo Genérico de
Gasto.
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NORMAS QUE RECOGE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE PRESUPUESTO
-EJECUCION PRESUPUESTARIA-
Etapas de la ejecución de los fondos públicos
Realización de gastos previamente aprobados,
afectando total o parcialmente los créditos
presupuestarios.
Compromiso
Reconoce una obligación de pago por un gasto
aprobado y comprometido, previa acreditación
documentaria. Regulado por Tesorería.
Devengado
Extingue, en forma parcial o total, el monto de
la obligación, formalizándose con documento
oficial. Regulado Tesorería.
Pago
5
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NORMAS QUE RECOGE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE PRESUPUESTO
-EJECUCION PRESUPUESTARIA-
Tratamiento de compromisos y devengados al
culminar año fiscal
Los gastos comprometidos y no devengados al 31 de
diciembre de cada año fiscal pueden afectarse al
Presupuesto Institucional del año siguiente,
previa anulación del registro presupuestario.
Los gastos devengados y no pagados al 31 de
diciembre de cada año fiscal, se cancelan durante
el primer trimestre del año siguiente.
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NORMAS QUE RECOGE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE PRESUPUESTO
-EJECUCION PRESUPUESTARIA-
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS No se podrá
autorizar habilitaciones para gastos corrientes
con cargo a anulaciones presupuestarias
vinculadas a gastos de inversión. inciso c)
numeral 41.1, artículo 41.
Los intereses por fuentes distintas a Recursos
Ordinarios y Crédito Externo, se incorporan en
las fuentes de financiamiento que las generó,
previa a su ejecución.
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NORMAS QUE RECOGE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE PRESUPUESTO
-EJECUCION PRESUPUESTARIA-
Tratamiento de remuneraciones, bonificaciones y
otros
La aprobación y reajuste de remuneraciones,
bonificaciones, aguinaldos y refrigerio y
movilidad de los trabajadores de los Gobiernos
Locales, se efectúa de acuerdo a lo dispuesto en
el D.S. Nº 070-85-PCM.
Corresponde al Concejo Provincial y Distrital,
según corresponda, garantizar que dichos
conceptos cuenten con el financiamiento
debidamente previsto y disponible, bajo sanción
de nulidad. Cualquier pacto en contrario es nulo.
Asimismo, verificar que dicho procedimiento
cuente con el marco legal actualizado (ejemplo
prohibiciones).
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NORMAS QUE RECOGE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA
NACIONAL DEL PRESUPUESTO -EJECUCION
PRESUPUESTARIA-
  • Los créditos presupuestarios se destinan,
    exclusivamente, a los fines autorizados en los
    presupuestos y sus modificaciones.
  • Los créditos presupuestarios tienen carácter
    limitativo constituye límite máximo para
    comprometer y devengar gastos, conforme a los
    calendarios de compromisos.
  • Los calendarios de compromisos son aprobados por
    el Titular de la Entidad a nivel de Pliego,
    Fuente de Financiamiento y Grupo Genérico de
    Gasto.

DISPOSICIONES A TENER EN CUENTA LEY DE
PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL
2006
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NORMAS QUE RECOGE LA LEY DE PRESUPUESTO DEL
SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2006
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
  • El GGG 1 Personal y Obligaciones Sociales no
    es objeto de habilitaciones a nivel de Pliego,
    salvo los que se efectúen en el mes de enero.
  • El GGG 2 Obligaciones Previsionales no podrá
    ser habilitador, salvo las habilitaciones que se
    realicen dentro del mismo GGG.
  • No pueden ser objeto de anulaciones los
    créditos presupuestarios asignados a los
    Programas Sociales y de Lucha contra la Pobreza.

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NORMAS QUE RECOGE LA LEY DE PRESUPUESTO DEL
SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2006
TRANSFERENCIAS FINANCIERAS
  • Las transferencia financieras de los
    Gobiernos Locales se aprueban mediante Acuerdo de
    Concejo, previo informe favorable de la Oficina
    de Presupuesto o la que haga sus veces en el
    Pliego.
  • Las transferencias financieras que reciban
    los Gobiernos Locales se incorporan en la Fuente
    de Financiamiento Donaciones y Transferencias
    para los fines a que fueron transferidos.

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NORMAS QUE RECOGE LA LEY DE PRESUPUESTO DEL
SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2006
ACCIONES DE PERSONAL
  • El ingreso a la administración pública se efectúa
    por concurso público cuando se cuente con la
    plaza presupuestada.
  • Los pagos al personal, activo y cesante, se
    realizarán teniendo como documento de compromiso
    la planilla única de pagos.
  • Toda acción de personal se realizará según la
    normatividad vigente y debe contar con el
    financiamiento en el GGG respectivo, de lo
    contrario son nulas.
  • Queda prohibido el ingreso de personal por
    servicios personales, salvo reemplazo por cese
    del personal o suplencia temporal producidos a
    partir del 2º semestre de 2005, designación en
    cargos de confianza, reincorporación o
    reubicación.
  • Los contratos de locación de servicios o SNP
    vigentes al 31.12.2003, prorrogados o
    reemplazados en el 2004 y 2005 pueden prorrogarse
    en el 2006.

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NORMAS QUE RECOGE LA LEY DE PRESUPUESTO DEL
SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2006
Artículo 5 de la Ley N 28562
20 para gastos corrientes
  • Mantenimiento de infraestructura
  • Procesos de selección proyectos
  • Elaboración de perfiles
  • Acciones de preservación del medio ambiente.

Canon y Regalías Mineras
El 5 de dicho monto puede ser destinado a la
elaboración de perfiles. El financiamiento y
cofinanciamiento de proyectos de inversión
pública no podrán considerar intervenciones con
fines empresariales.
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NORMAS QUE RECOGE LA LEY DE PRESUPUESTO DEL
SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2006
FONCOMUN
A efectos de la distribución del FONCOMUN,
téngase presente y de obligatorio cumplimiento
que los recursos transferidos a las
municipalidades provinciales y distritales sean
consensuados con las municipalidades de los
centros poblados bajo responsabilidad legal de
los alcaldes provinciales y distritales
respectivamente.
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NORMAS QUE RECOGE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA
NACIONAL DEL PRESUPUESTO -EJECUCION
PRESUPUESTARIA-
  • Los créditos presupuestarios se destinan,
    exclusivamente, a los fines autorizados en los
    presupuestos y sus modificaciones.
  • Los créditos presupuestarios tienen carácter
    limitativo constituye límite máximo para
    comprometer y devengar gastos, conforme a los
    calendarios de compromisos.
  • Los calendarios de compromisos son aprobados por
    el Titular de la Entidad a nivel de Pliego,
    Fuente de Financiamiento y Grupo Genérico de
    Gasto.

DISPOSICIONES A TENER EN CUENTA DIRECTIVA Nº
003-2006-EF/76.01 DIRECTIVA PARA LA EJECUCION
DEL PROCESO PRESUPUESTARIO DE LOS GOBIERNOS
LOCALES PARA EL AÑO FISCAL 2006
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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE EJECUCION
GOBIERNOS LOCALES 2006
Precisiones Generales
Los Proyectos nuevos, antes de su ejecución,
deben contar con la declaración de viabilidad
otorgada en el marco del SNIP, de conformidad con
la Ley Nº 27293, bajo responsabilidad de la OPP,
en el caso de las municipalidades incorporadas al
citado Sistema. Son nulas las modificaciones del
Presupuesto que utilicen procedimientos no
establecidos en la Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, tales como
reestructuración, reprogramación o reformulación
del Presupuesto Municipal, bajo responsabilidad
del Concejo y del Alcalde de cada municipalidad.
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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE EJECUCION
GOBIERNOS LOCALES 2006
Programación de Ingresos y Gastos
Es un proceso permanente que permite la fluidez
del gasto en función a la proyección de los
recursos que se esperan percibir por ello debe
actualizarse en forma continua. Los aguinaldos,
gratificaciones (fiestas patrias y navidad) y la
bonificación de escolaridad se programan
conjuntamente con la planilla de julio, diciembre
y febrero, respectivamente. Se toma en cuenta la
oportunidad y cuantía de las subvenciones y
transferencias financieras entre pliegos, de
acuerdo a los artículo 60º y 75º de la Ley
General.
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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE EJECUCION
GOBIERNOS LOCALES 2006
Ejecución del Gasto
El FONCOMUN provincial debe ser administrado por
la correspondiente municipalidad provincial es
decir, que ella ejecutará las acciones. No debe
ser distribuido en partes iguales entre los
distritos o efectuar al menos una obra en cada
distrito, sino que se ejecutará de acuerdo a los
resultados del Proceso de la Programación
Participativa.
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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE EJECUCION
GOBIERNOS LOCALES 2006
Instrumentos de asignación gradual
No constituyen sustento legal para aprobación de
resoluciones de modificaciones pptarias.
Constituye monto máximo para la ejecución de
gastos
Calendario de Compromisos Trimestral Mensualizado
No generar gastos que impliquen un futuro
desfinanciamiento del presupuesto
Es aprobado por Titular mediante resolución de
alcaldía
No concentrar en los primeros meses del trimestre
la asignación de los fondos públicos
Se modifican mediante Ampliación y son aprobados
por resolución de alcaldía
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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE EJECUCION
GOBIERNOS LOCALES 2006
COMPROMISOS DE GASTOS
El compromiso no puede ser mayor al monto del
crédito presupuestario aprobado por los Pliegos
en los Calendarios de Compromisos. Queda
prohibido que los actos administrativos
condicionen su aplicación a créditos
presupuestarios mayores o adicionales a los
establecidos en los Presupuestos, bajo sanción de
nulidad de pleno derecho de dichos actos.
(artículo 20, numeral 20.2).
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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE EJECUCION
GOBIERNOS LOCALES 2006
Modificaciones Presupuestarias
Nivel Institucional
CRÉDITOS SUPLEMENTARIOS
  • 11 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
    Interno
  • 12 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
    Externo

Aprobado por el Consejo Municipal
  • 01 Canon y Sobrecanon
  • 03 Renta de Aduanas
  • 07 Foncomun
  • 08 Otros Impuestos Municipales
  • 09 Recursos Directamente Recaudados
  • 13 Donaciones y Transferencias

Aprobado por el Titular del Pliego
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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE EJECUCION
GOBIERNOS LOCALES 2006
Modificaciones Presupuestarias
Nivel Funcional Programático
HABILITACIONES Y ANULACIONES
  • Se formalizan mensualmente dentro de los 10 días
    siguientes de vencido el mes.
  • A nivel de pliego, función, programa,
    subprograma, actividad, proyecto, fuente de
    financiamiento, categoría del gasto y grupo
    genérico del gasto.

Aprobado por el Titular del Pliego
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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE EJECUCION
GOBIERNOS LOCALES 2006
Demandas adicionales de gasto
No deben autorizarse gastos que no cuentan con el
crédito presupuestario respectivo en el
Presupuesto Institucional y sus modificaciones.
Se evalúa la atención de demandas adicionales de
gasto de acuerdo a las prioridades de gasto del
Pliego. De ser pertinente se efectúan las
modificaciones presupuestarias, con cargo al
Presupuesto Institucional.
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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE EJECUCION
GOBIERNOS LOCALES 2006
Los fondos públicos para el programa de
Alimentación y Nutrición para el Paciente
Ambulatorio con Tuberculosis y Familia PANTBC,
que transfiera el MIMDES a las Municipalidades
Provinciales, se incorporan al Presupuesto
Institucional, mediante Crédito Suplementario, en
la Fuente de Financiamiento 13. Donaciones y
Transferencias en la Cadena del Ingreso y
Estructura Funcional Programática siguiente
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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE EJECUCION
GOBIERNOS LOCALES 2006
Información relativa al Proceso Presupuestario
Las Municipalidades Provinciales y Distritales
registrarán en el Aplicativo Informático
SIAF-GL, conforme el MEF asegure su
interconexión, la información presupuestaria
sobre la ejecución de ingresos y gastos de los
Gobiernos Locales para el año fiscal 2006,
debiendo ser coherente con la información
reportada de carácter contable vinculada a la
materia presupuestal.
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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE EJECUCION
GOBIERNOS LOCALES 2006
NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE EJECUCION
GOBIERNOS LOCALES 2006
Codificación de proyectos en municipalidades
incorporadas al SNIP
Los proyectos de inversión priorizados en el
Presupuesto Participativo y considerados en los
PIAS 2006 con denominaciones genéricas, serán
codificados en la fase de ejecución una vez
declarado viable cada proyecto, para lo cual
deberán, si es necesario, efectuar modificaciones
presupuestarias en el nivel funcional
programático, a fin de anular el proyecto con
denominación genérica y habilitar el proyecto
(denominación específica) registrado en el Banco
de Proyectos del SNIP, para lo cual la DNPP
proporcionará la codificación correspondiente.
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NORMAS QUE RECOGE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA
NACIONAL DEL PRESUPUESTO -EJECUCION
PRESUPUESTARIA-
DISPOSICIONES A TENER EN CUENTA DIRECTIVA PARA
LA PROGRAMACIÓN, FORMULACIÓN Y APROBACIÓN DEL
PRESUPUESTO DE LOS GOBIERNOS LOCALES PARA EL AÑO
FISCAL 2007
  • Los créditos presupuestarios se destinan,
    exclusivamente, a los fines autorizados en los
    presupuestos y sus modificaciones.
  • Los créditos presupuestarios tienen carácter
    limitativo constituye límite máximo para
    comprometer y devengar gastos, conforme a los
    calendarios de compromisos.
  • Los calendarios de compromisos son aprobados por
    el Titular de la Entidad a nivel de Pliego,
    Fuente de Financiamiento y Grupo Genérico de
    Gasto.

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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE PROGRAMACIÓN,
FORMULACIÓN Y APROBACIÓN GOBIERNOS LOCALES 2007
Art. 7º - Objetivos Institucionales
Sobre la base del Resumen Ejecutivo de la
Comisión de Programación y Formulación, el
Titular del pliego o quien éste delegue,
actualiza y aprueba los Objetivos Institucionales
para el año 2007, los cuales se constituyen en
instrumento y guía para iniciar la preparación de
los presupuestos institucionales
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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE PROGRAMACIÓN,
FORMULACIÓN Y APROBACIÓN GOBIERNOS LOCALES 2007
Art. 8º - Objeto de la Fase
La Programación Presupuestaria es la fase en la
cual se efectúa lo siguiente
  • Determinar la escala de prioridades de los
    Objetivos Institucionales y proponer las metas
    presupuestarias.
  • Determinar demanda de gasto compatible con el
    Ppto. Participativo y con las funciones del
    pliego.
  • Procesos para la estimación de los fondos
    públicos - determinar la Asignación
    Presupuestaria -Pliego.
  • Financiamiento de la demanda global de gasto en
    función de la estimación de los fondos públicos.

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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE PROGRAMACIÓN,
FORMULACIÓN Y APROBACIÓN GOBIERNOS LOCALES 2007
Art. 10º - Elementos para la propuesta de Metas
Presupuestarias
  • Finalidad Es la precisión del objeto de la meta
  • Unidad de Medida Establece la forma de medir la
    meta.
  • Cantidad Es el número de unidades de medida que
    se espera alcanzar.
  • Ubicación geográfica Lugar donde se desarrolla
    la Actividad o Proyecto.
  • Características
  • Razonables Factibles de ser cumplidas, tener en
    cuenta montos asignados.
  • Claras Definidas y diferenciadas a fin de evitar
    confusiones.
  • Mensurables Susceptibles de medición.

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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE PROGRAMACIÓN,
FORMULACIÓN Y APROBACIÓN GOBIERNOS LOCALES 2007
Art. 12º - Pautas para la determinación de la
Demanda Global de Gastos
La Oficina de Administración informa a la Oficina
de Planeamiento y Ppto. el monto de los gastos a
nivel de GGG, de los bienes y servicios, así como
las transferencias a otras entidades. La
Oficina de Personal informa a la Oficina de
Planeamiento y Ppto. el monto por Gastos de
Personal y Obligaciones Sociales en general. La
Oficina de Inversiones remite a la Oficina de
Planeamiento y Ppto. la información de las
obligaciones por estudios de preinversión,
proyectos de inversión pública y sus respectivas
supervisiones.
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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE PROGRAMACIÓN,
FORMULACIÓN Y APROBACIÓN GOBIERNOS LOCALES 2007
Art. 13º - Criterios para racionalizar gastos
Se deben garantizar los gastos de operación y
mantenimiento de los proyectos culminados (gasto
corriente).
  • Los proyectos deben contar con declaratoria de
    viabilidad antes de su incorporación en el
    presupuesto del sector público, en caso estén
    incorporadas al SNIP.
  • Considerar el cronograma de ejecución del
    proyecto previsto en los estudios de
    preinversión.
  • En el caso de proyectos nuevos se recomienda
    observar lo siguiente
  • Proyectos menor a S/. 500 000 - 12 meses.
  • Proyectos entre S/. 500 001 y S/. 1 000 000 - 24
    meses.
  • Proyectos mayor a S/. 1 000 000 - 48 meses.

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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE PROGRAMACIÓN,
FORMULACIÓN Y APROBACIÓN GOBIERNOS LOCALES 2007
ESTIMACIÓN DE LOS INGRESOS
La estimación de los ingresos, tiene por objeto
establecer la Asignación Presupuestaria Pliego
para que conjuntamente con la Asignación
Presupuestaria MEF financie el gasto a cargo del
pliego.
Transferencias Endeudamiento Recursos
Directamente Recaudados (Impuestos municipales)
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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE PROGRAMACIÓN,
FORMULACIÓN Y APROBACIÓN GOBIERNOS LOCALES 2007
Art. 17º - Tratamiento de los Saldos de Balance
Los recursos por concepto de Saldos de Balance se
incorporan durante la Fase de Ejecución
Presupuestaria del año fiscal 2007, en la
respectiva fuente de financiamiento que los
generó, conforme a la normatividad vigente.
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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE PROGRAMACIÓN,
FORMULACIÓN Y APROBACIÓN GOBIERNOS LOCALES 2007
Art. 20º - Autorización de nuevos códigos
Los códigos no contemplados en el Clasificador de
Ingresos, el Clasificador Funcional Programático
y las Tablas de Actividades, Proyectos,
Componentes, Finalidad de Metas y Unidades de
Medida, son propuestos por la Oficina de
Presupuesto del Pliego y autorizados por la DNPP.
En cuanto a los Proyectos de las
municipalidades que se han incorporado al SNIP,
éstos deben contar con la declaración de
viabilidad correspondiente en el Banco de
Proyectos.
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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE PROGRAMACIÓN,
FORMULACIÓN Y APROBACIÓN GOBIERNOS LOCALES 2007
Art. 21º - Pautas para la elaboración de la
Estructura Funcional Programática
  • Revisa las definiciones contenidas en el
    Clasificador Funcional Programático a fin de
    seleccionar las Funciones necesarias al pliego.
  • Diseña la Estructura Funcional Programática en
    orden secuencial, desde las categorías agregadas
    a las específicas.
  • Elige las Categorías Presupuestarias para el
    diseño de la Estructura Funcional Programática
    del pliego, evitando atomizar el presupuesto.
  • La Estructura Funcional Programática es el enlace
    de las Funciones con los Programas, los Programas
    con los Subprogramas y de estos con las
    Actividades y Proyectos.

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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE PROGRAMACIÓN,
FORMULACIÓN Y APROBACIÓN GOBIERNOS LOCALES 2007
Art. 21º - Pautas para la elaboración de la
Estructura Funcional Programática
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NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE PROGRAMACIÓN,
FORMULACIÓN Y APROBACIÓN GOBIERNOS LOCALES 2007
Acciones relacionadas a la operatividad y
mantenimiento de los servicios públicos o
administrativos existentes.
Representa la producción de bienes y servicios
dentro de los procesos y tecnologías acostumbrados
ACTIVIDAD
Es permanente y continua en el tiempo
Acciones de operación y mantenimiento como
resultado de la ejecución de proyectos de
inversión
39
NORMAS QUE RECOGE LA DIRECTIVA DE PROGRAMACIÓN,
FORMULACIÓN Y APROBACIÓN GOBIERNOS LOCALES 2007
Conjunto de intervenciones limitadas en el tiempo
Tiene por objeto crear, ampliar, mejorar,
modernizar, recuperar o habilitar la capacidad
productora de bienes o prestadora de servicios
PROYECTO
Implica la variación sustancial o el cambio de
procesos y/o tecnología normalmente utilizados.
A su culminación generalmente da origen a una
actividad
40
ALGUNOS ASPECTOS DE PROGRAMACIÓN
MODERNA
TRADICIONAL
No es coordinada entre los niveles de Gobierno
Alta coordinación
No necesariamente es planificada
Debe ser planificada
Actividades y proyectos no se vinculan al PDC
Actividades y proyectos se vinculan a PDC
Recaudación Local se proyecta a lo histórico
Esfuerzo Fiscal
FONCUMUN hacia el Gasto Corriente
FONCOMUN hacia inversiones
Tasas no obedecen a costos operativos
Tasas directamente relacionadas a Costos op.
41
ALGUNOS ASPECTOS DE PROGRAMACIÓN
TRADICIONAL
MODERNA
La programación se encarga a presupuesto
La programación es responsabilidad de todos
Promoción del desarrollo Igual proyectos
Promoción del desarrollo Actividades y Proyectos
No se evalúan competencias municipales
Se evalúan y priorizan competencias
No evalúa calidad de servicios
Los servicios son de calidad
No evalúa cobertura de servicios
Busca la mayor cobertura de servicios
Hay duplicidad de funciones
Las funciones no Se duplican
42
ALGUNOS ASPECTOS DE PROGRAMACIÓN
TRADICIONAL
MODERNA
Poca sistematización
Los procesos están sistematizados
Publicidad no se orienta a mejorar la imagen
Publicidad mejora la Imagen institucional
No contiene análisis de costos
Contiene análisis de costos
Poca importancia al Capital Humano
Alta importancia al Capital humano
No considera el desarrollo institucional
Considera el desarrollo institucional
No considera evaluación
Considera evaluación de personal
43
ALGUNOS ASPECTOS DE PROGRAMACIÓN
ALCALDE
PDC PDI Marco Normativo Servicios Calidad Cobert
ura Costos
REGIDORES
Resolución de Alcaldía
Planificación y Ppto. - Coordinador Adm.
Tributaria Adm. Institucional Servicios
Públicos Servicios Sociales Desarrollo Urbano y
Obras
Servicios Públicos
Administración
Servicios Sociales
Actividades Compartidas
Administración Tributaria - Rentas
Desarrollo Urbano
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
44
RECOMENDACIONES
La Programación Presupuestaria
  • Corresponde a todos
  • Obedece a un trabajo en equipo
  • Debe significar un esfuerzo de cambio
  • Considera el entorno local, regional y nacional

45
LINEA GRATUITA PARA LOS GOBIERNOS LOCALES DNPP
MEF 0800-11829
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