Title: Presentaci
1Coordinación Nacional del Servicio Profesional
Docente
MARCO GENERAL PARA LA ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DE LA TUTORÍA EN EDUCACIÓN
BÁSICA -DOCENTES Y TÉCNICOS DOCENTES DE NUEVO
INGRESO- CICLOS ESCOLARES 2014-2015 y 2015-2016
2Sustento Jurídico
- Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. - Artículo 3. El Estado garantizará la calidad
en la educación obligatoria de manera que los
materiales y métodos educativos, la organización
escolar, la infraestructura educativa y la
idoneidad de los docentes y los directivos
garanticen el máximo logro de los aprendizajes de
los educandos.
- Ley General de Educación.
-
- Artículo 3. El Estado está obligado a prestar
servicios educativos de calidad que garanticen el
máximo logro de aprendizajes de los educandos.
3- Ley General del Servicio Profesional Docente.
- Artículo 21. El Ingreso al Servicio en la
Educación Básica , se llevará a cabo mediante
concursos de oposición, preferentemente anuales,
que garanticen la idoneidad de los conocimientos
y capacidades necesarias. - Artículo 22. Con el objeto de fortalecer las
capacidades, conocimientos y competencias del
Personal Docente de nuevo Ingreso, durante un
periodo de dos años tendrá el acompañamiento de
un Tutor designado por la Autoridad Educativa. - Artículo 22. Al término del periodo señalado en
el segundo párrafo de este artículo (dos años),
la Autoridad Educativa evaluará el desempeño del
Personal Docente para determinar si en la
práctica favorece el aprendizaje de los alumnos
y, en general, si cumple con las exigencias
propias de la función docente.
4- Ley General del Servicio Profesional Docente.
- Artículo 47. En la Educación Básica los
movimientos laterales deben basarse en procesos
de evaluación que se realizarán con base en los
lineamientos que el Instituto Nacional para la
Evaluación de la Educación expida.
- Lineamientos para la selección de tutores que
acompañarán al personal docente y técnico docente
de nuevo Ingreso en Educación Básica y Media
Superior en el marco del Servicio Profesional
Docente. - Disposiciones Generales. Apartado Segundo.
Fracción X. Personal Docente con Funciones de
Tutoría Al docente que en Educación Básica y
Media Superior cumple con los requisitos de la
Ley General del Servicio Profesional Docente y de
los presentes lineamientos, y tiene la
responsabilidad de brindar un conjunto de
acciones sistemáticas de acompañamiento, apoyo y
seguimiento personalizado al nuevo docente en su
incorporación al servicio público educativo.
5I. DEFINICIÓN, PERFIL Y FUNCIONAMIENTO DE LA
TUTORÍA
62. De las funciones del Tutor
El Tutor desempeñará la siguientes funciones con
los Docentes y Técnicos Docentes de nuevo
ingreso.
Funciones de apoyo
Funciones de Seguimiento
Funciones de acompañamiento
Adaptadas a las características concretas y
particulares de los centros escolares donde se
llevarán a cabo, tomando en cuenta el nivel,
servicio educativo, modalidad, asignatura,
tecnología o taller que corresponda.
73. Del Plan de Trabajo para la Tutoría
- Mejorar las competencias de lectura, escritura y
matemáticas - Atender la Normalidad Mínima Escolar
- Disminuir el rezago y abandono escolar
- Desarrollar una buena convivencia escolar.
- Acordar los momentos de observación de clase.
- Establecer prioridades de atención inmediata.
- Definir actividades de acompañamiento, apoyo y
seguimiento para el desarrollo de estrategias de
enseñanza.
Establecer un acuerdo que entre Tutor y
Tutorado. Definir metas específicas para el
primer año de Tutoría. Especificar acciones para
el segundo año
84. De las observaciones de clase
El Tutor, durante el primer año, realizará al
menos tres observaciones de clase del Tutorado,
con base en la siguiente propuesta de calendario
1ª La última semana de noviembre
2ª La última semana de marzo
3ª La última semana de junio
- Aportar elementos para la mejora de la práctica
de enseñanza. - Retroalimentar lo observado, y fortalecer la
autorreflexión y mejorar sus prácticas de
enseñanza. - Ayudar al Tutorado a establecer asuntos
prioritarios de la práctica docente. - Establecer un clima de confianza que permita a
los Tutorados sentirse acompañados.
Finalidad
9II. Proceso de Selección de Tutores
10II. PROCESO DE SELECCIÓN DE TUTORES
1. De los requisitos para la función de Tutoría
Los requisitos que deberá reunir el aspirante a
Tutor son los siguientes
- Título de nivel superior afín al nivel educativo,
tipo de servicio, modalidad, asignatura,
tecnología o taller en el que se requiera la
tarea del Tutor. - Experiencia de docente frente a grupo de al menos
5 años de servicio ininterrumpidos. - Habilidades básicas en el manejo de tecnologías
de la información. - Sin falta grave en el cumplimiento de sus tareas
institucionales en el servicio público educativo. - Nombramiento definitivo en la plaza que ocupa.
11II. PROCESO DE SELECCIÓN DE TUTORES
2. De la publicación y difusión de las
convocatorias para la selección de tutores
La Autoridades Educativas Locales emitirán la
convocatoria a Docentes y Técnicos Docentes
frente a grupo para desempeñar la función de
Tutoría.
- La Convocatoria Estatal deberá contener los
siguientes aspectos -
- Requisitos para inscribirse al proceso de
selección. - Documentación necesaria para la inscripción.
- Tiempo que durará el proceso de selección.
- Lugares de entrega y recepción de documentación.
- Los procedimientos de selección.
- Formulación de listas de prelación.
- Criterios para la asignación de Tutores
- Obligaciones y Derechos de los Tutores
- Fechas y medios por los que se publicarán los
resultados.
12II. PROCESO DE SELECCIÓN DE TUTORES
3. De la conformación del expediente de los
aspirantes
Docentes y Técnicos Docentes integran el
Formato de solicitud debidamente requisitado y
los documentos que lo respalden (original y /o
copia), además la Carta compromiso de derechos y
las obligaciones propias de la función Tutora.
El Director de la escuela recibe y verifica la
integración completa del expediente de los
aspirantes.
La información derivada de la valoración de los
expedientes será la base que fundamente la
asignación del Tutor electo.
13II. PROCESO DE SELECCIÓN DE TUTORES
4. De la constitución y atribuciones del Comité
Colegiado de Revisión
Constituir el Comité de Revisión Por zona escolar.
Requisitar Ficha Técnica Contiene los elementos
de ponderación.
1
4
Presentar expedientes al Comité Responsabilidad
de Directores de planteles.
Ampliar información con entrevista En caso de
requerirlo.
2
5
Valorar expedientes Por parte de los Comités de
Revisión.
Comité de Revisión imposibilitado para asignar La
Autoridad Educativa Local realizará la
designación.
3
6
14II. PROCESO DE SELECCIÓN DE TUTORES
5. De los criterios de asignación por Escuela y
por Zona Escolar (1)
- La Tutoría se realizará en la misma escuela, en
otra escuela en el mismo inmueble o en otra
escuela en la misma zona. - Cuando las características de una escuela no
permitan tener un Tutor, se habilitará a un ATP
en la función tutora. - La Autoridad Educativa Local designará un Tutor
de las listas de prelación correspondientes
cuando no pudiera asignarse Docente, Técnico
Docente ni un Asesor Técnico Pedagógico a una
escuela.
- Asignación de un Tutor a cada Docente o Técnico
Docente de nuevo ingreso. - Los Docentes y Técnicos Docentes tutores en
ningún caso dejarán su función frente a grupo. - La Tutoría se realizará en la escuela del
tutorado, en horarios que no alteren la
normalidad mínima. - Un Tutor tendrá como máximo tres tutorados a la
vez.
15II. PROCESO DE SELECCIÓN DE TUTORES
5. De los criterios de asignación por Escuela y
por Zona Escolar (2)
- El Supervisor Escolar de zona determinará la
organización y distribución del tiempo que los
Asesores Técnico Pedagógicos dedicarán a la
Tutoría. - Si fuera necesario remplazar o sustituir a un
Tutor por causas justificadas o de fuerza mayor,
la Autoridad Educativa Local designará a un Tutor
de la lista de prelación correspondiente.
- El Subdirector con funciones académicas de la
escuela podrá desempeñar las funciones de
Tutoría. - El Jefe de Enseñanza de la asignatura podrá
desempeñar las funciones de Tutoría. - Los inspectores de las asignaturas de Educación
Física y/o de Educación Artística podrán
desempeñar las funciones de Tutoría, según
corresponda.
16II. PROCESO DE SELECCIÓN DE TUTORES
6. Del seguimiento y evaluación del proceso de
Tutoría
Insumos para el seguimiento y la evaluación del
proceso de Tutoría
Los resultados del seguimiento y la evaluación de
la Tutoría
- Planes de Tutoría.
- Registros de observación y análisis de la
práctica docente de los tutorados. - Resultados obtenidos por los tutorados en los
procesos de evaluación. - Reportes elaborados por Tutores y Tutorados al
final de la Tutoría. - Evaluación del proceso de Tutoría realizada por
el Director de la escuela y el Supervisor Escolar
de zona. - Evaluación externa de la función tutora por parte
de una institución de reconocido prestigio.
- Obtener información y evidencias que permitan
ajustar y mejorar las acciones y materiales. - Valorar la eficacia de la Tutoría en el desempeño
de los Docentes y Técnicos Docentes de nuevo
ingreso. - Planear, diseñar e implementar acciones de
política general para la función de Tutoría.
17III. Formación de Tutores
18III. Formación de Tutores
1.- De la formación de los tutores
- Las Autoridades Educativas Locales deberán
generar programas de actualización, capacitación
y formación de tutores, con base en las
disposiciones que emita la Secretaría de
Educación Pública. - Las Autoridades Educativas Locales podrán
suscribir convenios de colaboración con
instituciones de educación superior, centros de
investigación y organismos educativos para el
desarrollo de programas de formación de tutores,
mediante una convocatoria pública.
19III. Formación de Tutores
1.- De la formación de los tutores
- Los apoyos con los que contará el Tutor para su
desarrollo profesional serán los siguientes - Manual para el Tutor.
- Talleres de formación.
- Diplomado para tutores.
- Plataforma virtual.
- Se considerará el uso intensivo de las
tecnologías de la información y comunicación
(TIC) que facilitarán el proceso de formación.
20IV. Incentivos
21IV. INCENTIVOS
Reconocimiento
Al acompañamiento, apoyo y seguimiento de los
Docentes y Técnicos Docentes de nuevo ingreso.
Un elemento que les permita a los Tutores
desarrollarse de manera continua en su carrera
docente.
De distinción por parte de las Autoridades
Educativas Locales
De desarrollo profesional y difusión de la
experiencia tutora
Incentivos
- Documento que faculta al Docente o Técnico
Docente para ejercer la función tutora. - Carta de reconocimiento signada por el Secretario
Estatal de Educación o su equivalente. - Diploma de reconocimiento en su centro de trabajo.
- Invitación a participar en entrevistas, programas
de radio o televisión educativa. - Oportunidades de participar en actividades de
desarrollo profesional. - Invitación a escribir su experiencia
- Se otorgarán de conformidad con lo que dicta la
Ley General del Servicio Profesional Docente al
término del primer o segundo año de Tutoría,
según corresponda.
22IV. INCENTIVOS
- Para ser acreedor de los incentivos establecidos,
el personal Docente y Técnico Docente que haya
desempeñado la función de Tutoría deberá
presentar en tiempo y forma, a solicitud del
Supervisor Escolar de zona, los siguientes
documentos - Plan de trabajo será elaborado al inicio de la
Tutoría. - Reporte de logros alcanzados el Tutor reportará
en un escrito breve, de formato libre, los
principales logros alcanzados con el tutorado. - Reporte de observaciones de clase será un
escrito breve, de formato libre, en el que el
Tutor exprese sus puntos de vista y conclusiones.
- Reporte final del proceso de tutoría texto
breve, de formato libre, escrito con la
participación del Tutor y Tutorado.