Title: Una pol
1Una política económica para un Mercado Interior
MaduroFrancisco Caballero SanzJefe de
UnidadLibre movimiento de capitales e
integración financiera(tel. 32 2 295 11
68)(Francisco.Caballero-Sanz_at_cec.eu.int)
2Qué fué del Mercado Interior?
- El Mercado interior se acabó de construir en
1993, - aunque falta completarlo
- El Mercado Interior no funciona. Solo hace
falta ver las reacciones proteccionistas
recientes de algunos países en sectores como la
energía o los servicios financieros
3Los instrumentos y objetivos del Mercado Interior
- Acta Unica 1986
- El programa 1992
- Creación de un Mercado Interior, algo más que una
zona de libre comercio - Eliminar las trabas a la libre circulación de
capitales, personas, bienes y servicios - Beneficios derivados de las economías de escala y
competencia - Armonización de la legislación
4Las realizaciones del Mercado Interior una década
después
- Impacto macroeconómico
- Incremento del PIB
- Incremento del empleo
- Impacto microeconómico
- Crecimiento del comercio
- Incremento de la inversión directa
- Convergencia de precios
- Incremento de la diversidad de productos
disponibles para los consumidores
5Crecimiento del comercio intra EU
6Crecimiento de la inversion directa intra EU
7Convergencia de precios en el Mercado Interior
8Convergencia de precios (2)
9Los desafíos actuales del Mercado Interior
- Completar el Mercado Interior
- Identificar los límites del Mercado Interior
- Asegurar la consistencia de las políticas del
Mercado Interior - Calidad de la legislación y simplificación
- Enfasis en el funcionamiento
- Evitar nuevas barreras
10Dos ejemplos ilustrativos
- Política sectorial servicios de interés
económico general - servicios públicos - Libertad de movimiento de capitales
11El proceso de liberalización
- Transporte aéreo tres paquetes (1987, 1990 y
1992) desregulación de tarifas, cabotaje, CRDs, - Telecoms 1992 review and 1998.
- S. Postal directivas 1997 y 2002 (2006)
- Electricidad directivas 1996 y 2003
- Gas directivas 1998 y 2003
- Ferrocarril mercancías 2001/04 - pasajeros 2004
(propuesta)
12La directiva 96/92 - Electricidad
- Define las normas relativas a la organización y
el funcionamiento del sector de la electricidad - Separación vertical de generación, transmisión,
distribución y comercialización (separación y
transparencia de cuentas). - Para la construcción de nuevas instalaciones
generadoras, los Estados miembros podrán optar
entre un procedimiento de autorización o de
licitación. - Definición del servicio público (mínimo)
- Condiciones de acceso a redes (negociado o
regulado) - Comprador único
13Resultados económicos
14Evolución de Precios de servicios públicos
15Evolución de Precios de servicios públicos
16Evolución de Precios de servicios públicos
17Evolución de Precios de servicios públicos
18Evolución de Precios de servicios públicos
19Evolución de Precios de servicios públicos
20 de renta familiar gastada en electricidad por
los consumidores de rentas más bajas
21Cambios en la estructura de mercadoy en la
presencia del Estado en los servicios públicos
- Privatización progresiva de empresas públicas
- Entrada de nuevos competidores (licencias,
entrantes de otros países) - Intentos por parte de algunos Estados Miembros de
seguir presentes en esos sectores
22Los derechos especiales fueron utilizados por
algunos gobiernos para
- Controlar los cambios de propiedad (p.ej.
Poniendo límites a las inversiones o a los
derechos de voto) - Bloquear decisiones de gestión (derechos de veto
en caso de fusiones, cambios en los estatutos,
venta de algunos activos y sobre todo,
designación de miembros del consejo de
administración)
23- Artículo 295
- El presente Tratado no prejuzga en modo alguno el
régimen de la propiedad en los Estados miembros.
24- Al legislar, crear o aplicar prácticas
administrativas, los Estados Miembros deben
respetar las libertades básicas del Tratado y
garantizar el cumplimiento de las directivas. - Cuáles son esos límites ?
25El marco del Tratado CE
- CAPÍTULO 4
- CAPITAL Y PAGOS
- Artículo 56
- 1. En el marco de las disposiciones del presente
capítulo, quedan prohibidas todas las
restricciones a los movimientos de capitales
entre Estados miembros y entre Estados miembros y
terceros países. - 2. En el marco de las disposiciones del presente
capítulo, quedan prohibidas cualesquiera
restricciones sobre los pagos entre Estados
miembros y entre Estados miembros y terceros
países.
26Los derechos especiales tienen un impacto directo
sobre la integración y sobre el funcionamiento de
los mercados al influir sobre
- La inversión directa
- restringiendo la capacidad de los nuevos
accionistas de las empresas a ejercer su control
efectivo sobre las mismas - limitando su capacidad para restructurarse
internamente y localizar sus actividades en
distintos paises cuando los gobiernos se oponen a
las adquisiciones provenientes de otros Estados
Miembros. - Las inversiones financieras
- crean incertidumbre para los inversores y reducen
el atractivo de la inversión en esas empresas - pueden mermar su valor de mercado.
27Los Estados Miembros han justificado sus derechos
especiales por la necesidad
- de asegurar que las empresas privatizadas
mantengan sus objetivos empresariales originales - evitar la venta de activos estratégicos y de
infrastructuras - garantizar la prestación de servicos de interés
general - salvaguardar el orden o la seguridad pública, la
sanidad o la seguridad nacional.
PERO
28No a los derechos especiales? Artículo 58
- 1. Lo dispuesto en el artículo 56 se aplicará sin
perjuicio del derecho de los Estados miembros a
() - b) adoptar las medidas necesarias para impedir
las infracciones a su Derecho y normativas
nacionales, en particular en materia fiscal y de
supervisión prudencial de entidades financieras,
establecer procedimientos de declaración de
movimientos de capitales a efectos de información
administrativa o estadística o tomar medidas
justificadas por razones de orden público o de
seguridad pública () - 3. Las medidas y procedimientos a que se hace
referencia en los apartados 1 y 2 no deberán
constituir ni un medio de discriminación
arbitraria ni una restricción encubierta de la
libre circulación de capitales y pagos tal y como
la define el artículo 56.
29Los derechos especiales deben cumplir los
requisitos que exige el Tribunal de Justicia
- No pueden ser discriminatorios
- Solo son válidos si están justificados por
necesidades imperativas de interés general - Si son adecuados para lograr los fines que se
proponen alcanzar - No pueden ir más allá de lo que es estrictamente
necesario para alcanzar el objetivo buscado
(principio de proporcionalidad)
30El difícil mundo del art. 295
- En principio, el Estado en una empresa pública
puede comportarse como cualquier otro accionista. - Al art 295 no tiene el efecto de eximir a los EM
de las reglas del Tratado. - Se pueden introducir ciertas condiciones en las
privatizaciones siempre que se haga - Especificando los objetivos de política
perseguidos - De forma no discriminatoria
- Por tiempo limitado
- Sin margen de interpretación de las condiciones
por parte de las autoridades
31Intervención Comunitaria
- En 1994 entra en vigor el Tratado de Maastricht y
con él, la normativa actual sobre la libertad de
movimiento de capitales. - En 1997, la Comisión publica una Comunicación
sobre derechos especiales. - En 1997 se lanza también una encuesta a los
Estados Miembros sobre derechos especiales en
vigor (20004 para los nuevos EM). - Desde 1999 se examina la situación de los nuevos
EM antes de la ampliación.
32Distribución por sectores
33(No Transcript)
34Resultados
- Los casos se llevan al Tribunal de Justicia de
las Comunidades que da la razón en casi todos los
casos a la Comisión (2002-2005). - Casos Ej. Ley española de privatizaciones de
1995 - BAA
- Pero Distrigas
35Las condiciones de Distrigas
- El sistema persigue la protección de un interés
legítimo (suministro mínimo de gas) - Se trata de un sistema de oposición ex-post.
- Hay límites de tiempo precisos en el
procedimiento - Los activos estratégicos están bien definidos
(listado) - El sistema esta sujeto a un sistema objetivo de
recurso
36La situación actual
- Una nueva generación de derechos especiales ?
- Una nueva ola de proteccionismo?
- Campeones nacionales o campeones europeos?
37Primero Hay que hacer balance
- BSCH Abbey Bank
- Unicredit HVB
- BNP Paribas BNL
- Telefónica O2
- BBVA BNL
- Unicredit Pekao
- Endesa GN / EOn
- Mittal - Arcelor
38Segundo Los casos que se presentan actualmente
tienen algunas características comunes
- La intervención del sector público está ligada a
actividades de regulación - A menudo tiene lugar en un contexto de
adquisición de empresas / entrada en el mercado - Se dan en determinados sectores recientemente
abiertos a la competencia
39Nuevas soluciones para el Mercado Interior
- Desarrollo de las políticas sectoriales
- Aplicación de los principios del Tratado y
legislación comunitaria enforcement - Mejora de la calidad de la regulación
40Consulta pública abierta
- Promover la eficiencia del mercado haciéndolo más
dinámico y abierto a la inversión y a la
innovación - Mejora de la calidad de la regulación
- Mejora de la aplicación de la regulación y
legislación Comunitaria
41Referencias
- http//europa.eu.int/comm/internal_market/strategy
/index_en.htmconsultation - http//europa.eu.int/comm/internal_market/capital/
index_en.htm