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Una pol tica econ mica para un Mercado Interior Maduro Francisco Caballero Sanz Jefe de Unidad Libre movimiento de capitales e integraci n financiera – PowerPoint PPT presentation

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Title: Una pol


1
Una política económica para un Mercado Interior
MaduroFrancisco Caballero SanzJefe de
UnidadLibre movimiento de capitales e
integración financiera(tel. 32 2 295 11
68)(Francisco.Caballero-Sanz_at_cec.eu.int)
2
Qué fué del Mercado Interior?
  •  El Mercado interior se acabó de construir en
    1993,   
  •   aunque falta completarlo 
  •  El Mercado Interior no funciona. Solo hace
    falta ver las reacciones proteccionistas
    recientes de algunos países en sectores como la
    energía o los servicios financieros 

3
Los instrumentos y objetivos del Mercado Interior
  • Acta Unica 1986
  • El programa 1992
  • Creación de un Mercado Interior, algo más que una
    zona de libre comercio
  • Eliminar las trabas a la libre circulación de
    capitales, personas, bienes y servicios
  • Beneficios derivados de las economías de escala y
    competencia
  • Armonización de la legislación

4
Las realizaciones del Mercado Interior una década
después
  • Impacto macroeconómico
  • Incremento del PIB
  • Incremento del empleo
  • Impacto microeconómico
  • Crecimiento del comercio
  • Incremento de la inversión directa
  • Convergencia de precios
  • Incremento de la diversidad de productos
    disponibles para los consumidores

5
Crecimiento del comercio intra EU
6
Crecimiento de la inversion directa intra EU
7
Convergencia de precios en el Mercado Interior
8
Convergencia de precios (2)
9
Los desafíos actuales del Mercado Interior
  • Completar el Mercado Interior
  • Identificar los límites del Mercado Interior
  • Asegurar la consistencia de las políticas del
    Mercado Interior
  • Calidad de la legislación y simplificación
  • Enfasis en el funcionamiento
  • Evitar nuevas barreras

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Dos ejemplos ilustrativos
  • Política sectorial servicios de interés
    económico general - servicios públicos
  • Libertad de movimiento de capitales

11
El proceso de liberalización
  • Transporte aéreo tres paquetes (1987, 1990 y
    1992) desregulación de tarifas, cabotaje, CRDs,
  • Telecoms  1992 review  and 1998.
  • S. Postal directivas 1997 y 2002 (2006)
  • Electricidad directivas 1996 y 2003
  • Gas directivas 1998 y 2003
  • Ferrocarril mercancías 2001/04 - pasajeros 2004
    (propuesta)

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La directiva 96/92 - Electricidad
  • Define las normas relativas a la organización y
    el funcionamiento del sector de la electricidad
  • Separación vertical de generación, transmisión,
    distribución y comercialización (separación y
    transparencia de cuentas).
  • Para la construcción de nuevas instalaciones
    generadoras, los Estados miembros podrán optar
    entre un procedimiento de autorización o de
    licitación.
  • Definición del servicio público (mínimo)
  • Condiciones de acceso a redes (negociado o
    regulado)
  •  Comprador único 

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Resultados económicos
14
Evolución de Precios de servicios públicos
15
Evolución de Precios de servicios públicos
16
Evolución de Precios de servicios públicos
17
Evolución de Precios de servicios públicos
18
Evolución de Precios de servicios públicos
19
Evolución de Precios de servicios públicos
20
de renta familiar gastada en electricidad por
los consumidores de rentas más bajas
21
Cambios en la estructura de mercadoy en la
presencia del Estado en los servicios públicos
  • Privatización progresiva de empresas públicas
  • Entrada de nuevos competidores (licencias,
    entrantes de otros países)
  • Intentos por parte de algunos Estados Miembros de
    seguir  presentes  en esos sectores

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Los derechos especiales fueron utilizados por
algunos gobiernos para
  • Controlar los cambios de propiedad (p.ej.
    Poniendo límites a las inversiones o a los
    derechos de voto)
  • Bloquear decisiones de gestión (derechos de veto
    en caso de fusiones, cambios en los estatutos,
    venta de algunos activos y sobre todo,
    designación de miembros del consejo de
    administración)

23
  • Artículo 295
  • El presente Tratado no prejuzga en modo alguno el
    régimen de la propiedad en los Estados miembros.

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  • Al legislar, crear o aplicar prácticas
    administrativas, los Estados Miembros deben
    respetar las libertades básicas del Tratado y
    garantizar el cumplimiento de las directivas.
  • Cuáles son esos límites ?

25
El marco del Tratado CE
  • CAPÍTULO 4
  • CAPITAL Y PAGOS
  • Artículo 56
  • 1. En el marco de las disposiciones del presente
    capítulo, quedan prohibidas todas las
    restricciones a los movimientos de capitales
    entre Estados miembros y entre Estados miembros y
    terceros países.
  • 2. En el marco de las disposiciones del presente
    capítulo, quedan prohibidas cualesquiera
    restricciones sobre los pagos entre Estados
    miembros y entre Estados miembros y terceros
    países.

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Los derechos especiales tienen un impacto directo
sobre la integración y sobre el funcionamiento de
los mercados al influir sobre
  • La inversión directa
  • restringiendo la capacidad de los nuevos
    accionistas de las empresas a ejercer su control
    efectivo sobre las mismas
  • limitando su capacidad para restructurarse
    internamente y localizar sus actividades en
    distintos paises cuando los gobiernos se oponen a
    las adquisiciones provenientes de otros Estados
    Miembros.
  • Las inversiones financieras
  • crean incertidumbre para los inversores y reducen
    el atractivo de la inversión en esas empresas
  • pueden mermar su valor de mercado.

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Los Estados Miembros han justificado sus derechos
especiales por la necesidad
  • de asegurar que las empresas privatizadas
    mantengan sus objetivos empresariales originales
  • evitar la venta de activos estratégicos y de
    infrastructuras
  • garantizar la prestación de servicos de interés
    general
  • salvaguardar el orden o la seguridad pública, la
    sanidad o la seguridad nacional.

PERO
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No a los derechos especiales? Artículo 58
  • 1. Lo dispuesto en el artículo 56 se aplicará sin
    perjuicio del derecho de los Estados miembros a
    ()
  • b) adoptar las medidas necesarias para impedir
    las infracciones a su Derecho y normativas
    nacionales, en particular en materia fiscal y de
    supervisión prudencial de entidades financieras,
    establecer procedimientos de declaración de
    movimientos de capitales a efectos de información
    administrativa o estadística o tomar medidas
    justificadas por razones de orden público o de
    seguridad pública ()
  • 3. Las medidas y procedimientos a que se hace
    referencia en los apartados 1 y 2 no deberán
    constituir ni un medio de discriminación
    arbitraria ni una restricción encubierta de la
    libre circulación de capitales y pagos tal y como
    la define el artículo 56.

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Los derechos especiales deben cumplir los
requisitos que exige el Tribunal de Justicia
  • No pueden ser discriminatorios
  • Solo son válidos si están justificados por
    necesidades imperativas de interés general
  • Si son adecuados para lograr los fines que se
    proponen alcanzar
  • No pueden ir más allá de lo que es estrictamente
    necesario para alcanzar el objetivo buscado
    (principio de proporcionalidad)

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El difícil mundo del art. 295
  • En principio, el Estado en una empresa pública
    puede comportarse como cualquier otro accionista.
  • Al art 295 no tiene el efecto de eximir a los EM
    de las reglas del Tratado.
  • Se pueden introducir ciertas condiciones en las
    privatizaciones siempre que se haga
  • Especificando los objetivos de política
    perseguidos
  • De forma no discriminatoria
  • Por tiempo limitado
  • Sin margen de interpretación de las condiciones
    por parte de las autoridades

31
Intervención Comunitaria
  • En 1994 entra en vigor el Tratado de Maastricht y
    con él, la normativa actual sobre la libertad de
    movimiento de capitales.
  • En 1997, la Comisión publica una Comunicación
    sobre derechos especiales.
  • En 1997 se lanza también una encuesta a los
    Estados Miembros sobre derechos especiales en
    vigor (20004 para los nuevos EM).
  • Desde 1999 se examina la situación de los nuevos
    EM antes de la ampliación.

32
Distribución por sectores

33
(No Transcript)
34
Resultados
  • Los casos se llevan al Tribunal de Justicia de
    las Comunidades que da la razón en casi todos los
    casos a la Comisión (2002-2005).
  • Casos Ej. Ley española de privatizaciones de
    1995
  • BAA
  • Pero Distrigas

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Las condiciones de Distrigas
  • El sistema persigue la protección de un interés
    legítimo (suministro mínimo de gas)
  • Se trata de un sistema de oposición ex-post.
  • Hay límites de tiempo precisos en el
    procedimiento
  • Los activos estratégicos están bien definidos
    (listado)
  • El sistema esta sujeto a un sistema objetivo de
    recurso

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La situación actual
  • Una nueva generación de  derechos especiales ?
  • Una nueva ola de proteccionismo?
  • Campeones nacionales o campeones europeos?

37
Primero Hay que hacer balance
  • BSCH Abbey Bank
  • Unicredit HVB
  • BNP Paribas BNL
  • Telefónica O2
  • BBVA BNL
  • Unicredit Pekao
  • Endesa GN / EOn
  • Mittal - Arcelor

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Segundo Los casos que se presentan actualmente
tienen algunas características comunes
  • La intervención del sector público está ligada a
    actividades de regulación
  • A menudo tiene lugar en un contexto de
    adquisición de empresas / entrada en el mercado
  • Se dan en determinados sectores recientemente
    abiertos a la competencia

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Nuevas soluciones para el Mercado Interior
  • Desarrollo de las políticas sectoriales
  • Aplicación de los principios del Tratado y
    legislación comunitaria  enforcement 
  • Mejora de la calidad de la regulación

40
Consulta pública abierta
  • Promover la eficiencia del mercado haciéndolo más
    dinámico y abierto a la inversión y a la
    innovación
  • Mejora de la calidad de la regulación
  • Mejora de la aplicación de la regulación y
    legislación Comunitaria

41
Referencias
  • http//europa.eu.int/comm/internal_market/strategy
    /index_en.htmconsultation
  • http//europa.eu.int/comm/internal_market/capital/
    index_en.htm
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