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PROTOCOLOS

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MATERIA ADMINISTRATIVA EXPULSIONES PREFERENTES Art.63 LOEX preferente para expedientes del: 53 ... o prevenir la comisi n de delito o falta ... Huellas. Penados ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: PROTOCOLOS


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(No Transcript)
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Principios generales
  • Unidad de defensa.
  • Asistencia inmediata y especializada.

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LUGARES
  • Centros de detención.
  • Por infracción administrativa. CPN.
  • Por comisión de un delito.
  • Juzgado de Guardia.
  • Por puesta a disposición judicial.
  • Para ejecución de una expulsión/medida cautelar.
  • Por imputación de delito.
  • C.I.E.
  • Centro Penitenciario.
  • Incoación de expedientes de expulsión.
  • Por comisión de un delito (videoconferencia).
  • Recursos penitenciarios.

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MATERIA ADMINISTRATIVA
  • EXPULSIONES PREFERENTES
  • Art.63 LOEX preferente para expedientes del
  • 53.1.d.- Incumplimiento medidas
  • 53.1.f.- Actividades orden público.
  • 54.1.a.- Seguridad nacional y muy graves de la
    LO1/1992
  • 54.1.b.- Favorecer la inmigración clandestina.
  • 57.2.- Haber sido condenado
  • Art.53.1.a Estancia irregular
  • Riesgo de incomparecencia eludir el cumplimiento
    de la eventual resolución de expulsión
  • Orden público, seguridad pública o seguridad
    nacional

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CONTENIDO DE LA ASISTENCIA
  • Entrevista previa, examen del expediente,
    declaración, notificación inicio, alegaciones,
    audiencia, y recursos.
  • Si hubiera petición de internamiento, asistencia.
  • Verificar in/necesidad de intérprete.
  • Apoderamiento y voluntad de recurrir.
  • Entregar tarjeta de visita para localización.
  • Datos del extranjero para su localización.
  • Advertir que nos haga llegar TODO.

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ALEGACIONES
  • Plazo de 48 horas.
  • Proposición de prueba.
  • Falta de alegaciones propuesta resolución
    directa.
  • Si no se dan las circunstancias del art.63.1,
    pedir se transforme en ordinario.
  • Recordar Sanción tipo multa.
  • Valorar salida voluntaria en instrucción
    (art.245.2 Rto x art.53.1 a y b ).

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RESOLUCIÓN
  • Informar de los recursos.
  • Volver a solicitar Asistencia Jurídica Gratuita.
    C-A.
  • Localización para apud-acta/poder notarial.

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ACTUACIÓN EN EJECUCIÓN DE EXPULSIÓN
  • Examen del expediente y entrevista.
  • Información esencial
  • Fecha de la resolución y notificación.
  • Ver caducidad (fecha de inicio).
  • Ver posible falta de notificación.
  • Nombre del Letrado del expediente.
  • Pendencia o no de recurso, suspensión
  • Situación personal y familiar.
  • Facilitar información al compañero.

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EXPULSIÓN por Art.57.2
  • Comprobación firmeza de sentencia penal.
  • Ver que no sea suma de penas lt 1 año, que sumadas
    gt 1 año.
  • 12 meses lt año.
  • Pena efectivamente impuesta, no en tipo.
  • Que no sea un delito imprudente.
  • Que los antecedentes no estén cancelados, o deban
    estarlo.
  • Comprobar requisitos de insexpulsabilidad

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Otras consideraciones del art. 57.2- al margen
del protocolo -
  • Se suele unir al art. 53.1.a.
  • Valorar regímenes de especial sujeción.
  • Cuestión del non bis in idem
  • La jurisprudencia reciente interpreta que no es
    sanción, sino consecuencia administrativa
  • Si no es sanción no cabe sustitución por multa.
  • Quedan fuera los supuestos de inexpulsabilidad.
  • Pero se tramita por expediente sancionador.
  • Cabría la concurrencia con multa no lo he visto
    nunca.
  • Suele convertirse en el supuesto para la
    expulsión de ciudadanos UE.

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DENEGACIONES DE ENTRADA / DEVOLUCIONES
  • Asistencias en frontera (rechazos).
  • En Protocolo Sistema de Barajas.
  • En devoluciones activas
  • Falta de asistencia Letrada en aplicación de
    convenios bilaterales (Francia/Portugal).
  • En devoluciones pasivas
  • En devolución comprobar requisitos del convenio
    bilateral.
  • Examinar las situaciones de tránsito/estancia.

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EXPULSIONES ORDINARIAS
  • Existencia de periodo de cumplimiento voluntario.
  • Prcto. aplicado a ciudadanos UE. Peligrosidad
    asimilada a 57.2.
  • No recurrir salvo defectos formales las sanciones
    de 501 .
  • Factibilidad de la reposición.

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INTERNAMIENTO
  • Principio de unidad de intervención. Es una
    medida cautelar que se adopta en un expediente en
    el que el extranjero ya tiene un Letrado.
  • Vigilar en la misma localidad que se avise al
    letrado del expediente.
  • En distinta localidad practicar las actuaciones
    necesarias para no causar indefensión comunicando
    el internamiento al compañero.
  • Valorar recurrir en reforma/apelación.
  • Controlar el plazo del internamiento. Máx 60 d.
    se computa el tiempo de detención.

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EN EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
  • P.A. en el juzgado del órgano o en el de
    residencia del extranjero (sancionador art.14
    LJCA).
  • Vista previa del expediente, o al aportarlo al
    recurso.
  • No dejar de mirar la normativa europea y la
    jurisprudencia del TEDH.
  • Medidas cautelares / cautelarísimas.
  • Competencia del Juzgado de Guardia en días y
    horas inhábiles.
  • Apud acta. Ojo con las sustituciones en la vista.
  • Requerirá siempre nueva solicitud de justicia
    gratuita.

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JUICIOS RÁPIDOS
  • Reflexión sobre el tercio de conformidad
  • Generará antecedentes penales.
  • Situación previa de irregularidad- no obtención
    residencia.
  • Situación previa de regularidad no renovación
    residencia.
  • A tener en cuenta
  • Sustitución por expulsión del art.89 CP
  • Posibilidad de revocación de la expulsión, por
    circunstancias sobrevenidas de inexpulsabilidad
    sopesar consecuencias Cumplimiento de la pena
    sustituida.
  • Larga duración de las penas accesorias, y
    suspensiones, a efectos de cancelación de
    antecedentes.
  • No perder nunca de vista el art.57.2 LOEX

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IDENTIFICACIONES EN LA CALLE
  • Tener presente el art.20 LOSC.
  • No identificadosa estos meros efectos o
    prevenir la comisión de delito o falta STC
    341/1993.
  • Circular 2/1012 DGP.
  • No detención.
  • Habeas Corpus.

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Cuestiones sobre el art.89 CP
  • La situación de irregularidad puede ser
    sobrevenida como consecuencia de la sentencia de
    conformidad.
  • No es aplicable a ciudadanos de la UE.
  • Salvo existencia de expediente previo RD240/07.
  • Valorar situaciones personales.
  • Tener en cuenta que hay países a los que no se
    puede expulsar
  • Cuba, Venezuela, Irak
  • Situaciones de conflicto internacional, asilo

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318 bis y 177 bis CP 89 LOEX
  • Víctima imputada
  • Contacto con el abogado de la causa.
  • Asegurarnos de que ha sido informado/a.
  • Firma de solicitud de estancia (30d) con
    suspensión de expediente sancionador.
  • Retorno asistido/autorización de residencia.
  • Nota El protocolo está pensando en los CIE.

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Extranjeros en Prisión
  • Preventivos
  • Documentación
  • Renovaciones.
  • Expedición de TIE. Huellas.
  • Penados
  • Permisos.
  • Tercer grado.
  • Libertad condicional.
  • Expulsiones art.89.
  • Expulsiones del 57.2.
  • Expulsiones del 53.1.a.
  • Cumplimiento de la pena en el país de origen.
  • Autorizaciones de trabajo.

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Menores No Acompañados
  • Localizar familia de origen.
  • Atención inmediata Serv.Soc. y de protección de
    la CC.AA.
  • Determinación de la edad, según los casos.
  • Comprobar si ya está registrado en el Registro de
    MENAS.
  • Inicio del procedimiento de repatriación.
  • Si no es posible (máx. 9 m) documentación.

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VADEMÉCUMa modo de guía rápida- - - - - - -- -
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