Title: Experiencias de Codesarrollo en Costa Rica
1Experiencias de Codesarrollo en Costa Rica
- Luis Alonso Serrano Echeverría
- Jefe de Planificación Institucional
- Dirección General de Migración
- y Extranjería COSTA RICA
2Qué es Codesarrollo?
- Forma de cooperación en la que los ciudadanos
emigrantes sirven como vector de desarrollo de
sus países de origen. - Es un fenómeno existente desde el comienzo de las
migraciones. - Tradicionalmente, las poblaciones desplazadas a
otros países (especialmente aquellas que migran
por razones económicas) han apoyado de diferentes
formas el desarrollo de sus comunidades de
origen, ya sea individualmente o de forma
colectiva.
3Objetivos
- Regular los flujos migratorios laborales de los
trabajadores nicaragüenses en Costa Rica. - Favorecer las condiciones de inserción en los
mercados de trabajo de los migrantes. - Mejorar la situación económica y psico - social
de las personas migrantes y sus familias. - Promover la integración social de los migrantes.
4Objetivo del Proyecto Codesarrollo
- Establecer un procedimiento ordenado mediante
una serie de mecanismos y regulaciones acordadas
entre ambos países, (origen y destino), con la
finalidad de facilitar flujos migratorios
laborales ordenados en los que de antemano se
definen las condiciones de trabajo y los
mecanismos de retorno ofreciendo oportunidades,
influyendo de manera integral en el desarrollo de
los países (origen y destino), garantizando el
respeto, la dignidad humana y el bienestar de los
trabajadores migrantes.
5Institucionesparticipantes
- AECID
- OIM
- DGME Costa Rica
- DGME Nicaragua
- MTSSS Costa Rica
- MITRAB Nicaragua
- Ministerios de Relaciones Exteriores de ambos
países - MIDEPLAN
- Defensoría de los Habitantes de Costa Rica
- Representantes del Sector Social
6Capacitar y dotar de recursos a MTSS y DGME
- Fortalecimiento institucional
- (Actividad A.A.4)
7Proyecto CodesarrolloCosta Rica - Nicaragua
- Apoyo Recurso Humano
- Apoyo Infraestructura
- Apoyo tecnológico y materiales de oficina
- Agilización de procedimientos y regulación de la
migración laboral con fines de empleo
8Acuerdo Binacional
Costa Rica - Nicaragua En el mes de diciembre
del 2007 se firma el Acuerdo Binacional de
Cooperación entre los Ministerios de Trabajo y
las Direcciones Generales de Migración de los
Gobiernos de CR-Nicaragua con el fin de unir
esfuerzos y regular de una forma ordenada el
procedimiento de trabajadores migrantes, en
estricto apego a los derechos fundamentales de
los trabajadores.
9- Procedimiento
- Reclutamiento y contratación en Nicaragua
- Traslado de los trabajadores migrantes hacia
Costa Rica - Coordinación interinstitucional en frontera entre
los Ministerios de Trabajo y Dirección General de
Migración y Extranjería de ambos países - Ingreso de los trabajadores y presentación de los
documentos - Autorización del Permiso de trabajo
10Doble ámbito de acción
- Contratación de Personal que se encuentre fuera
de territorio de Costa Rica y sea requerido por
las empresas en el área de construcción, agrícola
y agroindustrial.
- Contratación de trabajadores extranjeros que se
encuentren ya en territorio costarricense de
manera regular.
11Inicio de la solicitud
- La empresa interesada en la contratación de
personal extranjero para ejercer ocupaciones
específicas, deberá plantear la respectiva
solicitud ante la Dirección Nacional de Empleo
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
órgano que se encargará de formular la
recomendación respectiva con base en estudios
técnicos en el área pretendida.
12Exención de requisitos de admisión
- Al personal que se contrata desde el exterior, la
Dirección General de Migración no les exigirá
visa, demostración de no permanencia indefinida
en Costa Rica (tiquete de regreso o continuación
de viaje) ni comprobación de medios económicos
(solvencia).
13Procedimiento
- Costa Rica
- La Dirección General de Migración y Extranjería
autorizará el ingreso de nicaragüenses mayores de
18 años bajo la categoría especial de trabajador
temporal, previo informe del Ministerio de
Trabajo. - Actividades Construcción, agricultura y
agroindustria. - Inicia con la solicitud del empleador ante la
Dirección Nacional de Empleo.
14Procedimiento
- La empresa puede presentar los documentos en las
oficinas regionales de la DGME de Costa Rica - Los documentos se agregan a un expediente madre
que se lleva por empresa - Cada trabajador tiene un expediente con los
formularios, fotos, datos, solicitud original - El depósito de los 20 se puede realizar con la
solicitud inicial o cuando se estampe el sello de
permiso
15Procedimiento ante la DGME
- Una vez recibido el informe favorable por parte
de la DNE, la empresa interesada deberá cumplir
con los siguientes requerimientos - Escrito de solicitud suscrita por representante
legal, autenticada por abogado, indicando los
datos generales del extranjero. - Llenar un formulario por cada trabajador.
- Dos fotografías tamaño pasaporte.
- Copia simple de la página del pasaporte donde
constan los datos generales.
16Comunicación a los puestos en frontera
- Remitidos los depósitos, la oficina competente de
la DGME, emite las resoluciones de autorización
correspondientes y comunica de inmediato a los
puestos fronterizos para facilitar el ingreso de
los trabajadores temporales.
17Responsabilidad del empleador
- Garantizar el transporte de ida y regreso, una
vez iniciado y finalizado el contrato de trabajo - Alojamiento en condiciones óptimas de higiene y
seguridad física, sin costo para el trabajador - Depósito de garantía por la suma de 20 o su
equivalente en colones
18- El Gobierno de Costa Rica a través del MTSS
velará por - El trato socio-laboral que estipulan las leyes
costarricenses - Condiciones de alojamiento
- La remuneración salarial
- Reconocimiento y cumplimiento de la liquidación
laboral
19Término del plazo
- Vencido el plazo de permanencia autorizado, el
extranjero deberá hacer abandono inmediato del
país salvo que la empresa requiera la continuidad
del trabajador
20Causales cancelación automática de la Categoría
Especial
- Finalización del plazo autorizado.
- Egreso voluntario del trabajador de territorio
patrio. - Realización de actividades diferentes de las
autorizadas por la DNE o cambie de patrono sin
permiso.
21www.migracion.go.cr