Title: Las Cortes de C
1Las Cortes de Cádiz constitución, composición y
obra legislativa
GUERRA Y REVOLUCIÓN
2ESPAÑA DE 1808- 1814
España en este periodo vivirá dos procesos
paralelos y muy ligados
Una Guerra de liberación nacional contra los
ejércitos franceses (independencia).
Una revolución liberal en las Cortes de Cádiz
A la vez existirá una España oficial dirigida por
Napoleón y gobernada por José I Bonaparte nuevo
rey de España, tras las abdicaciones de los
monarcas.
3REVOLUCIÓN LIBERAL
- Por ello será el pueblo quien se alce contra la
influencia francesa, organizándose en " JUNTAS "
que declaren la guerra a Francia.
ABDICACIONES DE BAYONA
- Las capitulaciones de los monarcas y los infantes
en Bayona desprestigió la Corona y contribuyó al
desconcierto de las autoridades, incapaces de
tomar una decisión (guerra), sin haber recibido
las oportunas órdenes
4- Se rechaza la actitud Reformista francesa
plasmada en "el Estatuto de Bayona", intentándose
en la resistencia española transformar el país
según las ideas revolucionarias de la burguesía
liberal
- Descrédito de la Junta de Gobierno dejada por
Fernando VII, y el Consejo de Castilla,
colaborador con los franceses (pacifismo) hace
que surjan las JUNTAS PROVINCIALES. - Basan su autoridad en la legitimidad popular.
- Dirigen la guerra contra Napoleón.
- Gobierno espontáneo de las juntas, ante el vacío
de poder - rechazo a los Bonaparte
- ausencia de los Reyes
- Se forman 1º en Asturias y Sevilla unificándose
con las de Aranjuez, Sevilla y Cádiz formándose
la JUNTA SUPREMA CENTRAL 1808, presidida por
Floridablanca.
- la CONVOCATORIA DE CORTES (1810)
- Traspasa sus poderes a una REGENCIA (Fernando
VII) - Se disolverá en 1810 convocando LAS CORTES en
Cádiz,
5LAS CORTES DE CÁDIZ
- Suponen el tránsito del Antiguo Régimen al Nuevo,
en el sentido de que la Constitución de 1812 y
las leyes aprobadas por las Cortes acabarán con
muchas instituciones propias del Antiguo Régimen.
6LA CONVOCATORIA DE LAS CORTES
- Fueron convocadas por el "CONSEJO DE REGENCIA",
nacido de la Junta Central que se había disuelto
en 1810, en la ciudad de Cádiz (en este momento
sitiada), lo que explica los nulos contactos con
el pueblo al que van a representar los diputados,
aunque LEGISLARAN en nombre de España.
Se reunirán 1º en la isla del León (San Fernando)
y después pasarán a Cádiz en septiembre de 1810.
El deseo de reunión de la clase dirigente era
UNÁNIME.
Los defensores del Antiguo Régimen eran
partidarios de las Cortes. porque las Cortes se
veían como una institución tradicional que podía
hacer frente al vacío de poder de Carlos IV y
Fernando VII.
Los liberales, eran partidarios de transformar la
estructura del Estado.
7La Junta Central, presidida por el Conde de
Floridablanca , estaba dividida por culpa de las
Cortes. Con la muerte de Floridablanca, todo
aquel reticente a las Cortes era apartado.
Se procede a la convocatoria el 22 de mayo de
1809.
Como estaban divididas las opiniones se llegó a
un compromiso que consistía en que se reunirían
según el Antiguo. Régimen., es decir, por
estamentos, más dos Cámaras - una para la
nobleza y el clero - otra para el Tercer Estado
Al final SE RECHAZA LA REUNIÓN POR ESTAMENTOS y
se reunirán en una sola Cámara con voto individual
8COMPOSICIÓN DE LAS CORTES
- La primera convocatoria se modifica en enero de
1810 porque la Junta es forzada a nombrar un
Regencia de tres, en respuesta a la falta de
monarca
- Se convocan las Cortes con otro procedimiento,
con un sistema de sufragio universal, pero en vez
de ser directo, es sufragio a dos niveles - los ciudadanos eligen a los compromisarios y
- estos a su vez a los diputados.
Cuando se reúnen el 24 de septiembre de 1810 sólo
se presentan 95 diputados de los 240 previstos,
porque muchos no pudieron llegar por el
impedimento francés o no habían sido elegidos.
42 eran titulares, elegidos por sus ciudadanos
53 eran suplementarios, personas que procedían de
los territorios que había ido nadie, y vivían
cerca o alrededor de Cádiz.
9- Se llamarán así mismos LIBERALES
Fundamentalmente, era gente de la periferia
gallegos, catalanes, valencianos, extremeños,
asturianos... Hubo una importante presencia de
clérigos en Cádiz, llegaron a reunirse 90
clérigos, lo que representaba un 40 de los
reunidos en las Cortes de Cádiz. Los aristócratas
eran pocos, 14, y alguno como el Conde de Toreno,
eran aristócratas de tendencia liberal.
La composición profesional de los individuos
tendrá una mayoría de la burguesía. Teniendo en
cuenta las procesiones dominantes ser puede
hablar de una revolución de la burguesía
intelectual (abogados, catedráticos, escritores,
médicos, comerciantes, militares, funcionarios
públicos, etcétera).
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11IDEOLOGÍA DE LAS CORTES
- 1.- Melchor Fernández Almagro, entendía que había
dos ideologías la liberal con nuevas ideas para
el Estado, y la realista aferrada al Antiguo.
Régimen. con algún retoque. - 2.- M. Artola, cree que hay tantos partidos como
componentes de las Cortes.
3.- Federico Suárez, para el que había
Conservadores, Renovadores e Innovadores (que
serían los liberales).
12TENDENCIAS IDEOLÓGICAS
JOVELLANISTAS (INTERMEDIO)
LIBERALES DOCEAÑISTAS
Renovadores
Conservadores
Innovadores
13ABSOLUTISTAS
- Forman el partido conservador.
- Son defensores de la soberanía real y de la
sociedad estamental. - Defienden el antiguo régimen en el que el Rey
puede disponer libremente sin necesidad de
consultar a la nación.
- El Rey en su trono,
- los franceses en las fronteras y
- el altar en su antiguo esplendor.
14JOVELLANISTAS (INTERMEDIO
- Son antiguos reformistas y piensan que hay una
necesidad de reformas, pero respetando elementos
del Antiguo Régimen (son un freno revolucionario)
- Intelectuales opuestos a Napoleón recibieron el
nombre de jovellanistas porque siguieron las
doctrinas de Jovellanos, muerto en plena guerra .
- Coincidían con los afrancesados en proclamar
necesidad de reformas sin revolución, pero no
aceptaban las renuncias de Bayona y por tanto no
admitían a Napoleón y a José I.
- Pensaban que una nación es una formación
histórica, en la cual cada generación debe tener
en cuenta la labor de la anterior y que el país
contaba con una constitución, formada por las
leyes tradicionales. - Como modelo de sistema político, tomaban el de
Gran Bretaña y consideraban la necesidad de
independencia poder judicial, así como la
intervención de las Cortes (constituidas por los
tres estamentos tradicionales),en el gobierno y
en la labor legislativa.
15LIBERALES DOCEAÑISTAS
- Pretenden un CAMBIO TOTAL REVOLUCIONARIO
- SOBERANÍA NACIONAL,
- SOCIEDAD DE CLASES con predominio de la burguesía
y - La promulgación de una constitución
- Coincidían con los jovellanistas en luchar contra
el usurpador Napoleón pero defendían muchas de
las ideas de la Revolución Francesa que el propio
Napoleón estaba extendiendo por Europa y en este
sentido eran partidarios del unicameralismo que
los separaba de aquellos . - Como los jovellanistas, los liberales
pertenecían a la intelectualidad y a la
burguesía media, y aunque no marginaban
totalmente las tradiciones políticas hispánicas,
consideraban imprescindible recoger las bases de
la reforma en una CONSTITUCIÓN ESCRITA.
- Las ideas liberales ( hay quien dicen que el
término liberalismo es de origen español),
habían penetrado en España procedentes de
Francia, pese a la censura oficial Cordón
sanitario de Floridablanca).
16- A lo largo de las discusiones en las diferentes
sesiones de las Cortes, se IMPONDRÁ LA MAYORÍA
LIBERAL. - A todos los une la defensa de la patria y los
derechos de Fernando.
17OBRA DE LAS CORTES
- Estudiaron la situación del país y trataron de
organizar el gobierno de la nación partiendo de
la liquidación de las instituciones del antiguo
régimen. - Para ello elaboraron una CONSTITUCIÓN que
complementaron con una serie de MEDIDAS
LEGISLATIVAS.
18CONSTITUCIÓN DEL 181219 de Marzo LA PEPA
- Es técnicamente perfecta, pero inadecuada para
las condiciones del pueblo español a principios
del siglo XIX, de ahí su fracaso.
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20PUNTOS BÁSICOS
- Declaración de SOBERANÍA NACIONAL (derecho
exclusivo a elaborar leyes fundamentales).
DIVISIÓN DE PODERES
- EJECUTIVO Monarquía Limitada
- Fijación de las atribuciones concretas que
corresponden al Rey (hacer aplicar las leyes) - El monarca dirige el gobierno (ministros) e
interviene en la elaboración de LEYES, mediante
la INICIATIVA y la SANCIÓN - Posee el VETO SUSPENSIVO durante dos años
- Su poder es controlado por las CORTES.
- El gobierno es responsable ante las Cortes.
- LEGISLATIVO cámara única (diputados) será la
depositaria de la soberanía nacional. (CORTES) - Sistema electoralSufragio universal masculino
indirecto. (Un diputado mayor de 25 años por
setenta mil habitantes, durante dos años). - Elabora las leyes
- Aprueba los presupuestos
- Mandan sobre el ejecutivo
- JUDICIAL unificación (aunque se conservan
tribunales militares y eclesiásticos)
21OTROS ARTÍCULOS
- Desde un punto de vista formal contiene una
- DECLARACIÓN DE DERECHOS DEL CIUDADANO
SE GARANTIZAN
- LIBERTAD DE IMPRENTA
- IGUALDAD ANTE LA LEY
- DERECHO A LA PROPIEDAD
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23OTROS ARTÍCULOS
- IMPUESTOS y TRIBUTOS PARA TODOS.
- ENSEÑANZA UNIFORME primeras letras en todos los
pueblos alfabetización.
- SERVICIO MILITAR milicias nacionales para
defender la Constitución
- Organización unificada de todo el reino
CENTRALISMO borbónico - AYUNTAMIENTOS
- DIPUTACIONES.
GARANTÍAS PENALES Y PROCESALES
- CATOLICISMO COMO RELIGIÓN DEL ESTADO El articulo
12 define la religión católica como única y
verdadera
24- La elaboración de la Constitución plantea el
problema de saber quién fue el redactor
principal. Se cree que fue Sanz Romanillos con la
particularidad de que tradujo o redactó la
Constitución de Bayona de 1808.
- El articulo 1 de la Constitución al definir
España dice que es la reunión de todos los
españoles de ambos hemisferios. Esto significaba
que España no era el patrimonio de la corona sino
de los españoles, y que España se entendía
también con los representantes americanos en las
Cortes. - Destaca también que los españoles deben ser
justos y benéficos - la Constitución debe ser válida hasta las últimas
generaciones de españoles y que a partir de 1830
todos los españoles deberán saber leer y
escribir. - Es el primer intento serio de racionalizar el
Estado y el ejercicio de poder, sobre la base de
los principios del LIBERALISMO. - Fue un ejemplo para el constitucionalismo del
siglo XIX
25OBRA LEGISLATIVA (SEP.1810 - JUNIO 1812)
- Son un CONJUNTO DE DECRETOS Y DISPOSICIONES
elaborados por las Cortes con el fin de poner los
cimientos de una nueva sociedad y vida económica.
- Se basan en los principios liberales de
- IGUALDAD
- LIBERTAD
- DERECHO A LA PROPIEDAD.
- LAS MEDIDAS LEGISLATIVAS SE CONCRETAN EN
26a) Reformas de tipo político
MEDIDAS LEGISLATIVAS
- Son ideas derivadas de la Revolución francesa.
- SOBERANÍA NACIONAL, Y DIVISIÓN DE PODERES.
- Los más liberales supieron presentar esto muy
bien a los conservadores, en lugar de presentar
la soberanía del pueblo frente al rey, plantean
la soberanía del pueblo frente al invasor. Trazan
la siguiente división - 1.- Cortes de carácter legislativo
- 2.- Regencia
- 3.- Tribunales de Justicia
- En 1810 se aprueba la LEY DE IMPRENTA que
proclama por primera vez en España la libertad de
expresión de los ciudadanos. (SUPRESIÓN DE
CENSURA)
27b) reformas administrativas
MEDIDAS LEGISLATIVAS
Se discutió la división entre provincias y
regiones.
- Se suprimen los Consejos del A. R.
definitivamente y son sustituidos por MINISTERIOS
que asesoran al Gobierno en las propuestas
legislativas.
28c) reformas sociales
MEDIDAS LEGISLATIVAS
Liberalización social frente a las trabas del
sistema feudal del Antiguo Régimen
- 1811 de la Ley de Señoríos. ABOLICIÓN de todos
los PRIVILEGIOS SEÑORIALES
- SUPRESIÓN DE "PRUEBAS DE NOBLEZA" para el ingreso
en las academias militares
29d) reformas económicas
MEDIDAS LEGISLATIVAS
- LIBERTAD DE TRABAJO (industria) y de ejercer
oficios sin ningún permiso (fin de los gremios y
comienzo de la libre contratación de trabajo)
- LIBERTAD PARA LOS PROPIETARIOS libertad
económica. Libre utilización de fincas y
arrendamientos
- LIBERTAD DE COMERCIO eliminación de trabas
(extinción de aduanas interiores)
- REFORMA AGRARIA DESAMORTIZACIÓN (reforma
agraria) venta por el Estado de una serie de
propiedades de los afrancesados, Inquisición,
órdenes militares, tierras comunales de
municipios, terrenos del clero "manos muertas y
terrenos vinculados de la nobleza etc. para
resolver el pago de la deuda pública adquirida en
el reinado de Carlos IV.
30MEDIDAS LEGISLATIVAS
- ABOLICIÓN DEL TRIBUNAL DE LA INQUISICIÓN
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32- Todas estas medidas suponen un gran ataque a las
bases del ANTIGUO RÉGIMEN y la voluntad de crear
con ellas un nuevo sistema y sociedad liberales y
burguesas, que junto con la CONSTITUCIÓN serán el
IDEARIO de los liberales en el siglo XIX
33- Las leyes se inspiraron en el programa de
reformas económicas propuesto por Jovellanos.
- Todas las medidas propuestas tuvieron poca
eficacia porque las Cortes estaban aisladas, no
tenían capacidad operativa y fue restaurada la
Monarquía en 1814 - Fernando VII se olvida de los principios de las
Cortes de Cádiz. - En 1833, se van a convertir en el programa
esencial del Liberalismo.
34El triunfo de los liberales en las Cortes no fue
definitivo
- Frente a su ideología revolucionaria, existía un
sentimiento absolutista del pueblo dirigido por
el clero provinciano. - Falta de entidad de la burguesía para hacerse
cargo con el movimiento reformista. - Falta de contacto entre los intelectuales y el
pueblo. - La mayoría del pueblo español, que había luchado
en la guerra y que aclamo el regreso de Fernando
VII no tenía conocimiento del proceso
revolucionario desarrollado en Cádiz.
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36CON EL FIN DE LA GUERRA Y LA LLEGADA DE FERNANDO
VII, EL DESEADO, SE RETORNA AL ABSOLUTISMO
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