Title: LEY NO. 479
1Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo
LEY NO. 479 08 SOBRE SOCIEDADES COMERCIALES Y
EMPRESAS INDIVIDUALES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Milagros J. Puello Vicepresidenta Ejecutiva
Jacqueline Canaán Gerente Registro Mercantil
CCPSD
Miércoles 15 de marzo del 2009
2ROL DE LAS CAMARAS DE COMERCIO
- PRINCIPALES ATRIBUCIONES CCyP ANTE LEY
- SOCIEDADES COMERCIALES Y E.I.R.L.
- Personalidad Jurídica de las Sociedades
Comerciales - Velar por el cumplimiento disposiciones de la
ley - Registro y depositaria de la actividad
comercial nacional - Fortalecimiento de la formalización y la
creación de empresas - Publicidad de las Sociedades Comerciales
- Información Legal y Comercial Actualizada y
Confiable - Mayor Seguridad Jurídica en Transacciones
Comerciales
3IMPLICACIONES LEGALES (1)
- Personalidad jurídica a partir de la
matriculación en el Registro Mercantil. - Mayor responsabilidad legal y penal para los
administradores y comisarios de cuentas. - Se regulan los principales actos corporativos
(fusión, escisión, disolución, liquidación) - La Sociedad Accidental o EN PARTICIPACION, NO
tendrá PERSONALIDAD JURIDICA, ni estará sujeta a
ningún tipo de requisito de forma ni
matriculación. Sí PUEDE CONSTITUIRSE EN UNA DE
LAS NUEVAS TIPOLOGIAS SOCIETARIAS.
4IMPLICACIONES LEGALES (2)
- Normas de Buen Gobierno Corporativo
- Régimen de Infracciones y Acciones Penales
- Obligatoriedad y requisitos mínimos a presentar
en los ESTADOS FINANCIEROS y el Informe de
Gestión Anual - Estados Financieros Auditados que incluya
- Balance General
- Estado de Resultados
- Flujo de Efectivo
5IMPLICACIONES COMERCIALES
- Reducción de costos estímulo a la
Formalización y la Creación de Empresas - - Número mínimo de accionistas se reduce a 2
- S.R.L., y se - establece la sociedad de único dueño
E.I.R.L. - - Se consagran las reuniones no presénciales
- - Agilización en la toma de decisiones
- Buen Gobierno Corporativo implica
- - Fortalecimiento de la seguridad jurídica,
aumenta el potencial - de atracción de nuevos inversionistas
nacionales y extranjeros.
6ANTECEDENTES - INSTRUCTIVO
- Artículo 523, Párrafo II, Ley General de
Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de
Responsabilidad Limitada - Las Cámaras de Comercio y Producción
deberán preparar un INSTRUCTIVO que sea UNIFORME
en el que se establezcan los criterios y
parámetros mínimos que servirán de base al
proceso de adecuación, dentro de los sesenta (60)
días que sigan a la publicación de la presente
ley. - INSTRUCTIVO PUBLICADO 11 FEBRERO 2009
7OBJETIVOS - INSTRUCTIVO
- Establecer criterios y parámetros MINIMOS y
UNIFORMES para el proceso de ADECUACION Y
TRANSFORMACION de sociedades comerciales. (Art.
523, Pár. II) - Art. 522 las Cámaras de Comercio y Producción
(CCyP) controlarán y velarán para que las
modificaciones estatutarias y el procedimiento de
adecuación se conformen fielmente a las
disposiciones de la ley. - Las CCyP podrán FORMULAR Y REQUERIR OTROS
REQUISITOS en adición a los estipulados en los
Art. 522 y 523, que garanticen un proceso de
adecuación UNIFORME y sirvan para regular estas
sociedades.
8INSTRUCTIVO
- La Ley NO otorga a los registradores
mercantiles la atribución de FACULTADES
PERMANENTES DE CONTROL SOBRE LA VALIDEZ O NO DE
LOS ACTOS QUE SE INSCRIBAN. - Art. 523
9P l a z o s
- 1ro. ABRIL INICIO recepción solicitudes
ADECUACION - 11 de JUNIO VENCE PLAZO ADECUACION
-
- 19 de JUNIO entrada en vigencia de la Ley
- 19 de JUNIO Inicio Proceso de TRANSFORMACION
- Hasta 18 de JUNIO se registrarán documentos de
las sociedades que NO desean ADECUARSE Y AÚN NO
SABEN LA TIPOLOGIA QUE ADOPTARAN. - A partir del 19 de JUNIO las empresas deberán
haberse ADECUADO o iniciado el proceso de
TRANSFORMACION. - A partir del 19 de JUNIO, LAS CCyP NO ACEPTARAN
REGISTROS O INSCRIPCIONES hasta que la empresa
INICIE Y COMPLETE el PROCESO DE ADECUACION O
TRANSFORMACION Y SE LE OTORGUE LA NUEVA TIPOLOGIA
SOCIETARIA.
10ADECUACION VS. TRANSFORMACION
- ADECUACION
- SOLO S.A. constituidas
- ANTES de la ley que deseen
- mantener estatus.
- TRANSFORMACION
- Sociedades comerciales que deseen adoptar otra
tipología societaria conforme a la ley.
11ADECUACION VS. TRANSFORMACION
- TIPOLOGIAS
- Nombre Colectivo
- Comandita Simple
- Comandita por Acciones
- Sociedad Anónima
- S.R.L.
- E.I.R.L
- SOCIEDAD EN PARTICIPACION
- NO tiene personalidad jurídica
- NO será objeto de Matriculación
- NO se puede transformar
- SI puede constituirse en nueva tipología o
registrarse como - PERSONA FISICA
Se estima 75-80 pasarán a S.R.L. E.I.R.L
12SOCIEDADES ANONIMAS
- Estructura organizativa compleja
- - Consejo de Administración Presidente debe ser
persona física - Gerente o Administrador
- - Se compromete responsabilidad del socio
sólo por el valor de los - aportes o inversiones.
- - Comisario de Cuentas obligatorio
- Comprobante de Suscripción
- - constatación fondos por suscripción
acciones en efectivo firmado por fundadores y
suscriptor - No requiere asamblea constitutiva
- No requiere depósito en banco en efectivo
13PROCESO ADECUACION SOCIEDADES ANONIMAS (1)
- S.A. Públicas o Privadas
- Art. 521 las sociedades anónimas de suscripción
privada constituidas con anterioridad a la Ley
que deseen conservar ese estatus, DEBERAN
SOMETERSE AL PROCESO DE ADECUACION SOCIETARIA,
CONTABLE Y OPERATIVA conforme a las
disposiciones de dicha Ley.
14PROCESO ADECUACION SOCIEDADES ANONIMAS (2)
- EFECTOS
- Neutral
-
- Pago impuesto por aumento CA
- Puede ser en efectivo o no
- (capitalización, utilidades /
- reservas, reevaluación de activos)
- REQUISITOS
- Tener Capital Autorizado
- de RD 30 Millones
- Aumentar Capital Autorizado a RD 30 MM
- Capital Suscrito y Pagado 10 del capital
autorizado RD 3 MM
15PROCESO ADECUACION SOCIEDADES ANONIMAS (3)
EN PROCESO NORMA DGII Período de GRACIA -
EXENCION del PAGO del impuesto por aumento de
capital por 4 meses, SOLO para empresas que
hagan el proceso de adecuación correspondiente a
S.A. Sociedad Anónima.
16PROCESO ADECUACION SOCIEDADES ANONIMAS
- Requisitos Relevantes (1)
- Convocatoria Asamblea General Extraordinaria
- Mínimo dos (2) Accionistas
- DENOMINACIÓN SOCIAL apelativo de fantasía o
nombre(s) de socio(s), seguida necesariamente de
las palabras Sociedad Anónima o S.A. - COMISARIO DE CUENTAS - uno o varios comisarios de
cuentas designados por la Asamblea General de
Accionistas. - DEBERA SER CPA CON 3 AÑOS EXPERIENCIA EN
AUDITORIA, ACCIONISTAS O NO.
17PROCESO ADECUACION SOCIEDADES ANONIMAS
- Requisitos Relevantes (2)
- CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
- Compuesto de tres (3) miembros por lo menos. NO
PODRAN SER MIEMBROS PERSONAS FISICAS CON MAS DE 5
MANDATOS DE ADMINISTRADOR. - FUNCIONES PRINCIPALES COMISARIO DE CUENTAS
- Verificación valores, reglas y documentos
contables - Velar por igualdad entre los accionistas, su
derecho a la información financiera - No podrán ser Comisarios
- Fundadores
- Tener más de 5 mandatos como Comisario
- Relación con un administrador
18PROCESO ADECUACION SOCIEDADES ANONIMAS
- Requisitos Relevantes (3)
- CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
- Compuesto de tres (3) miembros por lo menos.
NO PODRAN SER - MIEMBROS PERSONAS FISICAS CON MAS DE 5
MANDATOS DE - ADMINISTRADOR.
- Presidente y principal ejecutivo financiero
deben firmar - DECLARACION JURADA SOBRE SU RESPONSABILIDAD
RESPECTO - ESTADOS FINANCIEROS.
- S.A. SUSCRIPCION PUBLICA - CONSTITUCION
- Reguladas y supervisadas por SIV
- S.A. SUSCRIPCION PUBLICA ADECUACION
- Presidente o Administradores someterán a SIV
Plan de Adecuación - - Modificación Estatutaria
19ASPECTOS PRACTICOS PROCESO DE ADECUACION
- Copia certificada documentos constitutivos SOLO
PARA CONSTITUCION SI ES ADECUACION Y TIENE RM,
DOCUMENTOS YA ESTAN REGISTRADOS - CONTINUIDAD DE LOS COMPROMISOS, OBLIGACIONES,
DEUDAS DE LA SOCIEDAD - VENCIDO EL PLAZO DE ADECUACION, SE PIERDE GRACIA
DE LA DGII
- Entidades Reguladas como bancos, empresas de
telecomunicaciones DEBEN ADECUARSE, si desean
mantener estatus de S.A. - La ley regula la estructura de la sociedad No el
- tipo de negocio.
- CAPITAL EN MONEDA EXTRANJERA se establece en la
ley RM lo incorporará sin conversión y la DGII
también lo consigna en RNC
20PROCESO DE ADECUACION
- MODELOS DE FORMULARIOS Y DOCUMENTOS ESTARAN
DISPONIBLES A FIN - DE MARZO
- C. x A. dejan de existir deben adecuarse o
transformarse - Sociedad se puede ADECUAR y luego TRANSFORMAR, si
lo desea ponderar implicaciones legales,
financieras, operativas - Constituirse ahora y luego hacer proceso de
adecuación o transformación conlleva doble gasto - RM NO ACEPTARA DOCUMENTOS INCOMPLETOS
- SIV, BANCOS Y RM acordarán indicaciones para
ampliar Instructivo
21PROCESO DE TRANSFORMACION
22De las Transformaciones
- Disposiciones Generales (Artículos 440 al 449)
- Concepto de Transformación (Art. 440)
- En estos casos la sociedad
- - No se disuelve
- - Mantiene su personalidad jurídica, sólo cambia
de forma - - No altera sus derechos y obligaciones.
- La Ley no previó de manera expresa la
transformación de sociedad a EIRL y viceversa. El
instructivo de FEDOCAMARAS las incluye.
23De las Transformaciones
- Las transformaciones no podrán
- - Modificar la participación de los socios en el
capital de la sociedad. - - Modificar la responsabilidad solidaria e
ilimitada anterior de los socios.
- Art. 448 MUY IMPORTANTE
- La resolución de transformación de una sociedad
en otro tipo social sólo obligará a los socios
que hayan votado a su favor.
24Inicio de Proceso de Transformación
- A partir de la entrada en vigencia de la Ley (19
de junio 2009). - SE DEBERAN CELEBRAR LAS ASAMBLEAS DE
TRANSFORMACION Y SU CORRESPONDIENTE REGISTRO ANTE
EL RM. - SE REALIZARAN LAS PUBLICACIONES DE AVISO DE
TRANSFORMACION PREVISTAS EN LA LEY 479-08. - LAS CAMARAS DE COMERCIO RECIBIRAN LAS SOLICITUDES
DE TRANSFORMACIONES.
25Plazos para el Proceso de Transformación
- La Ley NO ESTABLECE PLAZOS PARA LOS PROCESOS DE
TRANSFORMACION. - El Registro Mercantil, luego del 19 de junio,
podrá recibir documentación tanto de adecuaciones
como de transformaciones EN CUALQUIER MOMENTO. - LA NO-MATRICULACION O INSCRIPCION EN EL REGISTRO
MERCANTIL Y LA FALSEDAD EN LAS DECLARACIONES AL
REGISTRO MERCANTIL SON ALGUNAS DE LAS CAUSAS POR
LAS QUE LA LEY IMPONE SANCIONES PENALES (ACCIONES
PRIVADAS). Art.499 en adelante.
26Generalidades SRL
- Mínimo de socios - 2 / Máximo de socios - 50.
- Tener o aumentar capital a RD100,000.00 y debe
estar íntegramente desembolsado. Este monto
mínimo de capital es significativamente inferior
al requerido a una SA. - Al momento de constitución los aportes de los
socios deberán ser depositados en una cuenta
bancaria. - Administrada por uno o más gerentes, personas
físicas (socios o no). - El comisario de cuentas no es obligatorio.
27Generalidades SRL (2)
- Los socios pueden ser personas morales.
- El régimen de funcionamiento es más flexible y
menos costoso que la SA. - Reunión presencial no obligatoria.
- Cuotas sociales.
28Requisitos Transformación a SRL
- Asamblea General Extraordinaria, o el mecanismo
de decisión que constate la voluntad de los
socios, según lo permita la Ley para cada tipo de
sociedad, modificando los estatutos sociales
conforme las siguientes indicaciones mínimas - La modificación de la denominación social, para
la cual se podrá utilizar un apelativo de
fantasía que deberá ser precedida o seguida de
las palabras Sociedad de Responsabilidad
Limitada o de las iniciales S.R.L.. A falta
de una de estas ultimas indicaciones, los socios
serán solidariamente responsables frente a los
terceros - La indicación de la adopción de la modalidad de
Sociedad de Responsabilidad Limitada - La designación, poderes, atribuciones,
incompatibilidades y prohibiciones de la
gerencia - Continua
29Requisitos Transformación a SRL (2)
- La forma en que se realizará la cesión o
transmisión de las partes sociales (cuotas) - Las formas en que los socios tomarán las
decisiones - La fecha de cierre del ejercicio social
- La forma de repartir los beneficios y las
pérdidas
30Actualización e Inscripción Registro Mercantil
SRL
- Dentro del mes de la asamblea general
extraordinaria o de la fecha del - documento que constate la voluntad de los socios,
se deberá depositar - en el Registro Mercantil
- Copia certificada de los documentos constitutivos
de la sociedad transformada - 2. Original de un balance especial
- 3. Original del informe del comisario de
cuentas, si lo hubiere - 4. Un ejemplar del periódico, certificado por
el editor, que contenga la publicación de un
extracto del proyecto de transformación
31Actualización e Inscripción Registro Mercantil
SRL (2)
- Original del acta de la asamblea general
extraordinaria con su nómina de los accionistas
presentes o representados (o del documento que
constate la voluntad de los socios, según permita
la Ley para cada tipo de sociedad) que aprueba la
transformación y la modificación estatutaria - Original de los estatutos sociales
correspondientes a la Sociedad de Responsabilidad
Limitada adoptada
32Actualización e Inscripción Registro Mercantil
SRL (3)
- Formulario de modificación del Registro
Mercantil - Original del Certificado de Registro Mercantil
- Pago de la tasa correspondiente por concepto de
modificación y/o adecuación, de conformidad con
las tarifas establecidas por la Cámara de
Comercio y Producción correspondiente.
33Generalidades EIRL
- El número de socios es máximo 1.
- Su propietario es una persona física que tendrá
las condiciones legales requeridas para ser
comerciante, no admite como propietario una
persona moral. - Constituyen un patrimonio separado al de su
propietario. - En cuanto a su capital, no hay mínimo ni máximo,
pero debe estar íntegramente desembolsado. - Debe transferir acciones a fin de quedarse con
un solo socio (efecto fiscal).
34Generalidades EIRL (2)
- Debe designar un gerente (propietario o
terceros). - El comisario de cuentas no es requerido.
- Es libremente cesible por su propietario.
- No tiene monto mínimo ni máximo de capital.
- Deberá mantener una contabilidad organizada de
conformidad con los estándares empresariales.
35Requisitos Transformación a EIRL
- El socio único deberá declarar, ante notario, los
estatutos sociales de la Empresa Individual de
Responsabilidad Limitada que contendrá, como
mínimo, lo siguiente - El nombre de la empresa, que deberá tener
antepuestas o agregadas las palabras Empresa
Individual de Responsabilidad Limitada, o las
siglas E.I.R.L., y no deberá contener nombre,
apellido o parte de los mismos, apodo o cualquier
otro apelativo de una persona física, los cuales
de ningún modo deberán ser utilizados como
distintivos de la empresa. - El domicilio.
36Requisitos Transformación a EIRL (2)
- La indicación del valor del capital
- 4. El objeto a que se dedicará la empresa
- 5. Su duración y la fecha del inicio de sus
operaciones y, - 6. El o los primeros gerentes
37Actualización e Inscripción Registro Mercantil
EIRL
- Dentro del mes de la asamblea general
extraordinaria o de la fecha del documento que
constate la voluntad de los socios, según permita
la Ley para cada tipo de sociedad, el socio único
o la persona delegada por la asamblea o en el
documento que constate la voluntad de los socios,
deberá depositar, para su inscripción en el
Registro Mercantil, los documentos siguientes - a. Copia certificada de los documentos
constitutivos de la sociedad transformada - b. Original de los actos de las ventas o cesiones
de las partes sociales (acciones, cuotas o
intereses, según sea el caso) a un socio único
38Actualización e Inscripción Registro Mercantil
EIRL (2)
- Certificación del Secretario de la sociedad (o de
la persona con competencia estatutaria) que
apruebe la transformación - Original de un balance especial
- Original del informe del comisario de cuentas, si
lo hubiere - f. Un ejemplar del periódico, certificado por el
editor, que contenga la publicación de un
extracto del proyecto de transformación - g. Original del acta de la asamblea general
extraordinaria con su nómina de los accionistas
presentes o representados (o del documento que
constate la voluntad de los socios, según permita
la Ley para cada tipo de sociedad) que aprueba la
transformación
39Actualización e Inscripción Registro Mercantil
EIRL (3)
- h. Una compulsa del acto auténtico que contenga
los estatutos sociales correspondientes a la
Empresa Individual de Responsabilidad Limitada - Una compulsa de la declaración jurada auténtica
prestada por el socio único relativa a la
responsabilidad por el exceso del valor del
activo neto contenido en el balance especial, si
la misma se hace de manera separada de los
Estatutos Sociales - Formulario de modificación del Registro
Mercantil - Original del Certificado de Registro Mercantil
- Pago de la tasa correspondiente en las Cámaras de
Comercio correspondiente
40Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo,
INC.
Muchas Gracias