Efectos Tributarios de las IFRS - PowerPoint PPT Presentation

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Efectos Tributarios de las IFRS

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Title: PowerPoint Presentation Author: Victor Eduardo Araya Zamorano Last modified by: Daniela S ez Harrington Created Date: 1/1/1601 12:00:00 AM – PowerPoint PPT presentation

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Title: Efectos Tributarios de las IFRS


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Efectos Tributarios de las IFRS
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Aspectos Tributarios de las IFRS
  • Las IFRS (NIIF) son normas internacionales de
    información financiera que tienen como finalidad
    establecer criterios uniformes y de calidad en la
    preparación y presentación de EEFF.
  • Bajo los PCGA (principios contables generalmente
    aceptados) los contribuyentes debían efectuar una
    serie de ajustes tributarios para lograr
    conciliar los resultados financieros con el
    resultado para fines impositivos.

Art. 29 al 33 LIR
Resultado bajo PCGA
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Aspectos Tributarios de las IFRS
  • Bajo Ord. N 0029 del 05/01/2006 el
    Superintendente de Valores y Seguros don
    Alejandro Ferreiro Yazigi, solicita un
    pronunciamiento al Director del SII de la época
    don Juan Toro, respecto al impacto tributario que
    produciría la adopción de dichas normas en la
    forma de determinar los resultados tributarios
  • Por medio de Ord. N 293 del 26/01/2006 el
    Director SII responde
  • En relación con lo solicitado, este Servicio
    expresa que la aplicación de las NIIF, se
    enmarcan en un ámbito estrictamente contable
    financiero que no modifican ni afectan a las
    normas tributarias, por lo que los contribuyente
    antes referidos al determinar sus EEFF, de
    acuerdo a las normas referidas, de todas maneras
    estarán obligados a efectuar los ajustes
    necesarios a dichos resultados financieros para
    determinar la utilidad tributaria sobre la cual
    deben cumplir con sus obligaciones impositivas..

Art. 29 al 33 LIR
Resultado bajo NIIF
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Aspectos Tributarios de las IFRS
  • Además manifiesta dicho Ord. Que con motivo de
    la referida conversión se seguirán otorgando
    tratamientos diferentes a ciertas partidas desde
    el punto de vista contable financiero y
    tributario y por consiguiente persistirán las
    denominadas diferencias permanentes y
    transitorias..
  • Diferencias más importantes
  • Valoración de Activos
  • Métodos de Depreciación
  • Deterioro de Valor

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Aspectos Tributarios de las IFRS
  • Diferencias más importantes
  • Valoración de Activos
  • La NIIF considera la valoración de activos como
    referencia ideal un valor de mercado, valor
    justo, etc.
  • La Ley de la Renta considera como elemento
    principal para la revalorización de activos la
    CCMM (art. 41 LIR), bajo parámetros como IPC, UF,
    UTM, Tipo de Cambio, etc.

Debidamente Informados
Precio de Mercado
Compradores
Vendedores
En condiciones de Independencia Mutua
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Aspectos Tributarios de las IFRS
  • Diferencias más importantes
  • Métodos de Depreciación
  • Bajo NIIF los activos pueden ser depreciados bajo
    diversas formas, respondiendo a la realidad, uso
    y eficiencia en el uso de los activos, es así
    como se tiene
  • El Art. 31 N 5 de la Ley de Impuesto a la Renta
    señala que se aceptará una cuota anual por
    concepto de depreciación por los bienes de
    propiedad de la empresa y calculada bajo el
    método lineal y bajo ciertas condiciones se
    aceptará acelerar la depreciación.

Método Lineal (Cargo Fijo)
Método Unidades Producidas (variable)
Métodos de Depreciación
Método Depreciación Decreciente
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Aspectos Tributarios de las IFRS
  • Diferencias más importantes
  • Deterioro de valor
  • Bajo NIIF un activo se encuentra deteriorado
    cuando su valor libro excede de su monto
    recuperable
  • Bajo norma tributaria no existe una comparación
    entre el valor libro y su valor recuperable, tal
    efecto impactará en los resultados tributarios al
    momento de realizar la venta respectiva.

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Aspectos Tributarios de las IFRS
  • Otras Diferencias
  • Costo de los Activos Fijos (NIC 16)
  • La NIC 16 establece que el costo de las
    Propiedades Plantas y Equipos estará formado por
  • Para efectos tributarios, los activos fijos no
    consideran la provisión por desmantelamiento,
    retiro o reparo medio ambiental

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Aspectos Tributarios de las IFRS
  • Otras Diferencias
  • Valoración Activos Fijos (NIC 16)
  • La NIC 16 establece que bajo el método del costo
    reevaluado los activos fijos quedaran a valor de
    mercado, teniendo
  • Para efectos tributarios, los activos fijos se
    deben reajustar bajo las normas del art. 41 N 2
    de la LIR, esto es por regla general, variación
    IPC.

Valor Libro Costo Revaluado (-) Dep.
Acumulada ajustada (-) Pérdida acumulada por
Deterioro

La revaluación del Activo Fijo produce
Incremento de Valor Ajuste al
Patrimonio Disminución de Valor Ajuste a
Resultado
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Aspectos Tributarios de las IFRS
  • Otras Diferencias
  • Arrendamientos (NIC 17)
  • La NIC 17 señala que los activos adquiridos por
    medio de Arrendamientos financieros se deben
    considerar
  • Para efectos tributarios, los activos en Leasing
    no son considerados bienes de propiedad de la
    empresa, por lo que sólo se considera a resultado
    las cuotas de dicho contrato.
  • Activos Leasing y cuentas por pagar al valor
    justo del bien, o al valor presente de las
    cuotas, si éste fuere menor. Costos directos
    activo.
  • Carga financiera y amortización.
  • Depreciación del bien.

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Aspectos Tributarios de las IFRS
  • Otras Diferencias
  • Existencias (NIC 2)
  • La NIC 2 considera que para la determinación del
    costo de las existencias deben sumarse
  • Para efectos tributarios, el costo de las
    existencias lo forman
  • Valor de Adquisición más los impuestos
    Irrecuperables.
  • Mano de Obra.
  • Gastos Indirectos de fabricación
  • Materia Prima Directa
  • Mano de Obra Directa

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Aspectos Tributarios de las IFRS
  • Otras Diferencias
  • Existencias (NIC 2)
  • La NIC 2 considera para revalorizar las
    existencias su valor neto realizable
  • Para efectos tributarios, la revalorización de
    las existencias finales, se deben efectuar bajo
    las normas del art. 41 N 3 de la LIR

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