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ASUNTOS AMBIENTALES DE CONCERTACI N REVISI N POT - Determinantes Ambientales Amenazas Naturales y Riesgos Protecci n de los Recursos Naturales Espacio P blico ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Presentaci


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ASUNTOS AMBIENTALES DE CONCERTACIÓN REVISIÓN
POT -
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ASUNTOS AMBIENTALES DE CONCERTACIÓNRevisión POT
  • (Presentados por la Corporación al Consejo
    Territorial de Planeación Departamental, en el
    año 2000)

Todas las modificaciones y ajustes que se
propongan deben quedar sustentadas
  • Determinantes Ambientales
  • Amenazas Naturales y Riesgos
  • Protección de los Recursos Naturales
  • Espacio Público
  • Saneamiento Ambiental
  • En concordancia con
  • Clasificación del
  • Suelo
  • Zonificación de usos

Cartografía escala 125.000, área rural y área
urbana 12.000 ó 15.000 Proyecto de Acuerdo
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DETERMINANTE AMBIENTAL DENSIDADES MÁXIMAS DE
VIVIENDA RURAL
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Determinantes Ambientales
  • Resolución 10194 abril 10 de 2008, por medio de
    la cual se reglamenta el uso y aprovechamiento de
    la flora amenazada en jurisdicción de
    CORANTIOQUIA.
  • Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas
    Hidrográficas - Decreto 1640 de 2012.

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DETERMINANTE AMBIENTAL Áreas Protegidas del
SINAP - Estrategias de Conservación
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1. AMENAZAS Y RIESGOS NATURALES
  • Ley 388 de 1997, establece la obligación de la
    incorporación de la gestión del riesgo en los
    POT.
  • Artículo 8, numeral 5 Artículo 12 y Artículo
    10, literal d
  • Decreto 879 de 1998, reglamenta las disposiciones
    referentes al ordenamiento del Territorio
    Municipal y Distrital.
  • Decreto 019 de 2012 se dictan normas para
    suprimir o reformar regulaciones, procedimientos
    y trámites innecesarios en la Administración
    Pública.
  • Artículo 189

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Continuación 1. AMENAZAS Y RIESGOS NATURALES
  • Ley 1523 de 2012, adopta la política nacional de
    gestión del riesgo de desastres y se establece el
    Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de
    Desastres
  • Artículos 39 y 40
  • Circular 7000-E241773 del 13 de julio de 2012 del
    Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
  • Aplicación artículo 189 decreto 019 de 2012.
  • Decreto 1640 de 2012, reglamenta los instrumentos
    para la planificación, ordenación y manejo de las
    cuencas hidrográficas y acuíferos.
  • Artículo 23, parágrafos 2 y 3.

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Continuación 1. AMENAZAS Y RIESGOS NATURALES

Suelo Rural
  • Diagnóstico
  • Presentar el análisis de las amenazas naturales
    en especial para los fenómenos de remoción en
    masa e inundaciones y obtener la zonificación
    para la totalidad del territorio, clasificándola
    en alta, media y baja.
  • Para las áreas identificadas dentro de alguna
    categoría de desarrollo restringido, además de la
    amenaza se debe identificar el riesgo, teniendo
    en cuenta el análisis de vulnerabilidad. Además
    se debe especificar si las áreas en riesgo son
    recuperables o no, estableciendo sus respectivas
    medidas de manejo y mitigación.

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Continuación 1. AMENAZAS Y RIESGOS NATURALES

Suelo Rural
  • Formulación
  • Establecer las respectivas medidas de manejo y
    mitigación para las zonas identificas con
    amenaza media, alta y para las zonas en riesgo.
  • Las zonas que presenten alto riesgo para la
    localización de asentamientos humanos, deberán
    quedar clasificadas bajo la categoría de suelo de
    protección.
  • Artículos 4 , Decreto 3600 de 2007

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Continuación 1. AMENAZAS Y RIESGOS NATURALES

Suelo Urbano
  • Diagnóstico
  • Análisis de amenaza principalmente por remoción
    en masa e inundaciones, clasificándola en alta,
    media y baja .
  • Realizar la evaluación del riesgo, teniendo en
    cuenta el análisis de vulnerabilidad
    especificando si es recuperable o no,
    estableciendo sus respectivas medidas de manejo y
    mitigación

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Continuación 1. AMENAZAS Y RIESGOS NATURALES

Suelo Urbano
  • Formulación
  • Las zonas que presentan alto riesgo para la
    localización de asentamientos humanos por
    amenazas naturales o por condiciones de
    insalubridad, se deben clasificar como suelos de
    protección.
  • Establecer las medidas y acciones de manejo y
    mitigación.
  • Las áreas en riesgo no recuperable que hayan sido
    desalojadas y sus asentamientos reubicados,
    serán entregadas a las CARs para su manejo y
    cuidado, evitando nueva ocupación, siendo el
    Alcalde el responsable de esto.
  • Artículo 121, Ley 388 de 1997

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2. PROTECCIÓN DE LOS RECURSO NATURALES
  • 2.1 AGUA
  • Diagnóstico
  • Identificar y espacializar la red hídrica,
    considerando humedales, pantanos, lagos, lagunas,
    ciénagas, manglares, acuíferos, zonas de recarga
    y nacimientos de agua. Describir coberturas
    vegetales, usos del suelo, descargas de aguas
    residuales y fuentes abastecedoras, entre otros.

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2. PROTECCIÓN DE LOS RECURSO NATURALES
  • 2.1 AGUA
  • Diagnóstico
  • Identificar, caracterizar y delimitar los predios
    adquiridos por el municipio, para la protección
    del recurso hídrico.
  • Identificar, caracterizar y delimitar los predios
    adquiridos por la Corporación, para la protección
    del recurso hídrico.
  • Áreas de importancia estratégica para la
    conservación del recurso hídrico que surten
    acueductos.
  • Artículos 4 y 5 ,
    Decreto 0953 de 2013

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2. PROTECCIÓN DE LOS RECURSO NATURALES
  • 2.1 AGUA
  • Formulación
  • Definir y establecer las rondas hídricas,
    clasificándolas como suelo de protección.
  • Decreto 1449 de 1997.
  • Definir y establecer las acciones y medidas de
    manejo tendientes a proteger el recurso agua.
  • Los predios adquiridos por la Corporación o por
    el municipio, deben quedar clasificados como
    suelo de protección.

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2. PROTECCIÓN DE RECURSO NATURALES
2.2 FAUNA Y FLORA
  • Diagnóstico
  • Identificar, caracterizar y delimitar las
    coberturas vegetales (bosque natural en sus
    diferentes estados de sucesión y plantado), y la
    fauna asociada, a partir de estudios técnicos y
    cartografía existente.
  • Identificar especies de flora y fauna silvestre,
    clasificadas en alguna categoría de riesgo,
    consultando las disposiciones del nivel nacional
    o regional para el recurso flora.
  • Identificar y delimitar las áreas protegidas y
    las estrategias de conservación in situ del nivel
    nacional, regional o local con jurisdicción en el
    municipio.
  • Identificar y delimitar las zonas de páramo y
    subpáramo, a partir de estudios técnicos y
    cartografía existente.

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2. PROTECCIÓN DE RECURSO NATURALES
2.2 FAUNA Y FLORA
  • Formulación
  • Clasificar en la categoría de suelo de protección
    las áreas bajo cobertura de bosque natural en sus
    diferentes estados de sucesión y plantaciones
    protectoras, estableciendo las medidas para su
    manejo y conservación.
  • Definir las acciones que permitan la recuperación
    y conservación de las especies de flora y fauna,
    identificadas en alguna categoría de riesgo.
  • Clasificar las áreas de páramos, subpáramos y del
    sistema de áreas protegidas como suelo de
    protección, estableciendo las medidas para su
    manejo y conservación.

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2. PROTECCIÓN DE RECURSO NATURALES
2.3 SUELO
Diagnóstico
  • Considerar las áreas degradadas, a partir de
    estudios existentes, asociando medidas para su
    recuperación.
  • Describir la actividad minera, caracterizando
    frentes de explotación (activos/inactivos),
    incluyendo los títulos mineros otorgados en el
    Municipio y determinar potencial minero.
  • Tener en cuenta que la definición de zonas
    excluidas y restringidas de la minería, es
    competencia de la autoridad minera y ambiental.
  • Considerar la clasificación agrológica según el
    Instituto Geográfico Agustín Codazzi.

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2. PROTECCIÓN DE RECURSO NATURALES
2.3 SUELO
Formulación
  • establecer las orientaciones establecidas en los
    estudios de áreas degradadas en la reglamentación
    de usos de suelo, específicamente en la
    determinación de las restricciones.
  • Definir las medidas y acciones de manejo que
    permitan mitigar situaciones de conflicto y
    aprovechar las oportunidades.
  • Determinar los suelos de protección para la
    producción agrícola y ganadera y explotación de
    recursos naturales.
  • Artículo 4, numeral 2 Decreto 3600 de 2007

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3. SANEAMIENTO BÁSICO
3.1 RESIDUOS SÓLIDOS
Diagnóstico
  • Caracterizar, identificar y localizar el sitio
    actual para la disposición final de residuos
    sólidos y su área de influencia, precisando su
    vida útil así como la infraestructura asociada
    para la prestación del servicio.
  • Identificar áreas para la posible localización
    del relleno sanitario y la infraestructura
    asociada al manejo y disposición de residuos
    sólidos, las medidas de contingencia y
    localización de escombreras, todo esto sustentado
    en el PGIRS.
  • Considerar el PGIRSH y la generación de residuos
    peligrosos RESPEL.
  • Especificar el tratamientos y las medidas de
    manejo para los residuos sólidos en las áreas
    identificadas como de desarrollo restringido y en
    general para todo el suelo rural.
  • Decretos 1713 de 2002 y 838 de 2005

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Continuación 3. SANEAMIENTO BÁSICO
3.1 RESIDUOS SÓLIDOS
Formulación
  • Establecer las acciones y medidas de manejo para
    la disposición final de residuos sólidos y
    peligrosos, en los suelos urbano y rural.
  • Las áreas para la prestación de servicios
    públicos domiciliarios, actuales y propuestas,
    deberán quedar identificadas, delimitadas en los
    documentos técnicos y en la cartografía,
    clasificándolas en la categoría de suelo de
    protección y la reglamentación de usos que se
    establezca para las mismas, deberá guardar
    coherencia con dicha clasificación, estableciendo
    directrices de ordenamiento para sus áreas de
    influencia.
  • Artículo 4 ,numeral 4, Decreto 3600 de 2007

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Continuación 3. SANEAMIENTO BÁSICO
Diagnóstico
3.2 AGUAS RESIDUALES
  • Caracterizar las condiciones de manejo y
    disposición de vertimientos, tanto en el suelo
    urbano como en el suelo rural, en especial los
    centros poblados, parcelaciones para vivienda
    campestre y suelo suburbano.
  • Incorporar los elementos de los Planes de
    Saneamiento y Manejo de Vertimientos y el Plan
    Maestro de Acueducto y Alcantarillado que
    permitan sustentar modificaciones al POT.
  • Localizar, caracterizar e identificar en planos,
    la infraestructura asociada al tratamiento de
    aguas residuales (existente y propuesta), tales
    como PTAR y estaciones de bombeo, entre otras.

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Continuación 3. SANEAMIENTO BÁSICO
3.2 AGUAS RESIDUALES
Formulación
  • Especificar las medidas y acciones de manejo,
    coherentes con lo descrito en el diagnóstico.
  • Las áreas para la prestación de servicios
    públicos domiciliarios, actuales y propuestas,
    deberán quedar identificadas, delimitadas en los
    documentos técnicos y en la cartografía,
    clasificándolas en la categoría de suelo de
    protección y la reglamentación de usos que se
    establezca para las mismas, deberá guardar
    coherencia con dicha clasificación, estableciendo
    directrices de ordenamiento para sus áreas de
    influencia.

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4. ESPACIO PÚBLICO
Diagnóstico
  • Realizar el análisis de la oferta y la demanda de
    espacio público que permita establecer y
    proyectar el déficit cuantitativo y cualitativo
    del mismo.
  • Identificar y delimitar los elementos naturales y
    artificiales del espacio público para el área
    urbana y rural, proyectando su articulación.
  • Calcular el índice de espacio público actual.
  • Decreto 1504 de 1998

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Continuación 4. ESPACIO PÚBLICO
Formulación
  • Decreto 1504 de 1998, en el artículo 8, determina
    los elementos a incorporar en los POT en cada uno
    de sus componentes.
  • Definir el índice de espacio público efectivo a
    lograr, fijando una meta alcanzable durante la
    vigencia del Plan.
  • Identificar y delimitar las áreas que se
    adecuarán para espacio público efectivo.

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5. CLASIFICACIÓN DEL SUELO
Formulación
  • Delimitar en el documento técnico y en la
    cartografía cada una de las clases de suelo y sus
    categorías, coherente con la lectura del
    territorio y la visión del municipio suelo
    urbano, expansión urbana, rural, categoría de
    protección y categoría de desarrollo restringido
    .
  • Reglamentar los usos para cada una de las clases
    de suelo y categorías definidas, estableciendo el
    uso principal, compatible, restringido y
    prohibido, que deben ser coherentes con cada
    clase y categoría.

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6. CARTOGRAFÍA
Es el soporte gráfico del ordenamiento del
territorio, considerando los siguientes aspectos
  • Los planos temáticos deben contener la
    información básica, respetando la toponimia de la
    cartografía base del IGAC (125.000 suelo rural
    15.000 ó 12.000 suelo urbano).
  • Incluir puntos de referencia como hitos
    geográficos y nombres representativos del
    municipio, que faciliten la ubicación y lectura
    de los planos.
  • Describir cada uno de los planos y referenciarlos
    en los temas tratados en los documentos técnicos,
    de manera coherente.
  • Decreto 879 de 1998 artículo 20, parágrafo

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7. PROYECTO DE ACUERDO
  • Da carácter vinculante a las decisiones
    planteadas en la formulación.
  • Debe ser coherente con lo planteado en la
    Formulación y su contenido se debe estructurar
    conforme al Artículo 20 del Decreto 879 de 1998.

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Muchas Gracias!
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