Title: El Acuerdo Sobre la Aplicaci
1El Acuerdo Sobre la Aplicación de Medidas
Sanitarias y FitosanitariasEl Acuerdo MSF (SPS)
2Origen del Acuerdo MSF
Acuerdo sobre la Agricultura
Artículo XX(b) GATT
Obstáculos técnicos al comercio (TBT)
3Los Miembros tienen derecho a adoptar medidas
sanitarias y fitosanitarias necesarias para
proteger la salud y la vida de las personas y de
los animales o para preservar los vegetales
Artículo 2.1
4Definición Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
para proteger
de
salud/vida humana o animal
salud/vida humana
salud/vida animal o vegetal
país
5Qué tipo de medidas?
- Leyes, decretos, reglamentos, prescripciones o
procedimientos relativos a - Producto final o método de producción
- Prueba, inspección, certificación, y aprobación
- Cuarentena y transporte de animales/vegetales
- Métodos de evaluación de riesgo
- Embalaje y etiquetado ? Inocuidad Alimentos
- PPMs
6SPS O TBT?
Medidas SPS
Medidas TBT
- Riesgo proveniente de aditivos en alimentos
Nivel máximo tolerancia - Riesgo proveniente de enfermedades propagadas por
animales o vegetales Requisitos de
adminisbilidad - Riesgo proveniente de plaguicidas Nivel máximo
de residuo.
- Requisitos de etiquetado
- información nutricional
- embalaje y calidad de los alimentos
- Manejo y calidad de plaguicidas
7Disposiciones claves del Acuerdo MSF
- 1. Justificación científica y evaulación riesgo
- 2. Armonización
- 3. Equivalencia
- 4. Zonas libres de plagas o enfermedades
- 5. Asistencia técnica, trato especial
- 6. Transparencia
8Justificación científica
- Artículo 2.2
- sólo se aplique en cuanto sea necesaria para
proteger la salud - basada en principios científicos
- que no se mantenga sin testimonios científicos
- a reserva de párrafo 7 del artículo 5
9Y si no hay certeza?Artículo 5.7
- Los Miembros podrán adoptar provisionalmente
medidas... - cuando los testimonios científicos pertinentes
sean insuficientes - sobre la base de información disponible
- Pero
- tratarán de obtener la información adicional
necesaria - revisarán en consecuencia la medida en un plazo
razonable
10Artículo 5.7Medidas Provisionales
- Manzanas (GE y OA)
- Japón mantuvo la medida sin tratar de obtener la
información adicional necesaria - no revisó la medida en un plazo razonable
- Hormonas
- CE no invocó al Art. 5.7 sino al principio
cautelar - OA principio cautelar reflejado en 5.7, pero eso
no dispensa de las otras obligaciones
11Medidas Provisionales Cuando y como?
- Caso Manzanas - 4 elementos acumulativos
- Pueden adoptarse cuando
- . testimonios científicos pertinentes
insuficientes - . sobre la base de información disponible
- Puede mantenerse cuando
- . se trate de obtener información adicional
necesaria para evaluación objectiva - . se revise (consecuentemente) la medida en plazo
razonable
12Evaluación del Riesgo Artículos 5.1-5.3
- riesgos de plagas o enfermedades evaluación
de la probabilidad de entrada, radicación o
propagación según las medidas SF que pudieran
aplicarse, así como de las posibles consecuencias
biológicas y económicas conexas
Definiciones Anexo A4
- inocuidad de los alimentos ...evaluación de
los posibles efectos perjudiciales para la
salud de las personas y de los animales...
13Evaluación del Riesgo Artículos 5.1-5.3
- basar las medidas en una evaluación de los
riesgos (5.1) - tener en cuenta las técnicas elaboradas por las
organizaciones internacionales competentes (5.1) - métodos científicos (5.2)
- tener en cuenta factores económicos (5.3)
- pérdida de producción
- costos de control o erradicación
- relación costo-eficacia de otros métodos
14Evaluación riesgocomo?
- Caso Hormonas - principales conclusiones
- Evaluación riesgo basada en evidencia científica
- (Art. 5.1 es una aplicación específica del 2.2)
- Relación racional entre evaluación riesgo y
medida - pero no necesariamente opinión mayoritaria
- Evaluación riesgo por quien aplica medida?
- No necesariamente otro Miembro u Organización
15Evaluación riesgocomo?
- Salmón - principales conclusiones
- Tres requisitos acumulativos
- identificar la(s) enfermedad(es) y consecuencias
potenciales - evaluar la probabilidad de entrada, radicación
- evaluar la probabilidad según las medidas que
pudieran aplicarse - No es suficiente evaluar riesgo entrada como
posible es necesario evaluar probabilidad - pero probabilidad puede ser expresada
cualitativamente.
16CoherenciaArtículo 5.5
- Coherencia en los niveles adecuados de protección
sanitaria o fitosanitaria - evitar distinciones arbitrarias o injustificables
si - tienen por resultado una discriminación o una
restricción encubierta del comercio - directrices para fomentar la aplicación - Comité
17CoherenciaArt. 5.5
- Caso Hormonas - principales conclusiones
- Violación? 3 elementos necesarios (acumulados)
- 1 Distintos niveles de protección en diferentes
situaciones (comparables). - 2 Los niveles de protección presentan diferencias
arbitrarias o injustificables. (señal alarma) - 3 Las diferencias arbitrarias/injustificables
producen discriminación/una restricción
encubierta del comercio
18no más restrictivo de lo requerido Artículo 5.6
- Cuando se viola?
- Caso Salmon - 3 Elementos Acumulativos
- Hay Medida Alternativa
- 1. Razonablemente accesible (viabilidad técnica
y económica) - 2. Logra Nivel Adecuado Protección
- 3. Significativamente menos restrictiva
19Disposiciones claves del Acuerdo MSF
1. Justificación científica 2. Armonización 3.
Equivalencia 4. Zonas libres de plagas o
enfermedades 5. Asistencia técnica, trato
especial 6. Transparencia
20ArmonizaciónArtículo 3
los Miembros basarán sus medidas en normas,
directrices o recomendaciones internacionales
(3.1)
21ArmonizaciónArtículo 3
- Obligatoria? NO, pero tiene premio...
- Presunción de conformidad (3.3)
- No necesidad dar explicaciones (5.8)
- ? protección? Si, pero .(3.3)
- si existe una justificación científica, o
- si determina nivel adecuado de protección ? en
conformidad con el Artículo 5 (evaluación del
riesgo)
22 Comisión del Codex Alimentarius
- Normas, directrices y recomendaciones
internacionales - aditivos alimentarios, contaminantes
- residuos de medicamentos veterinarios
- residuos de plaguicidas
- métodos de analisis y muestreo
- códigos y directrices sobre prácticas
- en materia de higiene
23Oficina Internacional de Epizootias (OIE)
- Normas, directrices y recomendaciones
(vigilancia, control y erradicación) - Salud animal (incl. zonas libres de plagas)
- Zoonosis
24Convención Internacional de Protección
Fitosanitaria (CIPF)
- Normas, directrices y recomendaciones
internacionales - Principios de cuarentena fitosanitaria
- Código de conducta (agentes de lucha biológica)
- Análisis de riesgos de plagas
- Requisitos para establecer zonas libres de plagas
- Glosario de términos fitosanitarios
25Participación en la labor de las Tres Hermanas
26Disposiciones claves del Acuerdo MSF
1. Justificación científica 2. Armonización 3.
Equivalencia 4. Zonas libres de plagas/
enfermedades 5. Asistencia técnica, trato
especial 6. Transparencia
27EquivalenciaArtículo 4
- Aceptar medidas equivalentes
- equivalencia, no identidad de medidas
- exportador
- tiene que demostrar objetivamente
- tiene que facilitar acceso razonable para
inspecciones - entablar consultas, cuando reciban una solicitud
- Implementación Comité debe desarrollar un
Programa específico
28Adaptación a las Condiciones Regionales Artículo
6
- Adaptar las medidas a una región
- todo un país o partes de un país
- todo o partes de varios paises
- tomando en cuenta programas de erradicación o
control - prevalencia de plagas o enfermedades
- zonas libres o de escasa prevalencia
- prueba el exportador
- acceso razonable para inspecciones etc.
29Disposiciones claves del Acuerdo MSF
1. Justificación científica 2. Armonización 3.
Equivalencia 4. Zonas libres de plagas o
enfermedades 5. Asistencia técnica, trato
especial 6. Transparencia
30Asistencia Técnica Artículo 9
- Los Miembros convienen en facilitar (9.1)
- para ayudar a los PED a cumplir con las MSF
- tecnologías, investigación, infraestructura
- asesoramiento, créditos, donaciones
- conocimientos técnicos, formación y equipo
- Mantener y aumentar las oportunidades de acceso
al mercado - si hacen falta inversiones, el importador
considerará prestar asistencia técnica (9.2)
31Trado Especial y Diferenciado Artículos 10 y 14
- Al elaborar medidas SF
- las necesidades especiales de los PED (10.1)
- plazos más largos para productos de interés para
PED (10.2) ? 6 meses - autorizar excepciones específicas y de duración
limitada (10.3) - Facilitar participación PED en organizaciones
internacionales competentes (10.4) - entrada en vigor diferida (14)
- hasta 2 años (PED) o 5 años (PMA)
32Disposiciones claves del Acuerdo MSF
1. Justificación científica 2. Armonización 3.
Equivalencia 4. Zonas libres de plagas o
enfermedades 5. Asistencia técnica, trato
especial 6. Transparencia
33Transparencia
- Publicación de las reglamentaciones (Anexo B)
- Obligación de dar Explicación (5.8)
- si una medida restringe las exportaciones, y
- si no se basa en una norma internacional
34Transparencia
- Obligación de notificar (Art. 7)
- Procedimientos en Anexo B
- Todas las medidas sanitarias? NO, solo si
- ? norma internacional, y
- efecto significativo en el comercio
35Disposiciones claves del Acuerdo MSF
1. Justificación científica 2. Armonización 3.
Equivalencia 4. Zonas libres de plagas o
enfermedades 5. Asistencia técnica, trato
especial 6. Transparencia