ESTAMPILLA PRO-SEGURIDAD (Ordenanza No. 14 de 1970) - PowerPoint PPT Presentation

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ESTAMPILLA PRO-SEGURIDAD (Ordenanza No. 14 de 1970)

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ESTAMPILLA PRO-SEGURIDAD (Ordenanza No. 14 de 1970) Sujeto Activo: Gobernaci n Sujeto Pasivo: Contribuyente Hecho Generador: Constituye contrato, prestaci n de ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: ESTAMPILLA PRO-SEGURIDAD (Ordenanza No. 14 de 1970)


1
ESTAMPILLA PRO-SEGURIDAD(Ordenanza No. 14 de
1970)
  • Sujeto Activo Gobernación
  • Sujeto Pasivo Contribuyente
  • Hecho Generador Constituye contrato, prestación
    de servicio, certificación. Algunas llevan
    estampilla
  • Tarifa 3 x 1.000
  • Indeterminada No hay ni mayor, ni menor cuantía
  • Colegio contrata algún servicio a la cuenta de
    cobro le aplican la estampilla.

2
Ordenanza No. 14 de 1970
  • Por la cual se establece la Estampilla Pro
    Seguridad
  • Social y se dictan otras Disposiciones.
  • LA ASAMBLEA DE BOYACÁ, en uso de sus atribuciones
    legales,
  • Ordena
  • Artículo 1. A partir de la sanción de la presente
    ordenanza.
  • Artículo 2. Créanse las contribuciones
    departamentales que más adelante se discriminan,
    las cuales se recaudarán mediante el uso
    obligatorio de la estampilla denominada
    Pro-Seguridad Social de Boyacá.

3
  • Art. 3. La estampilla de que se habla en el
    artículo primero de esta ordenanza, se cobrará
    para todos los contratos, actos, certificados,
    cuentas de cobro y demás operaciones que se
    realicen con el Gobierno Departamental o
    cualquiera de las dependencias de la
    administración de Boyacá y los institutos
    descentralizados.
  • Escala
  • 2) En toda cuenta de cobro que se presente contra
    el Tesoro departamental o entidad o dependencia
    del Departamento, treinta centavos (0.30) por
    cada cien pesos (100.00) o fracción, a excepción
    de los de prestaciones sociales.

4
  • Art. 4. Toda cuenta de cobro que se presente
    contra el Departamento o cualquiera de sus
    dependencias o institutos, por concepto de
    prestaciones sociales, está exenta del gravamen
    que establece esta Ordenanza
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