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El Cheque y la Reforma Procesal Penal

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Enrique P rez Jijena Abogado Corporativo Coface Chile Aspectos relacionados con la Reforma : Tipo de Delito : Acc. Privada y Acc. P blica. Titulares que pueden ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: El Cheque y la Reforma Procesal Penal


1
El Cheque y la Reforma Procesal Penal
Enrique Pérez Jijena Abogado Corporativo Coface
Chile
2
Modificación de la Normativa Penal respecto del
Delito de Giro Doloso o Fraudulento de Cheques
Enrique Pérez Abogado Corporativo Coface Chile
3
Aspectos relacionados con la Reforma
  • Tipo de Delito Acc. Privada y Acc. Pública.
  • Titulares que pueden Querellarse.
  • Juez ante quien se interpone la Querella.
  • Acuerdos Reparatorios y Suspensión Condicional
    del Procedimiento. (Salidas alternativas).
  • Prisión Preventiva y Excarcelación. (Arts. 42 y
    44 de la ley de cheques).
  • Situación del Cheque en Blanco, a Fecha y en
    Garantía.

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Normas vinculadas al tema de los Cheques en
relación con la Reforma Procesal Penal
  • Art. 22 inc. 1 y 2 D.F.L. 707
  • Art. 42. D.F.L. 707
  • Art. 44. D.F.L. 707
  • Ley 19.806
  • Art. 19 n 7 CPE
  • Art. 19 n 26 CPE
  • Art. 241 NCPP
  • Art. 405 en relac. c/ Art. 395 NCPP

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Tipo de Delito Acc. Privada y Acc.
Pública.(Bien Jurídico Protegido)
  • Delitos de Acción Penal Privada El BJP es el
    Patrimonio del Acreedor, de carácter individual y
    disponible para su titular.
  • Delitos de Acción Penal Pública El BJP es la
    Seguridad del tráfico mercantil, el Orden Público
    Económico o la Fe Pública.

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D.F.L. 707
  • Art. 22 El librador deberá tener de antemano
    fondos o créditos disponibles suficientes en
    cuenta corriente en poder del Banco librado. El
    librador que girare sin este requisito o retirare
    los fondos disponibles después de expedido el
    cheque, o girare sobre cuenta cerrada o no
    existente, o revocare el cheque por causales
    distintas a las señaladas en el art. 26, y que no
    consignare fondos suficientes para atender al
    pago del cheque, de los intereses corrientes y de
    las costas judiciales, dentro del plazo de 3 días
    contados desde la fecha en que se le notifique el
    protesto, SERÁ SANCIONADO CON LAS PENAS DE
    PRESIDIO INDICADAS EN EL ART. 467 DEL C.P.

7
D.F.L. 707
  • Art. 42 El Juez del Crimen que corresponda,
    procederá a encargar reo al librador de los
    cheques a que se refiere el art. 22 de esta ley,
    con el solo mérito del cheque protestado y de la
    constancia de haberse practicado la notificación
    judicial del protesto y de no haberse consignado
    los fondos en el plazo indicado en el mismo
    precepto.

8
D.F.L. 707
  • Art. 44 En los procesos criminales por los
    delitos contemplados en los artículos 22 y 43
    (tacha de firma como falsa siendo auténtica),
    procederá la excarcelación de acuerdo a las
    reglas generales. En todo caso se exigirá,
    además, caución y no se admitirá otra que no sea
    un depósito en dinero de un monto no inferior al
    importe del cheque, más los intereses y costas
    que fije prudencial y provisoriamente el
    tribunal. La resp. Civil del librador podrá
    hacerse efectiva sobre dicha caución.

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Ley 19.806
  • Normas Adecuatorias del Sist. Legal Chileno a la
    Reforma Procesal Penal. (Ley 19.806)
  • Art. 42 D.F.L. 707 (Modif.) Los delitos
    previstos y sancinados en el artículo 22 que
    deriven del giro del cheque efectuado por un
    librador que no cuente de antemano con fondos o
    créditos disponibles suficientes en su cuenta
    corriente, que hubiera retirado los fondos
    disponibles después de expedido el cheque o
    hubiere girado sobre cuenta corriente cerrada,
    conferirán acción penal privada al tenedor del
    cheque protestado por dichas causales. Los
    restantes delitos establecidos en esa disposición
    y en el art. 43, darán lugar a acción penal
    pública (Con el requisito de haber realizado la
    gestión preparatoria de Notif. de Pto. de
    Cheque.)

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Como Delito de Acción Privada
  • Sólo puede ejercer la acción penal privada la
    víctima, extinguiéndose ésta por su renuncia.
  • Ley 19.806, ley adecuatoria que sustituyó el art.
    42 del DFL 707, el cual hace referencia al art.
    22 de la Ley de Cheques., que estableció este
    delito como de acción privada si se trataba de
    cheques protestados por falta de fondos o cuenta
    cerrada y sería de acción pública si son
    protestados por ONP fuera de los casos
    contemplados en el art.26 de dicha ley y la
    situación establecida en el art.43.

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Como Delito de Acción Privada
  • La reforma pretende, como ha señalado en su
    informe la Comisión de Constitución, Legislación,
    Justicia y Reglamento del Senado, evitar que el
    Ministerio Público o los Juzgados del Crimen haga
    las veces de cobrador gratuito a favor del
    tenedor del documento, protegiendo únicamente el
    interés económico individual del afectado, como
    único bien jurídico protegido por la norma.

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Titulares que pueden Querellarse
  • La Víctima u ofendido por el delito.
  • Si no puede hacerlo la víctima
  • a) su cónyuge.
  • b) sus hijos.
  • c) ascendientes.
  • d) conviviente.
  • e) hermanos.
  • f) adoptante.
  • g) adoptado.

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Juez ante quien se interpone la Querella.
  • Se interpone ante el juez de Garantía competente,
    quien debe pronunciarse si el delito es admisible
    o inadmisible, y de ser admisible, se remiten los
    antecedentes al Ministerio Público, pero, si se
    interpone por quien no es la víctima, su heredero
    testamentario o su representante legal, se
    declarará inadmisible, sin perjuicio que se
    presente nuevamente por quien corresponda.
    (Problema del Endoso).

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Salidas alternativas
  • a) Acuerdos Reparatorios
  • b) Suspensión Condicional del Procedimiento.
  • Son una forma de poner término, incluso en forma
    anticipada, al Juicio Penal.

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Salidas alternativas
  • Los Acuerdos Reparatorios operan en algunos
    delitos en que los bienes jurídicos son
    disponibles para su titular, de carácter
    patrimonial o susceptibles de apreciación
    pecuniaria.
  • Requieren la anuencia del imputado, la víctima y
    la aprobación del juez de garantía, con la
    posibilidad de que el Ministerio Público apele,
    si no está de acuerdo.

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Salidas alternativas
  • Susp. Condicional del Procedimiento (Art. 237
    NCPP).
  • Se aplica cuando la pena no excede de 3 años de
    privación de libertad y si no ha sido condenado
    anteriormente, se solicita al juez de garantía
    pero dejando subsistente las vías o acciones
    civiles y procede con el acuerdo del imputado y
    del fiscal.

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Salidas alternativas
  • De conformidad con estadísticas del I.N.E. del
    año 2003, en las regiones en que se encontraba en
    vigencia la Reforma Procesal Penal, sólo el 5 de
    las Querellas por Giro Doloso llega a una condena
    en un Juicio Oral, como un previsto en el
    sistema, resolviéndose el 95 restante o por ser
    declarada inadmisible, por acuerdo reparatorio o
    por suspensión condicional del procedimiento.

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Prisión Preventiva y Excarcelación. (Arts. 42 y
44 de la ley de cheques).
  • Relación entre el art. 44 del DFL 707 y el art.
    19 n7 letra e) de la CPE (libertad personal como
    Garantía Constitucional frente a una Prisión por
    deuda, frente al art. 7 n 7 del Pacto de San
    José de Costa Rica, el cual señala que nadie
    será detenido por deudas).
  • Para los comentaristas del NCPP el art. 44 inc.
    1 se encontraría derogada en forma tácita por
    varias normas de este código, al establecer que
    la regla general es que el imputado esté en
    libertad y que la prisión preventiva es
    excepcional. (arts. 140, 141, 145, 146, 150, 152
    y 155)

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Prisión Preventiva y Excarcelación
  • En la práctica, no obstante haberse configurado
    el delito de giro doloso de cheques, el juez de
    garantía deja en libertad al girador sin que éste
    pague la caución que señala el art. 44, ni un
    porcentaje de ésta, sin pago de fianza,
    decretándose sólo la medida cautelar y personal
    de Arraigo o la presentación periódica al
    Tribunal o a Carabineros.

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Situación del Cheque a Fecha y en Garantía
  • En atención a que el cheque es siempre un
    documento pagadero a la vista (art. 10 DFL 707),
    por lo que no existe el cheque a fecha ni el
    cheque en garantía como figuras reconocidas
    legalmente, sólo existen en virtud de la práctica
    comercial y de la costumbre, y por tratarse de
    casos en que se ha desnaturalizado su objetivo
    esencial, son casos en que las querellas se van a
    sobreseer, ya sea en forma temporal o definitiva.

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Art. 405 en relac. con art. 395 NCPP
  • El art. 405, dentro del Procedimiento por Delito
    de Acción Privada, al referirse a las normas
    supletorias, señala En lo que no proveyere
    este título, el procedimiento por delito de
    acción privada se regirá por las normas del Tit.
    I del libro Cuarto, con excepción del art. 398.,
    por lo cual, en forma supletoria, sería aplicable
    el art. 395.

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Art. 405 en relac. con art. 395 NCPP
  • El art. 395 dispone el tribunal preguntará al
    imputado si admitiere responsabilidad en los
    hechos contenidos en el requerimiento o si, por
    el contrario, solicitare la realización del
    juicio. Si el imputado admitiere su
    responsabilidad en el hecho y no fuern necesarias
    otras diligencias, el tribunal dictará sentencia
    inmediatamente. En estos casos el juez aplicará
    UNICAMENTE pena de multa, a menos que
    concurrieren antecedentes calificados que
    justificaren la imposición de una pena de
    prisión, los cuales se harán constar en la
    sentencia

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Labor de los Fiscales o Ministerio Público
  • Selección de los Casos.
  • Atender al interés y protección de las Víctimas.
  • Aplicación adecuada de las salidas
    alternativascomo solución del conflicto.
  • Realizar una investigación eficaz y reunir las
    pruebas para los casos en que se formule una
    Acusación.
  • Solicitud de Medidas Cautelares sobre la persona
    del Imputado.

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Discrecionalidad del Ministerio Público
  • Se ha otorgado a este órgano, encargado de
    conducir la Persecución Penal, grados importantes
    de discrecionalidad, (discrecionalidad reglada)
    para ejecutar o no la persecución o abandonarla
    en ciertos casos
  • A)Archivo provisional de denuncias si los
    antecedentes, una vez evaluados, no permitieran
    conducir una investigación con perspectivas de
    éxito.
  • B) Ppio. De Impunidad Facultad para cerrar
    aquellos casos con antecedentes para investigar o
    acusar, pero con hechos de poca gravedad y que no
    comprometan gravemente el Interés Público.

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Conclusiones
  • El Nuevo Procedimiento Penal tiene por objeto
    descongestionar el actual sistema, resolviendo
    una mayor cantidad de casos en un plazo menor.
  • Gran parte de los casos sometidos al conocimiento
    de la justicia penal no llegarán a un fallo
    condenatorio, terminando por las medidas
    discrecionales del Ministerio Público o por los
    mecanismos alternativos.
  • Se va a optar por el cobro civil de los cheques
    protestados, realizando la gestión preparatoria y
    posteriormente el juicio ejecutivo
    correspondiente ante el mismo tribunal,
    provocando necesariamente un aumento de los
    juicios de cobranza en los tribunales civiles.

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Seguro de Crédito
Juliette Petit Gerente Comercial Coface Chile
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Seguro de Crédito herramienta contra la
incertidumbre
  • Protege las operaciones comerciales entre
    empresas, no operaciones entre particulares
  • Cubre el riesgo de no pago de la venta de bienes
    y/o servicios a través de Facturas (y,
    eventualmente, Notas de Débito)
  • Permite a las empresas vender a nuevos clientes
    en nuevos mercados
  • Limitar el riego de impago

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Qué es el Seguro de Crédito ?
El Seguro de Crédito cubre a las empresas contra
el riesgo de no pago por parte de sus clientes,
ya sea en sus ventas nacionales como en sus
exportaciones
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Tipos de Seguro de Crédito
  • Seguro de Crédito Doméstico
  • Cubre ventas a crédito a empresas chilenas
  • Cubre riesgo de impago de origen comercial
  • Seguro de Crédito de Exportación
  • cubre ventas a crédito a empresas extranjeras
  • Cubre riesgo de impago de origen comercial y
    político

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La transferencia del riesgo cliente a una
compañía de seguros
  • TIPOS DE RIESGOS DE IMPAGOS
  • Riesgo Comercial insolvencia de un comprador
  • De Hecho
  • De Derecho
  • Riesgo Político
  • Normalmente, relativo a medidas tomadas por el
    país del comprador que impiden y/o limitan la
    transferencia de divisas.
  • También se pueden considerar como riesgos
    políticos las guerras, revoluciones,
    nacionalizaciones, etc.

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Principios del Seguro de Crédito
  • Globalidad
  • Coaseguro

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Globalidad
  • Se cubre la totalidad de la cartera de clientes a
    crédito del Asegurado.
  • Se excluyen
  • los pagos por adelantado
  • los pagos al contado
  • los pagos con cartas de crédito confirmadas
  • las ventas a empresas relacionadas

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Coaseguro
  • Por regla general, el asegurado conserva una
    porción del riesgo, por lo tanto
  • El Asegurado no pierde su diligencia al momento
    de otorgar un crédito.
  • El Asegurado tiene interés en recuperar lo más
    posible.

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Los Servicios del Seguro de Crédito
  • 1. Prevención
  • 2. Cobranza
  • 3. Indemnización
  • 4. Financiamiento

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Prevención
  • Cómo evaluar la situación financiera presente y
    futura de los compradores ?

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Cobranza
  • En caso de un incobrable, cómo haría una
    empresa para recuperar su dinero en un país
    lejano ?

La complejidad y diversidad de las distintas
legislaciones de cada país requiere la
intervención de especialistas, de lo contrario,
el costo asociado a la cobranza puede superar los
eventuales recuperos (si es que hay recuperos).
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Cobranza
Se provee a los Asegurados de un servicio
compuesto de
  • Especialistas capaces de coordinar y negociar
    acciones legales en el mundo entero
  • Oficinas de Abogados y Agencias de Cobranza en
    distintas partes del mundo , depende de cada
    compañía
  • Gastos de Cobranza previos a la indemnización,
    depende de cada compañía

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Indemnización
  • La indemnización asociada a la póliza protege la
    estructura financiera de las empresas y evita
    problemas de tesorería.
  • Dependiendo de cada compañía, se determina la
    indemnización a pagar y el plazo de pago de la
    misma (periodo de carencia)

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Indemnización
  • Máxima seguridad para operaciones comerciales
  • En Chile como en el extranjero
  • Porcentaje a Indemnizar
  • 85 - 90 de la Factura Impaga para Exportación
  • 80- 85 de la Factura Impaga para Mercado
    Doméstico
  • Coberturas diferenciadas por tipo de cliente
    Nominados, No Denominados, Discrecionales,
    Anónimos, etc.

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Acceso a Financiamiento
Las Pólizas se pueden endosar a favor de Bancos
o Instituciones Financieras
Los Asegurados tiene acceso a financiar su
Capital de Trabajo gracias a créditos de post
embarque otorgados por las Instituciones
Financieras con la garantía de la póliza.
41
Cómo opera el Seguro de Crédito COFACE? Póliza
Globalliance
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Quienes lo pueden utilizar?
  • Todas las empresas que comercialicen
  • bienes y/o servicios
  • en Chile o en el extranjero
  • con plazos de pago hasta 180 días
  • Ventas anuales desde 600 mil dólares (puede ser
    menos, pero se estudia caso a caso)
  • A lo menos cuatro clientes asegurables

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Una Oferta Flexible GlobAlliance
  • GLOBALLIANCE es un contrato pensado para
    adaptarse a las necesidades de nuestros clientes
    en el mundo entero.
  • Una póliza única, adaptada al idioma y a las
    leyes locales de cada uno de los socios de Credit
    Alliance
  • Un contrato construido en base a módulos, para
    lograr un producto hecho a la medida
  • Una solución flexible con condiciones y
    estándares de calidad equivalentes para todos
    nuestros Asegurados en todo el mundo

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Una Oferta Flexible GlobAlliance
  • Principales características
  • Un contrato modular El producto se construye en
    base a módulos para adaptarse a las necesidades
    de cada empresa.
  • Cobertura contra el riesgo de no pago ya sea por
  • Insolvencia de hecho
  • Quiebra
  • Riesgo político


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Una Oferta Flexible GlobAlliance
  • Solicitud de Cotización
  • Aceptación de la Cotización
  • Inicio de Estudio de Clientela
  • Determinación de las Líneas
  • Declaración de Ventas


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Una Oferta Flexible GlobAlliance
  • Vencimiento de Factura
  • Prórroga (opcional)
  • Aviso de Impago
  • Inicio de Gestión de Cobranza
  • Indemnización


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Ventajas del Seguro de Crédito
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Ventajas del Seguro de Crédito
  • El seguro de crédito permite aumentar las ventas
    sin aumentar los riesgos.
  • El seguro de crédito permite abrir mercados con
    el apoyo de expertos.
  • El seguro de crédito permite conocer la real
    capacidad de los clientes y potenciales
    clientes.
  • Esto permite ofrecer condiciones de venta muy
    ventajosas a los clientes que valen la pena.
  • La póliza es endosable a instituciones
    financieras, con lo que constituye una real
    alternativa de financiamiento de capital de
    trabajo.


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Ventajas del Seguro de Crédito
  • El Asegurado puede traspasar el costo del Seguro
    de Crédito a sus compradores, ya que este costo
    es mucho más bajo que la apertura de una Carta de
    Crédito o un pago al contado.
  • Financieramente, las cuentas por cobrar del
    Asegurado pasan a ser activos libres de riesgo lo
    que se traduce en
  • Mejor evaluación de sus antecedentes
    financieros
  • Una reducción relevante en sus provisiones, lo
    que implica mayores utilidades.
  • El seguro de crédito implica un ahorro sustancial
    de costos relativos a cobranzas prejudiciales y
    judiciales dentro de Chile y en el extranjero.


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El Seguro de Crédito, a diferencia de la Carta
de Crédito
  • es un producto sencillo de operar
  • elimina el sistema rígido de trámites para cada
    operación
  • es mucho más económico por operación
  • es mucho más flexible como herramienta comercial
  • permite mantener una relación basada en la
    confianza con el cliente


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Herramientas de Credit Management
  • Servicios a la Medida
  • - Rapidez y Eficiencia en la Toma de Decisiones
    de Crédito
  • Informes Comerciales
  • Opinión de Crédito (_at_Rating)
  • - Reducir riesgos monitoreando en forma
    permanente a sus clientes
  • Monitoreo de Datos Negativos


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Servicio de Cobranza
  • Diagnostico rápido de la situación financiera del
    deudor tanto en Chile como en el extranjero para
    evaluar las probabilidades de obtener recuperos
    en un proceso de cobranza.
  • Gestión de cobranza desde la etapa amistosa
    hasta la judicial.

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Preguntas
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