Presentaci - PowerPoint PPT Presentation

1 / 17
About This Presentation
Title:

Presentaci

Description:

... imponga pena a alguna persona por estar exenta de responsabilidad criminal ... intervenci n judicial de empresas, su problem tica desde el punto de vista, ... – PowerPoint PPT presentation

Number of Views:11
Avg rating:3.0/5.0
Slides: 18
Provided by: victori152
Category:

less

Transcript and Presenter's Notes

Title: Presentaci


1
                                                                                          
                                                                                          
                                                                                          
El comiso de bienes procedentes del narcotráfico
y la administración judicial de empresas
 
 
 
2
EL COMISO DE BIENES
  • La Convención de las Naciones Unidas de 19 de
    diciembre de 1988, con el objeto de privar a las
    personas dedicadas al tráfico ilícito de
    estupefacientes del producto de sus actividades
    delictivas y eliminar así su principal incentivo
    para dicha actividad establece en su art. 5 la
    necesidad de que por las partes firmantes del
    Convenio se adopten las medidas necesarias para
    autorizar el decomiso del producto de dicha
    actividad o de bienes cuyo valor equivalga al de
    ese producto.
  • Se trataría con ello de la evitación del nuevo
    delito actuando sobre cosas materiales, bienes y
    efectos del mismo, que, de mantenerse a
    disposición de los responsables, favorecerían la
    continuidad en la actuación delictiva.
  • Se ha regulado igualmente en distintos convenios
    internacionales entre los que destacan el
    Convenio de Estrasburgo de 8-11-90 y la
    Convención de las NU contra la Delincuencia
    Organizada Transnacional (Nueva York 15.11.2000
    ).

3
Naturaleza jurídica
  • El comiso es la privación definitiva acordada por
    un Tribunal Penal de un bien por razón de ser
    objeto, instrumento o producto de un delito.
  • No es una pena, ni es una medida de seguridad, ni
    forma parte de la responsabilidad civil es lo
    que se denomina una consecuencia accesoria del
    delito.

4
PROPORCIONALIDAD DE LA MEDIDA
  • La proporcionalidad del comiso se exige con
    carácter general y se contempla, por ejemplo, en
    el caso del delito de contrabando.
  • Cuando se trata del delito de narcotráfico o del
    blanqueo procedente de este tipo de delitos, no
    es aplicable este principio de proporcionalidad.

5
El objeto del comiso
  • Efectos los objetos producidos por el delito, es
    decir aquellos que son creados, transformados o
    adulterados a través de la infracción penal. Todo
    objeto o dinero que se encuentra en poder del
    delincuente como consecuencia de la infracción
    penal.
  • Instrumentos los útiles y medios utilizados en
    la ejecución del delito . Medios de transporte,
    maquinaria etc.
  • Ganancias provenientes del delito, cualesquiera
    que sean las transformaciones que hubieren podido
    experimentar. Problema de prueba de dicha
    transformación.

6
Acuerdo de pleno de la Sala de lo Penal TS de
5/10/98
  • El comiso de las ganancias a que se refiere el
    artículo 374 del Código Penal debe extenderse a
    las ganancias procedentes de operaciones
    anteriores a la concreta operación descubierta y
    enjuiciada, siempre que se tenga por probada
    dicha procedencia y se respete en todo caso el
    principio acusatorio.
  • STS 1061/2002, de 6 junio la Jurisprudencia no
    requiere que los bienes que resulten objeto del
    mismo se acredite con exhaustividad que proceden
    directamente de los concretos hechos objeto de
    enjuiciamiento, siempre que pertenezcan al
    acusado cuya responsabilidad ha quedado
    suficientemente acreditada, se acuerde sobre
    solicitud expresa de la Acusación, la cuestión
    haya quedado sometida a debate en el
    enjuiciamiento y se motive en la Sentencia la
    decisión al respecto.
  • Cabe la prueba indiciaria para que se entienda
    acreditada la procedencia de los bienes.

7
El comiso del valor equivalente
  • Convenio de Viena Cuando el producto se haya
    mezclado con bienes adquiridos de fuentes lícitas
    se podrán decomisar dichos bienes hasta el valor
    estimado del producto mezclado.
  • Reforma CP LO 15/03 Si no fuera posible el
    comiso de los bienes señalados en el párrafo
    anterior, se acordará el comiso por un valor
    equivalente de otros bienes que pertenezcan a los
    criminalmente responsables del hecho .
  • Cuando los bienes, medios, instrumentos y
    ganancias del delito hayan desaparecido del
    patrimonio de los responsables (por ejemplo por
    venta a un tercero de buena fe), podrá acordarse
    el decomiso de su valor sobre otros bienes
    distintos de origen lícito, que pertenezcan a los
    responsables.

8
Destino de los bienes decomisados
  • Utilización provisional por la Policía Judicial
    encargada de la represión del tráfico ilegal de
    drogas
  • Reforma del CP los bienes, medios, instrumentos
    y ganancias definitivamente decomisados por
    sentencia, que no podrán ser aplicados a la
    satisfacción de las responsabilidades civiles
    derivadas del delito ni de las costas procesales,
    serán adjudicados íntegramente al Estado.
  • Ley del fondo de bienes decomisados y adjudicados
    al Estado destino de los bienes la
    rehabilitación y tratamiento de toxicómanos y los
    órganos con competencia en la persecución del
    delito.El Plan Nacional contra las Drogas.

9
Enajenación anticipada
  • El problema de su regulación en el CP Los
    bienes decomisados podrán ser enajenados, sin
    esperar el pronunciamiento de firmeza de la
    sentencia, en los siguientes casos
  • a) Cuando el propietario haga expreso abandono de
    ellos.
  • b) Cuando su conservación pueda resultar
    peligrosa, o dar lugar a una disminución
    importante de su valor, o afectar gravemente a su
    uso y funcionamiento habituales o se deprecien
    por el transcurso del tiempo.

10
Circular 2/2005 de la FGE
  • Requisitos para la enajenación anticipada antes
    de sentencia
  • expreso abandono de ellos
  • su conservación afecte gravemente a su uso y
    funcionamiento habituales
  • su conservación pueda dar lugar a una
    depreciación notable o a una disminución
    importante de su valor por deterioro material o
    por el transcurso del tiempo
  • su conservación pueda resultar peligrosa para la
    salud o seguridad públicas
  • y cuando exista riesgo de deterioro por tratarse
    de objetos perecederos.

11
El comiso de bienes en poder de terceros
  • Sentencia del TS de 2 de octubre de 1991 Se
    acuerda el comiso de los fondos existentes en la
    cuenta de la madre de un narcotraficante sin que
    se pudiera probar su conocimiento de la
    procedencia del dinero.
  • Sentencia de 16 de junio de 1993 Libreta de
    ahorros de titularidad compartida con el
    narcotraficante sin que el cotitular justifique
    su capacidad de generación de los fondos
    ingresados en la cuenta.
  • Bienes gananciales.

12
El comiso de bienes en poder de terceros
accesoriedad
  • El juez o tribunal podrá acordar el comiso
    previsto en los apartados anteriores de este
    artículo aun cuando no se imponga pena a alguna
    persona por estar exenta de responsabilidad
    criminal (fallecimiento o rebeldía del encausado)
    o por haberse ésta extinguido, en este último
    caso, siempre que quede demostrada la situación
    patrimonial ilícita.

13
El comiso de bienes en poder de terceros
garantías procesales
  • El poseedor de los bienes ha de ser oído en el
    proceso penal a modo de responsable civil y se le
    ha de permitir ejercitar la defensa de sus
    intereses.
  • debe instarse por la acusación concretando los
    bienes a que afecta.
  • Debe acreditarse en el proceso la ilícita
    procedencia o relación con el delito.
  • Debe acordarse en sentencia.

14
La nulidad de actos jurídicos
  • En el caso de delitos de narcotráfico y de
    blanqueo de capitales de bienes procedentes de
    dicha actividad, el Juez Penal que conozca de la
    causa podrá declarar la nulidad civil de los
    actos o negocios jurídicos en virtud de los
    cuales se hayan transmitido, gravado o modificado
    la titularidad real de los bienes o derechos
    procedentes de dichas actividades

15
Narcotráfico y actividad empresarial
  • RESULTADO DE UNA MUESTRA DE DATOS ECONOMICOS DE
    LOS CLANES MAS IMPORTANTES DE NARCOTRAFICANTES
    GALLEGOS
  • Presentaban declaración fiscal el 71 .
  • Ejercían actividades empresariales el 75
  • Eran propietarios de bienes inmuebles en un 56
    de los casos.
  • Tenían actividad comercial exterior en el 36 de
    los casos.
  • Participaban en sociedades mercantiles en el 62
    de los casos.

16
Narcotráfico y actividad empresarial
  • Actividad económica por sectores
  • Personas físicas.-
  • Hostelería el 17
  • Pescado y marisco 14
  • Actividad inmobiliaria 11
  • Comercio al por menor 10
  • Automovil 9
  • Profesionales 8
  • Otros 31
  • Sociedades mercantiles.-
  • Actividad inmobiliaria 20
  • Hostelería 13
  • Sociedades patrimoniales 12
  • Automóvil 11
  • Pesca 11
  • Actividades agrícolas y ganaderas 8
  • Otros sectores 25

17
Narcotráfico y actividad empresarial
  • La intervención judicial de empresas, su
    problemática desde el punto de vista,
  • Regulatorio
  • De las personas o entidades que deben ejercer el
    cargo de administrador
  • De los aspectos mercantiles, fiscales, laborales,
    etc..
Write a Comment
User Comments (0)
About PowerShow.com