Title: Intimidad en la red: un nuevo fenmeno
1Curso de Formación General Universidad de
Chile Segundo semestre 2008
2Tribunal Constitucional prohíbe distribución de
la píldora del día después DEFENSA A LA VIDA
O ATENTADO A LA LIBERTAD?
3LOS HECHOS
En un fallo dividido, el Tribunal Constitucional
(TC) resolvió acoger el requerimiento de un grupo
de parlamentarios de la Alianza que solicitaron
que se prohíba la distribución de "la píldora del
día después" en el sistema público, resolución
que sería dada a conocer el 22 de abril próximo,
pero que trascendió durante esta semana. En el
documento, el organismo rechazó la impugnación
contra los denominados Dispositivos Intrauterinos
(DIU) y desestimó que el secreto en la entrega de
la píldora a los adolescentes vulnere el derecho
de los padres de orientar y educar a sus hijos en
el uso de los métodos de regulación de la
fertilidad.
La Tercera, 05/04/08
4ANTECEDENTES
La píldora del día después se distribuye en 101
países, según el último informe del Consorcio
Internacional de Anticoncepción de Emergencia.
Una lista de la que hoy Chile forma parte. La
forma en que se entrega el fármaco varía según el
país. Algunos lo tienen incorporado dentro de sus
programas de planificación familiar, como un
método anticonceptivo más que se distribuye en
los hospitales y clínicas, y también lo venden en
farmacias. En otros lugares el producto está
disponible sólo en farmacias, donde se vende con
prescripción médica. El fármaco no está
disponible en Costa Rica, Dominica, Antigua y
Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Granada,
Guyana, Irán y Uganda. En Chile el
anticonceptivo de emergencia está incorporado en
las normas de regulación de la fertilidad, desde
el 2006. Según la norma, la pueden recibir
adolescentes mayores de 14 años. Su distribución
es gratuita, pero también se comercializa en
farmacias bajo receta médica.
La Tercera. 04/04/08
5ANTECEDENTES
Marzo 2001 Comienza la polémica luego que el ISP
autorizó el registro de una versión de "la
píldora del día después" llamada Postinal. Grupos
opositores presentan la primera acción legal y la
Corte Suprema falla en su favor, sacando el
producto del mercado. Noviembre 2002 El centro
Ages interpuso una demanda contra la cartera de
Salud y el ISP por distribuir (Postinor-2). En
julio de 2004, el 20 Juzgado Civil de Santiago
prohibió la venta de la pastilla debido a la
presentación de Ages. En diciembre, la corte
revoca el fallo.
6ANTECEDENTES
Diciembre 2005 Ages presenta otro recurso, pero
la Corte Suprema no modificó la sentencia
anterior. La entidad Ages presenta un recurso
contra el laboratorio Grünenthal que comercializa
la pastilla. En vista de ello, la compañía retiró
el fármaco y cerró su registro sanitario. Febrero
2007 32 parlamentarios interponen un
requerimiento ante el Tribunal Constitucional.
Piden que no se permita la venta de sustancias
que contengan levonorgestrel (como dispositivos
de cobre, la píldora y anticonceptivos) a menores
de 18 años.
La Tercera. 04/04/08
7ANTECEDENTES
Declaración del Tribunal Constitucional Ante los
múltiples trascendidos y versiones acerca de lo
decidido por este Tribunal Constitucional sobre
el requerimiento presentado por 36 diputados en
contra del Decreto Supremo Nº 48/2007 del
Ministerio de Salud, que aprueba las Normas
Nacionales Sobre Regulación de la Fertilidad, y
con el objeto de informar adecuadamente a la
opinión pública, se ha resuelto, en esta
oportunidad y de modo unánime, dar a conocer el
acuerdo que se adoptó, aun cuando el respectivo
fallo se encuentra en fase de redacción. Luego
de un extenso período de discusión, audiencias
públicas, vista de la causa, análisis de los
elementos de convicción acompañados por las
partes y por todos quienes quisieron aportar
antecedentes, y tras varias sesiones de
deliberación, el día 28 de marzo recién pasado se
efectuó la votación respectiva, acordándose lo
siguiente
8ANTECEDENTES
1) Desestimar, por unanimidad y por las razones
que serán expresadas en la sentencia, el
requerimiento en cuanto se dirigió a declarar la
inconstitucionalidad del punto 4.1.1. de la
Sección C de las aludidas normas sobre
fertilidad, referido a los denominados
Dispositivos Intrauterinos (DIU) 2) Rechazar
el requerimiento, también por unanimidad, en
cuanto el mismo buscaba declarar
inconstitucionales las normas sobre
confidencialidad en la orientación y consejería a
menores de edad acerca del uso de métodos de
regulación de la fertilidad, por estimar que con
ello no se vulnera el derecho constitucional
preferente de los padres para educar a sus hijos,
previsto en el numeral 10 del artículo 19 de la
Carta Fundamental y 3) Acoger el requerimiento
únicamente en cuanto se declarará la
inconstitucionalidad del punto 3.3. de la Sección
C de las mismas normas referidas, que ordena al
sistema público de salud aconsejar y distribuir
los métodos de Anticoncepción Hormonal de
Emergencia, conocidos genéricamente como
píldora del día después.
Tribunalconstitucional.cl. 04/03/08
9REACCIONES
Michelle BacheletPresidenta de la República
Yo lamento profundamente el fallo, en un país en
que queremos seguir modernizándonos, queremos
seguir creciendo, que queremos estar en las ligas
mayores y que a la vez para así tener esa
oportunidad, queremos que todos nuestros
compatriotas puedan tener iguales oportunidades
en salud, en educación, en desarrollo, en ser
considerados como ciudadanos como cualquier otro,
el tomar una decisión de esta naturaleza me
parece que es una profunda herida a poder
construir una sociedad más justa, más
equitativa. Estoy convencida que ése es el rol
del Estado que las iglesias cumplen su rol, que
las personas cumplen su rol y el Estado el rol
que tiene que tener es garantizarles a todas las
personas, independientemente de su nivel
socioeconómico, todas las oportunidades. De lo
contrario, estamos hablando de libertades que no
son completas y totales.
El Mercurio. 06/04/08
10REACCIONES
Francisco VidalVocero de Gobierno
El Gobierno va a acatar el fallo porque así es la
regla del juego () Esto significa que esta
píldora solamente la pueden adquirir las mujeres
que tienen plata y eso le molesta al Gobierno, y
estamos seguros que le molesta a la inmensa
mayoría del país () En una sociedad que quiere
ser más justa, más equilibrada, este tipo de
distorsiones son las que irritan, porque es una
prohibición de distribuirla en los servicios
públicos La pregunta de fondo que deben hacerse
millones de mujeres en Chile es por qué llegamos
a esto. Y llegamos a esto porque 36 Diputados de
la derecha le pidieron al Tribunal Constitucional
que prohibiera la distribución de la píldora
gratuita en los servicios públicos. Tenemos
píldora para las mujeres con plata y no tenemos
píldora para las mujeres sin plata.
Gobiernodechile.cl. 04/04/08
11REACCIONES
Monseñor Fernando ChomalíObispo Auxiliar de
Santiago
Nadie ha demostrado que la píldora no sea
abortiva y, por lo tanto, se produciría en el
fondo atentados contra la vida de manera masiva y
muchas veces sin ni siquiera consentimiento y
conocimiento de la gente que lo va a usar.
Teletrece. 04/04/08
12REACCIONES
Soledad BarríaMinistra de Salud
En ciencia es al revés, uno prueba si determinada
cosa hace esto o lo otro. Es un error profundo
del punto de vista científico y un gran peligro
del punto de vista sanitario. Nos han pedido que
demostremos que la píldora no es abortiva, es
como pedir que demostremos que la aspirina no es
abortiva
Radio Cooperativa. 03/04//08
Estamos mucho más tranquilos puesto que la
impugnación a los dispositivos intrauterinos, a
la "T" de cobre, ha quedado rechazada, eso nos
parece que es muy importante para la
planificación de las familias en nuestro país,
pero igual se ha aceptado el recurso contra la
'píldora del día después', por lo cual estamos
más tranquilos, pero por cierto no satisfechos.
Radio Universidad de Chile. 05/04//08
13REACCIONES
Carlos LarraínPresidente de Renovación Nacional
No descalifiquemos al Tribunal Constitucional. Si
tiene un encargo muy central en el sistema
jurídico legal chileno, no hay que
devaluarlo. Esta es una política que destruye la
autoridad familiar, no se le puede decir a una
niñita de 14 años y un día que puede resolver su
problema yendo a un consultorio y por la vía de
un decreto administrativo hecho así a mano de
gato por una ministra obsesionada por el tema de
la sexualidad.
Radio Cooperativa. 3-04-08
14REACCIONES
Karla RubilarDiputada RN
(Las normas de fertilidad) se basaban en un
principio de beneficencia y no de maleficencia,
es una política que corresponde a una adecuada
política de salud integral con la finalidad de
reducir la mortalidad materna e infantil y el
embarazo no deseado. Qué pasó con el fallo
(TC), hoy día una vez más la gente que tiene
dinero puede acceder a una píldora que la proteja
de un embarazo no deseado, que aumenta seis veces
más la mortalidad cuando son en embarazos
adolescentes. Y las personas que no tienen
dinero, una vez más quedan a la indefensa. (Las
normas) no eran una imposición del Estado,
estaban basadas en la voluntariedad, estaban
basadas en el respeto de las creencias de las
personas, nadie estaba obligado a tomar una
píldora del día después".
Terra.cl. 05/04/08
15REACCIONES
Carlos PeñaColumnista de El Mercurio
La controversia -al contrario de lo que se cree-
no es científica, sino normativa. En rigor, no se
trata de decidir cuándo comienza la vida, sino
desde cuándo se es titular de un derecho
constitucional. Se trata de un asunto jurídico,
no de una cuestión biológica. La biología enseña
que hay embrión antes de la implantación en el
útero que también existe embrión luego de esa
implantación y que luego hay un ser humano
completo. Lo que la biología no dice es desde
cuándo hay un titular de un derecho
constitucional.
El Mercurio. 06/04/08
16REACCIONES
Ramiro MolinaMédico
Ahora hay mujeres constitucionales y no
constitucionales.
El Mercurio. 05/04/07
17REACCIONES
Carmen DomínguezAbogada. Miembro de la Comisión
de Bioética de la Conferencia Episcopal.
(El fallo) está sosteniendo que efectivamente
hay una garantía constitucional conculcada que es
el derecho a la vida que está por nacer, a través
de la píldora del día después.
Chilevisión. 04/04/08
18REACCIONES
Jorge ReyesAbogado
Al declararse en el sistema público la píldora
del día después totalmente inconstitucional, ésta
debe borrarse del registro sanitario del ISP, de
las normas sobre fertilidad y también del
petitorio mínimo, de manera de que el efecto que
produce desde el sistema público es que se
prolonga al sistema privado, de manera que la
píldora del día después se elimina del país.
Teletrece. 04/04/08
19REACCIONES
Juan Lobos.Diputado UDI
Yo retiré mi firma de esta presentación porque
me parece que hay una historia de anticoncepción
que son 30 o 40 años de utilización de la T de
Cu, creo que es un método que está instituido en
nuestra conciencia, en nuestra moral.
TVN. 03/04/08
20REACCIONES
Claudia DidesDirectora del Programa Género y
Equidad de FLACSO
Hay por lo menos tres escenarios negativos que
aumenten los abortos, que aumente el mercado
negro para obtener la píldora y que se pasen a
llevar todos los convenios internacionales que
Chile ha firmado. Esto va contra los derechos
humanos y contra la democracias, entonces, la
situación como Estado es bastante lamentable.
No sé si las mujeres van a estar dispuestas a
votar por algunos candidatos que pertenezcan a la
tendencia que pidió al TC la inconstitucionalidad
de los métodos anticonceptivos, entonces, creo
que esto va a afectar totalmente las elecciones
municipales
La Nación. 04-04-08
21REACCIONES
Alfredo Pesce Gennaro
Al tomar conocimiento de su información sobre los
términos del dictamen del Tribunal Constitucional
respecto de la píldora del día después y otros
anticonceptivos y escuchar al abogado Jorge
Reyes, me viene a la memoria lo que el Papa Juan
Pablo II, en 1980 dijo de Galileo, durante la
ceremonia para conmemorar el centenario de
Einstein que éste había sufrido a manos de
hombres e instituciones de la Iglesia añadiendo
que la investigación llevada a cabo de una
manera verdaderamente científica nunca puede
oponerse a la fe, porque la realidad profana y la
religiosa tienen su origen en el mismo Dios.
iurisprudentia.cl. 04-04-08
22REACCIONES
José Antonio KastDiputado UDI
Estamos muy conformes, porque se acoge la tesis
de que esta píldora tiene características
abortivas, como de hecho se reconoce en todos los
países donde la píldora se distribuye y el aborto
está legalizado. (El fallo) es una gran
noticia, no solamente para Chile sino para muchos
países, porque aquí uno puede comenzar a decir
que comienza una civilización más humana, que
protege la vida del que está por nacer.
El Mercurio. 04/04/08
Esperamos que el Gobierno no busque ninguna
triquiñuela para seguir expendiendo esta píldora
porque creemos que atenta contra el derecho más
básico que es el derecho a la vida.
TVN. 24 Horas. 04/04/08
23REACCIONES
Francisco VidalVocero de Gobierno
Como la Derecha quería (prohibir) además la T,
eso no era volver a fojas cero, era volver a
1960. Bueno, en una de esas colocan en discusión
la ley de la silla las ocho horas de trabajo o
el decreto Amunategui, que permitió que las
mujeres entraran a la universidad.
La Nación. 05/04/08
24REACCIONES
Padre Raúl HasbúnComentarista de TV
Habríamos esperado (del Gobierno) una experiencia
de regocijo, una reacción de aplauso ante un
fallo que con estricto apego al derecho y al
sentido común cuando ve que hay razones fundadas
para pensar que un compuesto químico pone en
riesgo la vida de un inocente, declara
inconstitucional el decreto que autoriza u ordena
distribuir ese producto químico atentatorio
contra la vida, en lugar de aplaudir con regocijo
ese fallo, el fallo se lamenta y se ha creado una
nueva, sorprendente categoría antijurídica, hoy
día se dice por parte de nuestras autoridades
oh, también los pobres tienen derecho de
abortar!
Megavisión. 04/04/08
25REACCIONES
Carlos PeñaColumnista de El Mercurio
(El TC) Todavía tendrá que explicar por qué si la
píldora del día después viola el derecho a la
vida, sólo es ilícita su distribución pública.
Que la distribución privada sea inocua y la
pública dañina es un círculo difícil de cuadrar.
Por qué un mismo fármaco va a ser más o menos
lesivo de la vida humana según el lugar de su
distribución? Por qué la píldora, en opinión del
tribunal, atenta contra la vida si la distribuye
el Estado, y no, en cambio, si la adquiero en la
esquina? Pero sobre todo deberemos explicarnos
qué pudo pasar entre los años de la dictadura y
los de la democracia para que hoy día nuestros
constitucionalistas tengan menos disposición al
pluralismo que antes. Y estén dispuestos a
restringir la autonomía de las mujeres sobre
bases tan débiles y en medio de tales
inconsistencias!
El Mercurio. 06/04/08
26HUMOR
La Nación. 04/04/08
27 y tú, qué opinas?