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Se transmite al Ayuntamiento, los suelos y aprovechamiento edificable que le corresponda (10 ... Cesi n al Ayuntamiento del pleno dominio y libre de cargas de ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: GESTI


1
GESTIÓN URBANÍSTICA
  • PRINCIPIOS
  • CESIÓN
  • EQUIDISTRIBUCIÓN
  • URBANIZACIÓN
  • SISTEMAS
  • COMPENSACIÓN
  • COOPERACION
  • EXPROPIACIÓN
  • EJECUCIÓN FORZOSA
  • (...)

AGENTE URBANIZADOR
2
Transformación del suelo urbanizable. General
SUELO URBANIZABLE
TRANSFORMACIÓN FÍSICA (Urbanización)
TRANSFORMACIÓN NORMATIVA (Planeamiento
Urbanístico)
TRANSFORMACIÓN PROPIEDAD (Gestión Urbanística)
  • (Planes de sectorización)
  • Planes Parciales
  • (Estudios detalle, planes especiales, etc.)

COMPENS.
URBANIZADOR
COOP.
EXPROP.
Proyecto de Urbanización
3
PRESUPUESTOS LEGALES GESTIÓN URBANÍSTICA
  • Definición de la ordenación pormenorizada
  • Definición de la modalidad de gestión urbanística

4
PRINCIPIO DE CESIÓN OBLIGATORIA Y GRATUITA (Ley
8/07)
  • Suelos afectados
  • Suelo urbano consolidado actuaciones de dotación
  • Suelo urbano no consolidado
  • Suelo urbanizable (delimitado, sectorizado u
    ordenado)
  • Suelo necesario para viales, espacios libres,
    zonas verdes y dotaciones públicas
  • Se elimina conceptos dotación pública carácter
    local / sistema general
  • Suelo correspondiente al 5-15 por 100 del
    aprovechamiento del sector correspondiente

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CESIONES DE SUELO LSM-01
m2s/100 m2e
Redes públicas supramunicipales 20
Redes públicas generales 70
Redes públicas locales 30
Total 120 m2s/100 m2e
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PRINCIPIO DE EQUIDISTRIBUCIÓN
  • División del suelo equidistribución
  • Area de reparto
  • Técnicas equidistribución
  • Aprovechamiento tipo
  • Aprovechamiento medio
  • Aprovechamiento unitario de reparto
  • Proyecto de equidistribución (reparcelación
    compensación)

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UNIDADES EJECUCIÓN
  • Suelos acotados en el interior de sectores para
    llevar a cabo la actividad de ejecución del
    planeamiento
  • Requisitos terrenos incluidos UE
  • Espacio cerrado continuo o discontínuo
  • Todos los terrenos pertenecerán al mismo sector
    (o ámbito de actuación)
  • Asegurar idoneidad técnica y viabilidad económica

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SISTEMAS DE EJECUCIÓN
  • Ejecución privada
  • Compensación
  • Concierto
  • Ejecución empresarial
  • Concurrencia
  • Concesión de obra urbanizadora
  • Ejecución pública
  • Cooperación
  • Expropiación
  • Ejecución forzoza

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ELECCIÓN SISTEMA DE EJECUCIÓN
  • Libertad de elección
  • Coherencia política urbanística
  • Adecuada ponderación circunstancias concurrentes
  • Objetivos a alcanzar
  • Necesidades colectivas a satisfacer
  • Medios económicos disponibles
  • Capacidad gestión administración
  • Preferencia sistemas privados

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MODELOS DE GESTIÓN URBANÍSTICA
  • Modelo puro agente urbanizador
  • Valencia (Ley 16/2005)
  • Castilla-La Mancha (ley 1/2004)
  • Agente urbanizador diferenciado compensación y
    alternativo
  • Concesión de obra urbanizadora
  • La Rioja (Ley 5/2006)
  • Aragón (Ley 5/1999)
  • Cantabria (Ley 2/2001)
  • Agente urbanizador diferenciado compensación y
    subsidiario
  • Sistema de concurrencia
  • Castilla y León (Ley 5/1999)
  • Murcia (Ley 1/2001)
  • Galicia (Ley 9/2002)
  • Agente urbanizador integrado en compensación
  • Madrid (Ley 9/2001 derogado por Ley 3/2007)
  • Canarias (Decreto Legislativo 1/2000)
  • Asturias (Ley 1/2004)
  • Andalucía (Ley 7/2002)

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INICIATIVA SISTEMA DE COMPENSACIÓN MADRID
  • Propietarios gt 50 superficie unidad ejecución
  • Suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable
    sectorizado
  • Durante un año desde publicación acuerdo
    aprobación definitiva plan general
  • Transcurrido plazo iniciativa cualquier persona,
    aunque no sea propietaria (derogado Ley 3/2007)
  • Suelo urbanizable no sectorizado
  • Durante dos años desde publicación acuerdo
    aprobación definitiva plan general
  • Transcurrido plazo iniciativa cualquier persona,
    aunque no sea propietaria (derogado Ley 3/2007)

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PROCEDIMIENTO INICIATIVA COMPENSACIÓN MADRID
  • Desestimación iniciativa
  • Motivación potestad de planeamiento
  • Determinaciones planeamiento en vigor
  • Estimación iniciativa
  • Aprobación inicial proyecto Plan de sectorización
    y/o plan parcial (procedimiento habitual)
  • Aprobación inicial
  • Delimitación de la unidad de ejecución
  • Estatutos y bases de actuación (o convenio)
  • Proyecto urbanización presentado
  • Proyecto reparcelación
  • Información pública (mínimo 20 días)
  • Audiencia propietarios afectados (citación
    individual)
  • Aprobación definitiva
  • Obligación constitución garantía 10 importe
    obras de urbanización

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INICIATIVA SISTEMA COMPENSACIÓN ANDALUCIA
  1. Propietario único (iniciando expediente
    reparcelación)
  2. Totalidad de los propietarios (convenio
    urbanístico)
  3. Propietarios gt 50 superficie unidad ejecución
  4. Cualquier persona física o jurídica, pública o
    privada, propietaria o no de suelo como agente
    urbanizador

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PROCESO CONSTITUCION JUNTA COMPENSACIÓN
  • Constitución de Comisión Gestora (Grupo Promotor
    o equivalente)
  • Presentación de iniciativa o equivalente
  • Planeamiento (plan parcial)
  • Propuesta de Estatutos y Bases de Actuación
  • Aprobación inicial por Ayuntamiento
  • Información Pública
  • Aprobación definitiva por Ayuntamiento
  • Notificación a interesados y afectados
  • Constitución de Junta de Compensación mediante
    escritura pública
  • Posible escritura de adhesión
  • Inscripción en Registro de Entidades Urbanísticas
    Colaboradoras

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CARACTERÍSTICAS JUNTA COMPENSACIÓN
  • Ente corporativo de Derecho público
  • Personalidad jurídica propia
  • Plena capacidad de obrar (desde inscripción
    administrativa y constitución órganos directivos)
  • Asume frente a municipio responsabilidad directa
    ejecución obras urbanización
  • Actuación fiduciaria con pleno poder dispositivo
    sobre fincas aportadas (salvo limitaciones
    estatutarias)
  • Puede recabar auxilio municipio ejercicio vía de
    apremio
  • Posible incorporación empresa urbanizadora
  • Gestoras de JC
  • Comisión Gestora

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CONFIGURACIÓN JUNTA COMPENSACIÓN
  • Representante del Ayuntamiento en la Junta de
    Compensación (órgano de gobierno)
  • Integrada por todos los terrenos unidad ejecución
  • Plazo máximo incorporación Plazo posterior a
    constitución Junta de Compensación
  • En caso contrario, expropiación (beneficiaria JC)
  • Reparcelación forzosa
  • Decisiones Junta recurribles ante Administración
    (alzada)
  • Ejercicio competencias públicas
  • Recaudación cuotas urbanización vía de apremio
  • Incumplimiento miembros JC deberes expropiación
    o reparcelación forzosa

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ESTATUTOS JUNTA COMPENSACIÓN (166 RG)
  • Nombre, domicilio, objeto y fines
  • Duración
  • Condiciones y requisitos para incorporarse a la
    junta (propietarios o urbanizadores)
  • Órganos de gobierno y facultades
  • Requisitos convocatoria y forma adopción acuerdos
  • Derechos y obligaciones de sus miembros
  • Medios económicos y reglas aportaciones

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BASES JUNTA COMPENSACIÓN (167 RG)
  • Criterios para valorar fincas aportadas
  • Criterios de valoración de derechos reales
  • Criterios de valoración de edificaciones
  • Procedimiento contratación obras de urbanización
  • Criterios valoración fincas resultantes
  • Reglas adjudicación fincas a los miembros
  • Reglas distribución beneficios y pérdidas

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PROYECTO EQUIDISTRIBUCIÓN (ii)
  • Instrumento jurídico/técnico de equidistribución
    mediante el cual se distribuyen entre los
    propietarios los beneficios y las cargas
    derivados de la ejecución del planeamiento en el
    suelo urbano no consolidado y en el urbanizable.
  • Resultado necesario de las Bases de Actuación
  • Define los derechos aportados
  • Se valoran las fincas resultantes
  • Se distribuyen los beneficios y las cargas
  • Se adjudican a los junteros las fincas de
    resultado que les corresponda en función de sus
    derechos
  • Se transmite al Ayuntamiento, los suelos y
    aprovechamiento edificable que le corresponda
    (10)
  • Ámbito territorial Unidad de ejecución y
    terrenos adscritos

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PROYECTO COMPENSACIÓN (ii)
  • Clases
  • de propietario único (se limitará a expresar la
    localización de los terrenos de cesión
    obligatoria y de las reservas establecidas en el
    Plan, así como de las parcelas lucrativas) y
  • de varios propietarios

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PROYECTO COMPENSACIÓN (iii)
  • Contenido
  • Memoria descriptiva de los antecedentes
    (planeamiento objeto de ejecución, identificación
    de la unidad, etc)
  • Relación y circunstancias físicas y jurídicas de
    las fincas de origen descripción de los
    titulares y de las fincas aportadas, descripción
    de las cargas Descripción de las fincas
    resultantes, incluidas las de cesión obligatoria
  • Determinación de la correspondencia entre las
    superficies o aprovechamientos aportados al
    proyecto y las fincas de resultado adjudicadas
  • Determinación de la cuota que se atribuya a cada
    una de las fincas de resultado en la cuenta de
    liquidación del proyecto
  • Superficies o parcelas que la propia Junta se
    reserve
  • Compensaciones en metálico por diferencias de
    adjudicación

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PROYECTO COMPENSACIÓN (iv)
  • Tramitación (RGU)
  • Elaboración corresponde a la Junta de
    Compensación, conforme a las reglas contenidas en
    las Bases de Actuación..
  • Aprobación por la Junta de Compensación acuerdo
    adoptado por la mayoría de sus miembros que a su
    vez representen 2/3 de las cuotas de
    participación.
  • Información pública
  • Aprobación definitiva por el Ayuntamiento una
    vez aprobado por la Junta, se somete al
    Ayuntamiento para su aprobación, debiendo
    aprobarlo si es conforme con la legalidad (acto
    reglado). El acuerdo de aprobación definitiva se
    publica en el BOP.
  • Inscripción en el Registro de la Propiedad

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PROYECTO COMPENSACIÓN (v)
  • Efectos
  • Subrogación con plena eficacia real, de las
    antiguas por las nuevas parcelas, siempre que
    quede claramente establecida la correspondencia
    entre unas y otras
  • Constituirá un título de adquisición originaria
    cuando no exista correspondencia entre las fincas
    adjudicadas y las antiguas
  • Extinción de derechos y cargas incompatibles
  • Cesión al Ayuntamiento del pleno dominio y libre
    de cargas de los terrenos que sean objeto de
    cesión obligatoria
  • Las fincas resultantes quedarán afectadas, con
    carácter real, al pago del saldo de la cuenta de
    liquidación del proyecto de reparcelación aprobado
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