Sin ttulo de diapositiva - PowerPoint PPT Presentation

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Sin ttulo de diapositiva

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La firma se verifica de forma fiable y el resultado figura correctamente. ... Figuran correctamente el resultado de la verificaci n y la identidad del ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Sin ttulo de diapositiva


1
Aspectos técnicos de la Directiva de firma
electrónica
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Antecedentes
  • Comunicaciones de la Comisión Europea
  • "Iniciativa europea de comercio electrónico (COM
    97, 157 FINAL)
  • "El fomento de la seguridad y la confianza en la
    comunicación electrónica. Hacia un marco europeo
    para la firma digital y el cifrado" (COM 97, 503
    final, 8.10.97)
  • Declaración ministerial de Bonn, "Las redes
    mundiales de la información aprovechar su
    potencial" 6 y 7 de julio de 1998.
  • Mandato del Consejo de Ministros de
    Telecomunicaciones de finales de 1997.

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Marco común para la firma electrónica
  • La Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo
    por la que se establece un marco común para la
    firma electrónica
  • Apuesta europea para regular armónicamente la
    autenticidad y la integridad
  • Protección de los legítimos intereses
    particulares y colectivos
  • Promover el crecimiento de la sociedad de la
    información.
  • La infraestructura que se asienta la Directiva
  • Debe proteger a los ciudadanos frente a los
    posibles abusos
  • Proporcionar garantías, como mínimo similares a
    las que se obtienen cuando se utilizan
    documentos de papel.

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La construcción de la confianza en la Directiva
  • Reconocimiento legal de las firmas electrónicas
  • Reconocimiento legal de los servicios públicos de
    certificación y acceso al mercado de éstos
    basado en los principios de mínima intervención y
    de responsabilidad.
  • Neutralidad desde el punto de vista tecnológico.
  • Reconocimiento internacional de la firma.

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Aspectos característicos (I)
  • .Se establece el efecto legal.
  • Imposibilidad de negar la validez a una firma
    porque sea electrónica.
  • No se regula para grupos cerrados de usuarios.
  • . Como mecanismo de garantía determina que la
    firma electrónica avanzada basada en un
    certificado reconocido, emitido por un servicio
    público de certificación cualificado, y creada
    mediante dispositivos seguros
  • Debe tener, a todos los efectos, idéntico valor,
    que la firma manuscrita
  • Ha de ser admisible como prueba a efectos
    procesales.

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Aspectos característicos (II)
  • Crea un marco jurídico para determinados
    servicios de certificación
  • Para garantizar el correcto funcionamiento del
    mercado interior y su desarrollo.
  • Impidiendo cualquier restricción a la prestación
    de servicios de certificación cuya procedencia
    sea de otro Estado miembro.
  • Se limitan los controles a lo estrictamente
    imprescindible para la protección de los
    consumidores.
  • Establece un sistema de responsabilidad del
    proveedor de los servicios de certificación por
    la veracidad y seguridad de los certificados
    emitidos.

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Aspectos característicos (III)
  • Neutralidad tecnológica
  • No se presupone ninguna tecnología como preferida
    frente a otras.
  • Se debe promover la interoperabilidad de los
    productos de firma electrónica.
  • La Comisión revise la situación, para evitar
    barreras legales al futuro desarrollo
    tecnológico.
  • Consciente de los avances técnicos esperables
    para garantizar la autenticidad y de preservar la
    integridad.

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Aspectos característicos (IV)
  • Establece requisitos genéricos de fiabilidad
    para
  • los certificados cualificados,
  • los servicios públicos de certificación y para
  • los dispositivos de creación de la firma
    electrónica, aplicables a no importa cual
    tecnología concreta.
  • Recomendaciones para la verificación de la firma
  • Se articulan mecanismos de equivalencia entre los
    certificados emitidos por un proveedor de
    servicios establecido fuera de la Comunidad.
  • Se garantiza la privacidad de los datos, así como
    los supuestos en los que cabe su publicidad a
    instancia de las autoridades nacionales o en los
    supuestos previstos por los correspondientes en
    los ordenamientos jurídicos nacionales.

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Propiedades de los certicados
  • Indicación de que el certificado se expide como
    certificado reconocido
  • Identificación del servicio de certificación que
    expide el certificado.
  • Nombre o pseudónimo del titular de la firma.
  • Atributos del titular (identificación fiscal,
    capacidad de actuar, etc.).
  • Datos de verificación de la firma, que
    correspondan a los datos de creación.
  • Comienzo y fin del período de validez del
    certificado.
  • Código del certificado (que debe ser único).
  • Firma electrónica avanzada del servicio de
    certificación.
  • Limitaciones de uso del certificado.
  • Limitación del valor de las transacciones que con
    el certificado se puedan realizar.

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Proveedores de servicios de certificación
  • Principio de que los Estados miembros no
    condicionarán la prestación del servicio de
    certificación a la obtención de una autorización
    previa.
  • Los Estados podrán introducir o mantener sistemas
    de acreditación voluntaria para mejorar la
    calidad de los servicios de certificación.
  • Prohibe la posibilidad de limitar el número de
    prestadores de estos servicios.
  • No se promulgan requisitos específicos para el
    funcionamiento de los servicios públicos de
    certificación.
  • Se establece una categoría especial, la firma
    electrónica avanzada, cuyos certificados
    reconocidos y las entidades que los emitan sí
    están sometidas a requisitos específicos y al
    control de su cumplimiento.

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Servicios de certificación que emitan
certificados reconocidos
  • Demostrar la fiabilidad para prestar los
    servicios de certificación.
  • Utilizar un servicio de revocación rápido y
    seguro.
  • Garantizar la fecha y hora de emisión de los
    certificados y de su revocación, en su caso.
  • Comprobar la identidad y atributos específicos de
    la persona a la que presta el servicio.
  • Emplear personal suficientemente experto y
    cualificado.
  • Utilizar sistemas y productos dignos de
    confianza, que garanticen la seguridad técnica y
    criptográfica de los procesos de certificación.

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Servicios de certificación que emitan
certificados reconocidos
  • Tomar medidas contra la falsificación de
    certificados y garantizar la confidencialidad de
    los datos de creación de la firma.
  • Disponer de recursos financieros suficientes, en
    particular para hacer frente a las
    responsabilidades (por negligencia o daño).
  • Registrar toda la información relevante para
    investigaciones posteriores.
  • No mantener copia alguna de la clave privada,
    salvo petición expresa del propietario.
  • Informar a los usuarios acerca de la propia
    entidad de certificación, así como de sus
    derechos y obligaciones, en lenguaje fácilmente
    comprensible.
  • Utilizar sistemas seguros para almacenar los
    certificados.

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Requisitos de los dispositivos seguros
de creación de firma electrónica
  • Los datos de creación de firma utilizados para la
    generación de firma sólo pueden producirse una
    vez en la práctica y se garantiza razonablemente
    su secreto.
  • Existe la seguridad razonable de que los datos de
    creación de firma no pueden ser derivados y la
    firma está protegida contra la falsificación.
  • Los datos de creación de firma pueden ser
    protegidos de forma fiable por el titular.
  • No alterarán los datos que deben firmarse ni
    impedirán que dichos datos se muestren al
    signatario antes del proceso de firma.

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Recomendación para la verificación de la firma
  • Los datos utilizados para verificar corresponden
    a los datos mostrados.
  • La firma se verifica de forma fiable y el
    resultado figura correctamente.
  • El verificador puede establecer de forma fiable
    el contenido de los datos firmados.
  • Se verifica la autenticidad y la validez del
    certificado. Figuran correctamente el resultado
    de la verificación y la identidad del signatario
    y consta claramente la utilización de un
    pseudónimo.
  • Puede detectarse cualquier cambio pertinente
    relativo a la seguridad.

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La certificación del certificador
  • Dos componentes técnicos básicos
  • El proveedor de certificados reconocidos
  • Los dispositivos de creación y verificación de la
    firma electrónica avanzada.
  • Proveedor de los servicios de certificación
  • Fiabilidad de su operación
  • Sistemas dignos de confianza
  • Aplicar funciones y mecanismos de seguridad
    rigurosos
  • Análisis y gestión de los riesgos
  • Implantación de sistemas y productos debidamente
    certificados

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La certificación del certificador
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