Title: TEMA 4' LAS INMUNIDADES ESTATALES
1TEMA 4. LAS INMUNIDADES ESTATALES
2TEMA 4. LAS INMUNIDADES ESTATALES
- I. Introducción
- II. La inmunidad de jurisdicción
- III. La inmunidad de ejecución
- IV. Las inmunidades estatales y el derecho a la
tutela judicial efectiva
3I. INTRODUCCIÓN
- 1. Noción aproximativa
- Cuáles son las inmunidades del Estado?
- Inmunidad de jurisdicción e inmunidad de
ejecución - Art. 117.3 CE juzgar y hacer ejecutar lo
juzgado - Función de juzgar ? proceso declarativo/sentencia
(v.g. indemnización) - Función de ejecutar lo juzgado ? proceso
ejecutivo/sentencia (v.g. embargo) - Aproximación inmunidades estatales
- Inmunidad de jurisdicción ? las actuaciones de un
Estado no pueden ser enjuiciadas por un órgano
judicial interno de otro Estado - Inmunidad de ejecución ? los bienes de un Estado
no pueden ser ejecutados por un órgano judicial
interno de otro Estado
4I. INTRODUCCIÓN
- 2. Fundamento
- Principio de igualdad soberana
- Esencia de la inmunidad soberana ? la NO
subordinación de un Estado a la potestad de otro
Estado -par in parem non habet imiperium- - Orígenes
- Fundamento tradicional ? extrapolación de
nociones internas - Absolutismo inmunidad del monarca dentro de su
territorio - Extensible a los monarcas extranjeros
- Fundamento moderno ? juez Marshall asunto The
Schooner Exhange c. McFaddon - La jurisdicción absoluta de un Estado como
consecuencia de su soberanía se encuentra
limitada a su territorio
5I. INTRODUCCIÓN
- 3. Precisiones
- i) Interés confluyente de los Estados en el
respeto de la institución - ii) NO se podrá invocar la inmunidad soberana
ante un órgano judicial internacional (v.g. CIJ o
Tribunales internacionales ad hoc) - iii) Distinción entre
- Inmunidad soberana inmunidades estatales
- Inmunidades diplomáticas o consulares
inmunidades personales
6I. INTRODUCCIÓN
- 4. Regulación
- Regulación esencialmente consuetudinaria
- Convención Europea sobre la Inmunidad de los
Estados de 1972 - También denominado Convenio de Basilea
- En vigor para 8 Estados -España no es Estado
parte- - Labor de la CDI ? codificación y desarrollo
progresivo del DI - Inicio 1978 / Proyecto 1991 / Falta de consenso
estatal / Comité ad hoc 2000 - Convención de las Naciones Unidas sobre las
inmunidades jurisdiccionales de los Estados y de
sus bienes - Aprobada por la AG mediante la Resolución 59/38
de 2 de diciembre de 2004 - No está en vigor / se exigen 30 ratificaciones /
28 signatarios y 5 Estados parte (Noruega,
Portugal, Austria, Rumania e Irán) - Problemas de determinación del Dº aplicable ?
regulaciones internas - Leyes específicas dentro de los parámetros de
legalidad del DI General (v.g. EEUU, Reino Unido,
Canadá o Singapur) - En España no existe legislación específica
- Art. 21.2 LOPJ RD 1654/1980 y jurisprudencia
7II. LA INMUNIDAD DE JURISDICCIÓN
- 1. Definición
- Todo Estado goza para sí de inmunidad de
jurisdicción ante los tribunales de otro Estado
(art. 5 CIJEB04) - Doble perspectiva
- Estado del foro obligación
- Obligación impuesta al juez del foro consistente
en respetar la inmunidad de los demás Estados - Cómo? Absteniéndose de ejercer su jurisdicción
en un proceso incoado contra otro Estado (art. 6
CIJEB04) - Estado extranjero privilegio
- Privilegio consistente en no quedar sometido por
sus actos a la jurisdicción de los tribunales de
otro Estado - Al tratarse de un privilegio podrá renunciar
(arts. 7 y 8 CIJEB04) - Consecuencias de esta concepción de la inmunidad
de jurisdicción - Tradicionalmente excepción procesal en la
actualidad apreciación de oficio - Art. 38 LEC apreciación de oficio de la falta de
competencia internacional y de jurisdicción
8II. LA INMUNIDAD DE JURISDICCIÓN
- 2. Elementos de un supuesto de inmunidad
- Demandante, tribunal del foro que conoce del
litigio y Estado extranjero que actúa en calidad
de demandado - i) El demandante
- Cualquier persona física o jurídica (v.g.
propietaria inmueble arrendado a representante
extranjero, trabajadora de una Embajada, empresa
de alquiler de vehículos o empresa de
equipamiento militar, etc.) - ii) El tribunal del Estado del foro
- Se entiende por tribunal cualquier órgano de un
Estado, sea cual fuere su denominación, con
potestad para ejercer funciones judiciales - (art. 2.1 a) CIJEB04 consenso en cuanto a su
contenido-) - Cualquier órgano con jurisdicción integrado en
la estructura del poder judicial u órgano
administrativo con ciertas competencias
contenciosas (v.g. Tribunal Marítimo Central)
9 II. LA INMUNIDAD DE JURISDICCIÓN
- iii) El Estado extranjero
- Es necesario el reconocimiento del Estado del
foro para hacer valer la inmunidad del Estado
extranjero? - Silencio del CIJEB04
- En teoría tesis declarativa Estado demandado
reúne los elementos de estatalidad ? goza de
inmunidad - Entidades dotadas de poder público e integradas
en la estructura estatal gozan de inmunidad? - Estados componentes de un Estado federal y
subdivisiones políticas internas de un Estado
(v.g. CCAA) - Art. 2.1 b) CIJEB04 permite -pero NO obliga- que
sean considerados Estados siempre que estén
facultadas para realizar actos de poder público - Las CCAA están facultadas?
- Empresas públicas y organismos estatales gozan
de inmunidad? - Práctica confusa y contradictoria
- CIJEB04 los incluye en el concepto de Estado
cuando por delegación realizan actos de poder
público - V.g. Oficina de Turismo o el Instituto Cervantes
10II. LA INMUNIDAD DE JURISDICCIÓN
- 3. Doble concepción de la inmunidad de
jurisdicción absoluta y relativa - Falta de consenso en cuanto a su alcance
- Inmunidad absoluta
- Doctrina mayoritaria década de los sesenta
actualmente esgrimida por los países del Tercer
Mundo - En virtud de la cual un Estado extranjero goza de
inmunidad en CUALQUIER SUPUESTO en el que fuese
enjuiciado ante un tribunal interno, salvo que
acepte o consienta esa potestad de jurisdicción - Inmunidad relativa
- Doctrina que está desplazando a la doctrina
anterior defendida fundamentalmente por los
países desarrollados - Principales factores de cambio
- La aparición de Estados socialistas
- El transito del Estado liberal al Estado social
11II. LA INMUNIDAD DE JURISDICCIÓN
- Inmunidad relativa
- Limitación del alcance de la inmunidad de
jurisdicción - Cómo? Distinción de los actos del Estado
- Distinción teórica actos iure imperii y actos
iure gestionis - Aplicación en la práctica criterios de la
naturaleza y la finalidad - Listado negativo del CIJEB04
12II. LA INMUNIDAD DE JURISDICCIÓN
- Inmunidad relativa
- Distinción teóricaactos iure imperii y actos
iure gestionis - Actos iure imperii ? el Estado actúa ejerciendo
su potestad pública (v.g. otorgar nacionalidad,
crear un impuesto o realizar una expropiación) - Actos iure gestionis ? el Estado actúa como un
particular ámbito laboral o comercial- (v.g.
celebrar un contrato de arrendamiento o comprar
un bien) - Inmunidad predicable de los actos de iure imperii
denegándose a los actos de iure gestionis
13II. LA INMUNIDAD DE JURISDICCIÓN
- Inmunidad relativa
- Aplicación en la práctica criterios de la
naturaleza y la finalidad - Criterio de la naturaleza del acto
- Situación de supremacía / situación de igualdad
- Criterio de la finalidad
- Interés general / finalidad privada
- Aplicación criterio de la naturaleza o aplicación
conjunta de ambos criterios tendencia actual- - (v.g. art. 2.1 c) definición de transacción
mercantil)
14II. LA INMUNIDAD DE JURISDICCIÓN
- Inmunidad relativa
- Listado negativo del CIJEB04
- Regla ? Inmunidad de jurisdicción (art. 5)
- Excepciones a la regla ? listado -enumeración de
actos en los que no cabe invocar la inmunidad-
(arts. 10 a 17) - Transacciones mercantiles
- Contratos de trabajo
- Responsabilidad extracontractual
- Propiedad, posesión y uso de bienes
- Propiedad intelectual e industrial
- Participación en sociedades y otras
colectividades - Derivados de la titularidad o la explotación de
buques - Arbitraje
15II. LA INMUNIDAD DE JURISDICCIÓN
- 4. Consentimiento expreso o tácito al ejercicio
de la jurisdicción - Consentir al ejercicio de la jurisdicción ?
renunciar al privilegio de la inmunidad - Regulación en el CIJEB04
- Consentimiento expreso al ejercicio de
jurisdicción (art. 7) - A través de acuerdo internacional, contrato
escrito o declaración ante el tribunal en un
proceso determinado - Consentimiento tácito al ejercicio de
jurisdicción (art. 8) - El Estado que podría invocar la inmunidad- ha
incoado el proceso - La intervención en el proceso o la realización de
cualquier acto procesal en relación con el fondo - NO hay consentimiento tácito cuando i)
interviene para hacer valer la inmunidad ii)
hacer valer un derecho sobre bienes objeto de
litigio iii) comparecer en calidad de testigo
iv) la incomparecencia
16III. LA INMUNIDAD DE EJECUCIÓN
- 1. Definición
- Doble perspectiva obligación / privilegio
- NO adopción de medidas coercitivas sobre bienes
de otro Estado - Medidas coercitivas? Medidas adoptadas por un
órgano judicial destinadas a garantizar el
cumplimiento de las disposiciones judiciales
(v.g. embargo de bienes, desahucio, depósitos
judiciales o medidas cautelares) - Institución vinculada con el desarrollo de la
doctrina de la inmunidad de jurisdicción relativa - Doctrina inmunidad de jurisdicción absoluta ?
ausencia de sentencias declarativas para ejecutar
17III. LA INMUNIDAD DE EJECUCIÓN
- 2. Doble concepción absoluta y relativa
- Doctrina absoluta ? todos los bienes estatales
gozan de inmunidad de ejecución - Doctrina relativa ? NO todos los bienes estatales
se pueden beneficiar de la inmunidad de ejecución - Importante DIFERENCIA con la inmunidad de
jurisdicción - Inmunidad jurisdicción doctrina absoluta da paso
a la relativa - Inmunidad de ejecución más partidarios de la
doctrina absoluta - Cuál es el motivo? Preservación de los bienes
estatales (v.g. Convenio de Basilea)
18III. LA INMUNIDAD DE EJECUCIÓN
- Doctrina relativa qué bienes gozan de inmunidad
y cuáles no? - Nuevamente distinción entre actos de iure imperii
y actos de iure gestionis - Arts. 18 y 19 del CIJEB04 aparentemente
inmunidad de ejecución relativa sin embargo
favorece la inmunidad de ejecución absoluta - Regla todos los bienes estatales gozan de
inmunidad - Excepciones
- i) Consentimiento expreso acuerdo, contrato,
declaración- - ii) Cuando concurran tres requisitos a) bienes
asignados a una actividad comercial b) ubicado
en el territorio del Estado del foro y c) que
tengan alguna relación con la demanda objeto de
proceso - Listado de bienes intocables por ser bienes
destinados iure et de iure a un servicio público - Bienes de las misiones diplomáticas y oficinas
consulares, bienes militares, bienes del Banco
Central, bienes culturales, bienes de exposición - Presunciones iuris tantum
19IV. INMUNIDAD SOBERANA Y DERECHO A LA TUTELA
JUDICIAL EFECTIVA
- La inmunidad soberana en el Derecho español
- Ausencia de ley española en materia de
inmunidades - Art. 21.2 LOPJ, RD 1654/1980 y jurisprudencia del
TC - Inmunidad como privilegio RD 1654/1980 sobre el
Servicio de lo Contencioso del Estado en el
Exterior - Los Abogados del Estado que defiendan al Estado
español en el extranjero invocaran la inmunidad
de jurisdicción CUANDO PROCEDA -aceptación
doctrina relativa de la inmunidad de
jurisdicción- - En los asuntos controvertidos necesidad de
consultar a la Asesoría Jurídica Internacional
del MAE
20IV. INMUNIDAD SOBERANA Y DERECHO A LA TUTELA
JUDICIAL EFECTIVA
- Inmunidad como obligación art. 21.2 LOPJ
- La jurisdicción de los Juzgados y Tribunales
españoles se extiende a todos los juicios que se
susciten en territorio español SE EXCEPTUAN
los supuestos de inmunidad de jurisdicción y de
ejecución establecidos por las normas de DI
Público - A qué normas remite?
- STC 18/1997 tales normas se extraen por
inducción de datos de origen muy diverso, entre
los que se encuentran las convenciones
internacionales y la práctica de los Estados - Laguna jurídica? Jurisprudencia del TC
- Doctrina de la inmunidad de jurisdicción relativa
especialmente en el ámbito laboral- - Sentencias de los Juzgados de lo Social
21IV. INMUNIDAD SOBERANA Y DERECHO A LA TUTELA
JUDICIAL EFECTIVA
- Cuál es el siguiente problema que se plantea?
- Jurisprudencia española inmunidad de ejecución
relativa - El juez tendrá que buscar aquellos bienes
destinados a actos de gestión y por tanto
susceptibles de ejecución - En la práctica enormes dificultades para ejecutar
bienes de Estados extranjeros - Estaríamos ante la violación de un derecho
fundamental? - Art. 24.1 CE tutela judicial efectiva
- Todas las personas tienen derecho a obtener la
tutela efectiva de los jueces y tribunales en el
ejercicio de sus derechos e intereses legítimos,
sin que en ningún caso, pueda producirse
indefensión - La existencia de la inmunidad soberana vulnera
el contenido de una norma constitucional? -
22IV. INMUNIDAD SOBERANA Y DERECHO A LA TUTELA
JUDICIAL EFECTIVA
- Jurisprudencia del TC (Sentencias 107/1992,
292/1994, 18/1997 y 176/2001) - Compatibilidad entre la regla internacional y el
precepto constitucional - Derecho NO absoluto que tiene límites razonables
y proporcionados - Son inmunes a la ejecución los bienes destinados
a actividades iure imperii, pero no los
destinados a actividades iure gestionis - Absolutamente inmunes bienes de las misiones
diplomáticas y consulares incluidas las cuentas
bancarias- - Qué sucedería si existiendo un bien destinado a
actos de gestión el juez español no lo ejecuta? - Qué sucedería si un juez español decide ejecutar
un bien intocable?