Title: Diapositiva 1
1SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Junio 2009
2SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Temario
- Estructura de DyP y Uso de Formatos Electrónicos
- Depósito Referenciado
- Beneficios y Esquema EPE vs DyP
- Pago por Ventanilla Bancaria e Internet
3SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Temario
- Procedimiento en D y P
- Declaraciones Complementarias
- Interrelación con otros servicios
- RESUMEN
- Uso de la aplicación DyP
4SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
I Estructura DyP y Formatos Electrónicos
Junio 2009
5SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Estructura de DyP
- Declaraciones de Pago.
- Para que los contribuyentes cumplan con la
presentación y pago de las obligaciones
provisionales, definitivas, de retenciones y
eventuales. - Declaraciones del Ejercicio.
- Para que los contribuyentes cumplan con la
presentación de la declaración del ejercicio. - Declaraciones Informativas.
- Para que los contribuyentes informen de sus
operaciones propias y de terceros.
6SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Formatos Electrónicos
- Son formatos dinámicos que facilitan su llenado
al contener información específica de las
obligaciones a que cada contribuyente esté
afecto - Contienen información para la determinación y
pago de los impuestos, así como, para informar de
las operaciones propias y con terceros. - Incluyen cálculos del impuesto y apoyos
aritméticos.
7SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Formatos Electrónicos
- Cuentan con opciones de llenado en línea y fuera
de línea, para ajustarse a las necesidades del
contribuyente. - Para las declaraciones complementarias, se
presenta al contribuyente la información de la
declaración a modificar para evitar la recaptura
de los datos.
8SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
II Depósito Referenciado
Junio 2009
9SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Depósito Refenciado
El SAT en coordinación con la Asociación de
Bancos de México (ABM) definió la utilización del
Servicio Bancario de Depósito Referenciado para
el Pago de Contribuciones Federales. Lo anterior
para simplificar la operación en las
Instituciones de Crédito y del Contribuyente al
realizar el pago.
10SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Depósito Refenciado
- El formato a utilizar por el SAT para la Línea de
Captura es de 20 caracteres y se conforma como
sigue - Tipo de Pago.- Es de 2 caracteres e identifica el
pago de Impuestos Federales. - Identificador.- Es de 8 caracteres y está
referenciado a la Declaración de pago que
presentó el Contribuyente. - Referencia.- Es de 2 caracteres.
- Vigencia de la línea de captura.- Es de 4
caracteres y contiene la fecha máxima en la cual
se puede realizar el pago.
11SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Depósito Refenciado
- Importe.- Es de 1 caracter y contiene el Dígito
Verificador del Importe a Pagar. - Tipo de Validación.- Es de un caracter e indica
las validaciones que debe realizar el banco,
siendo éstas los 20 caracteres de la Línea de
Captura, el Importe a pagar, la Fecha Límite de
Pago y el Medio de Recepción (Internet o
Ventanilla Bancaria). - Dígitos Globales de Control.- Es de 2 caracteres
y sirve para validar el contenido de los 18
caracteres anteriores y para ratificar el Importe
a Pagar.
12SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Depósito Refenciado
13SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
III Beneficios y Esquema EPE vs DyP
Junio 2009
14SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Beneficios
- Para el Contribuyente
- Simplificar el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales. - Con el uso de Internet, evitar el traslado a las
oficinas del SAT para presentar sus
declaraciones. - Para realizar el pago solo requiere de la Línea
de Captura y el importe a pagar.
15SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Beneficios
- Para los Bancos
- Se agiliza el cobro de los impuestos federales.
- Las reformas fiscales solamente impactarán a las
aplicaciones del SAT. - Se simplifica la actualización de los desarrollos
informáticos de la banca. - Disminución de costos.
16SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
EPE
D y P
vs
(2009)
(2002 2008)
ALSC
PRESENCIAL
PRESENCIAL
0
Banco
Banco
ALSC
0
INTERNET
INTERNET
0
PÁGINA SAT
Banco
PÁGINA SAT
0
Banco
17SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
IV Pago por Ventanilla Bancaria e Internet
Junio 2009
18SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Ventanilla Bancaria
PERSONAS FISICAS
CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL
Que sus ingresos en el ejercicio inmediato
anterior sean inferiores a 2,160,130.
SIN ACTIVIDAD EMPRESARIAL
Que sus ingresos en el ejercicio inmediato
anterior sean inferiores a 370,310.
RMFI.2.7.1
19SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
20SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
- Acudirán previa cita a la ALSC
- a) Con la hoja de ayuda denominada Bitácora de
Declaraciones y Pagos, llenada. - b) Proporcionarán información necesaria para
realizar la declaración. - Se captura, envían la información y se entrega el
acuse de recibo electrónico, cuando exista
cantidad a pagar, contendrá el importe total a
pagar y la línea de captura con la fecha límite
en que debe efectuar el pago.
II. El importe a pagar se realiza en la
ventanilla bancaria presentando el acuse de
recibo electrónico o proporcionando la línea de
captura y el monto total a pagar. El pago se
efectúa en efectivo o con cheque personal y el
banco entregará el Recibo Bancario de Pago de
Contribuciones Federales
Se considera cumplida la obligación de pago
cuando envíen la declaración al SAT y hayan
efectuado el pagado.
RMFI.2.7.1
21SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Internet
PERSONAS MORALES - Todas
- PERSONAS FÍSICAS
- CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL
- Que sus ingresos en el ejercicio
inmediato anterior sean superiores a 2,160,130 - SIN ACTIVIDAD EMPRESARIAL
- Que sus ingresos en el ejercicio
inmediato anterior sean superiores a 370,310. -
RMFI.2.14.1
22SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
PAGOS PROVISIONALES O DEFINITIVOS DE
ISR
IETU
IVA
IEPS
INCLUYENDO RETENCIONES
Los deberán efectuar por cada grupo de
obligaciones fiscales que tengan la misma
periodicidad y la misma fecha de vencimiento.
RMFI.2.14.1
23SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
V Procedimiento en D y P
Junio 2009
24SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
I. En la página del SAT ingresar al Servicio de
declaraciones y pagos, Subservicio de
declaraciones de pago, Declaración Provisional
o Definitiva de Impuestos Federales.
PROCEDIMIENTO
I
II. Selecciona periodo y tipo de declaración,
podrá llenar los datos solicitados directamente
en línea o hacerlo fuera de línea.
II
III. El programa automáticamente mostrará las
obligaciones de los impuestos que tenga
registradas ante el RFC.
III
IV. Para el llenado, se captura los datos
habilitados por el programa y el sistema podrá
realizará automáticamente el cálculo del
impuesto. En el caso de declaraciones
complementarias o de corrección fiscal, el
sistema desplegará los datos de la declaración
que se complementa o corrige.
IV
V. Concluida la captura, se enviará la
declaración a la página del SAT, quien enviará el
acuse de recibo electrónico. Cuando exista
cantidad a pagar, el acuse de recibo electrónico
incluirá el importe total a pagar y la línea de
captura para efectuar el pago, así como la fecha
límite para realizarlo.
V
VI
VI. El importe total a pagar deberá cubrirse por
transferencia electrónica de fondos mediante
línea de captura en la página del banco y éste
enviará el Recibo Bancario de Pago de
Contribuciones Federales.
RMFII.2.12.1
25SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
26SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
VI Declaraciones Complementarias
Junio 2009
27SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Declaraciones Complementarias
RMFII.2.12.2
RMFII.2.12.3
- Ingresar al Servicio de declaraciones y pagos,
Subservicio de declaraciones de pago, Declaración
Provisional o Definitiva de Impuestos Federales.
- Seleccionar el mismo periodo a declarar que el
señalado en la declaración cuyo importe total a
pagar no fue cubierto elegir el tipo declaración
complementaria y selecciona modificación de
obligaciones.
- Capturar los datos de la actualización y los
recargos.
- Enviar la declaración a la página del SAT y éste
enviará el acuse de recibo con el importe
total a pagar, la nueva línea de captura y fecha
límite de pago.
28SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Declaraciones Complementarias
En la Complementaria para corregir errores
relativos al periodo de pago o concepto de
impuesto, deberán
Ingresar al Servicio de declaraciones y pagos,
Subservicio de declaraciones de pago, Declaración
Provisional o Definitiva de Impuestos Federales.
Seleccionar el mismo periodo, y tipo de
declaración Complementaria y la opción Dejar
sin efecto.
El programa solicitará la confirmación de la
declaración a modificar, mostrará los datos
capturados e ingresará ceros en todos los
conceptos de la declaración complementaria.
Enviar la declaración a la página de Internet del
SAT y éste enviará el acuse de recibo electrónico.
RMF II.2.12.4 y II.2.12.5
29SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Declaraciones Complementarias
En la Complementaria para presentar una o más
obligaciones que se dejaron de presentar, deberán
RMF II.2.12.4 y II.2.12.6
30SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
VII Interrelación con otros Servicios
Junio 2009
31SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Interrelación con Otros Servicios
SERVICIO
INTERRELACIÓN
32SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
VIII Resumen
Junio 2009
33SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
ESTRUCTURA Y MEDIOS DE PRESENTACIÓN DE LA D y P
Llenado en línea o fuera de línea
Integran cálculos aritméticos
EL FORMATO SE GENERA DE ACUERDO A LAS
OBLIGACIONES DE CADA CONTRIBUYENTE
Determinación del impuesto opcional
Incluye ayudas
El pago es con línea de captura
Resumen
34SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Resumen
35SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
DATOS GENERALES
DEL CONTRIBUYENTE
DE LA DECLARACIÓN
Resumen
36SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO
Resumen
37SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
DETERMINACIÓN DEL PAGO
Aplicaciones. Entre otras -Compensaciones -Subsi
dio para el empleo -Estímulos Cantidad a pagar.
- Cantidad determinada a cargo.
- Cargos adicionales.
- Actualización
- Recargos
- Multas por corrección
Resumen
38SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
TIPO DE COMPLEMENTARIA
SI PRESENTA
NO PRESENTA
Modificaciones de obligaciones
- Obligación no presentada
- Dejar sin efecto obligación
Normal
Obligación no presentada
-Modificación de obligaciones -Dejar sin efecto
obligaciones
Normal
Dejar sin efecto obligación
-Obligación No Presentada -Modificación de
obligación
Normal
Resumen
SIGUIENTE
En caso de que existan mas declaraciones
ostentadas y queda vigente una de ellas, es
procedente presentar complementarias de
modificación de obligaciones.
39SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Modificación de obligaciones
- Cuando la línea de captura ya no es vigente, a
fin de generar una nueva. - En declaraciones presentadas anteriormente que
requieran modificar los datos en la determinación
del impuesto o determinación de pago
Resumen
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40SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Obligación no presentada
Cuando se ha presentado una declaración y no
incluyó todas las obligaciones a las que se
encuentra sujeto. El servicio de declaraciones y
pagos sólo despliega obligaciones que el
contribuyente no manifestó en su declaración
anterior del mismo período y ejercicio En el
caso de resultar impuesto a cargo se genera una
nueva línea de captura para realizar el pago
Resumen
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41SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
Dejar sin efecto obligación
Cuando el contribuyente ha presentado una
declaración pero requiere anular sólo una
obligación concepto de la declaración ejemplo Se
presenta ISR por retenciones por salarios
debiendo ser ISR por retenciones de asimilados.
Se deja sin efecto la información manifestada en
la obligación El monto pagado en la declaración
que se deja sin efecto se refleja en el acuse de
recibo, a fin de poder compensar o solicitar en
devolución. Una vez presentada esta
complementaria, no se puede anular la misma.
Resumen
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42SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
AÑOS ANTERIORES SOLO TIENE DETERMINACIÓN DE PAGO
Resumen
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43SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
ACREDITAMIENTOS MANUALES
Resumen
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44SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS
USO DEL SISTEMA DyP