PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE REFUGIO EN COSTA RICA - PowerPoint PPT Presentation

1 / 27
About This Presentation
Title:

PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE REFUGIO EN COSTA RICA

Description:

Certificado de nacimiento y de no antecedentes penales del pa s de origen. ... Dos fotograf as de frente, (tama o pasaporte) ... – PowerPoint PPT presentation

Number of Views:218
Avg rating:3.0/5.0
Slides: 28
Provided by: crm4
Category:

less

Transcript and Presenter's Notes

Title: PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE REFUGIO EN COSTA RICA


1
PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE REFUGIO EN
COSTA RICA
DIRECCION GENERAL DE MIGRACION Y EXTRANJERIA
2
MARCO LEGAL
  • Ley General de Migración y Extranjería, número
    8487, del 12 de Agosto del 2006 ( art.13, inciso
    w y x.)
  • Categoría especial (Art.90, inciso e)
  • Regulado específicamente (art.103 al art.117)
  • Establece la cesación del Refugio en el artículo
    115)
  • La Convención de 1951 y el Protocolo de 1967
    sobre el estatuto de los Refugiados

3
MARCO LEGAL
  • La definición de Cartagena en Costa Rica no es
    aplicable.
  • Costa Rica no es parte de la Convención
    Internacional sobre la protección de los derechos
    de todos los trabajadores migrantes y sus
    familias. Adoptado por la Asamblea General de
    N.U. Mediante resolución 45/158, de 18 de
    diciembre de 1990.

4
Como se determina el status de Refugiado cuando
cientos de personas huyen de un conflicto armado?
  • Normalmente debe determinarse según el caso
    particular.
  • En caso de desplazamientos masivos, debe
    valorarse las circunstancias de tal
    desplazamiento, identificando argumentos
    considerativos que orienten viabilidad de la
    protección internacional.
  • Considerando razones prácticas y la prestación de
    urgente asistencia humanitaria.

5
Como se determina el status de Refugiado cuando
cientos de personas huyen de un conflicto armado?
  • Utilizándose la Determinación Colectiva, por lo
    que se admite salvo prueba en contrario, que cada
    miembro del grupo es PRIMA FACIE, un refugiado,
    garantizando su derechos y exigiendo sus
    obligaciones.

6
Como se solicita la condición de refugiado en
condiciones normales
  • El extranjero que tiene la necesidad de
    protección en calidad de refugiado deberá
  • Externar dicha necesidad ante la autoridad
    migratoria en el puesto de ingreso (Terrestre,
    Marítimo, Aéreo) o en su defecto ante la
    autoridad migratoria más cercana.
  • Si se presenta la demanda en una estación
    migratoria, el oficial de ingreso coordinará con
    el subproceso de Valoración, de la Gestión de
    Extranjería de la Dirección de Migración, para
    iniciar el proceso.

7
Como se solicita la condición de refugiado en
condiciones normales
  • El extranjero que ingrese a territorio nacional,
    deberá plantear su solicitud en los treinta días
    siguientes a su ingreso a territorio nacional. Si
    el solicitante ingresa por un puesto no
    habilitado (oficial), deberá posteriormente
    demostrar fecha de ingreso a territorio
    nacional.(declaración jurada)
  • La solicitud deberá ser presentada en la ventana
    especial de refugio, del Subproceso de Plataforma
    de Servicios, en las Oficinas Centrales de la
    Dirección General de Migración.

8
REQUISITOS BASICOS DE UNA SOLICITUD
  • Completar cuestionario-solicitud de refugio.
  • Aportar fotocopia del Pasaporte o del documento
    de identidad que lo identifique. En caso de que
    no posea ningún documento de identidad, aportar
    declaración jurada de nacimiento rendida ante la
    Agencia Implementadora de los Programas del
    Acnur, en Costa Rica.
  • Certificado de nacimiento y de no antecedentes
    penales del país de origen. De no contar con esta
    Documentación deberá aportar, delaración jurada
    de nacimiento y record criminal ante la Agencia
    Implementadora de los Programas del Acnur, en
    Costa Rica.
  • Comprobante de toma de huellas dactilares, ante
    el Archivo Policial, del Ministerio de Seguridad
    Pública.
  • Dos fotografías de frente, (tamaño pasaporte).
  • Cualquier otro documento que considere oportuno
    para la probanza de su situación.

9
PASO 1 PRESENTACION DE LA SOLICITUD
10
PASO 1 PRESENTACION DE LA SOLICITUD
  • a. El Solicitante de Refugio se presenta ante el
    funcionario de la ventanilla especial para
    refugiados, de la Plataforma de Servicios, donde
    se le brindará el formulario correspondiente al
    solicitante, asesorándolo ante cualquier duda.
  • b. Una vez que se complete el formulario, el
    funcionario incluirá la información relevante en
    el sistema informático, detallando la
    documentación aportada, seguidamente el mismo
    sistema le asigna el número de expediente.
  • c. En dicho momento se imprimirá el Documento
    Provisional, que lo acredita como solicitante de
    refugio. Documento en el cual se consignará la
    fecha y hora de la entrevista al solicitante con
    el Oficial de Elegibilidad(generalmente 8 días
    después), de no haber presentado los documentos
    requeridos en este momento, podrá aportarlos al
    momento de la entrevista.
  • e. El dossier del caso es trasladado al
    Subproceso de Valoración, para la entrevista
    correspondiente en el día fijado.

11
PASO 2 LA ENTREVISTA
12
PASO 2 LA ENTREVISTA
  • a. En La fecha asignada para la entrevista, el
    solicitante de asilo puede aportar la
    documentación que considere relevante para su
    caso particular.
  • b. En este momento el Oficial de Elegibilidad, ya
    ha estudiado los documentos aportados (de
    haberlos) y la información aportada en el
    formulario.
  • c. El Oficial de Elegibilidad efectuará la
    entrevista basándose en los hechos que fueron
    alegados por el solicitante en el formulario
    inicial, pudiendo ampliar dicha información
    durante la entrevista que se mantenga con el
    solicitante. Esta entrevista es de carácter
    confidencial quedando lo dicho, entre el
    entrevistado y el Oficial.
  • c. Las declaraciones del entrevistado son
    plasmadas en forma de declaración impresa, la
    cual deberá ser leída al solicitante por el
    Oficial, o leída por el entrevistado, estando de
    acuerdo con lo leído, lo ratifica y firma, caso
    contrario indica las modificaciones del caso.
  • d. Seguidamente el Oficial le asigna una fecha
    para la notificación de la resolutoria, la cual
    podría ser personal o mediante fax de requerirlo
    el solicitante.

13
PASO 3 EVALUACION DE LA SOLICITUD Y EMISION DE
LA RESOLUCION
14
PASO 3 EVALUACION DE LA SOLICITUD Y EMISION DE
LA RESOLUCION
  • a-. Una vez analizados los documentos, así como
    lo dicho en la entrevista, los hechos bajos los
    cuales pretende validar una situación de temor
    fundado el contexto social y político, a la luz
    de la información del país de orígen con que se
    cuente, el Oficial emitirá una recomendación
    resolutiva la que podrá ser avalada por el
    Encargado del Subproceso de Valoración.
  • b- Dicho encargado una vez efectuada la revisión
    de lo actuado por el Oficial trasladará el
    Dossier correspondiente con la resolución para su
    firma resolución que podrá ser aprobando o
    denegando la permanencia en el territorio
    nacional, bajo la condición de refugiado y en
    algunos casos previniendo.

15
PASO 4 REVISION Y FIRMA DE LA RESOLUCION
16
PASO 4 REVISION Y FIRMA DE LA RESOLUCION
  • La resolución correspondiente podrá ser firmada
    -previa revision- por el Gestor de Extranjería o
    la Encargada del Subproceso de Valoración.
  • Una vez firmada, será trasladada al Subproceso de
    Archivo de la Gestión de Extranjería, a efectos
    de que se proceda con la debida notificación de
    haberse requerido por el solicitante vía FAX,
    caso contrario se archivará a la espera de que se
    presente el solicitante, a la cita previamente
    asignada para ser notificada de forma personal.

17
PASO 5 NOTIFICACION DE LA RESOLUCION
18
PASO 5 NOTIFICACION DE LA RESOLUCION
  • En caso de ser una denegatoria se informará al
    gestionante del derecho que le asiste de
    conformidad con los artículos 219, 223, 224, 225,
    de interponer los recursos de REVOCATORIA o
    APELACION.
  • Siendo la Resolutoria favorable con la resolución
    debidamente notificada, deberá gestionar la cita
    correspondiente para su documentación.

19
PASO 6 DOCUMENTACION
20
POSIBILIDAD LABORAL
  • La obtención de la condición de refugiado(a) por
    parte de un solicitante le facultará para ejercer
    cualquier actividadad manual o intelectual
    remunerada, en el tanto no existan
    acreditaciones especiales para efectuar
    determinada labor (Colégios Profesionales).

21
REFUGIO POR EXTENSION
  • EL REFUGIO PODRA SER CONCEDIDO POR EXTENSION EN
    ATENCION AL PRINCIPIO DE UNIDAD FAMILIAR
  • Padres en relacion de dependencia con el
    refugiado, mayores de 60 años
  • Conyugue del refugiado
  • Hijos menores de edad del Refugiado
  • Hijos mayores, solteros en relación de
    dependencia que no hayan terminado sus estudios
    para adquirir una profesión u oficio, mientras no
    sobrepasen los veinticinco años.
  • Menores de edad que cuenten con parentesco hasta
    segundo grado de consanguinidad.

22
DOCUMENTO DE RESIDENCIA(refugiado)
23
www.migracion.go.cr
PREGUNTAS / COMETARIOS
24
(No Transcript)
25
(No Transcript)
26
(No Transcript)
27
(No Transcript)
Write a Comment
User Comments (0)
About PowerShow.com