El Protocolo de Kioto y los mecanismos flexibles: MDL - PowerPoint PPT Presentation

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El Protocolo de Kioto y los mecanismos flexibles: MDL

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1. La realidad del cambio clim tico: efecto invernadero. ... f rreos, industrias minerales (cemento, vidrio, cer mica, ladrillos) y papel. ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: El Protocolo de Kioto y los mecanismos flexibles: MDL


1
El Protocolo de Kioto y los mecanismos flexibles
MDL
Carmen Fernández Rozado Consejera de la Comisión
Nacional de Energía de España
1 de marzo de 2006
2
INDICE
  • 1. La realidad del cambio climático efecto
    invernadero.
  • 2. El compromiso internacional sobre cambio
    climático.
  • 3. El compromiso de Europa y España .
  • 4. Vías para el cumplimiento de los objetivos del
    PK.
  • 5. Comercio de derechos de emisión (CDE).
  • 6. Sectores afectados por la Directiva
    2003/87/CE mdos. energéticos.
  • 7. Mecanismo de Desarrollo limpio (MDL).
  • 8. Conclusiones.

3
  • 1. La realidad del Cambio Climático Efecto
    Invernadero
  • La lucha contra el Cambio Climático se está
    configurando como uno de los grandes retos
    demandados por la Humanidad.
  • Las actividades de producción provocan impactos
    en el medio ambiente.
  • No obstante, los precios de la mayor parte de las
    citadas actividades no incluyen los costes de
    estos impactos y esto puede provocar
    ineficiencias en el mercado.
  • Los costes ambientales recaen en la sociedad LOS
    QUE CONTAMINAN NO SON LOS QUE PAGAN.

4

1. La realidad del Cambio Climático Efecto
Invernadero
  • Ya son muchas las empresas que tienen una
    conciencia fuertemente orientada a la
    preservación de nuestro entorno
  • Sistemas Gestión medioambiental
  • El problema medioambiental se ha convertido en
    una cuestión presente en todas las agendas y
    programas.

5
2. El compromiso internacional sobre cambio
climático
  • 1972 y 1987. Inicios de la ECO-CONCIENCIA y
    nacimiento del concepto de DESARROLLO SOSTENIBLE.
  • 1988. Se crea el Panel Intergubernamental sobre
    Cambio Climático (IPPC).
  • 1990. La Resolución 45/212 de Naciones Unidas
    creaba un Comité Intergubernamental de
    Negociación con el mandato de elaborar la
    CONVENCIÓN MARCO SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC).

6

2. El compromiso internacional sobre cambio
climático
  • CMNUCC
  • 1992, Junio, Río de Janeiro. La Cumbre de la
    Tierra pone en marcha la CMNUCC.
  • 1994, 21 de marzo. Entra en vigor la CMNUCC,
    siendo ratificada por 186 países.
  • OBJETIVO Lograr la estabilización de las
    concentraciones de GEI en la atmósfera a un
    nivel que impida interferencias antropogénicas
    peligrosas en el sistema climático.

7

2. El compromiso internacional sobre cambio
climático
ANEXO I AlemaniaAustraliaAustriaBelarús
a/BélgicaBulgaria a/CanadáComunidad
EuropeaChecoslovaquia a/DinamarcaEspañaEstados
Unidos de AméricaEstonia a/Federación de Rusia
a/FinlandiaFranciaGreciaHungría
a/IrlandaIslandiaItaliaJapónLetonia
a/Lituania a/LuxemburgoNoruegaNueva
ZelandiaPaíses BajosPolonia a/PortugalReino
Unido de Gran Bretaña e Irlanda del NorteRumania
a/SueciaSuizaTurquíaUcrania a/
ANEXO II AlemaniaAustraliaAustriaBélgicaCanad
áComunidad EuropeaDinamarcaEspañaEstados
Unidos de AméricaFinlandiaFranciaGreciaIrlanda
IslandiaItaliaJapónLuxemburgoNoruegaNueva
ZelandaPaíses BajosPortugalReino Unido de Gran
Bretaña e Irlanda del NorteSueciaSuizaTurquía
  • Partes Contratantes

a/ Países que están en proceso de transición a
una economía de mercado.
8

2. El compromiso internacional sobre cambio
climático
  • Compromisos
  • Generales para todos los países.
  • Específicos para los países Anexo I.
  • Específicos para los países OCDE que figuran en
    el Anexo II.

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2. El compromiso internacional sobre cambio
climático
  • PROTOCOLO DE KIOTO (3ª CONFERENCIA DE LAS PARTES,
    1997)
  • OBJETIVOS VINCULANTES Y CUANTIFICADOS para
    limitar y reducir las emisiones de los GEI.
  • 6 GEI dióxido de carbono, metano, óxido de
    nitrógeno, hidrofluorocarbono, perfluorocarbono y
    hexafluoruro de azufre.
  • AÑO BASE 3 primeros GEI 1990.
  • Resto GEI escoger entre 1990 y 1995. 
  • PARTES CONTRATANTES reducción de al menos un 5,2
    emisiones de GEI en el periodo 2008-2012,
    respecto a los niveles de emisiones del año base.
  • ENTRADA EN VIGOR 16 de febrero de 2005 (estado
    actual ratificación 158 países que representan
    un 61,6 de las emisiones de CO2 en 1990).
  • GRANDES AUSENTES EEUU (36,1) y Australia
    (2,1).

10
2. El compromiso internacional sobre cambio
climático
  • POST-KIOTO 2012
  • Cumbre del Clima o de Primavera (Bonn, mayo
    2005).
  • Reunión G8 Geneagles (Escocia), julio 2005.
  • COP11/MOP1, (Cumbre Mundial del Clima) (Montreal,
    nov-dic 2005).
  • Asociación de Asia y Pacífico por un desarrollo y
    un clima limpio EE.UU., Australia, China, India
    y Corea del Sur .
  • Primera reunión 11 de enero de 2006, Sydney
    (Australia).

11
3. El compromiso de Europa y España
  • CONSEJO DE MINISTROS DE MEDIO AMBIENTE DE LA UE,
    1998
  • Estados Miembros de la Comunidad Europea deben
    reducir colectivamente sus emisiones un 8 en el
    periodo objetivo.
  • España puede incrementar sus emisiones un 15 en
    2008-2012 respecto a los niveles del año base.
  • EMISIONES CO2
  • España. En 2004 las emisiones de CO2 se
    incrementaron un 45 respecto a las del año de
    referencia.

12

3. El compromiso de Europa y España
  • REPARTO DE CARGAS, 1998

13

3. El compromiso de Europa y España
  • EMISIONES DE GEI PER CÁPITA 1990-2003

Fuente Agencia Europea del Medio Ambiente
14
3. El compromiso de Europa y España
Distribución de la emisión de CO2 por sectores en
la UE en 1990 y 2003
FUENTE Agencia Europea del Medio Ambiente
15
3. El compromiso de Europa y España
Distribución de la emisión de CO2 por sectores en
España en 1990 y 2003
FUENTE Agencia Europea del Medio Ambiente
16
4. Vías para el cumplimiento de los objetivos
del PK
  • EL PK ESTABLECIÓ 3 VÍAS PARA SU CUMPLIMIENTO
  • Políticas y medidas.
  • Sumideros.
  • Mecanismos Flexibles CDE, MDL y AC.

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5. Comercio de derechos de emisión (CDE)
  • Constituye uno de los mecanismos de flexibilidad
    que establece el PK (art. 17).
  • Un país del Anexo B del Protocolo que haya
    conseguido reducir sus emisiones más allá de los
    compromisos adquiridos, podrá vender a otro país
    del Anexo B que no llegue a su objetivo previsto
    las unidades de reducción de emisiones (AAUs)
    que necesite para cumplir sus cuota.
  • Ventaja. Se conoce de antemano la disminución de
    las emisiones de GEI.

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5. CDE Normativa desarrollada por la UE
  • Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del
    Consejo por la que se establece un régimen para
    el comercio de derechos de emisión de gases de
    efecto invernadero en la Comunidad y por la que
    se modifica la Directiva 96/61/CE (IPPC) del
    Consejo.
  • Directiva 2004/101/CE por la que se modifica la
    Directiva por la que se establece un régimen para
    el comercio de derechos de emisión de la
    Comunidad respecto a los mecanismos basados en
    proyectos del Protocolo de Kyoto.
  • Decisión 280/2004/CE relativa a un mecanismo para
    el seguimiento de las emisiones de gases de
    efecto invernadero en la Comunidad y para la
    aplicación del Protocolo de Kyoto.
  • Comunicación de la Comisión Europea relativa a
    Orientaciones para los Estados Miembros sobre la
    aplicación de los criterios del anexo III de la
    Directiva 2003/87/CE.
  • Directrices para la elaboración del segundo PNA
    aprobadas por la Comisión 22/12/2005.

19
5. CDE Directiva 2003/87/CE
  • GEI dióxido de carbono, metano, óxido de
    nitrógeno, hidrofluorocarbono, perfluorocarbono y
    hexafluoruro de azufre.
  • Actividades Instalaciones de combustión gt 20 MW,
    refinerías, coquerías, producción y
    transformación de metales férreos, industrias
    minerales (cemento, vidrio, cerámica, ladrillos)
    y papel.
  • Base de funcionamiento. Asignación de derechos de
    emisión basados en toneladas equivalentes de CO2
    y transferibles.
  • Método de asignación
  • 2005-2008 asignación gratuita de al menos el
    95.
  • 2008-2012 asignación gratuita de al menos el
    90.
  • Régimen sancionador. Multa por no presentación
    derechos (antes del 30 de abril de cada año)
    2005-2007 40 y 2008-2012 100 .
  • La CE comenzará en breve la revisión de la
    Directiva 2003/87/CE sobre el CDE (necesidad de
    simplificar nuevos PNA).

20
5. CDE Normativa desarrollada por España
  • Transposición Directiva 2003/87/CE
  • RD-L 5/2004, de 27 de agosto, por el que se
    regula el régimen del CDE de GEI.
  • Ley 1/2005, de 9 de marzo, que convalida el RD-L
    5/2004.
  • RD-L 5/2005, de 11 de marzo, por el que se
    modifica la Ley 1/2005.

21
5. CDE Normativa desarrollada por España
  • Registro
  • RD 1264/2005, de 21 de octubre, por el que se
    regula la organización y funcionamiento del
    registro nacional de derechos de emisión.
  • Seguimiento
  • RD 1315/2005, de 4 de noviembre, por el que se
    establecen las bases de los sistemas de
    seguimiento y verificación de emisiones de GEI en
    las instalaciones incluidas en el ámbito de
    aplicación de la Ley 1/2005.

22
5. CDE Ley 1/2005
  • Ámbito de aplicación del sector energético
    Instalaciones de producción con una potencia
    térmica nominal de más de 20 MW, refinerías de
    hidrocarburos y coquerías.
  • Método de asignación.
  • 2005 -2007 100 asignación gratuita, salvo lo
    dispuesto para los nuevos entrantes.
  • 2008-2012 90 asignación gratuita.
  • Reserva nuevos entrantes. Se tendrá en cuenta el
    orden temporal de solicitud, el uso de
    tecnologías energéticamente eficientes y
    criterios de cohesión territorial.
  • Registro Nacional. Regulado y gestionado por la
    Administración General del Estado (MMA).
  • Objeto. Inscripción de todas las operaciones
    relativas a la expedición, titularidad,
    transmisión, transferencia, entrega, retirada y
    cancelación de derechos de emisión.
  • Iberclear sociedad que lleve a cabo la gestión
    técnica del Registro Selección herramienta
    software Seringas.
  • Régimen sancionador infracciones muy graves,
    graves y leves.

23
5. CDE RD 1866/2004
  • El RD 1866/2004 establece el PNA español para el
    periodo 2005-2007.
  • Objetivo escenario básico 2005-2007.
    Estabilización en la media de las emisiones de
    los 3 últimos años disponibles (2000-2002), con
    un incremento adicional del 3,5 de las emisiones
    de CO2 de los sectores de la directiva, para
    nuevos entrantes.
  • Reparto del esfuerzo de reducción de emisiones se
    efectúa entre los sectores de la Directiva (40)
    y los no incluidos (60).
  • Esfuerzo de reducción adicional tendrá lugar en
    el periodo 2008-2012 las emisiones no deberían
    de sobrepasar en más de un 24 las emisiones de
    1990.
  • Objetivo limitación PK (15).
  • Estimación absorción sumideros (2).
  • Créditos procedentes mercado internacional (7).

24
5. CDE RD 1866/2004
  • Asignación sectores incluidos 174,564 MtCO2/año.
  • Reparto 157,286 Mt CO2/año.
  • Reserva nuevos entrantes 2,994 Mt CO2/año.
  • Cogeneraciones e instalaciones mixtas sectores no
    numerados en Anexo I 13,920 Mt CO2/año.
  • Reserva cogeneraciones e instalaciones mixtas
    sectores no numerados en Anexo I 0,364 Mt
    CO2/año.
  • Número final de instalaciones incluidas 957
  • Sector Eléctrico 204.
  • Sectores Industriales 586 Refino 13
  • Instalaciones no Anexo I 167

25

6. Sectores afectados por la Directiva
2003/87/CE Mercados energéticos
  • El comercio de derechos de emisión supone una
    oportunidad para que las empresas puedan
    participar en la búsqueda de soluciones al cambio
    climático.
  • Oportunidades económicas y de mercado
  • Menor coste de reducción de emisiones.
  • Mayor flexibilidad para cumplir los objetivos de
    reducción.
  • Etc.

26

6. Sectores afectados por la Directiva
2003/87/CE Mercados energéticos
  • Oportunidades medioambientales
  • Facilitar el cumplimiento del PK.
  • Mayor flexibilidad.
  • Establecimiento de objetivos y calendarios
    concretos.
  • Incentivo de nuevas tecnologías.
  • Mayor vigilancia y control.

27

6. Sectores afectados por la Directiva
2003/87/CE Mercados energéticos
  • El sector energético es considerado como el
    sector clave de los afectados por la Directiva
    europea del comercio de derechos de emisión.
  • En general, la gran preocupación de la industria
    energética se fundamenta en el posible impacto
    económico que puede suponer para su sector el
    cumplimiento de las obligaciones de la Directiva.
  • El discurso de todos los sectores afectados es
    similar las inversiones para reducir la
    contaminación ya están hechas y el margen de
    mejora es mínimo.

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6. Sectores afectados por la Directiva
2003/87/CE Mercados energéticos
  • Sector eléctrico
  • Las emisiones específicas de las centrales
    termoeléctricas se han reducido y seguirán
    reduciéndose, debido principalmente a consumos de
    carbón de mayor calidad, sustitución del carbón
    por el gas natural e incremento de la eficiencia
    energética.
  • Importante esfuerzo en nuevo equipamiento en
    renovables y cogeneración. Lideres en Europa en
    energía eólica junto a Alemania.
  • Sector refino
  • Variación de emisiones LOCALES de CO2 de las
    refinerías Ahorro energético, demanda de
    productos petrolíferos, cogeneración, calidad de
    productos.

29
6. Sectores afectados por la Directiva
2003/87/CE Mercados energéticos
  • Variación de emisiones GLOBALES de CO2 de las
    refinerías cogeneración, calidad de productos,
    biocarburantes.
  • Sector del gas natural
  • La actividad de este sector no genera por si
    misma una cantidad significativa de gases de
    efecto invernadero.
  • Forma parte de los instrumentos que se disponen
    en la actualidad para reducir en breve plazo las
    emisiones de gases.

30

7. MDL. Introducción
  • Las empresas energéticas pueden acudir a otros
    mecanismos, además del CDE, para poder cumplir
    sus obligaciones con el PNA español MDL.
  • Con la utilización de este instrumento, las
    empresas energéticas pretenden fundamentalmente
    complementar las medidas internas de reducción de
    emisiones necesarias para cumplir el compromiso
    establecido en el PNA, limitando así su impacto
    sobre la competitividad.

31

7. MDL. Introducción
  • El lugar físico donde se alcance la consecución
    del objetivo de reducción o limitación de las
    emisiones de GEI establecido en el PK no es
    relevante.
  • Los mecanismos de flexibilidad basados en
    proyectos MDL son los más apropiados y
    accionables para las empresas para la obtención
    de créditos de emisión mediante la ejecución de
    proyectos de reducción de emisiones en otros
    países.

32
7. MDL. Esquema
CERs
PAIS INVERSOR PROMOTOR DEL PROYECTO
PAIS ANFITRIÓN PROYECTO
TECNOLOGÍA
CAPITAL
AUTORIDAD NACIONAL DESIGNADA
ENTIDAD OPERAC. DESIGNADA
JUNTA EJECUTIVA
33

7. MDL Aspectos básicos
  • ART. 12 PK
  • Este mecanismo habilita a un país del Anexo I de
    la CMNUCC a financiar proyectos para reducir
    emisiones de GEI en otros países del No - Anexo I
    para que alcancen sus objetivos de reducción de
    emisiones.
  • Permiten la creación, adquisición y transferencia
    de Certificados de Reducción de Emisiones (CERs).
  • Las reducciones certificadas de emisiones
    alcanzadas durante el periodo 2000-2008 pueden
    almacenarse y utilizarse como créditos en los
    países industrializados para lograr el
    cumplimiento en el primer periodo (2008-2012).
  • Nota. La Directiva Linking abre las puertas al
    uso de CERs en el periodo 2005-2007.

34
7. MDL Objetivos
  • Contribuir a la mitigación del cambio climático
  • Ayudar a los países industrializados (Anexo I) en
    el cumplimiento de sus compromisos de reducción
    de GEI y,
  • Contribuir a los objetivos de desarrollo
    sostenible de los países No Anexo I.

35

7. MDL beneficios
  • PAÍS INVERSOR. Adquirir créditos de emisión a
    través de proyectos en los países No Anexo I,
    donde los costes de reducción son inferiores a
    los costes equivalentes en los países
    industrializados.
  • PAÍS ANFITRIÓN Recibir inversiones extranjeras y
    transferencia de tecnología más eficiente y
    avanzada que la propia.

36

7. MDL condiciones de elegibilidad
  • Los proyectos se desarrollarán de manera
    voluntaria.
  • Reducciones de emisiones de GEI reales y
    mesurables.
  • Reducciones de emisiones de GEI adicionales.
  • Adicionalidad Una actividad de proyecto es
    adicional si las emisiones de GEI de origen
    antropogénico se reducen por debajo de las que
    hubieran ocurrido en la ausencia de la actividad
    de proyecto propuesta.
  • Línea Base o Escenario de Referencia de una
    actividad de proyecto MDL es el escenario que
    razonablemente representa las emisiones de GEI de
    origen antropogénico que hubieran ocurrido en la
    ausencia de la actividad de proyecto propuesta.

37

7. MDL condiciones de elegibilidad
  • Metodologías de Líneas base. Son las metodologías
    que se emplean para establecer la línea base y el
    plan de seguimiento. 2 tipos
  • Metodologías aprobadas por la UNFCCC.
  • Metodología de nuevo desarrollo.
  • Contribución al Desarrollo sostenible del país
    anfitrión. 
  • Criterios sociales.
  • Criterios económicos.
  • Criterios ambientales. 
  • El proyecto deberá tener un periodo de
    acreditación limitado. 2 tipos
  • Renovable 3 periodos de 7 años.
  • Mixto 10 años, no renovable.

38
7. MDL Condiciones de participación en un
proyecto
  • PAÍS ANFITRIÓN
  •  
  • Ratificación del PK .
  • Ser país No Anexo I.
  • Designar una Autoridad Nacional para la actividad
    de proyecto de MDL.
  • La participación en una actividad de proyectos
    MDL debe ser voluntaria.
  • PAÍS INVERSOR
  • Ratificación del PK.
  •  
  • Ser país del Anexo I.
  • Participación voluntaria.
  •  
  • Designar una Autoridad Nacional.
  •  
  • Establecer y tener en funcionamiento guías y
    procedimientos nacionales para aprobar proyectos
    MDL.
  • Establecer un Registro Nacional.
  •  
  • Asignar y llevar control de los derechos de
    emisión del país.

39
7. MDL normativa UE
  • DIRECTIVA 2004/101/CE (LINKING)
  • Objetivo esencial. Reconocer los créditos MDL y
    AC como equivalentes a los derechos de emisión de
    la UE para permitir su uso en el régimen
    comunitario.
  • Principales puntos
  • Comienzo del periodo de validez.
  • Expedición a partir de 2005 (MDL y AC).
  • Comercialización a partir de 2005 (MDL) y 2008
    (AC).
  • Limitación cuantitativa de créditos Tope no
    armonizado a nivel instalación para el periodo
    2008-2012.
  • Limitación cualitativa de créditos
  • Proyectos Hidroeléctricos gt20 MW Criterios de
    la Comisión Mundial de Presas.
  • Proyectos cuyos créditos no se pueden utilizar
    en el régimen comunitario

40
7. MDL Instituciones relacionadas
  • JUNTA EJECUTIVA (JE). Órgano encargado de la
    supervisión de toda actividad de proyecto MDL.
  • Funciones Desarrollar y acordar sus reglas
    procedimentales, acreditación de las Entidades
    Operacionales Designadas, desarrollar y mantener
    el Registro de proyectos MDL, emisión de CERs,
    etc.
  • ENTIDAD OPERACIONAL DESIGNADA (DOE). Entidad
    acreditada ante la JE.
  • Funciones Validar las actividades de proyecto
    MDL y Verificar y certificar reducciones en las
    emisiones antropogénicas por las fuentes de GEI.
  • Designación válida por 3 años (re-acreditación).
  • 12 entidades acreditadas (actualmente) JQA, DNV
    cert, TUV Industrie Service, JCI, SGS, TÜV
    Rheinland, AENOR, JACO, KPMG, BVQI Holding S.A,
    KEMCO y RWTUV.
  • AUTORIDAD NACIONAL DESIGNADA (AND). Organismo
    designado por un país que ha ratificado el PK con
    la responsabilidad de supervisar y aprobar toda
    actividad relacionada con el MDL que sea llevada
    a cabo en dicho país.

41
7. MDL Ciclo de un proyecto
42
7. MDL Ciclo de un proyecto
  • DISEÑO Y FORMULACIÓN DEL PROYECTO DOCUMENTO DE
    DISEÑO DEL PROYECTO (DDP)
  • Elaboración del documento del proyecto por parte
    del promotor y aprobación del mismo por parte de
    las Autoridades Nacionales del país promotor y
    del país inversor.
  • Pasos a seguir
  • Primer paso. Idea del Proyecto Identificación y
    formulación de potenciales proyectos MDL por
    parte del promotor.
  • Nota. 50 de los proyectos actuales son de
    captación de metano y uso de biomasa al ser los
    que tienen mayor atractivo económico.
  • Segundo Paso. Se inicia una vez que el promotor,
    convencido de la viabilidad de su proyecto,
    decide llevarlo a la práctica como proyecto MDL,
    y decide elaborar el DDP.

43
7. MDL Ciclo de un proyecto
  • SECCIONES PRINCIPALES QUE CONTIENE EL DDP
  • Descripción general del proyecto.
  • Metodología aplicada para calcular línea base.
  • Duración del proyecto/ periodo de acreditación
    seleccionado.
  • Plan y metodología de seguimiento.
  • Cálculo de las emisiones de GEI.

44
7. MDL Ciclo de un proyecto
  • AUTORIZACIÓN POR LOS PAÍSES INVERSIONISTAS Y
    ANFITRIONES
  • Sobre la base del DDP, el promotor debe
    solicitar la aprobación del mismo a
  • AND del país de origen.
  • AND del país receptor del proyecto.

45
7. MDL Ciclo de un proyecto
  • VALIDACIÓN DEL PROYECTO (DOE)
  • Proceso de evaluación independiente de un
    proyecto por una DOE para comprobar si se cumplen
    los requisitos establecidos para el MDL en base
    al DDP.
  • El participante que ha elaborado el proyecto es
    el responsable de los arreglos necesarios para
    llevar a cabo la etapa de validación, incluyendo
    la contratación de las Entidades Operacionales.
  • Si se determina que la actividad de proyecto
    propuesta es válida, la DOE presentará a la JE
    una solicitud de registro en forma de informe de
    validación.

46
7. MDL Ciclo de un proyecto
  • REGISTRO (JE)
  • Constituye la aceptación formal por parte de la
    JE un proyecto validado como una actividad de
    proyecto MDL.
  • La solicitud para el Registro oficial del
    proyecto bajo el MDL es responsabilidad de la DOE
    encargada de la validación del proyecto.

47
7. MDL Ciclo de un proyecto
  • IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO POR LAS PARTES DEL
    PROYECTO
  • El Seguimiento debe ser ejecutado por el
    participante que ha elaborado el proyecto, a lo
    largo del período de crédito, y de acuerdo a su
    respectivo Plan de Seguimiento previamente
    validado como parte del DDP.
  • El Plan de Seguimiento tiene como objetivo que el
    promotor del proyecto suministre a la DOE los
    datos del mismo para su correspondiente
    verificación.

48
7. MDL Ciclo de un proyecto
  • VERIFICACIÓN (DOE)
  • Revisión periódica independiente y determinación
    ex-post de las reducciones de GEI que han tenido
    lugar como resultado del proyecto del MDL
    registrado.
  • La verificación debe ser efectuada por una DOE,
    distinta a la que realizó la Validación, y es
    responsabilidad del promotor del proyecto
    organizar y proceder a los arreglos contractuales
    con la entidad operacional.
  • El Informe de Verificación de la Entidad
    Operacional establecerá las Reducciones
    verificadas de emisiones (CERs) que el proyecto
    ha generado durante el periodo de operación del
    mismo y que ha sido objeto de inspección.
  • No están establecidos requerimientos específicos
    sobre la periodicidad de verificación. La
    periodicidad de la verificación debe ser
    establecida por el participante que ha elaborado
    el proyecto.

49
7. MDL Ciclo de un proyecto
  • CERTIFICACIÓN (DOE)
  • Declaración escrita, por parte de la Entidad
    Operacional contratada, en la que afirma que,
    durante el correspondiente período, el proyecto
    consiguió la reducción de las emisiones de GEI
    que se han verificado y que no se habrían
    producido de no realizarse el proyecto MDL.
  • La Entidad Operacional informará por escrito de
    su decisión de certificación a los participantes
    en el proyecto, a las partes interesadas y a la
    Junta Ejecutiva y pondrá el informe
    correspondiente a información pública.

50
7. MDL Ciclo de un proyecto
  • EXPEDICIÓN DE CERs
  • El Informe de Certificación constituirá una
    solicitud a la JE para la expedición de los CERs
    equivalentes a las reducciones de emisiones de
    GEI que hayan sido verificadas y, posteriormente,
    certificadas por parte de la Entidad Operacional.
  • El administrador del registro del MDL, una vez
    que reciba la instrucción de la JE de expedir los
    CERs correspondientes, procederá a
  • Transferir un 2 (aproximadamente) de la cantidad
    de CERS devengados para sufragar los gastos
    administrativos y ayudar a hacer frente a los
    costes de adaptación del país anfitrión.
  • Transferir los CERs restantes a las cuentas
    registro del promotor/es del proyecto.

51
7. MDL Ciclo de un proyecto
  • CALENDARIO ORIENTATIVO
  • Tiempo de desarrollo proyecto MD
  • Periodo administrativo.
  • Construcción y puesta en marcha.

52
7. MDL Proyectos de pequeña escala
  • Los Acuerdos de Marrakech reconocieron que los
    costos de transacción involucrados en la
    aprobación e implementación de proyectos MDL
    puede impactar significativamente en la
    viabilidad de los proyectos MDL más pequeños.
  •  
  • En base a lo anterior, se decidió que la JE
    elaborara modalidades y procedimientos
    simplificados para los proyectos de pequeña
    escala, para reducir los costos de transacción
    en varios aspectos agrupación de proyectos,
    requisitos del DDP, etc.
  • 3 tipos de proyectos elegibles para los
    procedimientos simplificados
  • Proyectos de energía renovables con una capacidad
    de producción equivalente máxima de hasta 15 MW.
  •  
  • Proyectos con actividades para mejorar la
    eficiencia energética, los cuales reduzcan el
    consumo de energía por un equivalente de hasta
    un máximo de 15 GWh por año.
  •  
  • Otros proyectos con actividades que reduzcan las
    emisiones antropogénicas por las fuentes y emitan
    directamente menos de 15 kilotoneladas de CO2 al
    año.

53

7. MDL Proyectos de pequeña escala
  •  Los procedimientos y modalidades de los
    proyectos de pequeña escala se simplificarán para
    reducir los costos de transacción en varios
    aspectos
  • Las actividades de proyectos podrán asociarse o
    agruparse por grupos de actividades en las fases
    de diseño de proyecto, validación, registro,
    seguimiento, verificación y certificación.
  • Se reducen los requisitos del Documento del
    Proyecto Documento de Proyecto simplificado.
  • Se simplifican los métodos para determinar la
    base de referencia.
  • Se simplifican los planes y requisitos de
    seguimiento.

54
7. MDL Proyectos de forestación y reforestación
  • DIFERENCIAR entre
  • Proyectos de sumideros como tercera vía que
    establece el PK para cumplir los compromisos
    adquiridos.
  • La utilización directa de créditos por el empleo
    de sumideros corresponde a los países.
  • España. El Gobierno ha fijado en un máximo de un
    2 la estimación de absorción de sumideros.
  • Proyectos de sumideros como proyectos MDL/AC.
  • Proyectos de sumideros como proyectos MDL/AC bajo
    el PK. El PK permite la inclusión de proyectos de
    sumideros como proyectos MDL/AC con un límite del
    1 de las emisiones base anuales de un país Anexo
    I durante el periodo 2008-2012 (límite efectivo
    del 5).
  • Proyectos de sumideros como proyectos MDL/AC bajo
    la Directiva Linking. La Directiva Linking no
    reconoce los créditos que puedan generarse
    gracias a actividades de usos del suelo, cambios
    de uso del suelo y silvicultura.

55
7. MDL Oferta de CERs
  • La oferta de créditos CERs se está generando de 2
    formas
  • Países inversores o demandantes inicialmente
  • Países anfitriones u oferentes recientemente los
    países anfitriones impulsan la generación de
    proyectos MDL en sus territorios.

56
7. MDL. Financiación de las inversiones en
proyectos
  • 2 posibles modelos de financiación
  • ACCIÓN DIRECTA
  • Modelo unilateral. País anfitrión.
  • Modelo Bilateral. Cuando un país inversor o
    compañía invierte directamente en un país
    anfitrión.
  • ACCIÓN INDIRECTA o modelo multilateral. Cuando un
    país o compañía invierte en un Fondo de Carbono
    (Banco Mundial, nacionales, privados).

57
7. MDL. Fondos de carbono
  • Instrumento financiero de inversión colectiva en
    proyectos de MDL / AC.
  • Partícipes Gobiernos y compañías.
  • El Fondo invierte los recursos aportados en
    proyectos de MDL y AC y retribuye a los
    inversores, en proporción a sus participaciones,
    con créditos de emisión- CERs o ERUs- obtenidos
    en los proyectos financiados.
  • Ventajas
  • Economías de escala.
  • Diversificación del riesgo.
  • Precios atractivos.
  • Coordinación.
  • Sinergias.

58
7. Fondos de carbono. Principales experiencias
  • Fondos del Banco Mundial.
  • Fondo Global para el Medioambiente (GEF).
  • Fondo Prototipo de Carbono (PCF).
  • Fondo de Biocarbono.
  • Fondo de Carbono para el Desarrollo Comunitario
    (CDCF).
  • Fondos Nacionales España, Italia, Alemania,
    Holanda, Australia, Argentina, etc.
  • Fondos Privados
  • GG-CAP Natsource.
  • FC2E.

59
7. Fondos de carbono. Principales experiencias
  • ESPAÑA FONDO ESPAÑOL DE CARBONO (FEC)
  • España ha constituido con el Banco Mundial un
    fondo de carbono especifico para la compra de
    créditos MDL y AC, que permitan el cumplimiento
    del compromiso español de Kioto.
  • Invertirá en proyectos de energías renovables,
    biomasa y residuos agrícolas, gestión de desechos
    urbanos, procesos industriales (mejora de la
    eficiencia energética), etc.
  • El PNA Español prevé cubrir con créditos MDL/AC
    100 Mt CO2 para el periodo 2008-2012, es decir un
    7.
  • Opciones presentadas por el Estado español para
    financiar los antedichos 100 Mt CO2

60
7. Fondos de carbono. Principales experiencias
  • Financiación Pública (una parte) 40 - 205 M .
  • Creación del Fondo Español de Carbono (FEC) 170
    M para 34 Mt CO2.
  • Participación en los fondos de carbono
    desarrollados por el BM (CDCF y Fondo de
    Biocarbono) 30M para 6 Mt CO2.
  • Aportación al Programa de Asistencia Técnica
    CFAssist 5 M .
  • Corporación Andina de Fomento (CAF) 47 M para 9
    Mt CO2
  • Otra financiación alternativas pendientes de
    definición (en su mayoría).
  • Aportación de las empresas fuera de la Directiva.
  • Aportación empresas de la Directiva. Aportación
    mínima 1mill .
  • Financiación vía imposición fiscal.
  • Subasta hasta el 10 de los derechos de
    asignación 2008-2012.
  • Otras posibles fuentes de créditos.

61
7. MDL. Memorandos de Entendimiento (MoUs)
  • Formalizan la cooperación en materia de MDL entre
    países implicados en la ejecución de un proyecto
    de este tipo, con la finalidad de que ambas
    Partes alcancen sus objetivos bajo la CMNUCC y el
    PK.
  • España ha firmado MoUs con Perú, Argentina,
    Brasil, Colombia, Marruecos, México, Panamá,
    Uruguay, República Dominicana, Bolivia, Costa
    Rica, Ecuador, Guatemala, Chile, Paraguay y San
    Salvador.

62

7. MDL. Memorandos de Entendimiento (MoUs)
  • COMPROMISOS PRINCIPALES
  • Promover la identificación y el conocimiento de
    las oportunidades para realizar actividades de
    proyectos.
  • Promover el desarrollo y la puesta en marcha de
    actividades, y proyectos así como facilitar el
    acercamiento entre actores.
  • Fortalecer la interacción entre los firmantes y
    otras instituciones de ambos países relacionadas
    con el cambio climático.
  • Intercambiar información entre los firmantes
    sobre los criterios, procedimientos de aprobación
    y directivas.
  • Fomentar la transferencia de tecnología para
    reducir emisiones de GEI y aumentar las
    remociones netas de estos gases.
  • Incrementar la cooperación técnica para la mejora
    de las capacidades de la parte huésped.

63
7. MDL Principales barreras de entrada
  • Procesos de tramitación largos, lentos y
    complicados.
  • Altos costes de transacción.
  • Riesgos de preimplementación.
  • Riesgo país.
  • Riesgos proyectos (operativos, tecnológico y
    económico)
  • Oferta de MDL escasa en el medio plazo.

64
7. Opciones de inversión del sector empresarial
ante los MDL/AC
  • Participación en fondos de carbono nacionales.
  • Participación en otros fondos de carbono (Banco
    Mundial).
  • Desarrollo de un portfolio de proyectos propio.
  • Compra de créditos CERs/ERUs directamente en el
    mercado.
  • Negociación de contratos bilaterales con los
    promotores de proyectos.

65
7. MDL Proyectos presentados por continentes
Fuente CMNUCC
66
7. Proyectos registrados por la JE
  • Hasta el 23 de febrero de 2006, la JE ha
    registrado 100 solicitudes de registro de
    proyectos MDL
  • Gran escala 52 proyectos (principalmente en
    India, Brasil, México, Bolivia, Chile, Corea,
    China, etc.)
  • Pequeña escala 48 proyectos (principalmente en
    la India, Honduras, Panamá, Sri Lanka, Moldavia,
    etc.).

67
7. Proyectos registrados por la JE
Fuente CMNUCC
68
7. Proyectos registrados por la JE
Fuente CMNUCC
69
7. Proyectos registrados por la JE
NÚMERO PROYECTOS REGISTRADOS POR PAÍS ANFITRIÓN
Fuente CMNUCC
70
7. Proyectos registrados por la JE
Fuente CMNUCC
71
7. Proyectos registrados por la JE
Fuente CMNUCC
72
7. Proyectos registrados por la JE
Fuente CMNUCC
73
7. Proyectos registrados por la JE
Fuente CMNUCC
74
7. Proyectos registrados por la JE
Fuente CMNUCC
75
7. Proyectos registrados por la JE
Fuente CMNUCC
76
7. Proyectos registrados por la JE
Fuente CMNUCC
77
7. Proyectos registrados por la JE
Fuente CMNUCC
78
7. Proyectos registrados por la JE
Fuente CMNUCC
79
8. Conclusiones
  • La entrada en vigor del Protocolo de Kioto supuso
    un primer logro para la reducción global de las
    emisiones de GEI y la lucha contra el cambio
    climático.
  • Los mecanismos basados en proyectos y,
    concretamente los MDL, tienen la misma lógica
    económica y ambiental que el comercio
    internacional de derechos de emisión.
  • Los MDL constituyen una herramienta fundamental
    para alcanzar los compromisos de reducción de los
    países industrializados y una verdadera
    oportunidad para los países anfitriones para
    conseguir asistencia financiera para el
    desarrollo sostenible y transferencia de
    tecnología.

80
8. Conclusiones
  • Los países No Anexo I (entre ellos Latinoamérica)
    cuentan con una oportunidad de negocio importante
    como países anfitriones en el desarrollo de
    proyectos de inversión MDL. El abanico de futuros
    inversores es muy amplio, no limitándose
    únicamente a Europa y al sector energético.
  • Por tanto, los reguladores energéticos
    Latinoamericanos tienen ante sí una oportunidad
    histórica para encauzar el desarrollo energético
    sostenible aprovechando las iniciativas y los
    recursos adicionales del MDL.

81
8. Conclusiones
  • Por otra parte, cabe indicar que países como
    China e India con un volumen de oferta efectiva
    creciente, una amplia cartera de proyectos y una
    flexibilización y simplificación de los
    procedimientos están atrayendo numerosas
    inversiones descartando a países con las mismas
    posibilidades iniciales.
  • En España existen un número considerable de
    compañías que ya están trabajando en proyectos
    MDL para su registro por la JE. Ej Endesa,
    Iberdrola, Unión Fenosa, HC Energía. Viesgo-Enel,
    Gamesa, Acciona, Repsol YPF, Cepsa, etc.

82
8. Conclusiones
  • No obstante, es preciso indicar la existencia de
    algunos obstáculos que dificultan la concreción
    de proyectos MDL destacando especialmente
  • Dificultades procedimentales y burocráticas.
  • Rentabilidad de los proyectos VS derechos de
    emisión proyectos.
  • Dificultades regulatorias.
  • Es el momento idóneo para poder apoyar e impulsar
    la tramitación de los proyectos MDL por parte de
    América Latina.

Carmen Fernández Rozado Consejera de la Comisión
Nacional de Energía de España cfr_at_cne.es
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