Title: Diputado Alejandro Navarro Brain
1FISCALIZACIÓN DE EXTINTORES
- Diputado Alejandro Navarro Brain
- 2003
2INTRODUCCIÓN
La ocurrencia de un incendio se debe a dos
razones acciones inseguras y condiciones
inseguras y como resultado se generan daños a las
personas y a la propiedad. Al generarse un
incendio aparecen múltiples cambios ambientales,
los cuales, pueden ser detectados por el ser
humano a través del olfato o la vista
discriminando así un fuego inofensivo o
peligroso, debido al cansancio, la fatiga estos
sentidos no son fiables y en su reemplazo se han
desarrollado sofisticados sistemas y dispositivos
electrónicos para la detección de Incendio que
bien emplazados brindarán máxima seguridad. Pero
Es suficiente? Cumple el país con un alto
nivel tecnológico ?
3Un recorrido por el centro de la capital
demuestra que a nivel de grandes empresas, como
son las entidades bancarias, - entre otras-, no
existe control ni responsabilidad en el cuidado
de la seguridad de las personas ni tampoco del
propio patrimonio.
La prevención de Incendios hace algún tiempo era
considerada como algo de menor importancia por
ser un acontecimiento poco habitual, en Chile
recién en el año 1848 nacen los primeros indicios
de normalización, pero a partir de 1944 ya se
crea en forma sistemática y organizada el
INDITECNOR (Instituto de Investigación
Tecnológica y Normalización).
En el año 1973, se crea el INN fundación privada
dependiente de la Corporación de la Producción
que tiene por objetivo Formular Normas, Aplicar
Normas y Revisar Normas.
4- Pero las Normas Técnicas no sólo deben brindar
seguridad en la prevención de Incendio, sino que
también debe complementarse con la seguridad
hacia las personas. - En Chile existen 22 normas relacionadas con
extintores, sin embargo, solamente 8 de ellas se
exigen a través del Decreto Supremo 369 del
Ministerio de Economía, las que son menos
relevantes en términos de seguridad. - El D.S 594 de Salud de 1999 que reglamenta
sobre condiciones sanitarias y ambientales
básicas en los lugares de trabajo establece que - Los extintores deberán ser sometidos a revisión,
control y mantención preventiva, según normas
chilenas oficiales, realizada por el fabricante o
servicio técnico de acuerdo con lo indicado en el
decreto N 369 de 1996, del Ministerio de
economía, por lo menos una vez al año, haciendo
constar esta circunstancia en la etiqueta
correspondiente, a fin de verificar sus
condiciones de funcionamiento.
5La empresa está obligada a mantener en los
lugares de trabajo las condiciones sanitarias y
ambientales necesarias para proteger la vida y la
salud de los trabajadores que en ellos se
desempeñan, sean éstos dependientes directos
o lo sean de terceros contratistas que
realizan actividades para ella. (artículo
3 D.S 594 1999 actualizado D.S 201 de Salud
de 2001).
6Corresponderá a los Servicios de Salud y en la
Región Metropolitana al Servicio de salud del
Ambiente, fiscalizar y controlar el cumplimiento
de las disposiciones del presente reglamento y
las del Código Sanitario en la misma materia,
todo ello de acuerdo con las normas e
instrucciones que imparta el Ministerio de Salud
( Artículo 2 D.S 594 1999). Este control en la
actualidad sólo a las pequeñas empresas y
negocios, pero a nivel de grandes empresas esto
no existe.
7METRO DE SANTIAGO
Extintor de P. Q. S. como agente extintor. Tiempo
de uso mayor de 15 años, basado en modelo y no
especificación de fecha de Fabricación en el
cilindro. No posee identificación de
certificación y no cumple especificaciones de
rotulación establecidas en Decreto, 369 de
Economía de 1996. Trabajo realizado en los
talleres del Metro por empresa Magochic.
8FALABELLA
Extintor N 8 de P. Q. S. como agente extintor.
Tiempo de uso mayor de 20 años, basado en modelo
y no especificación de fecha de fabricación en el
cilindro. No posee identificación de
certificación y no cumple especificaciones de
rotulación lo anterior establecido en Decreto,
369 de Economía de 1996. Procedencia nacional.
Trabajo realizado por Teccin.
Extintor N 4 de P. Q. S. como agente extintor.
Tiempo de uso mayor de 20 años, basado en modelo.
No posee identificación de certificación y no
cumple especificaciones de rotulación lo anterior
establecido en Decreto,369 de Economía de 1996.
Procedencia Importado Marca SESISA Manguera
rota. Trabajo realizado por Teccin.
9BANCO ESTADO
Extintor de P. Q. S. como agente extintor. Tiempo
de uso mayor de 10 años, basado en modelo y no en
especificación de fecha de fabricación en el
cilindro. No posee identificación de
certificación y no cumple especificaciones de
rotulación, lo anterior establecido en Decreto
369 de Economía de 1996. Presurizado con botellín
interior. Procedencia importado por Eurocomercial
10INSTITUTO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN
Extintor de P. Q. S. como agente extintor. Tiempo
de uso mayor de 15 años, basado en modelo y no
especificación de fecha de fabricación en el
cilindro. posee identificación de certificación
del laboratorio IDIEM N 004654 ADULTERADA No
cumple especificación de rotulación lo anterior
establecido en Decreto, 369 de Economía de 1996.
Procedencia Nacional.. Trabajo realizado por
Interprise.
11BANCO EDWARDS
Extintor N 2 de P. Q. S. como agente extintor.
Tiempo de uso mayor de 15 años (basado en
modelo). No posee identificación de certificación
no cumple especificaciones de rotulación lo
anterior establecido en Decreto 369 de Economía
de 1996. Procedencia Nacional Trabajo realizado
por England.
12BANCO DE CHILE
Extintor N 12 de P. Q. S. como agente extintor.
Tiempo de uso mayor de 15 años (basado en
modelo). No posee identificación de
certificación no cumple especificaciones de
rotulación lo anterior establecido en Decreto 369
de Economía de 1996. Procedencia Nacional.
Trabajo realizado por Fire Fox.
13MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Extintor N 9 de P. Q. S. como agente
extintor.Tiempo de uso mayor de 15 años (basado
en modelo), y no especificación de fecha de
fabricación en el cilindro. No posee
identificación de certificación., no cumple
especificaciones de rotulación lo anterior
establecido en Decreto, 369 de Economía de 1996.
Procedencia Nacional. Trabajo realizado por
Eurocomercial
14HOTEL PLAZA SAN FRANCISCO
Extintor N 103 y N 104 de P. Q. S. como agente
extintor. Tiempo de uso mayor de 15 años (basado
en modelo), y no especificación de fecha de
fabricación en el cilindro. No posee
identificación de certificación., no cumple
especificaciones de rotulación lo anterior
establecido en Decreto,369 de Economía de 1996.
Procedencia Nacional. Trabajo realizado por
Eurocomercial.
15SUPERMERCADO LIDER
Extintor de P. Q. S. como agente extintor. Tiempo
de uso mayor de 5 años (basado en modelo) y no
especificación de fecha de fabricación en el
cilindro. No posee identificación de
certificación, no cumple especificaciones de
rotulación lo anterior establecido en Decreto,
369 de Economía de 1996. Presurizado con botellín
interior. Procedencia importado por Eurocomercial
16CÁMARA DE DIPUTADOS
Extintor de P. Q. S. como agente extintor. Tiempo
de uso mayor de 5 años. No posee identificación
de certificación y no cumple especificaciones de
rotulación lo anterior establecido en Decreto,369
de Economía de 1996. Procedencia Nacional.