Title: Universidad de Costa Rica Contralora Universitaria
1Universidad de Costa RicaContraloría
Universitaria
- Ley General de Control Interno
- Lic. Carlos García Alvarado, M.A.
2Ley General de Control Interno
- Esta es una Ley para combatir el despilfarro,
la negligencia, la corrupción, el desperdicio de
los recursos públicos. - Dr. Abel Pacheco De La Espriella
- Presidente de la República
- 23 de agosto del 2002
3Objetivos Generales
- Artículo 1.- Contenido y ámbito de
aplicación. - Esta ley establece los criterios mínimos que
deberán observar la Contraloría General de la
República y los entes u órganos sujetos a su
fiscalización, en el establecimiento,
funcionamiento, mantenimiento, perfeccionamiento
y evaluación de sus sistemas de control interno.
4Una reiteración del papel de la Administración en
cuanto al Control Interno.
- Anterior definición de CI
- El CI comprende el plan de organización y el
conjunto de métodos y medidas adoptadas dentro de
una entidad para salvaguardar sus recursos,
verificar la exactitud y veracidad de su
información financiera y administrativa, promover
la eficiencia en las operaciones, estimular la
observancia de la política prescrita, y lograr el
cumplimiento de las metas y objetivos
programados. -
- Nueva definición
- La serie de acciones diseñadas y ejecutadas por
la Administración Activa para proporcionar una
seguridad razonable en torno a la consecución de
los objetivos de la organización,
fundamentalmente en las siguientes categorías a)
Proteger y conservar el patrimonio público contra
cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido,
irregularidad o acto ilegal b) confiabilidad y
oportunidad de la información c) Eficiencia y
eficacia de las operaciones y d) Cumplir con el
ordenamiento jurídico y técnico.
5Control Interno
- Artículo 8. Concepto de sistema de control
interno - Es la serie de acciones ejecutadas por la
Administración Activa, diseñadas para
proporcionar seguridad en la consecución de los
siguientes objetivos - Proteger y conservar el patrimonio público
- Exigir confiabilidad y oportunidad de la
información - Garantizar eficiencia y eficacia de las
operaciones - Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico
6Objetivos Específicos
- Actualizar y fortalecer los mecanismos de
control y fiscalización de la hacienda pública, a
través de - Esclarecer y afirmar las líneas de autoridad y
responsabilidad de todos los agentes que
intervienen en el control de uso y aplicación de
fondos públicos. - Facilitar la operacionalización del sistema
nacional de control de la hacienda pública, cuyo
objetivo principal es velar por la integridad de
los recursos públicos y su adecuada aplicación.
7Un Nuevo Modelo de Control
- Abandonar la visión tradicional del control
externo, por parte de la C.G.R. hacia una visión
de control integral con la participación activa
de la Administración . - Desarrollar una estrategia que genere un proceso
planificado y concertado con los diferentes
actores del control. - Mantener una estrecha coordinación y diálogo con
la administración y los órganos de control. - Promulgación de normativa técnica, la promoción
del control interno como responsabilidad de la
administración.
8Fundamento en Informe COSO(1)
Ambiente de Control
Valoración de riesgos
La información y la Comunicación
Componentes de CI
Actividades de Control
Monitoreo
1) Comité de Organizaciones Patrocinadoras de la
Comisión Treadway, agrupación que reunió la
información sobre tendencias y conocimientos
relativos a control interno a nivel mundial y
presentó una visión actualizada de la materia,
incluyendo el concepto que se encuentra vigente
en los Estados Unidos de América y que ha logrado
reconocimiento en diversos países y
organizaciones internacionales
9Fortalecimiento de los Mecanismos de Control
- Contar con un sistema de valoración de riesgo,
que permita conocer el grado de cumplimiento de
los objetivos de control interno y la eficiencia
del desempeño en la consecución de los objetivos
institucionales. - Es deber de la Administración realizar
auto-evaluaciones que la conduzcan a perfeccionar
el sistema de control interno. - Fortalecimiento de las Auditorías internas.
10Control Interno
- Responsabilidad sobre el C.I.
- ...la mayor responsabilidad por el
establecimiento, la evaluación y el
perfeccionamiento del sistema de control interno
es inherente al jerarca unipersonal o colegiado
de la institución y a sus titulares subordinados - Ejecución del C.I.
- Recurso humano idóneo
- Aceptación de la responsabilidad por la
aplicación en su área específica. - Costo-Beneficio de los controles
- No es lógico ni aceptable implantar controles
cuyo costo sea mayor que el beneficio que de
ellos se espera. - Controles adicionales, complementarios y un
aumento en la Supervisión.
11Fortalecimiento de las Auditorías Internas
- Busca corregir los vacíos normativos actuales de
la Ley Orgánica de la C.G.R. - Las Auditorías internas se establecen como
unidades programáticas del presupuesto
institucional. - Valoración de los puestos de Auditor y
Sub-Auditor - Autorización del Auditor en relación con la
creación, o eliminación de plazas de la
Auditoría interna. - Flexibilización presupuestaria para la creación y
ocupación de plazas.
12Fortalecimiento de las Auditorías Internas
- Se amplían las coberturas de sus competencias de
fiscalización. - Establecimiento de un régimen de prohibiciones
para el personal de auditoría. - Establece un trámite específico para la
aplicación y cumplimiento de las recomendaciones
emitidas por las Auditorías internas.
13Competencias de la Auditoría Interna
- Realizar auditorías o estudios, en relación con
los fondos públicos sujetos a su competencia,
incluidos fideicomisos, fondos especiales y otros
de naturaleza similar. - Verificar el cumplimiento, la validez y la
suficiencia del sistema de control interno. - Verificar que la Administración activa tome las
medidas de control interno señaladas en esta Ley. - Asesoría en materia de su competencia, al jerarca
del cual depende, además, advertir a los órganos
pasivos que fiscaliza sobre las posibles
consecuencias de determinadas conductas o
decisiones, cuando sean de su conocimiento.
14Fortalecimiento del Régimen de Responsabilidad
en Materia de Control
- La Ley propone una definición amplia y clara de
las causales de responsabilidad administrativa y
de sus sanciones, de manera que no se haga vano
el esfuerzo por mejorar el control interno de la
hacienda pública.
15Causales de Responsabilidad Administrativa
- Incurrirán en responsabilidad administrativa el
Jerarca, los titulares subordinados y demás
funcionarios públicos, cuando - Incumplan injustificadamente los deberes
asignados en esta Ley. - Debiliten el sistema de control interno, omitan
perfeccionarlo, mantenerlo y evaluarlo. - No asignen los recursos requeridos a la Auditoría
Interna. - Incumplan sus deberes y responsabilidades en
materia de control interno, incluidas las
recomendaciones de la Auditoría Interna. - Obstaculicen o retrasen el cumplimiento de las
labores del Auditor y demás funcionarios de la
Auditoría Interna.
16Causales de Responsabilidad Administrativa de la
Auditoría Interna
- Incurrirán en responsabilidad administrativa el
Auditor, el Sub-Auditor y demás funcionarios de
la Auditoría Interna cuando - Por dolo o culpa grave incumplan con sus deberes
y funciones. - Infrinjan la normativa técnica aplicable.
- Infrinjan el régimen de prohibiciones.
17Control Interno
Las Normas vienen conformadas por seis grupos de
conceptos
- Concepto de Control Interno, sus objetivos,
componentes y miembros responsables.
- Ambiente de control en la entidad, actitud de
apoyo de los superiores, valores de integridad y
ética, participación del personal en el control
interno.
- Identificación y evaluación de riesgos,
planificación, indicadores de desempeño,
divulgación de planes, cuestionamiento periódico
de los supuestos de planificación.
18Control Interno
- Actividades de control, análisis costo/beneficio
de los controles, separación de funciones
incompatibles, supervisión constante, rotación de
labores, entre otros. - Obtención y comunicación de informaciones
efectivas, calidad y suficiencia de la
información, sistemas de información, archivo
institucional. - Monitoreo del control interno y el ambiente,
desempeño institucional, rendición de cuentas y
toma de acciones correctivas.
19Obtención y comunicación de información efectivas
- La organización debe poner en ejecución los
mecanismos y sistemas más adecuados para obtener,
procesar, generar y comunicar de manera eficaz,
eficiente y económica, la información financiera,
administrativa, de gestión y de otro tipo
requerida en el desarrollo de sus procesos,
transacciones y actividades, así como en la
operación de sus sistemas de control con miras al
logro de los objetivos institucionales.
20Sistemas de información
Calidad y suficiencia de la información
- El control interno debe contemplar los mecanismos
necesarios que permitan asegurar la
confiabilidad, calidad, suficiencia, pertinencia
y oportunidad de la información que se genere y
comunique.
- El sistema de información que diseñe e implante
la organización deberá ajustarse a las
características y ser apropiado para satisfacer
las necesidades de ésta.
21Controles sobre sistemas de información
- Los sistemas de información deberán contar con
controles adecuados para garantizar la
confiabilidad, la seguridad y una clara
administración de los niveles de acceso a la
información y datos sensibles.
22Canales de comunicación abiertos
- Deberán establecerse canales de comunicación
abiertos, que permitan trasladar la información
de manera segura, correcta y oportunamente a los
destinatarios idóneos dentro y fuera de la
institución.
23Archivo institucional
- La institución deberá implantar y aplicar
políticas y procedimientos de archivo apropiados
para la preservación de los documentos e
información que deba conservar en virtud de su
utilidad o por requerimiento técnico o jurídico,
incluyendo los informes y registros contables,
administrativos y de gestión con sus fuentes de
sustento.
24Gracias por su atención.
Lic. Carlos García Alvarado, M.A.
25Universidad de Costa RicaContraloría
Universitaria
- Ley General de Control Interno
- Lic. Carlos García Alvarado, M.A.