Title:
1La formación de los trabajadores técnicos las
políticas de salud y la libre circulación de los
trabajadores como desafíos para la integración en
el MERCOSUR
- Seminario Internacional
- Formación de Trabajadores Técnicos en Salud de
Brasil y del Mercosur - Rio de Janeiro 24-26/Nov/2008
2Contenido
- Conformación del Sistema de Formación de Técnicos
Superiores en el Paraguay - Características de la formación del Técnico
Superior - Problemática en la relación entre formación de
técnicos y la organización del Sistema nacional
de salud
3- Conformación del Sistema de Formación de Técnicos
Superiores en el Paraguay.
4Sistema de formación de Técnicos Superiores
CONSTITUCIÓN NACIONAL
5Constitución Nacional
- Art. 73.- Del Derecho a la Educación y sus Fines
- Toda persona tiene derecho a la educación
integral y permanente, que como sistema y proceso
se realiza en el contexto de la cultura de la
comunidad. Sus fines son el desarrollo pleno de
la personalidad humana y la promoción de la
libertad y la paz, la justicia social, la
solidaridad, la cooperación y la integración de
los pueblos el respeto a los derechos humanos y
los principios democráticos la afirmación del
compromiso con la patria de la identidad
cultural, y la formación intelectual, moral y
cívica, así como la eliminación de los contenidos
educativos de carácter discriminatorios. - La erradicación del analfabetismo y la
capacitación para el trabajo son objetivos
permanentes del sistema educativo.
6Constitución Nacional
- Art. 76.- De las Obligaciones del Estado
- La educación escolar básica es obligatoria. En
las escuelas Públicas tendrá carácter gratuito.
El estado fomentará la enseñanza media, técnica,
agropecuaria, industrial y la superior o
universitaria, así como la investigación
científica y tecnológica. - La organización del sistema educativo es
responsabilidad esencial del Estado, con la
participación de las distintas comunidades
educativas. Este sistema abarcará a los sectores
públicos y privados, así como al ámbito escolar y
extra escolar
7Constitución Nacional
- Art. 78.- De la Educación Técnica
- El estado fomentará la capacitación para el
trabajo por medio de la enseñanza técnica, a fin
de formar recursos humanos requeridos para el
desarrollo nacional - Conformidad de la oferta de formación (perfiles
profesionales) con relación a la demanda real del
país.
8Sistema de formación de Técnicos
CONSTITUCIÓN NACIONAL
MSPyBS LEY 836/80 Código Sanitario
9Ley 836/80. Código Sanitario.
- LIBRO IV DE LOS RECURSOS PARA LA SALUD
- TITULO I DE LOS RECURSOS HUMANOS
- Art.211.- Los recursos humanos para la salud
están constituidos por profesionales
universitarios, técnicos, auxiliares y
voluntarios, habilitados para cumplir tareas
tendientes a la conservación, prevención o
mejoramiento de las condiciones bio-psicosociales
de la población del país, en forma individual o
colectiva. - Art.217.- Para ejercer la condición de técnicos y
auxiliares en ciencias de la salud se requiere.
registrar el certificado expedido por institución
competente, nacional o extranjera, reconocido por
el Ministerio como formadora de recursos humanos
en ciencias de la salud - Art.231.- Se requiere la previa autorización del
Ministerio para la formación o adiestramiento de
técnicos y auxiliares en ciencias de la salud,
con excepción de las Universidades del país.
10Sistema de formación de Técnicos
CONSTITUCIÓN NACIONAL
- MSPyBS
- LEY 836/80
- Código Sanitario
- Registra los certificados (condición para el
ejercicio profesional) - Reconoce las Instituciones Formadoras de Recursos
Humanos en ciencias de la salud
Instituto Nacional de Salud
11Creación del Instituto Nacional de Salud (INS)
- El Instituto Nacional de Salud (INS) fue creado
por Resolución S. G. Nº 41, del 10 agosto de
1994, como un organismo superior dependiente del
Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social
(MSP y BS) de "alcance nacional sectorial y con
la finalidad de promover y desarrollar, - la formación y actualización de los recursos
humanos para la salud, - la investigación científica,
- mejorar la capacidad operativa de los servicios y
la calidad de la atención sanitaria.
12Misión del INS
- Contribuir, con la
- capacitación de los recursos humanos del sector
salud, - la producción y la administración del
conocimiento, - al fortalecimiento del ejercicio de la rectoría
sectorial, - la ampliación de la cobertura sanitaria,
- la calidad de la atención y la participación
social dentro del marco de la equidad y el
desarrollo humano sostenible.
13Visión del INS
- El Instituto Nacional de Salud, es la institución
que ejerce el liderazgo técnico para fortalecer
el ejercicio de rectoría del Ministerio de Salud
Pública y Bienestar Social en el Sector Salud, - contribuyendo en la formulación, evaluación e
implementación de políticas, en las áreas de
formación y capacitación de recursos humanos en
salud pública, - investigación e
- información científica en salud.
14- Reglamento Académico del Instituto Nacional de
Salud (INS), aprobado por Resolución Nº 142/06 de
fecha 13/03/06 del MSPyBS.
15Sistema de formación de Técnicos
CONSTITUCIÓN NACIONAL
- MSPyBS
- LEY 836/80
- Código Sanitario
- Registra los certificados (condición para el
ejercicio profesional) - Reconoce las Instituciones Formadoras de Recursos
Humanos en ciencias de la salud
MEC LEY 1264/98 General de Educación
Instituto Nacional de Salud
16Ley 1264/98. General de Educación
- Art. 47.- La educación superior se ordenará por
la ley de educación superior y se desarrollará a
través de - universidades e
- institutos superiores y
- otras instituciones de formación profesional del
tercer nivel.
17Ley 1264/98. General de Educación
- Art. 48.- Son universidades las instituciones de
educación superior que abarcan una multiplicidad
de áreas específicas del saber en el cumplimiento
de su misión de investigación, enseñanza,
formación y capacitación profesional y servicio a
la comunidad. - Son creadas por Ley y son autónomas.
18Ley 1264/98. General de Educación
- Art. 49.- Son institutos superiores, las
instituciones que se desempeñan en un campo
específico del saber en cumplimiento de su misión
de investigación, formación profesional y
servicio a la comunidad. - Son creadas por Ley (son autónomas?)
19Ley 1264/98. General de Educación
- Art. 50.- Son Instituciones de formación
profesional del tercer nivel, aquellos institutos
técnicos que brindan formación profesional y
reconversión permanente en las diferentes áreas
del saber técnico y práctico, habilitando para el
ejercicio de una profesión. Serán autorizadas por
el Ministerio de Educación y Cultura. - El título de técnico superior permitirá el acceso
al ejercicio de la profesión y a los estudios
universitarios o a los proveídos por los
institutos superiores, que se determinen,
teniendo en cuenta las áreas de su formación
académica.
20Sistema de formación de Técnicos
CONSTITUCIÓN NACIONAL
- MSPyBS
- LEY 836/80
- Código Sanitario
- Registra los certificados (condición para el
ejercicio profesional) - Reconoce las Instituciones Formadoras de Recursos
Humanos en ciencias de la salud
- MEC
- LEY 1264/98
- General de Educación
- Educación Superior
- Universidades
- Institutos Superiores
- Institutos de Formación Profesional del tercer
nivel
Instituto Nacional de Salud
Dirección General de Educación Superior
21- Reglamento de Apertura, Funcionamiento y Cierre
de Institutos Técnicos Superiores, aprobado por
Resolución 237/04, de fecha 02/06/04, de la
Dirección General de Educación Superior, del MEC.
22Reseña histórica
- Dentro de la estructura del MEC, inicialmente la
Educación Técnica, dependía del Departamento de
Enseñanza Técnica y Formación Profesional. - En este periodo la Educación Técnica no tuvo la
preponderancia, la importancia y el protagonismo
que le correspondía. - Los Institutos Técnicos Superiores eran
habilitados paralelamente por el MEC y por el
MSPyBS, cada uno de acuerdo a sus respectivas
disposiciones legales, establecidas para el
efecto. No había vinculación ni articulación
entre ambas secretarías de estado (MEC y MSPyBS). - Resultados
- Los egresados de las Instituciones Formadoras,
habilitadas sólo por el MSP y BS, que pretendían
proseguir sus estudios o trabajar en el
extranjero no podían hacerlo a falta de visación
o legalización de sus documentos por el MEC. - Los egresados de Instituciones Formadoras,
habilitadas sólo por el MEC tenías dificultades
para obtener sus registros profesionales por NO
contar con la visación del Instituto Nacional de
Salud (MSPyBS)
23Reseña histórica
- Para establecer una articulación
interinstitucional, luego de varias reuniones de
trabajo, se acuerda firmar un Convenio de
Cooperación Interinstitucional entre el MEC y el
MSPyBS, en el que se establecen los mecanismos
para apoyar el desarrollo de políticas
educativas, tendientes a fortalecer la formación
de recursos humanos en el área de la s Ciencias
de Salud de los Institutos Técnicos Superiores de
nuestro país. - En este nuevo marco de regulación, actualmente
funcionan 111 Institutos Técnicos Superiores que
ofertan carreras del área de Salud y que en su
mayoría son Instituciones de gestión privada.
24Reseña histórica
Dirección de Institutos Técnicos Superiores
Dirección de Universidades e Institutos Superiores
Dpto. de Enseñanza Técnica y Formación
Profesional
1998
2008
2003
2005
Reestructuración del MEC
Creación de la DITS
121 ITS del sector SALUD
Convenio MEC/MSPYBS
25Sistema de formación de Técnicos
CONSTITUCIÓN NACIONAL
- MSPyBS
- LEY 836/80
- Código Sanitario
- Registra los certificados (condición para el
ejercicio profesional) - Reconoce las Instituciones Formadoras de Recursos
Humanos en ciencias de la salud
- MEC
- LEY 1264/98
- General de Educación
- Educación Superior
- Universidades
- Institutos Superiores
- Institutos de Formación Profesional del tercer
nivel
Instituto Nacional de Salud
Dirección General de Educación Superior
26Apertura de ITS por año
Nuestro Sistema Educativo
1947 Escuela Nacional de Educación Física
Convenio MEC/MSPYBS
27 1
3
1
2
7
5
1
1
7
9
3
31
29
6
11
3
2
28- Características de la formación del Técnico
Superior
29Acceso
- El perfil de ingreso para esta modalidad es el
nivel medio concluido del Sistema Educativo
Nacional. Pudiendo acceder todos los egresados de
cualquier de las modalidades del Bachillerato.
30Perfil de egreso
- El egresado estará capacitado científica y
técnicamente para enfrentar problemas y labores
específicas del área de la salud, bajo la
supervisión del nivel superior del área.
31Carreras ofertadas por el Sistema de Formación
- Enfermería
- Farmacia
- Obstetricia
- Instrumentación Quirúrgica
- Hemoterapia
- Prótesis Dental
- Laboratorio Clínico
- Masaje Terapéutico
- Emergencias Medicas
- Radiología
- Registro e Información en Salud (1 cohorte)
- La carrera de mayor oferta/demanda en las
Instituciones del Nivel Técnico Superior es la
de Enfermería. Responde a la situación actual de
una demanda importante en el país, causada por
la migración de profesionales.
32Carga horaria mínima
- La carga horaria mínima establecida para el nivel
Técnico Superior es de 2500 hs pedagógicas
(Teoría y Práctica) - Especializaciones Modalidad que ofrece un
perfeccionamiento profesional específico de una
carrera, siendo requisito de entrada el título de
Técnico Superior. Se otorga el título de Técnico
Superior Especializado y tiene una carga
horaria mínima de 400 horas reloj. - Capacitación y Actualización Son los Cursos
cortos sobre un tema o disciplina determinada del
área de su competencia. Se otorgan Certificados
de Participación. Tiene una duración 30 hora
reloj.
33- Se promueve
- Una metodología pedagógica de reflexiónacción
para elevar la capacidad crítica de los
estudiantes y para desarrollar las competencias
requeridas para enfrentar los problemas y
exigencias de la profesión. - El uso de técnicas activas de enseñanzaaprendizaj
e que ayuden al estudiante a desarrollar el
pensamiento analítico y crítico, así como la
comunicación y el liderazgo .
34- Problemática en la relación entre formación de
técnicos y la organización del Sistema nacional
de salud
35Problemática
- Los programas de formación (únicos para cada
carrera) no se basan en competencias claramente
definidas. - Situación que genera una ambigüedad en los
roles/funciones del Técnico Superior con relación
a los roles/funciones del profesional
universitario del área respectiva. - Ello implica la necesidad de reflexionar, en
forma conjunta con los distintos actores
(Salud-Educación-Trabajo), sobre la razón de
ser o propósito principal de cada profesión,
continuando con el análisis funcional de las
competencias.
36Problemática
37Problemática
- La formación con enfoque de competencias permite
que haya una relación directa entre las
competencias requeridas para el trabajo y los
contenidos de los programas de formación. - La finalidad de la planificación curricular es
lograr la empleabilidad de los egresados,
entendida como la capacidad de cada persona
para, desde sus condiciones personales, poder
hacer algo con lo que sabe.
38Por vuestra atención MUCHAS GRACIAS!!