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Tema 2' El sistema de financiacin autonmica

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3. El r gimen de concierto y la posici n del nacionalismo catal n ... en 1878 cuando C novas para atenuar descontentos ide una salida carente de ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Tema 2' El sistema de financiacin autonmica


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Tema 2. El sistema de financiaciĆ³n autonĆ³mica
  • 1. Problemas del sistema actual
  • 1.1. Arquitectura del sistema actual
  • 1.2. Las cuestiones no resueltas
  • 2. Propuestas de reforma
  • 2.1. AutonomĆ­a financiera
  • 2.2. El mecanismo de nivelaciĆ³n
  • 2.3. Cambios normativos sugeridos
  • 3. El rĆ©gimen de concierto y la posiciĆ³n del
    nacionalismo catalƔn
  • 4. La financiaciĆ³n de la sanidad pĆŗblica
  • 5. Conclusiones

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1. Problemas del sistema actual (I)
  • 1.1. Arquitectura del sistema actual
  • Dos fases Primera(1.1 y 1.2) y Segunda (2.1 y
    2.2)
  • Primera fase
  • El volumen total de recursos de una regiĆ³n es
    Necesidades de financiaciĆ³n del sistema (Base
    1999) que introduce la AdministraciĆ³n Central en
    el sistema (1.1)
  • Las necesidades de cada comunidad autĆ³noma (1.2).
  • La poblaciĆ³n es el principal indicador de
    necesidad aunque si fuera el Ćŗnico, el sistema
    ganarĆ­a en sencillez pero perderĆ­a en equidad,
    pues las Comunidades AutĆ³nomas (CCAA) con mayores
    costes por habitante no podrĆ­an prestar el mismo
    nivel de servicio.
  • No son los habitantes, sino los usuarios, los que
    originan los costes. Los gastos en educaciĆ³n
    pesarĆ”n mĆ”s en CCAA jĆ³venes y al contrario los
    gastos sanitarios.
  • La proporciĆ³n de usuarios de servicios pĆŗblicos
    es mayor en CCAA con menores niveles de renta. De
    ahĆ­ que se haya establecido el Fondo de renta
    relativa para compensar CC.AA con niveles de
    renta per cƔpita menores.

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1. Problemas del sistema actual (II)
  • Segunda fase
  • 2.1. Instrumentos financieros tributos cedidos
    con capacidad normativa, participaciones
    territorializadas sin capacidad normativa y fondo
    de suficiencia
  • (2.2) EvoluciĆ³n en el tiempo de los recursos
    Tributarios cedidos y territorializados y el
    Fondo de suficiencia, que es una variable de
    cierre para cubrir las necesidades de
    financiaciĆ³n y es igual a la diferencia entre
    las necesidades de financiaciĆ³n y los recursos
    obtenidos por tributos cedidos y
    territorializados.
  • A los anteriores recursos hay que aƱadir
    garantĆ­a de mĆ­nimos o recursos por bloques no
    inferiores a los de la etapa anterior y
    modulaciones para graduar el crecimiento de los
    recursos del primer bloque

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1. Problemas del sistema actual (III)
  • 1.2. Las cuestiones no resueltas
  • La suficiencia o equidad del sistema de
    financiaciĆ³n necesita A) conocer los niveles de
    prestaciĆ³n y los costes de los servicios, porque
    aunque el nivel fuera el mismo en dos comunidades
    autĆ³nomas la Hacienda Central deberĆ­a atender mĆ”s
    a la que tenga costes superiores.
  • Si en una comunidad se prestan mĆ”s servicios,
    serĆ” la propia comunidad la que corra con la
    mayor cantidad de los gastos propios y no la
    hacienda central.
  • B) Los tributos cedidos y compartidos (con
    capacidad normativa) todavĆ­a resultan
    insuficientes para financiar el nivel de
    servicios prestados incluso en las comunidades
    con mayor capacidad fiscal, lo cual non tiene
    sentido en un sistema descentralizado como el
    espaƱol.

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1. Problemas del sistema actual (IV)
  • Deficiencias A) la cesiĆ³n de tributos con
    capacidad normativa resulta escasa, lo que exige
    transferencias de la hacienda central (lo que no
    tiene sentido en un modelo federal)
  • B) AsĆ­ como en una hacienda federal la hacienda
    central aparece para nivelar cuando es necesario,
    en el caso espaƱol aparece constantemente y de
    modo dominante, como el garante en Ćŗltima
    instancia de toda la financiaciĆ³n autonĆ³mica,
    como ocurre en un sistema centralista.
  • La idea anterior contradice los principios de
    corresponsabilidad fiscal y autonomĆ­a financiera,
    bƔsicos en todo sistema federal.
  • Pesa todavĆ­a en EspaƱa la cultura centralista
    heredada del pasado

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2. Propuestas de reforma (I)
  • Propuestas para resolver los problemas
    insuficiente descentralizaciĆ³n financiera y
    diseƱo poco claro del mecanismo de nivelaciĆ³n
  • 2.1.AutonomĆ­a financiera
  • Lo ideal serĆ­a ampliar la cesiĆ³n de tributos y
    eliminar las participaciones territorializadas,
    que si bien enajenan parte de la capacidad
    decisional de la hacienda central en nada
    contribuyen a la autonomĆ­a financieras de las
    comunidades.
  • A los tributos ya en manos de las comunidades
    autĆ³nomas, con capacidad normativa y recaudan en
    su totalidad, cabe aƱadir el impuesto
    compartido con la hacienda central- el Impuesto
    sobre la Renta con una tarifa autonĆ³mica del 33
    del impuesto. Son ya impuestos potentes en
    tƩrminos de capacidad recaudatoria. Para
    completar el cuadro solo faltarĆ­a un impuesto
    sobre el consumo (IVA)
  • Gi Ti SNi Ti define grado de autonomĆ­a
    financiera SN i transferencia de nivelaciĆ³n

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2. Propuestas de reforma (II)
  • 2.2. El mecanismo de nivelaciĆ³n
  • Las transferencias de nivelaciĆ³n vendrĆ”n
    determinadas por los niveles de prestaciĆ³n y los
    costes
  • 2.2.1. Las necesidades de gasto
  • Determinadas por un conjunto de indicadores
    diferentes por bloques competencias comunes
    (poblaciĆ³n 94 superficie dispersiĆ³n
    insularidad nivel relativo de renta por
    habitante despoblaciĆ³n), sanidad (poblaciĆ³n
    protegida 75 poblaciĆ³n gt65 aƱos) y servicios
    sociales (sĆ³lo poblaciĆ³n gt 65 aƱos).
  • Este mecanismo de nivelaciĆ³n pretende que todas
    las CC. AA puedan proporcionar el mismo nivel de
    servicios pĆŗblicos, de manera que a igual
    esfuerzo fiscal, igual nivel de servicios
  • Pero nada garantiza que esto se logre, si no se
    conocen los costes reales.

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2. Propuestas de reforma (III)
  • 2.2.1.1. El coste de los servicios pĆŗblicos
    regionales
  • Acordar metodologĆ­a de cuentas analĆ­ticas
    siguiendo criterios homogƩneos para saber el
    coste para cada comunidad autĆ³noma la prestaciĆ³n
    de cada servicio
  • Diferenciar servicios sin demanda (aparato
    institucional o seguridad, que no depende del
    nĆŗmero de habitantes) y servicios con demanda
    (educaciĆ³n, sanidad, infraestructuras, justicia)
  • El coste depende de las unidades producidas CSa
    F (Pa) y el nivel de servicio NSa Pa/Ua o
    nĆŗmero de usuarios, luego para un nivel K de
    servicio, CSa U (K Ua), luego los que ocasionan
    los costes son los usuarios y no los habitantes.
  • Para los costes de la educaciĆ³n y la sanidad, la
    estructura por edades de la poblaciĆ³n es clave
    los gt 65 aƱos utilizan los servicios de salud
    entre 3 y 4 veces mĆ”s que las personas jĆ³venes.

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2. Propuestas de reforma (IV)
  • 2.2.1.2. Los costes de referencia
  • Es la hacienda central la que ha de decidir el
    nivel de servicios a garantizar
  • Utiliza un coste de referencia y no el coste de
    cada comunidad para no incluir costes que no
    desea financiar (ineficacias, mayores salarios no
    aparejados con mayores productividades), teniendo
    en cuenta las variables ya mencionadas
  • 2.2.2. La capacidad fiscal
  • Es igual a la recaudaciĆ³n haciendo un determinado
    esfuerzo fiscal, igual para todas las comunidades
    autĆ³nomas (criterio de equidad)
  • Tener en cuenta la eficacia recaudatoria de cada
    administraciĆ³n gestora
  • 2.2.3. Las transferencias de nivelaciĆ³n
  • En el caso espaƱol podrĆ­a ser una mezcla de
    transferencias a todos los servicios no
    condicionadas y condicionadas (sanidad, que
    condiciona la financiaciĆ³n sanitaria a la
    evoluciĆ³n de los ingresos del Estado)
  • Las transferencias tienen dos componentes las
    participaciones territorializadas en tributos del
    estado (evoluciona de acuerdo a las recaudaciones
    de cada comunidad) y la participaciĆ³n en el fondo
    de suficiencia (evoluciona con los ingresos
    tributarios del Estado)

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2. Propuestas de reforma (V)
  • 2.3. Cambios normativos sugeridos
  • Buscan garantizar la autonomĆ­a financiera e
    instrumentar una transferencia de nivelaciĆ³n para
    complementar los ingresos de las comunidades que
    no alcanzan a financiar sus gastos por
    diferencias en las capacidades fiscales de las
    distintas comunidades
  • El Fondo de CompensaciĆ³n se destina a financiar
    polĆ­ticas de desarrollo no para nivelar las
    ofertas de servicios pĆŗblicos como pretenden las
    transferencias de nivelaciĆ³n, sino para aproximar
    los niveles de renta por habitante, que incluye
    la oferta de bienes y servicios privados.

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3. El rĆ©gimen de concierto y la posiciĆ³n del
nacionalismo catalƔn (I)
  • Desde finales del XIX, CataluƱa pretende un
    sistema similar al concierto/convenio vasco y
    navarro, pues consiguen un 50 mƔs de recursos
    que el sistema LOFCA. Pero el sistema no es
    generalizable, pues la hacienda central quebrarĆ­a
    por falta de recursos para cubrir sus gastos.
  • La propuesta nacionalista de negociaciĆ³n
    bilateral podrĆ­a ir mĆ”s allĆ” de la lĆ³gica
    federal pues es de corte confederal. En un
    sistema federal, todas las haciendas tienen
    autonomĆ­a, incluida la central (para prestar
    bienes y servicios y redistribuirlos, para
    decidir su volumen y el grado de solidaridad
    cuestiones propias del parlamento nacional)
  • Reconocimiento expreso por la DisposiciĆ³n
    Adicional Primera de la ConstituciĆ³n EspaƱola de
    los llamados derechos histĆ³ricos para los
    territorios forales vascos disponen tanto de
    capacidad normativa para regular los impuestos
    como de autonomĆ­a para la gestiĆ³n y recaudaciĆ³n
    de los mismos.
  • El PaĆ­s Vasco transfiere parte de los recursos
    tributarios a la Hacienda estatal para hacer
    frente a las cargas generales que son de
    competencia exclusiva del Estado (Relaciones
    Internacionales, la Defensa y las Fuerzas
    Armadas, los regĆ­menes aduanero y arancelario y
    el transporte general). Esta contribuciĆ³n que
    realiza Euskadi se denomina Cupo

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3. El rĆ©gimen de concierto y la posiciĆ³n del
nacionalismo catalƔn (II)
  • Las cargas no asumidas es el 46,3 del gasto del
    Estado a nivel nacional y como la renta vasca
    representa el 6,24 de la renta nacional, el cupo
    se obtiene aplicando este porcentaje al montante
    resultante del 46,3 del presupuesto del Estado
    el sistema es neutral.
  • Lo que no es neutral, segĆŗn Utrilla, es el
    errĆ³neo mĆ©todo de cĆ”lculo de competencias
    asumidas/no asumidas sumamente ventajoso para el
    PV, con raĆ­ces histĆ³ricas en 1878 cuando CĆ”novas
    para atenuar descontentos ideĆ³ una salida carente
    de transparencia comparando la riqueza industrial
    de Vizcaya con la postraciĆ³n econĆ³mica de
    provincias pobres castellanas
  • En un Estado moderno, la correlaciĆ³n entre PIB
    por habitante y saldo balanza fiscal debe ser
    inversa. Pero mientras en las comunidades forales
    es en AragĆ³n, La Rioja o CV son -, debiĆ©ndose
    esta anomalƭa a que no se incluyen en el cƔlculo
    del cupo los gastos de la polĆ­tica de equidad
    territorial

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3. El rĆ©gimen de concierto y la posiciĆ³n del
nacionalismo catalƔn (III)
  • Por tanto, en vez de acercar CataluƱa a las
    haciendas forales deberƭa hacerse al revƩs
    diferencias sin privilegios, determinando
    exactamente las cargas no asumidas, que es el
    criterio de base para el cƔlculo del cupo. En
    dichas cargas no se incluyen las transferencias
    de nivelaciĆ³n, resultando infravalorada.
  • El cupo tendrĆ­a dos componentes uno, la alĆ­cuota
    por los bienes y servicios prestados por la
    hacienda central otro, el correspondiente a la
    redistribuciĆ³n interterritorial que depende del
    nivel de renta ( , porque el Pais Vasco y
    Navarra tienen altos niveles de renta)
  • HabrĆ­a tres modelos de fa el foral (Comunidad
    foral de Navarra y las Diputaciones forales de
    Alava, Vizcaya y GuipĆŗzcoa), CataluƱa y el resto
    de rĆ©gimen comĆŗn. El primero funciona como un
    rƩgimen confederal, porque la totalidad de las
    recaudaciones de los impuestos corresponden a
    dichos Ć³rganos y aportan al Estado una cantidad
    (cupo) como contribuciĆ³n a las cargas de aquĆ©l en
    sus territorios.
  • Ese sistema es beneficioso para esos territorios
    porque logran unos recursos per cƔpita entre un
    55 y un 75 superiores a los de rĆ©gimen comĆŗn y,
    por tanto, menos redistributivos y equitativos.

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3. El rĆ©gimen de concierto y la posiciĆ³n del
nacionalismo catalƔn (IV)
  • Hay expertos que consideran que el Estatuto
    enviado por CataluƱa a las Cortes era de corte
    confederal, como los forales, y se modificĆ³ para
    convertirlo en federal, que es el actualmente en
    vigor.
  • El art. 102 establece la autonomĆ­a de sus
    finanzas, contando entre los tributos cedidos los
    siguientes 50 del IRPF, 58 de impuestos
    especiales y 50 del IVA siendo,
    respectivamente, con anterioridad el 33, 40 y
    35
  • El artĆ­culo 206 establece que el nivel de
    recursos de CataluƱa se harƔ conforme a sus
    necesidades de gasto y su capacidad fiscal
    siendo las primeras determinadas por la poblaciĆ³n
    rectificada por sus costes diferenciales y los
    factores demogrĆ”ficos, la densidad, el nĆŗmero de
    inmigrantes, la dimensiĆ³n de los nĆŗcleos urbanos
    y la poblaciĆ³n excluida.
  • La participaciĆ³n en el rendimiento de los
    tributos cedidos deberĆ” hacerse en la ComisiĆ³n
    Mixta EconĆ³mico Fiscal Estado- Generalitat,
    siendo los arriba mencionados las
    participaciones mƔximas
  • La polĆ­tica de nivelaciĆ³n y solidaridad de
    CataluƱa se establecerĆ” en la citada ComisiĆ³n en
    una relaciĆ³n bilateral no pudiĆ©ndose modificar el
    ranking de CataluƱa en las renta per cƔpita antes
    de la nivelaciĆ³n, quedando reducida la
    solidaridad a que los servicios de Estado de
    bienestar (educaciĆ³n, sanidad, y otros servicios
    sociales) alcancen niveles similares en todo el
    Estado para similar esfuerzo fiscal.
  • El problema surge cuando, en virtud de la
    ConstituciĆ³n no se pueden permitir privilegios,
    las restantes CCAA puedan plantear Estatutos como
    el catalƔn.

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3. El rĆ©gimen de concierto y la posiciĆ³n del
nacionalismo catalƔn (V)
  • SĆ­ntesis de Barea, Zabalza, De la Fuente, Bosch,
    Vives y Sevilla En 1991-2002 CataluƱa recibiĆ³ el
    12 de la I total del Estado cuando representa el
    16 de PoblaciĆ³n y 19 del PIB SoluciĆ³n
    invertir durante 7 aƱos el PIB
  • En la asignaciĆ³n de la I del Estado no se trata
    de hacer polĆ­tica regional para acelerar el
    crecimiento de zonas atrasadas (para eso estƔn el
    FCI y los FFEE de la UE). La I del Estado debe
    considerar todo el Estado y regirse por criterios
    de eficiencia, no de equidad. Por tanto, se
    considera que CataluƱa hubiera crecido mƔs con
    mƔs recursos
  • SegĆŗn De la Fuente el mecanismo de nivelaciĆ³n
    interregional presenta algunos problemas. El
    principio de igualdad se basa solo en los
    servicios bƔsicos (educativos, sanitarios y
    sociales), en el mismo esfuerzo fiscal y en el
    principio de ordenalidad (CataluƱa deberƔ
    mantener el orden en su renta per cƔpita)
  • Primer problema no se entiende porquĆ© las CCAA
    pobres deberĆ”n tener menor protecciĆ³n
    medioambiental o menor seguridad alimentaria

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3. El rĆ©gimen de concierto y la posiciĆ³n del
nacionalismo catalƔn (VI)
  • Segundo problema Dados dos individuos con
    niveles no muy distintos de renta, bastarĆ­a con
    que el que gana un poco menos antes de impuestos
    y prestaciones sociales sea padre de familia
    numerosa y tenga un hijo minusvƔlido, mientras
    que el otro carece de cargas familiares. Dos
    regiones con niveles de envejecimiento diferentes
    es un caso similar al anterior. Por tanto, no
    parece conveniente establecer restricciones
    incondicionales al resultado del proceso de
    redistribuciĆ³n
  • Tercer problema La ambigĆ¼edad del texto al
    hablar de igual esfuerzo fiscal la misma
    recaudaciĆ³n por habitante o una escala tributaria
    comĆŗn?. En el primer caso, el principio de
    solidaridad quedarĆ­a disvirtuado.
  • Cuarto problema Al referirse al mecanismo de
    nivelaciĆ³n no se concreta si se refiere al Fondo
    de Suficiencia o al conjunto de actuaciones del
    sector pĆŗblico. En todo caso, este serĆ” un asunto
    a resolver multilateralmente.

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4. La financiaciĆ³n de la sanidad (I)
  • 4.1. El dĆ©ficit sanitario
  • Existen desfases considerables entre ingresos y
    gastos sanitarios en las CCAA
  • Causas aumento del nĆŗmero de usuarios y el
    envejecimiento de la poblaciĆ³n (inmigrantes,
    turistas), mĆ”s y mejores servicios (reducciĆ³n de
    esperas, ampliaciĆ³n de coberturas, mejoras
    salariales del personal sanitario). Tres grupos
    de causas crecimiento usuarios (coste de
    referencia para nivelaciĆ³n), mejoras en los
    niveles de prestaciĆ³n y salariales (atribuibles a
    CCAA)
  • En un modelo de financiaciĆ³n de corte federal,
    donde las transferencias de nivelaciĆ³n se
    determinan por diferencia entre las G -para un
    nivel de servicio- y la evoluciĆ³n de los propios
    ingresos para un nivel de esfuerzo fiscal- todos
    los aumentos de G (Gastos) que no quedaran
    cubiertos por la evoluciĆ³n de T (Ingresos de
    CCAA) los financiarĆ­a la hacienda central por
    desgracia, no es el caso en nuestro sistema de
    financiaciĆ³n.

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4. La financiaciĆ³n de la sanidad (II)
  • 4.2. La respuesta del sistema actual
  • Las asignaciones de nivelaciĆ³n, segĆŗn la LOFCA
    y la ley 21/2001, para la sanidad entrarĆ­an en
    funcionamiento cuando la poblaciĆ³n protegida
    (ponderada por edades) aumente de un aƱo a otro
    en tres puntos o mƔs que la media nacional o bien
    en un punto cuando la CCAA tenga mƔs de 90.000
    km2
  • Si no se da ninguna de esas condiciones, los
    dƩficit deberƭan ser financiados por la CCAA
  • 4.3. Posibles soluciones al problema
  • VĆ©ase trabajo 2

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4. La financiaciĆ³n de la sanidad (fs) (III)
  • J. CabasĆ©s (2006), La financiaciĆ³n de la sanidad
    pĆŗblica, en Extraodinario XIV Congreso de
    Derecho y Salud, Volumen 14, Marzo, pp. 17-26
  • Traspaso de las competencias sanitarias a 10 CCAA
    en 2001 que no disponĆ­an de dichas competencias,
    situando el gasto autonĆ³mico en el 40 del total
    del gasto de las AAPP
  • Se trata de hacer una evaluaciĆ³n del modelo de
    financiaciĆ³n vigente desde 1/1/2002 con los
    ajustes de septiembre 2005 del Consejo de
    PolĆ­tica Fiscal y Financiera, previa revisiĆ³n del
    modelo en 2007
  • La financiaciĆ³n sanitaria consiste en conciliar
    los objetivos de suficiencia (adecuaciĆ³n de la
    capacidad financiera de cada regiĆ³n con sus
    necesidades), equidad (garantĆ­a de acceso al
    servicio sanitario pĆŗblico y correcciĆ³n
    desigualdades sociales y geogrƔficas) y autonomƭa
    (libertad de elecciĆ³n CCAA en asignaciĆ³n recursos
    y gestiĆ³n)

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4. La financiaciĆ³n de la sanidad (fs) (IV)
  • El modelo fs de 2002 respeta los tres objetivos
    (suficiencia con mecanismo de corresponsabilidad
    fiscal con capacidad normativa sobre ingresos y
    gastos y establece fĆ³rmula que ajusta la
    poblaciĆ³n segĆŗn necesidad relativa equidad,
    creando un fondo de cohesiĆ³n y nivelaciĆ³n
    autonomĆ­a, responsabilidad no solo en gastos sino
    en ingresos), integra los subsistemas de
    servicios comunes, sanitarios y sociales pero se
    ha visto superado por la apariciĆ³n del dĆ©ficit
  • El modelo plantea problemas 1) Variables de
    necesidad (PoblaciĆ³n ponderada al 75
    PoblaciĆ³n gt65 aƱos 24,5 insularidad 0,5)
    no responden a necesidades sanitarias, sino a
    necesidades mĆ­nimas. La vinculaciĆ³n de
    presupuestos sanitarios a evoluciĆ³n PIB se aplicĆ³
    en 11 CCAA cuyos recursos crecieron lt PIB.
    Resultado financiaciĆ³n heterogĆ©nea 2)
    Escenario de fs continuista siendo superado por
    la evoluciĆ³n de la poblaciĆ³n 3) Fondo de
    cohesiĆ³n sanitaria no cumple su funciĆ³n
    (instrumento AC para mejorar eficiencia/equidad)
    por dedicarse a compensar pacientes desplazados
    4) Asignaciones de nivelaciĆ³n sĆ³lo se aplican
    cuando hay improbables variaciones regionales de
    poblaciĆ³n gt3 a la media nacional

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4. La financiaciĆ³n de la sanidad (fs) (V).
ValoraciĆ³n del modelo vigente
  • La suficiencia determinada por evoluciĆ³n
    demogrƔfica, cantidad y calidad servicios y la
    evoluciĆ³n de los recursos. La evoluciĆ³n del gasto
    sanitario ha sido de 24,42 entre 1999-2002
    superior al crecimiento PIB, luego sin garantĆ­a
    de suficiencia por superar los ingresos
    previstos. Las estimaciones realizadas hasta 2008
    muestra que mƔs que un problema de fs es un
    problema de tendencia incesante al alza del gasto
    sanitario.
  • Respecto a la equidad existen desigualdades
    intra-territoriales de salud (esperanza de vida y
    riesgo de mortalidad, medidas por el Ć­ndice de
    aƱos de vida perdidos por diversas causas de
    mortalidad) y acceso a los servicios sanitarios
    (condicionado por la oferta existente)

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4. La financiaciĆ³n de la sanidad (fs) (VI).
Acuerdo de septiembre 2005
  • II Conferencia de Presidentes CCAA acordĆ³ mejoras
    de recursos 1) 1677 millones euros en 2006, 1365
    millones euros en 2005 y 1365 millones en 2006
    2) posibilidad de duplicar impuesto sobre ventas
    minoristas de hidrocarburos (pasar de 24 euros a
    48 por 1000 litros) 3) posibilidad recargo en
    impuesto de electricidad, cuyo tipo pasarĆ­a de
    4,864 al 6,864 4) El reparto de fondos a CCAA
    se harĆ” de acuerdo a poblaciĆ³n protegida (75),
    poblaciĆ³n gt 65 aƱos (24,5) e insularidad (0,5).
  • ValoraciĆ³n del acuerdo 1) Acuerdo estrictamente
    financiero y no hubo consenso en medidas de
    control y racionalizaciĆ³n gasto (desarrollar la
    atenciĆ³n primaria y domiciliaria, eficiencia en
    la prestaciĆ³n farmacĆ©utica, sistemas de
    informaciĆ³n a los pacientes) 2) peso del acuerdo
    exclusivo del Estado CCAA se han limitado a la
    aceptaciĆ³n de los recursos financieros, sin
    compromiso de corresponsabilidad fiscal por su
    parte 3) Aportaciones finalistas financiaciĆ³n
    sanitaria crecerĆ” con PIB nominal nacional
    compensar asistencia a residentes extranjeros
    atenciĆ³n a pacientes desplazados cumplimiento
    Ć­ntegro de pagos para evitar demoras

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4. La financiaciĆ³n de la sanidad (fs) (VII).
EvoluciĆ³n futura necesidades del gasto sanitario
  • Necesidades aumentan por factores exĆ³genos
    (demografĆ­a, salud y precios productos
    farmacĆ©uticos) y endĆ³genos (decisiones CCAA
    revisiĆ³n lĆ­neas re-distributivas o introducciĆ³n
    de nuevas prestaciones). El sistema de fs es un
    sistema ex ante que no garantiza los resultados
    ex post, una vez se hayan adoptado decisiones
    de los agentes y los resultados de la gestiĆ³n
  • No olvidar la polĆ­tica de austeridad en el gasto
    sanitario, cuya inversiĆ³n pierde peso en el
    gasto, lo que permite prever una Ć©poca de
    tensiones que obligarĆ” a abordar problemas de
    personal y obsolescencia del capital, ademƔs de
    problemas de demanda.
  • Factores de crecimiento del gasto en las dos
    prĆ³ximas dĆ©cadas 1) Mejora de la calidad
    (tiempos de espera, tratamientos especĆ­ficos
    garantizados, seguridad en las intervenciones)
    2) expectativas cambiantes (capacidad de
    elecciĆ³n, mayor utilizaciĆ³n servicios,) 3)
    avances tecnolĆ³gicos (genĆ©tica, medicamentos,
    maquinaria) 4) precios (personal exclusividad,
    nuevos horarios) 5) mejoras de productividad
    (TIC, gestiĆ³n) 6) renovaciĆ³n infraestructuras
    (habitaciĆ³n individual, nuevos edificios) 7)
    mayor implicaciĆ³n individual en la salud 8)
    aumento esperanza de vida y 9) mayor utilizaciĆ³n
    ss
  • Tres escenarios continuista (crecimiento del gs
    con presupuesto pĆŗblico), revisado (incluyendo
    algunos cambios planes de salud, dependencia) y
    de convergencia europea (expansiĆ³n para
    acercarnos a media UE con crecimientos muy
    superiores)

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5. Conclusiones (I)
  • 1. La arquitectura del sistema actual de fa tiene
    dos planos. En el primero, se determinan las
    necesidades de financiaciĆ³n del sistema, teniendo
    en cuenta el nĆŗmero de usuarios de acuerdo a su
    nivel de renta relativo. En el segundo, se
    determinan los recursos financieros (tributos
    cedidos, participaciones territorializadas y
    fondo de suficiencia) y su evoluciĆ³n temporal
  • 2. Las cuestiones no resueltas del actual sistema
    son a) mayor conocimiento de los niveles de
    prestaciĆ³n y costes por CCAA b) los tributos
    cedidos y compartidos son insuficientes, lo cual
    no tiene sentido en un modelo descentralizado o
    federal c) persiste una cultura centralista en
    virtud de la cual la hacienda central se
    convierte en garante en Ćŗltima instancia de la
    financiaciĆ³n autonĆ³mica
  • 3. Las propuestas de reforma se deben centrar en
    a) ampliar la cesiĆ³n de tributos y eliminar las
    participaciones territorializadas b) El
    conocimiento de los costes reales de los
    servicios es esencial para poder instrumentar el
    mecanismo de nivelaciĆ³n igual nivel de
    servicios a igual esfuerzo fiscal c) Establecer
    una metodologƭa de cƔlculo de costes, en la que
    el nĆŗmero real de usuarios es una variable
    fundamental d) La hacienda central podrĆ­a
    introducir el concepto de costes de referencia, y
    no el coste de cada CCAA para evitar
    financiaciones indeseables derivadas de
    ineficiencias e) Es importante distinguir las
    transferencias de nivelaciĆ³n (para nivelar
    serviciso en las CCAA que no financian sus gastos
    con su capacidad fiscal) del FCI (para financiar
    polĆ­ticas de desarrollo que elevan la renta por
    habitante)

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5. Conclusiones (II)
  • 4. Se puede afirmar que, mientras el modelo
    general establecido por la ConstituciĆ³n de 1978
    es federal, en los territorios forales (CAPV y
    Navarra) se trata de unas relaciones propias de
    un modelo confederal, y que la propuesta
    financiera de la Generalitat catalana pretendĆ­a
    incorporar elementos que le equiparen o le
    aproximen a dicho modelo
  • 5. Un modelo confederal supondrĆ­a que las
    haciendas regionales establecieran todos sus
    impuestos, mientras que la hacienda central se
    financiase con transferencias de aquƩllas. Se
    perderĆ­a un aspecto esencial del Estado su
    capacidad de fijar la polĆ­tica fiscal es decir,
    prestar los servicios que le competen y
    establecer polĆ­ticas de redistribuciĆ³n de la
    renta entre todos los ciudadanos del Estado
  • 6. Conviene aclarar que una C.A. de alto
    PIB/habitante tenga un saldo fiscal negativo no
    significa un agravio mayor que el que podrĆ­a
    aducir un ciudadano con elevadas rentas que se
    quejara de que no tuviera derecho a las mismas
    subvenciones que el de rentas bajas.
  • 7. El debate debe ser el de la distribuciĆ³n de
    los recursos pĆŗblicos entre los ciudadanos,
    pertenezcan a la C.A. que pertenezcan o, cada vez
    mƔs, pertenezcan al Estado de la U.E. que
    pertenezcan.

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5. Conclusiones (III)
  • 8. Dos puntos fundamentales descentralizaciĆ³n
    financiera (cada hacienda autonĆ³mica serĆ” la
    responsable de obtener los recursos precisos para
    atender sus gastos) y revisiĆ³n del mecanismo de
    nivelaciĆ³n (con el grado de descentralizaciĆ³n
    mencionado, solo las comunidades con menor
    capacidad fiscal no obtendrĆ­an recursos
    suficientes y es aquĆ­ cuando entra la acciĆ³n
    niveladora de la hacienda central decidida en las
    Cortes Generales y no de manera bilateral).
  • 9. Pero es necesario saber quĆ© es lo se quiere
    nivelar, lo que requiere conocimiento de costes
    (Contabilidad de costes de los servicios)
  • 10. La revisiĆ³n del sistema de fs necesita 1)
    Estimar de forma mƔs precisa de la necesidad
    relativa teniendo en cuenta el gasto real y crear
    un Fondo de Igualdad del Sistema Nacional de
    Salud para corregir desigualdades 2) Garantizar
    la evoluciĆ³n dinĆ”mica del sistema a incluir en la
    nueva revisiĆ³n de 2007 3) AcompaƱar los cambios
    en el sistema de financiaciĆ³n con reformas en la
    gestiĆ³n y en el marco institucional (corresponde
    tanto a las CCAA como a la AC del Estado
    garantizar la suficiencia, la equidad y la
    cohesiĆ³n del sistema nacional de salud).
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