Title: Diapositiva 1
1Categoría B Plantaciones forestales comerciales
2- Categoría B Plantaciones forestales comerciales
- En esta categoría los apoyos deberán servir para
- Establecimiento
- Mantenimiento
- Elaboración del programa
- de manejo
- Asistencia técnica
- Prima de seguros
3CÓMO FUNCIONA ESTE CONCEPTO Qué tipo de
plantaciones forestales comerciales son apoyadas
en esta categoría?
Nota 1 sólo podrás participar con una solicitud
y no más de dos tipos de plantación. Nota 2 está
prohibido sustituir vegetación forestal nativa
para establecer plantaciones forestales
comerciales.
4- ESPECIES PARA LAS PLANTACIONES
- La CONAFOR podrá proporcionar plantas al
beneficiario, previa solicitud y disponibilidad.
Su costo será descontado del monto del apoyo
asignado. - El número mínimo de plantas a establecer lo
puedes consultar en las Reglas de Operación de
ProÁrbol que se encuentra en - www.conafor.gob.mx
5Registro de plantación Deberás registrar tu
plantación ante SEMARNAT y presentar a CONAFOR
una constancia de registro, antes de recibir
cualquier apoyo. Las plantaciones deben
establecerse en los terrenos, en los plazos y con
las especies comprometidos en tu solicitud y en
las reglas de operación. Cualquier modificación
requiere autorización previa de SEMARNAT y
CONAFOR.
6Manejo de los recursos Los beneficiarios podrán
utilizar instrumentos de inversión y de
administración de riesgos para que la CONAFOR
deposite los importes cedidos. Pagos de
mantenimiento pendientes Los beneficiarios de
años anteriores, que tengan pagos de
mantenimiento pendientes, podrán solicitar la
totalidad del cobro de éstos, al comprobarse el
segundo año de mantenimiento.
7QUIÉNES PUEDEN SER BENEFICIARIOS DE ESTE CONCEPTO
- Podrán solicitar apoyos
- Personas físicas ejidatarios, comuneros y
pequeños propietarios - Personas morales asociaciones mercantiles o
rurales, ejidos y comunidades - Nota 1 sus fines deberán relacionarse con la
actividad agrícola, ganadera y/o forestal. - Nota 2 están excluidos gobiernos estatales y
municipales, asociaciones civiles y toda aquella
entidad que no tenga fines de lucro.
8ENTREGA Y APLICACIÓN DE LOS RECURSOS
El plazo máximo para concluir el establecimiento
de la plantación es el mes de diciembre del año
siguiente al que fueron otorgados los recursos y
cuentas.
Habrá un plazo máximo de seis meses para
presentar el informe de verificación respectivo,
contados a partir de que concluyó el término para
establecer la plantación.
9ENTREGA Y APLICACIÓN DE LOS RECURSOS
Opción 1
10ENTREGA Y APLICACIÓN DE LOS RECURSOS
Opción 2
11Los beneficiarios podrán ceder sus derechos a
productores de planta forestal, certificados ante
la CONAFOR, hasta por un monto de 2 mil pesos por
hectárea, previo contrato de producción,
efectuándose el pago contra la entrega de
planta.
12ENTREGA Y APLICACIÓN DE LOS RECURSOS
13(No Transcript)
14Prórroga técnica Los beneficiarios podrán
solicitar, por única vez, una prórroga a la
CONAFOR, por razones de orden técnico. La cual no
deberá exceder de 12 meses contados a partir de
la solicitud.
15Visitas de verificación Como beneficiario
contarás con un término de cuatro meses, luego de
haber transcurrido un año del establecimiento de
la plantación. Nota la CONAFOR podrá ordenar
visitas de verificación, las cuales se harán de
acuerdo con la Ley Federal de Proceso
Administrativo.
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