Title: PRECEPTOS CONSTITUCIONALES SOBRE PRESUPUESTO PUBLICO
1PRECEPTOS CONSTITUCIONALES SOBRE PRESUPUESTO
PUBLICO
- Unico instrumento autorizado para regular
ingresos y gastos del sector público - Vigencia anual
- Presentación desequilibrada
- Prioridad del gasto público social
- Sostenibilidad de la Inversión
- Atribuciones al Congreso
- Atribuciones al Ministerios de Hacienda
- Prohibición de auxilios o donaciones a
particulares - Informe de evaluación al Congreso
2PRESUPUESTO PÚBLICO
3MARCO LEGAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO COLOMBIANO
- CONSTITUCIÓN POLÍTICA
- ESTATUTO ORGÁNICO DE PRESUPUESTO
- LEY 38 DE 1989
- LEY 179 DE 1994
- LEY 225 DE 1995
- DECRETO-LEY 111 DE 1996(Compila)
- DECRETO 568 DE 1996 (Reglamentario del Estatuto
Orgánico de Presupuesto) - DECRETO 115 DE 1996 (Sobre presupuesto de las
Empresas Industriales y Comerciales del Estado y
de las Sociedades de Economía Mixta sujetas al
régimen de aquellas, dedicadas a actividades no
financieras) - LEY 185 DE 1995 (Endeudamiento de la Nación)
4COBERTURA DEL ESTATUTO ORGANICO DE PRESUPUESTO
- PRIMER NIVEL
- Presupuesto Nacional
- Presupuesto de los Establecimientos Públicos
- SEGUNDO NIVEL
- Fijación de metas financieras al conjunto del
sector público - Distribución de excedentes financieros de las
Empresas Industriales y Comerciales y Sociedades
de Economía Mixta
5PRINCIPIOS PRESUPUESTALES
- PLANIFICACIÓN
- ANUALIDAD
- UNIVERSALIDAD
- UNIDAD DE CAJA
- PROGRAMACIÓN INTEGRAL
- ESPECIALIZACIÓN
- INENBARGABILIDAD
- COHERENCIA MACROECONÓMICA
- HOMEOSTASIS PRESUPUESTAL
6MARCO LEGAL DEL PRESUPUESTO NACIONAL
- CONSTITUCIÓN POLÍTICA
- ESTATUTO ORGÁNICO DE PRESUPUESTO
- LEY 38 DE 1989
- LEY 179 DE 1994
- LEY 225 DE 1995
- DECRETO-LEY 111 DE 1996(Compila)
- DECRETO 568 DE 1996 (Regl. Estatuto)
7SISTEMA PRESUPUESTAL
- PLAN FINANCIERO
- PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES
- PRESUPUESTO ANUAL DE LA NACIÓN
8CLASIFICACION INSTITUCIONAL
- PRESIDENCIA (8 Consejos Consultivos, 5
Departamentos Administrativos, 6 Entidades
Adscritas y 1 Entidad Vinculada) - MIN. AGRICULTURA (6 Entidades Adscritas y
6Vinculadas) - MIN. HACIENDA (4Entidades Adcritas, 7Vincualdas y
2 Superintendencias) - MIN. MINAS (2Entidades Adscritas y 6Vinculadas)
- MIN. TRABAJO Y S.S (3Entidades Adscritas y
2Vinculadas) - MIN. DEFENSA (13 Entidades Adscritas y 4
Vinculadas) - MIN. MEDIO AMBIENTE (4 Entidades Adcritas y
39Vinculadas) - MIN. RELACIONES EXT. (1 Entidad Adscrita)
- MIN. INTERIOR (5 Entidades Adscritas)
- MIN. JUSTICIA (5 Entidades Adscritas)
- MIN. COMERCIO EXT. (1 Entidad Adscrita y 1
Vinculada) - MIN. COMUNICACIONES (2 Entidades Adscritas y 2
Vinculadas) - MIN. SALUD (8 Entidades Adscritas y 1 Vinculada)
- MIN. DESARROLLO (3 Entidades Adscritas y 4
Vinculadas) - MIN. TRANSPORTE (4 Entidades Adscritas y
4Vincualdas) - MIN. EDUCACION (30 Entidades Adscritas y
16Vinculadas)
9MINISTERIO DE DEFENSA
- ENTIDADES ADSCRITAS
- Super. Vig. y Seg. Priv.
- Universidad Militar (UAE)
- ESTABLEC. PUBLICOS.
- Fondos Rotatorios (Ejerc., Armada, F. Aérea,
Policía. - Hospital Militar
- Defensa Civil
- Inst. Casas fiscales Ej.
- Inst. Seg. Soc. y Bie. Policia
- Caja de retiro FFMM
- Caja de Suel. Ret. Policia
- Caja Prom. Viv. Milit.
- Club Militar
- ENTIDADES VINCULADAS
- EMPR. IND. Y COMERCIAL.
- INDUMIL
- SATENA
- SOC. ECON. MIXTA
- Corp. de la industria aeronáutica Colombiana -
SIAC - - Hotel San Diego
10ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
- PRESUPUESTO DE RENTAS
- Ingresos Corrientes
- Ingresos Tributarios
- Impuestos Directos
- Impuestos Indirectos
- Ingresos No Tributarios
- Tasas
- Multas
- Contribuciones Parafiscales
- Fondos Especiales
11INGRESOS CORRIENTES DE LA NACIÓN
- TRIBUTARIOS
- Actividad económica interna
- Renta y complementarios (renta, patrimonio,
remesas, ganancias ocasionales, otros) - IVA sobre bienes internos
- Gasolina y ACPM
- Timbre Nacional
- Oro y Platino
- Actividad Económica Externa
- Aduanas y recargos
- IVA sobre bienes importados
12INGRESOS NO TRIBUTARIOS
- TASAS MULTAS Y CONTRIBUCIONES
- Contribución especial por explotación o
exportación de petróleo crudo, gas, carbón y
ferroniquel - Fondo de recursos del superávit de la Nación
- Concesión de sociedades portuarias
- Concesión de larga distancia
- Otras tasas, multas y contribuciones no
especificadas
13RECURSOS DE CAPITAL
- Recursos del Balance
- Recursos del Crédito Interno y Externo
- Rendimientos Financieros
- Diferencial cambiario originado por los
desembolsos de crédito externo y las Inversiones. - Excedentes Financieros de los Establecimientos
Públicos, Empresas Industriales y Comerciales y
Sociedades de Economía Mixta - Utilidades del Banco de la República (sin las
reservas de estabilización cambiaria y monetaria)
14PRESUPUESTO DE GASTOS
- FUNCIONAMIENTO
- Servicios Personales
- Gastos Generales
- Transferencias
- SERVICIO DE LA DEUDA
- Interna
- Externa
- INVERSION
- Gasto Público Social
15ESTRUCTURA TRIBUTARIA COLOMBIANA
- IMPUESTO DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS (Sujetos)
- Personas Naturales
- Personas Jurídicas
- Sociedades Anónimas
- Sociedades Limitadas
- Empresas Industriales y Comerciales del Estado
(asimiladas al régimen de las Sociedades
Anónimas) - Fondos Públicos
- Corporaciones y fundaciones sin ánimo de lucro
financieras y no financieras - Fondos mutuos de inversión
- Cooperativas
16ESTRUCTURA TRIBUTARIA COLOMBIANA
- HECHOS GENERADORES DE IMPUESTO DIRECTOS
- Renta y Complementarios
- Ingresos Laborales
- Dividendos y Participaciones
- Honorarios y Comisiones
- Rendimientos Financieros
- Patrimonio
- Ganancias Ocasionales
- Remesas al exterior de rentas o gan. ocas.
17ESTRUCTURA TRIBUTARIA COLOMBIANA
- IMPUESTOS INDIRECTOS
- Impuesto al Valor Agregado - IVA (16 general
hasta 31 octubre/99 luego 15) - Bienes internos
- Bienes Importados
- Aduanas y recargos
- CIF a las importaciones
- Gasolina y ACPM
- Timbre Nacional interno y salidas al exterior
- Oro y Platino
18SITUADO FISCAL
1. ES UN PORCENTAJE DE LOS INGRESOS CORRIENTES DE
LA NACION. 2. SE TRANSFIERE A LOS DEPARTAMENTOS
Y DISTRITOS Y MUNCIPIOS CERTIFICADOS EN SALUD O
EDUCACION. 3. FINANCIA LA PRESTACIÓN DE LOS
SERVICIOS DE SALUD Y EDUCACION
19DISTRIBUCION DEL SITUADO FISCAL
20DESTINACIÓN DEL SITUADO FISCAL
50 1er N. 50 2Y 3er N.
60 EN EDUCACIÓN
20 EN SALUD O EDUCACIÓN
20 EN SALUD
MÍNIMO EL 75 SE DEBE USAR EN
EDUC DEL 96-98. (LEY 188 DE
1995)
21REGALIAS
CONPENSACIÓN MONETARIA POR LA EXPLOTACIÓN DE
RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES, EN SU
JURISDICCION.
22DESTINACIÓN DE LAS REGALÍAS Y COMPENSACIONES EN
LOS DEPARTAMENTOS
- 100 DEBE INVERTIRSE EN PROYECTOS PRIORITARIOS,
CONTEMPLADOS EN EL PLAN GENERAL DE DESARROLLO DEL
DEPARTAMENTO O EN LOS PLANES DEDESARROLLO DE SUS
MUNICIPIOS. - MINIMO 50 DEBE DESTINARSE A SALUD, EDUCACIÓN,
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO.
23FONDO NACIONAL DE REGALIAS
ES UN SISTEMA DE MANEJO SEPARADO DE CUENTAS,SIN
PERSONERÍA JURÍDICA, QUE FINANCIA PROYECTOS CON
RECURSOS DE LAS REGALÍAS, NO ASIGNADAS
DIRECTAMENTE A LOS ENTES TERR.
PRESERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE. PROMOCIÓN DE LA
MINERÍA. FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE iNVERSIÓN
PRIORÍTARIOS EN LOS PLANES DE DESARROLLO
TERRITORIAL
DESTINA SUS RECURSOS A
24DISTRIBUCIÓN Y DESTINO DE LOS RECURSOS DEL FONDO
NAL. DE REGALIAS
60 ZONAS INTERCONECT.
15 PROYECTOS REGIONALES DE INVERSIÓN EN
ENERGIZACIÓN
40 ZONAS NO INTERCONEC.
12.625 PROYECTOS DE ZONAS ESPECIF.
0.5 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO FONDO.
10 COORPORACIÓN AUT. REG. RIO GRANDE.
20 PROMOCIÓN DE LA MINERIA
61.875
20 PRESERVACIÓN MEDIO AMBIENTE
59 FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN
(DISTRIBUIDO SEGÚN NBI, POBL.)
25PARTICIPACIÓN DE LOS INGRESOS CORRIENTES DE LA
NACIÓN
ES UN PORCENTAJE CRECIENTE DE LOS INGRESOS
CORRIENTESDE LA NACIÓN CEDIDO DIRECTAMENTE A LOS
MUNICIPIOS Y RESGUARDOS INDIGENAS PARA FINANCIAR
AREAS PRIORITARIAS DE INVERSIÓN SOCIAL
26ACTO LEGISLATIVO N1 DE 1995
1. DETERMINA UN PORCENTAJE DE LOS ICN
DISTRIBUIDO POR FORMULA ASI EL RESTO SEGÚN LA
PARTICIPACION 92
50 EN 96 60 EN 97 70 EN 98 85 EN 99
2 PORCENTAJE DE LA PARTICIPACIÓN PARA INVERSIÓN
U OTROS GASTOS, ASÍ
27ASIGNACION DE LA PICN, POR FORMULA
40. POBLACIÓN CON NBI
20 NIVEL RELATIVO DE POBEZA NBI MUNC/NBI
TOTAL.
60
VALOR A ASIGNAR
22 POBLACIÓN DEL MUNCIPIO RESPECTO AL TOTAL.
6 EFICIENCIA FISCAL. DIFERENCIA DE INGRESOS
TRIBUTARIOS DE DOS VIGENCIAS.
6 EFICIENCIA ADMINISTRATIVA GAST FUNC/
POBLAC. SEV. PUBL.
40
6 PROGRESO EN CALIDAD DE VIDA NBI 2- NBI 1
28PORCENTAJES DE FORZOSA INVERSION
30
EDUCACIÓN
SALUD
25
AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
20
EDUCACIÓN FÍSICA, DEPORTE, RECREACIÓN.
5
29PORCENTAJE DE LIBRE INVERSIÓN, 20, PARA OTROS
SECTORES
SUBSIDIOS P. POBRE.
VIVIENDA
POBLACIÓN VULNERABLE
DESARROLLO RURAL
PROTECIÓN CIUDADANA
JUSTICIA
DESARROLLO INSTITUCIONAL
PREVENCIÓN DESASTRES
OTROS ,DEC.1841/97
SERVICIO DEUDA
30DESTINACIÓN DE LAS REGALIAS Y COMPENSACIONES EN
LOS MUNICIPIOS PRODUCTORES Y PORTUARIOS
100 DEBE INVERTIRSE EN PROYECTOS DE
DESARROLLO MUNICIPAL, CONTENIDOS EN EL PLAN
DE DESARROLLO, CON PRIORIDAD EN
SANEAMEINTO AMBIENTAL, SIN EMBARGO NO MENOS DEL
80, DEBE DESTINARSE A CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN
DE LOS SERVICIOS DE SALUD, EDUCACIÓN,
ELECTRICIDAD, AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y
DEMÁS SERVICIOS PÚBLICOS ESCENCIALES.
31PARTICIPACION DE MUNICIPIOS Y DISTRITOS EN LOS
INGRESOS CORRIENTES DE LA NACION
- 1994 15
- 1995 16
- 1996 17
- 1998 18
- 1999 19
- 2000 20
- 2001 21
- 2002 22
- Se excluyen de la base de cálculo los recursos
del Fondo Nacional de Regalías
32RECURSOS DE LA PICN PARA ATENDER PROGRAMAS DE
SALUD
- RECURSOS
- 25 PICN FORZOSA INVERSIÓN
- 15 Subsidios.
- 10 Atender la oferta de servicios.
- Manejo de los recursos
- a través del Fondo Local
- de Salud
- PROGRAMAS
- Pago de subsidios
- Salarios y prestaciones personal médico y
paramédico. - Infraestructura a cargo del Municipio
(preinversión e inversión) - Promoción y prevención (nutrición escolar,
materno infantil, tercera edad y personas
discapacitadas)
33SUBCUENTAS DEL FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTIA EN
SALUD - FOSIGA -
- Compensación Interna del Régimen Contributivo (Si
Cotiz gt UPC) - Solidaridad del Régimen de Subsidios
- Un punto régimen contributivo
- Aporte Cajas de Compensación (5 o 10 las que
tengan un cociente superior al 100 del recaudo) - Aportes del Presupuesto Nacional (Igual punto 1)
- Rendimientos financieros generados por la
inversión de los recursos - Rendimientos derivados de la inversión por la
enajenación de acciones y participación de la
Nación en Emp. Púb. Mixtas - Impuesto de remesas de utilidades de utilidades
de empresas petroleras de Cusiana y Cupiagua. - Recursos del IVA social destinados a planes de
ampliación de cobertura de SS de madres
comunitarias. - Promoción de Salud ( del total de recaudos por
cotización no menor a un punto) - Seguro de Riesgos Catastróficos (recursos del
FONSAT y 50 del Valor de la prima de seguro
Obligatorio
34RECURSOS DEL FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL
- Cotización adicional del 1 sobre el salario de
los afiliados al régimen de pensiones con
ingresos iguales o mayores de 4 s.m.m.v - Aportes del Presupuesto Nacional (igual al monto
de las contribuciones del 1 anterior - Recursos de las entidades territoriales para
planes de extensión de cobertura en sus
territorios - Donaciones de personas naturales o jurídicas
- Rendimientos financieros de los excedentes de
liquidez del fondo - Multas aplicadas a las administradoras del
régimen de pensiones cuando incurran en faltas
respecto a los niveles de patrimonio exigido o a
los empleadores cuando impidan a sus trabajadores
la libre escogencia de entidad administradora de
sus cotizaciones.
35PROCESO PRESUPUESTAL
- PREPARACION DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO
- Preparación de anteproyectos por cada Organo que
forma parte del Presupuesto - Ministerio de Hacienda y Planeación preparan
Plan Financiero con base en las ejecuciones
anuales para determinar meta de inversión. - Aprobación del CONFIS
- Aprobación del CONPES
- Elaboración del Plan Operativo Anual de
Inversiones - POAI - por el DNP con base en la
meta de inversión aprobada por el CONPES
36PROCEDIMIENTO PARA LA PROGRAMACIÓN DE LA
INVERSIÓN PUBLICA NACIONAL
- Registro de proyectos en el Banco de Programas y
Proyectos de Inversión Nacional - BPIN,
debidamente formulados y evaluados según
metodología del DNP. (Requisito indispensable
para que sea incluido en el Plan Operativo Anual
de Inversiones). - Preparación Plan Financiero (DNP y Min.Hacienda)
paras determinar meta de inversión sector
público. - DNP determina cuotas preliminares de inversión
por Ministerio, las cuales se comunican para cada
entidad que se financia parcial o totalmente con
aportes de la Nación, a través del Ministerio o
Departamento Administrativo respectivo. - La cuota comunicada a cada Ministerio debe ser
distribuida entre los proyectos registrados en el
BPIN. La suma total de los recursos asignados a
los proyectos no puede exceder, por ningún
motivo, el valor de la cuota de inversión de
aportes del Presupuesto y las proyecciones de los
recursos administrados disponibles para
inversión.
37OBJETO DE LA INVERSION PUBLICA
- Todo proyecto de inversión pública tiene por
objeto contribuir al cumplimiento de la función
social, económica y ecológica del Estado. - El propósito de la formulación y evaluación de
los proyectos de inversión es determinar los
costos y beneficios sobre la población objetivo y
lograr que la decisión de invertir sea la óptima
a un mínimo costo, esto es, que garantice la
utilización adecuada de los recursos.
38CRITERIOS PARA APLICACIÓN DE RECURSOS DEL PGN EN
PROYECTOS DE INVERSIÓN PUBLICA
- Cada Organismo en forma autónoma formula los
proyectos que aspira a realizar en el marco de
sus competencia y funciones. - La formulación de cada proyecto se hace de
acuerdo con los requisitos que establece el Banco
de Programas y Proyectos - BPIN - del DNP. - Metodológicos
- Aplicar la metodología de formulación y
evaluación del sector respectivo (agropecuario,
educación, eléctrico, infraestructura urbana,
infraestructura vial, justicia, defensa y
seguridad, medio ambiente, salud, general). - Técnicos
- Seleccionar proyectos de mayor impacto sobre el
crecimiento económico y bienestar social - Seleccionar proyectos que garanticen rentabilidad
social, económica y protección de los recursos
naturales - Dar prioridad a proyectos que 1) contribuyan a
los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, 2)
garanticen el cumplimiento de compromisos de
contrapartidas de crédito externo y cooperación
técnica, 3) proyectos en ejecución y, 4)
proyectos con compromisos de vigencias futuras
certificadas.
39CRITERIOS PARA DISTRIBUIR CUOTAS DE INVERSIÓN
- El presupuesto de los proyectos seleccionados por
cada entidad no puede exceder el total de las
cuotas de inversión comunicada por el DNP ni la
proyección de los recursos administrados para
inversión - Se debe dar prioridad a los proyectos
relacionados con el Plan de Desarrollo - La distribución de los recursos del cupo
correspondiente se deben dedicar a proyectos que
ofrezcan la mayor rentabilidad económica y social - Se deben priorizar de tal manera que se cumplan
los compromisos con contrapartidas de crédito
externo y cooperación - Prioridad a proyectos en ejecución
- Proyectos que tengan compromisos de vigencias
futuras certificadas por el CONFIS o la Dirección
General de Presupuesto
40CRITERIOS METODOLÓGICOS PARA LA CLASIFICACIÓN
PRESUPUESTAL DE LA INVERSIÓN PÚBLICA
- FUENTES
- Aportes de la Nación
- Apropiación CSF
- Apropiación SSF
- Fondos Especiales
- Crédito Externo
- Contrapartidas de cooper. técnica o Créd. Externo
- Otros aportes (recursos ordinarios. PGN)
- Recursos propios
- Ingresos Corrientes
- Crédito interno directo
- Crédito externo directo
- Otros recursos de capital
- Usos
- Servicios Personales
- Gastos Generales
- Transferencias
- Inversión Neta
- Regionalización
- Nación
- Región
- Departamento
- Municipio
- Clasific. Programática
- Programas
- Subprogramas
- Proyecto
41CLASIFICACION PROGRAMATICA DE LA INVERSION
- PROGRAMA
- Constituidos por las apropiaciones destinadas a
actividades homogéneas de un sector de acción
económica, social, financiera o administrativa - Construcción de infraestructura propia del sector
- Adquisición de infraestructura propia del sector
- Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura
propia del sector - SUBPROGRAMA
- Apropiaciones destinadas a divisiones de los
programas cuyo objeto es facilitar la ejecución
en campos específicos que competen a una entidad
u organismo - Ej. En Prog Construcción de infraestructura
propia del sector - Subprogramas
- Troncal Nacional
- Red Secundaria
- PROYECTO
- Conjunto de acciones específicas que utiliza
recursos para satisfacer una necesidad
identificada
42TRAMITE DE APROBACION DEL PRESUPUESTO GENERAL DE
LA NACION
- Aprobación POAI - CONPES
- Presentación anteproyecto a Comisiones Económicas
de Senado y Cámara (primera semana de abril) - Presentación de proyecto al Congreso en los
primeros 10 días de cada legislatura, con el
contenido y orden establecido en el Estatuto
Orgánico de Presupuesto.Art. 11, más el resultado
fiscal. - Comisiones Económicas escuchan al Banco de la
República sobre impacto macro y sectorial del
déficit y gasto propuesto. - Plazo hasta 15 de agosto a comisiones para
determinar si el proyecto cumple con el Estatuto.
En caso negativo lo devuelve al Gobierno y este
dispone de 15 días para corregirlo. - Plazo hasta 15 de septiembre a Comisiones
Económicas de Senado y Cámara para decidir sobre
monto definitivo del gasto - Plazo hasta 25 de septiembre para aprobación
definitiva en Comisiones Económicas de Senado y
Cámara - Discusión en plenarias de Senado y Cámara del
1-20 de octubre - Plazo de expedición como Ley hasta 20 de octubre.
43CONSEJO SUPERIOR DE POLITICA FISCAL - CONFIS
-(Integrantes)
- Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Director del Departamento Planeación de Nacional
- Consejero Económico de la Presidencia
- Viceministro de Hacienda
- Director General de Presupuesto
- Director de Crédito Público
- Director de Impuestos y Aduanas
- Director del Tesoro Nacional
44FUNCIONES DEL CONFIS
- Aprobar, modificar y evaluar el Plan Financiero y
ordenar las medidas para su estricto cumplimiento - Analizar y conceptuar sobre las implicaciones
fiscales del POAI previa presentación al CONPES - Determinar las metas financieras para la
elaboración del PAC del Sector Público - Aprobar y modificar los presupuestos de ingresos
y gastos de las Empresas Industriales y
Comerciales del Estado y Sociedades de Economía
Mixta dedicadas a actividades no financieras
previa consulta del Ministerio respectivo - Aprobar las vigencias futuras y reducirlas o
eliminarlas las autorizaciones cuando la
coherencia macroeconómica así lo exija, excepto
los amparados con compromisos perfeccionados. - Aprobar el Programa Anual de Caja con recursos de
la Nación
45CONSEJO DE POLITICA ECONOMICA - CONPES
-Integrantes
- Presidente de la República
- Ministro de Relaciones Exteriores
- Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Ministro de Agricultura
- Ministro de Desarrollo Económico
- Ministro de Trabajo Y Seguridad Social
- Ministro del Medio Ambiente
- Ministro del Transporte
- Ministro de Comercio Exterior
- Gerente Banco de la República
- Gerente Federación Nacional de Cafeteros
46FUNCIONES DEL CONPES
- Coordinar y señalar las orientaciones generales
que deben seguir los distintos organismos
especializados en la dirección de la economía - Recomendar la política económica y social que
sirva de base para la elaboración de los planes y
programas de desarrollo - Estudiar y recomendar al gobierno para que sean
sometidos al Congreso, los planes y programas de
desarrollo que presente el DNP con base en los
planes sectoriales, regionales y urbanos
elaborados por distintas entidades. - Estudiar los informes periódicos y recomendar
medidas - Estudiar y definir las bases de los programas de
inversión y de los gastos públicos de desarrollo
que forman parte del proyecto de presupuesto - Aprobar o improbar el otorgamiento de garantías
por parte de la Nación o préstamos externos - Autorización de inversión con recursos PICN en
sectores no autorizados por la Ley 60 de 1993.
47DECRETO DE LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO
- Se toma como base el proyecto presentado al
Congreso de la República - Se insertan las modificaciones hechas por el
Congreso de la República - Se describe en un anexo el detalle del gasto para
el año fiscal
48PROCESO DE EJECUCION PRESUPUESTAL
- FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN PROGRAMA ANUAL
MENSUALIZADO DE CAJA - PAC -. - MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO
- REGIMEN DE APROPIACIONES Y RESERVAS
- COMPROMISOS VIGENCIAS FUTURAS
49PROGRAMA ANUAL MENSUALIZADO DE CAJA - PAC -
- El PAC es un instrumento de programación de la
ejecución presupuestal en el cual se define - Monto máximo mensual de fondos disponibles en la
Cuenta Unica Nacional para los órganos
financiados con recursos de la Nación - Monto máximo mensual de pagos de los
Establecimientos Públicos del orden Nacional
financiados con recursos propios - El límite máximo de las apropiaciones del PAC es
el valor presupuestado en la vigencia respectiva
50PROGRAMA ANUAL MENSUALIZADO DE CAJA - PAC -
- El PAC es un instrumento de programación de la
ejecución presupuestal en el cual se define - Monto máximo mensual de fondos disponibles en la
Cuenta Unica Nacional para los órganos
financiados con recursos de la Nación - Monto máximo mensual de pagos de los
Establecimientos Públicos del orden Nacional
financiados con recursos propios - El límite máximo de las apropiaciones del PAC es
el valor presupuestado en la vigencia respectiva
51FORMULACION Y EJECUCION - PAC -
- La Dirección General de Presupuesto - DGP- , del
Ministerio de Hacienda comunica a cada Organismo
la meta anual mensualizada de pagos para la
vigencia. - Cada Organismo elabora su PAC teniendo en cuenta
dos criterios primordiales - Organización del PAC
- Funcionamiento
- Servicios Personales
- Gastos Generales
- Transferencias
- Servicio de la Deuda
- Deuda Externa
- Deuda Interna
- Operación Comercial
- Inversión
52FORMULACION Y EJECUCION - PAC -
- Prioridad en la asignación y ejecución del PAC
- Pagos servicio de la deuda
- Pagos servicios públicos domiciliarios
- Servicios personales
- Pensiones y cesantías
- Transferencia relacionadas con la nómina
- Otros gastos
53FORMULACION Y EJECUCION - PAC -
- Presentación del PAC por parte de cada Organismo
a la DGP, antes del 10 de diciembre de cada
vigencia, teniendo en cuenta la clasificación
presupuestal y diferenciando los pagos con
recursos de la Nación o recursos propios - La DGP consolida el PAC de todos los organismos y
compara los pagos frente a las metas financieras
y su mensualización. Si hay diferencias hace
ajustes y comunica a los organismos responsables
y a la DTN
54FORMULACION Y EJECUCION - PAC
- La DGP envía el PAC a la Dirección del Tesoro
Nacional -DTN - con documento anexo identificando
las unidades ejecutoras que tienen tesorero o
pagador independiente al igual que los ajustes
realizados. - La DTN comunica a cada Organismo dentro de los
dos primeros días hábiles del mes la programación
de giros para atender los requerimientos de caja
durante el mes. La DTN define la programación de
giros teniendo en cuenta dos indicadores - Comportamiento histórico de la evaluación
(últimos meses) - Información del movimiento de cada cuenta
autorizada que envían los bancos - Los Organismos deben responder, si no están de
acuerdo, dentro de los dos días hábiles
siguientes para que la DTN acepte las
observaciones. La DTN acoge las observaciones
sujeta a la disponibilidad de recursos.
55PROCEDIMIENTOS PARA LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL
- Todo acto administrativo que expida el ordenador
del gasto afectando el presupuesto debe contar
con - Certificado de disponibilidad presupuestal que
garantice la existencia de apropiación suficiente
para atender el compromiso - Registro presupuestal para perfeccionar el
compromiso y afectar en forma definitiva la
apropiación
56MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO
- El Gobierno puede presentar proyectos de ley al
Congreso para modificar el presupuesto vigente si
se presentan las siguientes situaciones - Insuficiencia de recursos para ampliar los
servicios existentes o establecer nuevos
servicios autorizados por la Ley. En este caso el
Gobierno debe someter proyectos de ley sobre - Créditos adicionales al presupuesto con nuevos
recursos certificados por el Contador General. - Traslado de recursos de un objeto a otro ya
previsto, certificados por el Jefe de Presupuesto
del Organo respectivo. - Contracréditos a un crédito nuevo.
57MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO
- Modificaciones que no requieren trámite en el
Congreso - Créditos adicionales y traslados para atender
estados de excepción - Adición de excedentes financieros que autorice el
CONPES (máximo el equivalente al 1 del
presupuesto vigente. - Por ajuste institucional sin que modifique las
partidas globales para funcionamiento, servicio
de la deuda e inversión - Traslado de recursos del Fondo Interministerial
para cubrir faltantes en funcionamiento de
alguno(s) organismo(s) (máximo autorizado 1 de
los ICN)
58MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO
- Continuación
- Traslados en el anexo del decreto de liquidación
sin exceder los montos totales aprobados por el
Congreso - Reducir o aplazar, total o parcialmente,
apropiaciones presupuestales, previo concepto del
Consejo de Ministros cuando ocurran las
siguientes situaciones - El Ministerio de Hacienda estime que los recaudos
del año son inferiores al total de gastos y
obligaciones contraidas - El Congreso no apruebe la modificación
presupuestal o que las aprobadas sean
insuficientes - No se perfeccionaron los recursos de crédito
autorizados - La coherencia macroeconómica así lo exija
59REGIMEN DE APROPIACION Y RESERVAS
- Al cierre de la vigencia fiscal cada Organo está
autorizado para constituir - Reservas presupuestales con compromisos que al
cierre no se pudieron cumplir pero que están
legalmente contreaidos. La reserva la constituye
el Ordenador del Gasto y Jefe de Presupuesto y
enviar la relación de compromisos en en que se
basa la reserva junto al PAC de reserva a la DGP,
antes del 31 de enero. - Cuentas por pagar con obligaciones
correspondientes a anticipos pactados en los
contratos y a la entrega de bienes y servicios.
Las CP las debe constituir la tesorería o
pagaduria antes del 10 de enero y enviarlas a la
DTN para poderlas ejecutar
60SOBRE VIGENCIAS FUTURAS
- El Estatuto Orgánico de Presupuesto autoriza a
los Organos que integran el PGN, las Empresas
Industriales y Comerciales del Estado y
Sociedades de Economía Mixta para que comprometan
recursos de presupuestos futuros cuando los
planes y programas que emprendan sobrepasen la
vigencia respectiva y necesiten garantizar los
recursos suficientes para culminarlos. - La autorización la expide el CONFIS una vez la
entidad cumpla los requisitos - Proyección de los ingresos para el período que se
va afectar - Concepto técnico.económico del Ministerio
respectivo al cual está adscrita la entidad - Certificado de disponibilidad y certificado de
inicio de los compromisos en la actual vigencia. - Concepto del DNP cuando afecte los gastos de
inversión
61MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO
- Pueden ocurrir por los siguientes factores
- Insuficiencia de recursos para garantizar los
servicios existentes o establecer nuevos. En este
caso el gobierno deberá someter al Congreso
proyectos de Ley sobre - Créditos adicionales
- Con nuevos recursos
- Con contracréditos
- Traslado de recursos de un objeto a otro ya
previsto o a un crédito nuevo - NO REQUIEREN TRÁMITE EN EL CONGRESO
- Créditos adicionales y traslados para atender
estados de excepción - Adición de excedentes financieros que autorice el
CONPES (máximo el equivalente al 1 del
presupuesto vigente) - Por ajuste Institucional (fusión de Organos) sin
modificar partidas globales para funcionamiento,
serv. deuda e inversión. - Traslados del Fondo de Compensación
Interministerial para cubrir faltantes de
funcionamiento. (máxima apropiación para el fondo
hasta 1 de los ICN). - Traslados en el anexo del decreto de liquidación
sin exceder los montos totales aprobados por el
Congreso.
62SI EL PROYECTO NO CUMPLE EL TRAMITE LEGAL
- REPETICION VIGENCIA ANTERIOR
- Cuándo el Gobierno no lo presenta en el tiempo
previsto - Cuándo el Congreso no lo aprueba
- EL PRESENTADO POR EL GOBIERNO SE CONVIERTE EN LEY
- Cuando el Congreso no lo expide antes de la media
noche del 20 de octubre. En este caso solo serán
legales las modificaciones aprobadas por las
comisiones económicas
63TITULOS DE TESORERIA - TES -(Decreto 1013 de
1995)
- Los establecimientos públicos del orden nacional
deben invertir sus excedentes de liquidez en
Títulos de Tesorería - TES B - del mercado
primario, directamente en el administrador de los
títulos (Banco de la República). - La inversión se hace solamente sobre recursos
propios. - La base para la determinación de la inversión
será el promedio diario mensual, durante el
trimestre inmediatamente anterior, de las
disponibilidades de caja, cuantas corrientes,
depósitos de ahorro, a término o cualquier otro
depósito, activos financieros distintos de TES y
TES B, en poder de los establecimientos públicos
del orden nacional. - Las características de los títulos son
- Plazo de un año
- La rentabilidad efectiva anual corresponde a la
tasa de los títulos de tesorería clase B, de
subasta, con plazo de un año, menos cien puntos
base, correspondientes a la última subasta
aprobada de dicho plazo, siempre y cuando desde
su aprobación haya transcurrido un período
inferior a treinta días en caso contrario, la
DTN señalará la tasa máxima de rentabilidad de
los TES B. - Títulos a la orden y libremente negociables en el
mercado - La denominación mínima es de 500.000 y superior
a este valor únicamente de 100.000 en 100.000