Title: Diapositiva 1
1 REFLEXIONES EN TORNO A LA DISCRIMINACIÓN Y EL
VIH San Sebastián, 25-XI-2006
Prof. Dr. D. Diego Blázquez Martín Instituto de
Derechos Humanos Bartolomé de las
Casas UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID
2 SUMARIO.
- Conceptos
- Realidad
- Medidas
- Iniciativas
3 I.- CONCEPTOS
Atributo que desacredita socialmente a quien lo
soporta, quien queda sometido a reacciones
adversas, de hostilidad y de rechazo, que
favorecen la soledad y el aislamiento social
(Goffman, 1963). Dimensión estructural del
estigma (Parker, 2002) Esto provoca una relación
y un vínculo desiguales entre dos intervinientes,
de manera que cuando el estigma se instala, el
resultado es la discriminación (ONUSIDA 2005)
4 I.- CONCEPTOS
- 2.- Que es Discriminación?
- Un concepto, una reacción.
- Construcción Jurídica
- desigualdad/dominación/intergrupal/colectivo
- Dimensión estructural
- Discriminación relativa a la igualdad de trato
- Discriminación basada en el status
- Discriminación como
- a) el tratamiento diferenciado que tienda a
excluir o a establecer restricciones en relación
con el disfrute de determinados bienes a las
personas que viven con VIH/SIDA (DIRECTA) - b) el tratamiento equivalente que, no teniendo en
cuenta la situación peculiar en la que se
encuentran las personas que viven con VIH/SIDA
tenga, como resultado, la exclusión o el
establecimiento de restricciones en relación con
el disfrute de determinados bienes o servicios a
estas mismas personas (INDIRECTA).
5 II.- Situacíón
- 1. ASISTENCIA SANITARIA
- 187 notif. de discriminación. Un 31,4 del total.
Una media de 27, 6 notificaciones. - 2. EMPLEO.
- 147 notif. Un 24,7 del total.
- 70 casos termina desvinculación
- Descenso en el nivel de renta
- Renta y salario (aprox. entre 5271 y 6150 por
paciente) - Salario una perdida de sueldos anual que oscila
entre 7537 y 8793
6 Pacientes VIH y Trabajo algunos datos.
FUENTE López Bastida J, Oliva J, Serrano P,
Perestelo L. Determinants of Health. Care Costs
of Ambulatory Patients Living With HIV/AIDS in
Spain. International Health Economics Association
Congress. Barcelona, 2005.
7 II.- Situacíón
- 3. JUSTICIA /PROCESO JUDICIAL.
- Percepción Subjetiva
- 4. ADMINISTRACIÓN.
- A) ADMINISTRACIÓN DE PRISIONES.
- 124 notif. 20,8 del total. Una media de 24, 8.
- 68,5 tratamiento sanitario.
- B) ENTRADA Y/O RESIDENCIA EN UN PAÍS
- 5. BIENESTAR SOCIAL.
- 38 casos de exclusiones servicios sociales
- Dificultad acceso a prestaciones
- Confidencialidad de la condición serológica de
VIH de los usuarios de los Servicios Sociales - 6. VIVIENDA 6 notif. 1,0 del total.
- 7. EDUCACIÓN 20 notif. 3,4 del total.
8 II.- Situación
- 8. VIDA FAMILIAR Y REPRODUCTIVA.
- Prueba diagnóstica VIH sistemática en centros.
- 9. SEGUROS Y OTROS SERVICIOS FINANCIEROS 27
notif. 4,5 total - 10. ACCESO A OTROS SERVICIOS O ESTABLECIMIENTOS
PÚBLICOS - las cláusulas de enfermedad infecto-contagiosa
9 II.- Situación
Reparto porcentual de notificaciones
Reparto porcentual de notificaciones ENFASIS
AMBITO ÍNTIMO 18
10 II.- Situación
- CONCLUSIONES
- Separación entre las normas y los hechos .
- Afecta sobre todo a la vida cotidiana
- Afecta sobre todo a ámbitos privados.
- Ineficacia normativa
- PRUEBA inexistencia (relevante) de
procedimientos judiciales. - CAUSA discriminación anticipada.
- Genera la invisibilidad de la discriminación
-
- Preponderancia de los aspectos
sanitarios/asistenciales sobre los
sociales/integración
- RESULTADOS INDICADOR ESTUDIO FIPSE
- Fuente de Legislación
- 94,59 de no discriminación.
- Prácticas negativas nº. 26 y nº. 35.
- Fuente de Reglamentos y Procedimientos Internos
- 86,48 de no discriminación.
- Prácticas negativas nº. 10,26,31,35,37.
- Fuente de Práctica Cotidiana.
- 16,21 - 24,32 de no discriminación.
- Prácticas negativas nº 1-5, 7-14, 19,20, 22-24,
26-33, 35-37. - Global
- 68,46 no discriminación.
- Vida Cotidiana
- 75,68 discriminación
11 LA DEFINICIÓN DE PROBLEMAS. RETORCIDOS
- POR DONDE EMPEZAR
- DONDE ACABAR
12 PROBLEMAS RETORCIDOS
- (1) No existe una formulación definitiva de los
problemas retorcidos - (2) Los problemas retorcidos carecen de reglas
que determinen su término . - (3) Las soluciones a los problemas retorcidos no
son falsas o verdaderas, sino buenas o malas
(satisfactorias o no) - (4) No existe una prueba última o inmediata para
una solución a un problema retorcido. - (5) Toda solución a un problema retorcido es una
solución a un solo golpe cualquier intento es
significativo (al menos modifica la situación) - (6) Los Problemas retorcidos no tienen un
conjunto enumerable de soluciones potenciales ni
tampoco existe un conjunto de operaciones
permisibles que se puedan incorporar. - (7) Todo problema retorcido es esencialmente
único. - (8) Todo problema retorcido es síntoma de otro
problema. - (9) La existencia de discrepancias ante un
problema retorcido se explica de muchas maneras.
La elección de la explicación de la discrepancia
determina la solución del problema (ej. Violencia
callejera). - (10) El planeador no tiene derecho a equivocarse
(la meta no es la verdad como en la ciencia, sino
la mejora de las condiciones de vida) - FUENTE Rittel y Webber Dilemas de una teoría
general de la planeación Policy Sciencies, 4. 1973
13 III.- MEDIDAS.
- Desarrollo de las técnicas del Derecho
Antidiscriminatorio. - Sobre la naturaleza infecto-contagiosa del VIH.
- Promoción de la realización de Protocolos en
organismos y organizaciones o grupos públicos y
privados. - Apoyo y protagonismo del tejido asociativo.
- Empoderamiento movimiento asociativo
- Autoconfianza individual. Influencia apoyo
psicológico respecto de la discriminación
anticipada. - Una educación en valores Educación en Derechos
Humanos.
14 III.- MEDIDAS.
- Desarrollo de las técnicas del Derecho
Antidiscriminatorio - PRINCIPIO DE IGUALDAD
- Igualdad Formal
- Artículo 14 C.E.
- Los españoles son iguales ante la ley, sin que
pueda prevalecer discriminación alguna por razón
de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o
cualquier otra condición o circunstancia personal
o social - Igualdad Material
- Artículo 9.2 C.E.
- Corresponde a los Poderes Públicos promover las
condiciones para que la libertad y la igualdad
del individuo y de los grupos en que se integra
sean reales y efectivas remover los obstáculos
que impidan o dificulten su plenitud y facilitar
la participación de todos los ciudadanos en la
vida política, económica, cultural y social - Ley 51/2003 de Igualdad de Oportunidades, No
discriminación y Accesibilidad Universal de las
Personas con Discapacidad. - Ley 62/2003 de Acompañamiento a los Presupuestos
Generales del Estado del año 2004, que incorpora
una serie de modificaciones a diversos
instrumentos jurídicos.
15 III.- MEDIDAS.
- Desarrollo Derecho Antidiscriminatorio
- Ley 51/2003 de Igualdad de Oportunidades, No
discriminación y Accesibilidad Universal de las
Personas con Discapacidad. - Objeto (art. 1.1) Esta ley tiene por objeto
establecer medidas para garantizar y hacer
efectivo el derecho a la igualdad de
oportunidades de las personas con discapacidad,
conforme a los artículos 9.2, 10, 14 y 49 de la
Constitución. A estos efectos, se entiende por
igualdad de oportunidades la ausencia de
discriminación, directa o indirecta, que tenga su
causa en una discapacidad, así como la adopción
de medidas de acción positiva orientadas a evitar
o compensar las desventajas de una persona con
discapacidad para participar plenamente en la
vida política, económica, cultural y social. - Beneficiarios (art. 1.2) tendrán la
consideración de personas con discapacidad
aquellas a quienes se les haya reconocido un
grado de minusvalía igual o superior al 33 por
ciento. En todo caso, se considerarán afectados
por una minusvalía en grado igual o superior al
33 por ciento los pensionistas de la Seguridad
Social que tengan reconocida una pensión de
incapacidad permanente en el grado de total,
absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas
de clases pasivas que tengan reconocida una
pensión de jubilación o de retiro por incapacidad
permanente para el servicio o inutilidad. - Vulneraciones (art. 4) Se entenderá que se
vulnera el derecho a la igualdad de oportunidades
de las personas con discapacidad cuando se
produzcan discriminaciones directas o indirectas,
acosos, incumplimientos de las exigencias de
accesibilidad y de realizar ajustes razonables,
así como el incumplimiento de las medidas de
acción positiva legalmente establecidas. -
16 III.- MEDIDAS.
- Desarrollo Derecho Antidiscriminatorio Ley
51/2003 (LIONDAU) - Medidas contra la discriminación (art. 7) Las
medidas contra la discriminación podrán consistir
en prohibición de conductas discriminatorias y de
acoso, exigencias de accesibilidad y exigencias
de eliminación de obstáculos y de realizar
ajustes razonables. A estos efectos, se entiende
por - a) Conducta de acoso toda conducta relacionada
con la discapacidad de una persona, que tenga
como objetivo o consecuencia atentar contra su
dignidad o crear un entorno intimidatorio,
hostil, degradante, humillante u ofensivo. - c) Ajuste razonable las medidas de adecuación
del ambiente físico, social y actitudinal a las
necesidades específicas de las personas con
discapacidad que, de forma eficaz y práctica y
sin que suponga una carga desproporcionada,
faciliten la accesibilidad o participación de una
persona con discapacidad en igualdad de
condiciones que el resto de los ciudadanos. - Medidas de fomento.
- Medidas de sensibilización y formación (art.
12). Las Administraciones públicas desarrollarán
y promoverán actividades de información, campañas
de sensibilización, acciones formativas y cuantas
otras sean necesarias para la promoción de la
igualdad de oportunidades y la no discriminación. - Medidas para fomentar la calidad (art. 13). Las
Administraciones públicas adecuarán sus planes de
calidad para asegurar la igualdad de
oportunidades a los ciudadanos con discapacidad.
Para ello, incluirán en ellos normas uniformes
mínimas de no discriminación y de accesibilidad,
y desarrollarán indicadores de calidad y guías de
buenas prácticas.
17 III.- MEDIDAS.
- Desarrollo Derecho Antidiscriminatorio Ley
51/2003 (LIONDAU) - MEDIDAS DE DEFENSA
- Tutela judicial y protección contra las
represalias (art. 18) 1. La tutela judicial del
derecho a la igualdad de oportunidades de las
personas con discapacidad comprenderá la adopción
de todas las medidas que sean necesarias para
poner fin a la violación del derecho y prevenir
violaciones ulteriores, así como para restablecer
al perjudicado en el ejercicio pleno de su
derecho. 2. La indemnización o reparación a que
pueda dar lugar la reclamación correspondiente no
estará limitada por un tope máximo fijado a
priori. La indemnización por daño moral procederá
aun cuando no existan perjuicios de carácter
económico y se valorará atendiendo a las
circunstancias de la infracción y a la gravedad
de la lesión. 3. Se adoptarán las medidas que
sean necesarias para proteger a las personas
físicas o jurídicas contra cualquier trato
adverso o consecuencia negativa que pueda
producirse como reacción ante una reclamación o
ante un procedimiento destinado a exigir el
cumplimiento del principio de igualdad de
oportunidades. - Criterios especiales sobre la prueba de hechos
relevantes (art. 20) 1. En aquellos procesos
jurisdiccionales en los que de las alegaciones de
la parte actora se deduzca la existencia de
graves indicios de discriminación directa o
indirecta por razón de discapacidad, el juez o
tribunal, tras la apreciación de los mismos,
teniendo presente la disponibilidad y facilidad
probatoria que corresponde a cada una de las
partes del litigio y el principio procesal de
igualdad de partes, podrá exigir al demandado la
aportación de una justificación objetiva y
razonable, de las medidas adoptadas y de su
proporcionalidad. 2. Lo establecido en el
apartado anterior no es de aplicación a los
procesos penales ni a los contenciosoadministrativ
os interpuestos contra resoluciones sancionadoras.
18 III.- MEDIDAS.
- Art. 3.3.3 Ley de infracciones LIONDAU. tendrán
la consideración de infracciones graves Los
actos discriminatorios u omisiones que supongan
directa o indirectamente un trato menos favorable
a la persona con discapacidad en relación con
otra persona que se encuentre en situación
análoga o comparable. Árt. 4. sanción hasta
90.000 - Art. 3.4.1 tendrán la consideración de
infracciones muy graves Toda conducta de acoso
relacionada con la discapacidad. Art. 4. sanción
hasta 1.000.000
19 El papel de la Educación
FUENTE Fernando Gil Cantero. Didáctica de la
Educación en Derechos Humanos, en Educación en
Derechos Humanos la asignatura pendiente.
Dykinson, Madrid, 2006. P. 264.
Educación en valores para la convivencia basada
en DDHH
20 El papel dela Educación
Una humanidad que tiene derechos pero los
desconoce, está en una situación bien parecida a
la de no tenerlos. UNESCO 1996
De la prohibición a la promociónEvitar
problemas o Generar un modelo?
SISTEMA SOCIAL BASADO EN DDHH
Una educación EN y PARA los derechos
humanos
21 El papel de la Educación
- Coexistir o convivir? La importancia de lo
común - La contribución del Republicanismo
- LO PÚBLICO Y LO PRIVADO
- No hay nada privado en el ejercicio de los
derechos. Los derechos son la esencia de lo
público - EL PATRIOTISMO CONSTITUCIONAL
- La Educación en el vivere politico
- Los DDHH como patria común.
22 III.- MEDIDAS.
- 2. Sobre la naturaleza infecto-contagiosa del
VIH. - TERCERA DIRECTRIZ LEGISLACIÓN SANITARIA.
- enfermedades de transmisión casual
23 DIRECTRICES INTERNACIONALES
- (.20)PRIMERA DIRECTRIZ Los Estados deberían
establecer un marco nacional efectivo par
responder al VIH/SIDA - Coordinación (competencias Sec. PNSIDA)
- 21. b) Comisión parlamentaria o legislativa.
- 21.c)Órgano consultivo jurídico y ético Sec.
PNS. Observaciones 23. - 21. d) Programas sensibilización Poder
Judicial. - 22 formar dirigentes dispuestos a
dedicarse a las cuestiones de DDHH que plantea el
VIH/SIDA
24 DIRECTRICES INTERNACIONALES
- 24 SEGUNDA DIRECTRIZ Apoyo a la Asociación de
la Comunidad. - 24 b) fondos para asesoramiento sobre
derechos humanos y civiles, remisión a órganos de
reclamación y recopilación de datos
25 DIRECTRICES INTERNACIONALES
- TERCERA DIRECTRIZ LEGISLACIÓN SANITARIA.
- enfermedades de transmisión casual
- 28 j) exigir formación en ética y DDHH a los
trabajadores de la salud
26 DIRECTRICES INTERNACIONALES
- QUINTA DIRECTRIZ LEYES DE PROTECCIÓN Y CONTRA LA
DISCRIMINACIÓN. - 30 a) Inclusión del VIH/en las leyes de
protección de la discapacidad. - 30 d) Política Nacional sobre VIH/SIDA en el
lugar de trabajo aprobada por órgano tripartito
(cuatripartito)
27 DIRECTRICES INTERNACIONALES
- SÉPTIMA DIRECTRIZ SERVICIOS DE ASISTENCIA
JURÍDICA - 33
- 33 c) Programas de fomento de la autoestima de
las PVVIH. - 33 d) Impulso en los defensores públicos.
28 DIRECTRICES INTERNACIONALES
- NOVENA DIRECTRIZ Cambio de las actitudes
discriminatorias mediante la Educación, la
Formación y los medios de comunicación. - 40 e) Formación en VIH/SIDA a las personas
que trabajan en materias DDHH
29 DIRECTRICES INTERNACIONALES
- DÉCIMA DIRECTRIZ Elaboración de normas en los
sectores públicos y privados y de Procedimientos
respecto del VIH/SIDA - 42 a) Grupos de profesionales (especialmente
salud) y otros privados (jurídicos, seguros..) - 42 b) Ministerios
30 Declaración de Compromiso (2001)
- 37 2003 Planes de financiación que eliminen
la marginación y la discriminación. - 59 2003 elaborar estrategias para combatir el
estigma y la exclusión social asociados a la
epidemia. - 60 2005 Estrategias nacionales de igualdad de
género.
31 Declaración de Compromiso (2001)
INDICADORES BÁSICOS 2002
- Compromiso y acción mundiales
- 1. Cuantía de los fondos destinados al VIH/SIDA
por donantes internacionales en países en
desarrollo y países en transición para la lucha
contra la discriminación - 2. Cuantía de los fondos públicos disponibles
para investigación y desarrollo de vacunas y
microbicidas - 3. Porcentaje de las empresas transnacionales que
están presentes en países en desarrollo y que
tienen políticas y programas sobre el VIH/SIDA en
el lugar de trabajo - 4. Porcentaje de las organizaciones
internacionales que tienen políticas y programas
sobre el VIH/SIDA en el lugar de trabajo - 5. Evaluación de los esfuerzos de sensibilización
sobre el VIH/SIDA
32 Declaración de Compromiso (2001)
INDICADORES BÁSICOS 2002
- Compromiso y acción nacionales
- 1. Cuantía de los fondos nacionales destinados al
VIH/SIDA por los gobiernos - 2. Índice Compuesto de Política Nacional
- A) PLAN ESTRATÉGICO.
- 1. El país ha desarrollado estrategias
multisectoriales para luchar contra el VIH/SIDA - 2. El país ha integrado el VIH/SIDA en su plan de
desarrollo general - 3. El país tiene un órgano multisectorial
nacional de gestión/coordinación en materia de
VIH/SIDA - 4. El país tiene un órgano nacional específico
sobre el VIH/SIDA que fomenta la interacción
entre el gobierno, el sector privado y la
sociedad civil - 5. El país tiene un órgano específico sobre el
VIH/SIDA que asiste en la coordinación de las
organizaciones de la sociedad civil - 6. El país ha evaluado el impacto del VIH/SIDA en
su situación socioeconómica con fines de
planificación - 7. El país tiene una estrategia que aborda las
cuestiones relativas al VIH/SIDA entre sus
cuerpos uniformados nacionales (incluidas las
fuerzas armadas y las fuerzas de protección civil)
33 Declaración de Compromiso (2001)
INDICADORES BÁSICOS 2002
- B) PREVENCIÓN
- El país tiene una política o estrategia general
para fomentar la información, educación y
comunicación sobre el VIH/SIDA - El país tiene una política o estrategia para
promover la educación sobre salud sexual y
reproductiva entre los jóvenes - El país tiene una política o estrategia que
fomenta la información, educación y comunicación
y otras intervenciones de salud para grupos con
tasas de infección por el VIH elevadas o en
crecimiento - El país tiene una política o estrategia que
fomenta la información, educación y comunicación
y otras intervenciones de salud para migrantes
transfronterizo - El país tiene una política o estrategia para
ampliar el acceso, incluido entre los grupos
vulnerables, a los productos preventivos básicos - El país tiene una política o estrategia para
reducir la transmisión maternoinfantil del VIH
34 Declaración de Compromiso (2001)
INDICADORES BÁSICOS 2002
- C) DERECHOS HUMANOS
- El país dispone de leyes y reglamentación que
protegen de la discriminación a las personas que
viven con el VIH/SIDA - El país dispone de leyes y reglamentación que
protegen de la discriminación a los grupos de
personas identificadas como particularmente
vulnerables al VIH/SIDA - El país tiene una política para asegurar el
acceso de los varones y las mujeres en
condiciones de igualdad a la prevención y
atención, con interés particular en los grupos
vulnerables - El país tiene una política para asegurar que los
protocolos de investigación sobre el VIH/SIDA en
los que participan seres humanos sean revisados y
aprobados por un comité de ética
35 Declaración de Compromiso (2001)
INDICADORES BÁSICOS 2002
- D) ATENCIÓN Y APOYO
- 1. El país tiene una política o estrategia para
fomentar la atención y apoyo integrales del
VIH/SIDA, con interés particular en los grupos
vulnerables - 2. El país tiene una política o estrategia para
asegurar o ampliar el acceso a los medicamentos
relacionados con el VIH/SIDA, con interés
particular en los grupos vulnerables - 3. El país tiene una política o estrategia para
abordar las necesidades adicionales de los
huérfanos y otros niños vulnerables
36 Declaración de Compromiso (2001)
- Programa y comportamiento nacionales
- Porcentaje de las escuelas con maestros que han
recibido capacitación en educación sobre el
VIH/SIDA basada en aptitudes para la vida y que
impartieron esa enseñanza durante el último curso
académico - Porcentaje de las empresas importantes que
tienen políticas y programas sobre el VIH/SIDA en
el lugar de trabajo - Porcentaje de los pacientes con ITS en
establecimientos de salud a los que se ha hecho
un diagnóstico apropiado y han recibido
tratamiento y asesoramiento oportunos - Porcentaje de las mujeres embarazadas infectadas
por el VIH que han recibido un tratamiento
preventivo completo con antirretrovíricos para
reducir el riesgo de transmisión maternoinfantil - Porcentaje de las personas con infección por el
VIH avanzada que reciben terapia antirretrovírica
de combinación - Porcentaje de los consumidores de drogas
intravenosas que han adoptado comportamientos que
reducen el riesgo de transmisión del VIH - Porcentaje de los jóvenes de 15 a 24 años de
edad que identifican correctamente métodos para
prevenir la transmisión sexual del VIH y que
rechazan las principales ideas erróneas sobre la
transmisión del virus Meta 90 para 2005 95
para 2010 - Porcentaje de los jóvenes de 15 a 24 años de edad
que afirman utilizar un preservativo en las
relaciones sexuales con una pareja sexual no
habitual - Cociente de la asistencia escolar actual entre
huérfanos y no huérfanos de 10 a 14 años de edad
37 Declaración Política (2006)
- 11Elemento fundamental contra el SIDA.
- 25 Nos comprometemos a promover, a nivel
internacional, regional, nacional y local, el
acceso a la educación, la información, la
atención psicológica y los análisis a título
voluntario, así como a otros servicios afines en
materia de VIH/SIDA, protegiendo plenamente la
confidencialidad y respetando el consentimiento. - 29 Leyes y estrategias contra la
discriminación - 31 Especiales si afectan a la igualdad de las
mujeres - 49 Metas nacionales sobre la Base de los
Indicadores básicos de ONUSIDA
38- MATRIZ MONITORIZACIÓN Y EVALUACIÓN ONUSIDA
- ESTRUCTURAL
- Normas LIONDAU/Ley Sanciones
- Protagonistas Renovar RD . 592/1993, de 23 de
Abril - Competencias el 149.1.1
- DE PROCESO (Vid. next)
- DE RESULTADOS
39La responsabilidad comienza en uno mismoTHE
NEXT STEPS, E.A.A. 2003.
- Código de Conducta de las ONG de SIDA (Renewing
Our Voice Code of Good Practice for NGOs
Responding to HIV/AIDS www.ifrc.org/what/health/hi
vaids/code/) Pp. 26 y ss (HRBA) Pp. 70 y ss
(Estigma y Discriminación)
40Entonces, aboga por el cambio THE NEXT STEPS,
E.A.A. 2003.
INICIATIVAS Formación en DDHH para personal
sanitario Proyecto de investigación Index Clínica
Jurídica para personas con VIH/SIDA
Klein, Karchner y OConner. Intervention to
prevent HIV related stigma and discrimination .
Journal of Public Health Managment and Practice.
Nov. 2002. Pp. 44 y ss.
41Index on human rights, stigma and discrimination
by and for people living with HIV
42Index on human rights, stigma and discrimination
by and for people living with HIV
43Index on human rights, stigma and discrimination
by and for people living with HIV
44 III.- CONCEPTOS
- 1.- HRBA
- A) Los DDHH como marco de las demandas de la
sociedad y los gobiernos. - B) Del enfoque de las violaciones al enfoque del
cumplimiento. - C) Principios de DDHH
- a) Consenso de Viena
- Universalidad
- Inalienabilidad
- Indivisibilidad
- Interdependencía
- Interrelación
- b) Inclusión igualdad, no discriminación y
equidad. - c) Participación empoderamiento.
- d) Trasparencia Control (Accountability),
Imperio de la Ley y Trasparencia.
45 - 5.- UN COMMON UNDERSTANDING sobre HRBA
- Evaluación de objetivos basada en Derechos
Humanos - Análisis basado en Derechos Humanos
- La obligación de respetar.
- La obligación de proteger.
- La obligación de cumplir
- Facilitar
- Proveer
- Promover
- Planeamiento basado en Derechos Humanos
- Implementación basada en Derechos Humanos
- Evaluación de la Ejecución basada en Derechos
Humanos