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RGIMEN SANCIONATORIO

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... mil a 500 mil colones y mayor a 500 mil colones de 6 a 8 a os ... Apropiaci n de retenciones y percepciones: mayores a 25 mil colones por mes de 4 a 6 a os. ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: RGIMEN SANCIONATORIO


1
RÉGIMEN SANCIONATORIO
  • CÓDIGO TRIBUTARIO

2
Qué es una infracción tributaria? Es una
violación a obligaciones establecidas en la
legislación tributaria El incumplimiento de una
obligación tributaria Las conductas dolosas
señaladas en la legislación tributaria
3
  • La infracción puede ser por
  • Acción (Realización de un acto)
  • Omisión (No realización de la conducta esperada)

4
  • Independencia de las infracciones
  • Una misma acción u omisión puede hacer incurrir
    en más de una infracción.
  • Por ejemplo
  • Si no presentó una declaración de impuestos, se
    incurre en
  • Incumplimiento de una obligación formal y
  • Incumplimiento de una obligación sustantiva.

5
  • Tipos de Sanciones
  • Multa
  • Cierre temporal de establecimiento
  • Comiso
  • Arresto

6
  • Responsables de las infracciones
  • El contribuyente
  • El responsable de obligaciones tributarias
  • Los padres del menor
  • Los administradores
  • Los mandatarios
  • Los síndicos de quiebras
  • El contratante local de conjuntos

7
El fiduciario Los curadores Los herederos
8
PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO
9
  • Autoridad Competente
  • La Administración Tributaria (Ministerio de
    Hacienda)
  • Procedimiento para poner sanciones








  • a) Se
    constata la infracción
  • Se notifica la infracción y se concede audiencia
    por el plazo de 3 días hábiles
  • Se concede un plazo de 8 días hábiles para
    presentar pruebas

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  • Atenuantes de las sanciones
  • Cuando el infractor subsane voluntariamente los
    incumplimientos.
  • Cuando el infractor subsane los incumplimientos
    en el plazo que le indique la Administración
    Tributaria.

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  • Agravantes de las sanciones
  • Por reincidencia en la infracción
  • Por reiteración en la infracción

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Artículo 237.- Constituyen incumplimiento con
relación a la obligación de informar, actualizar
dirección e informar cambio de dirección para
recibir notificaciones a) No fijar o no
informar lugar para recibir notificaciones. b)
No informar o Informar fuera del plazo
correspondiente, el cambio o actualización de
lugar o dirección para recibir notificaciones
mediante formulario respectivo.
13
c) No informar el cambio efectivo de domicilio,
lugar o dirección para recibir notificaciones.
d) Fijar o informar un lugar, dirección o
domicilio para recibir notificaciones, falso,
inexistente o incompleto. Multa nueve salarios
mínimos mensuales (1,425.60)
14
Literales e) y f) del Artículo 238 de la
siguiente manera e) Presentar la declaración
tributaria sin consignar datos o información,
establecida en los literales a), b) c), d) y g)
del Artículo 95 del Código Tributario. Sanción
Multa de dos salarios mínimos mensuales (US
316.80)
15
f) Presentar la declaración tributaria del
Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a
la Prestación de Servicios, sin consignar los
datos o información establecida en el Artículo
115-A, Multa de cuatro salarios mínimos
mensuales (US 633.60)
16
Artículo 238-A.- Constituyen incumplimientos con
relación a la obligación de presentar el balance
general, estado de resultados o estado de
ingresos y gastos, correspondiente al ejercicio o
período de imposición relativo a la declaración
de Impuesto Sobre la Renta
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a) Omitir presentar el balance general, estado de
resultados o estado de ingresos y gastos, las
conciliaciones o justificantes. Multa del 0.5
sobre el patrimonio, que no podrá ser menor a un
salario mínimo mensual.
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b) No presentar dentro del plazo legal c)
Presentar con datos incompletos o sin los
requisitos que disponga la Administración
Tributaria en los formularios d) No coincidir los
rubros de la declaración de Impuesto Sobre la
Renta o del Balance General, con las anotaciones
efectuadas en los libros legales, auxiliares o
especiales y con los comprobantes o justificantes
legales que respaldan los asientos. Multa del
0.2 sobre el patrimonio, que no podrá ser menor
a un salario mínimo mensual
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e) Presentar el balance general, estado de
resultados o estado de ingresos y gastos, a
instituciones financieras o a registros públicos
con cifras diferentes total o parcialmente de los
presentados a la Administración Tributaria.
Cuando no exista balance general o no sea
posible establecer el patrimonio, se aplicará la
Sanción de nueve salarios mínimos. Multa del 0.2
sobre el patrimonio, que no podrá ser menor a un
salario mínimo mensual
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Art. 240 literal c) Incumplimientos con la
impresión de documentos c) No remitir, o remitir
fuera del plazo estipulado, Remitir en forma
incompleta mediante medios físicos, magnéticos o
Transmisión en línea o electrónica hacia el
servidor de la Administración Tributaria, el
listado de clientes de contribuyentes inscritos
del Impuesto a la Transferencia de Bienes y a la
Prestación de Servicios a quienes hubiere
elaborado los documentos legales a que se refiere
este Código o las leyes tributarias, y los demás
datos o aspectos relacionados con la impresión de
dichos documentos. Multa de cuatro salarios
mínimos mensuales (US 633.60)
21
Art. 241 Incumplimiento a la obligación de
informar a) Negarse a proporcionar, no
proporcionar u ocultar los datos, informes,
antecedentes o justificantes que sean requeridos
por la Administración Tributaria b) Presentar o
proporcionar fuera del plazo legal o de los
plazos otorgados por la Administración en sus
requerimientos los datos, informes,
antecedentes o justificantes
22
c) Presentar o proporcionar los datos, informes,
antecedentes o justificantes sin cumplir con los
requisitos y especificaciones establecidas por
el presente Código y las leyes tributarias o
requeridas por la Administración Tributaria o
suministrarla por medios distintos de los
establecidos por ellas.
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d) Presentar o proporcionar a la Administración
Tributaria los datos, informes, antecedentes o
justificantes falsos, inexistentes, incompletos,
alterados o simulados. e) No remitir, o remitir
en forma extemporánea o remitir sin las
especificaciones contenidas en este Código o que
disponga la Administración Tributaria en sus
formularios, el informe de sujetos de retención
del Impuesto Sobre la Renta o el informe de
sujetos a retención, anticipo o percepción del
Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a
la Prestación de Servicios, ya sea por medios
manuales, magnéticos o electrónicos.
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g) No transmitir, o transmitir fuera del plazo
establecido por la Administración o la ley,
Transmitir incompleto o sin cumplir la forma o
alcances establecidos por la Administración, en
línea o electrónicamente hacia el servidor de la
Administración, la información de cada
transferencia de bienes o prestación de servicios
que realicen, la información de las anotaciones
de los registros contables o de los libros de
control del Impuesto a la Transferencia de Bienes
Muebles y a la Prestación de Servicios.
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  • No remitir, o remitir en forma extemporánea, o
    remitir sin cumplir con las especificaciones
    contenidas en el Artículo 124 de este Código a la
    Administración Tributaria, el informe sobre
    distribución de utilidades o el listado de las
    personas que tengan la calidad de socio,
    accionista o cooperado.
  • Multa del 0.5 sobre el patrimonio que no podrá
    ser inferior a un salario mínimo mensual

26
Adiciónense los literales i), j) y k) al
artículo 244 de la siguiente manera i) No
solicitar asignación y autorización de la
numeración correlativa y series, en su caso, de
la impresión de documentos señalados en los
artículos 107, 108, 109, 110, 112 y 113 de este
código no presentar, presentar fuera del plazo o
en forma incompleta el estado de origen y
aplicación de fondos. Multa del 0.5 sobre el
patrimonio que no podrá ser inferior a un salario
mínimo mensual (US 158.40)
27
Artículo 249.- Constituyen incumplimientos con
relación a la obligación de nombrar, informar
nombramiento y proporcionar información al
Auditor para emitir dictamen e informe
fiscal a) No nombrar Auditor para emitir
dictamen e informe fiscal o nombrarlo fuera del
plazo legal. b) No informar el nombramiento o
renuncia del Auditor, o informarlo fuera del
plazo legal. Multa del 0.5 sobre el patrimonio,
que no podrá ser inferior a cuatro salarios
mínimos (US 633.6)
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REFORMAS PENALES
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Defraudación al Fisco Delitos contra la Fe
Publica de 1 a 3 años. Evasión y Defraudación de
Impuestos ISR de 4 a 6 años de 300 mil a 500 mil
colones y mayor a 500 mil colones de 6 a 8 años
Impuestos mensuales de 100 a 300 mil colones de
4 a 6 años y mayor a 300 mil colones de 6 a 8
años. Incluye mal calculo de proporcionalidad y
créditos fiscales que no aplican para su
deducibilidad. Apropiación de retenciones y
percepciones mayores a 25 mil colones por mes
de 4 a 6 años.
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