Title: RGIMEN SANCIONATORIO
1RÉGIMEN SANCIONATORIO
2Qué es una infracción tributaria? Es una
violación a obligaciones establecidas en la
legislación tributaria El incumplimiento de una
obligación tributaria Las conductas dolosas
señaladas en la legislación tributaria
3- La infracción puede ser por
- Acción (Realización de un acto)
- Omisión (No realización de la conducta esperada)
4- Independencia de las infracciones
- Una misma acción u omisión puede hacer incurrir
en más de una infracción. - Por ejemplo
- Si no presentó una declaración de impuestos, se
incurre en - Incumplimiento de una obligación formal y
- Incumplimiento de una obligación sustantiva.
5- Tipos de Sanciones
- Multa
- Cierre temporal de establecimiento
- Comiso
- Arresto
6- Responsables de las infracciones
- El contribuyente
- El responsable de obligaciones tributarias
- Los padres del menor
- Los administradores
- Los mandatarios
- Los sÃndicos de quiebras
- El contratante local de conjuntos
7 El fiduciario Los curadores Los herederos
8PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO
9- Autoridad Competente
- La Administración Tributaria (Ministerio de
Hacienda) - Procedimiento para poner sanciones
-
a) Se
constata la infracción - Se notifica la infracción y se concede audiencia
por el plazo de 3 dÃas hábiles - Se concede un plazo de 8 dÃas hábiles para
presentar pruebas
10- Atenuantes de las sanciones
- Cuando el infractor subsane voluntariamente los
incumplimientos. - Cuando el infractor subsane los incumplimientos
en el plazo que le indique la Administración
Tributaria.
11- Agravantes de las sanciones
- Por reincidencia en la infracción
- Por reiteración en la infracción
12ArtÃculo 237.- Constituyen incumplimiento con
relación a la obligación de informar, actualizar
dirección e informar cambio de dirección para
recibir notificaciones a) No fijar o no
informar lugar para recibir notificaciones. b)
No informar o Informar fuera del plazo
correspondiente, el cambio o actualización de
lugar o dirección para recibir notificaciones
mediante formulario respectivo.
13c) No informar el cambio efectivo de domicilio,
lugar o dirección para recibir notificaciones.
d) Fijar o informar un lugar, dirección o
domicilio para recibir notificaciones, falso,
inexistente o incompleto. Multa nueve salarios
mÃnimos mensuales (1,425.60)
14Literales e) y f) del ArtÃculo 238 de la
siguiente manera e) Presentar la declaración
tributaria sin consignar datos o información,
establecida en los literales a), b) c), d) y g)
del ArtÃculo 95 del Código Tributario. Sanción
Multa de dos salarios mÃnimos mensuales (US
316.80)
15f) Presentar la declaración tributaria del
Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a
la Prestación de Servicios, sin consignar los
datos o información establecida en el ArtÃculo
115-A, Multa de cuatro salarios mÃnimos
mensuales (US 633.60)
16ArtÃculo 238-A.- Constituyen incumplimientos con
relación a la obligación de presentar el balance
general, estado de resultados o estado de
ingresos y gastos, correspondiente al ejercicio o
perÃodo de imposición relativo a la declaración
de Impuesto Sobre la Renta
17a) Omitir presentar el balance general, estado de
resultados o estado de ingresos y gastos, las
conciliaciones o justificantes. Multa del 0.5
sobre el patrimonio, que no podrá ser menor a un
salario mÃnimo mensual.
18b) No presentar dentro del plazo legal c)
Presentar con datos incompletos o sin los
requisitos que disponga la Administración
Tributaria en los formularios d) No coincidir los
rubros de la declaración de Impuesto Sobre la
Renta o del Balance General, con las anotaciones
efectuadas en los libros legales, auxiliares o
especiales y con los comprobantes o justificantes
legales que respaldan los asientos. Multa del
0.2 sobre el patrimonio, que no podrá ser menor
a un salario mÃnimo mensual
19e) Presentar el balance general, estado de
resultados o estado de ingresos y gastos, a
instituciones financieras o a registros públicos
con cifras diferentes total o parcialmente de los
presentados a la Administración Tributaria.
Cuando no exista balance general o no sea
posible establecer el patrimonio, se aplicará la
Sanción de nueve salarios mÃnimos. Multa del 0.2
sobre el patrimonio, que no podrá ser menor a un
salario mÃnimo mensual
20Art. 240 literal c) Incumplimientos con la
impresión de documentos c) No remitir, o remitir
fuera del plazo estipulado, Remitir en forma
incompleta mediante medios fÃsicos, magnéticos o
Transmisión en lÃnea o electrónica hacia el
servidor de la Administración Tributaria, el
listado de clientes de contribuyentes inscritos
del Impuesto a la Transferencia de Bienes y a la
Prestación de Servicios a quienes hubiere
elaborado los documentos legales a que se refiere
este Código o las leyes tributarias, y los demás
datos o aspectos relacionados con la impresión de
dichos documentos. Multa de cuatro salarios
mÃnimos mensuales (US 633.60)
21Art. 241 Incumplimiento a la obligación de
informar a) Negarse a proporcionar, no
proporcionar u ocultar los datos, informes,
antecedentes o justificantes que sean requeridos
por la Administración Tributaria b) Presentar o
proporcionar fuera del plazo legal o de los
plazos otorgados por la Administración en sus
requerimientos los datos, informes,
antecedentes o justificantes
22c) Presentar o proporcionar los datos, informes,
antecedentes o justificantes sin cumplir con los
requisitos y especificaciones establecidas por
el presente Código y las leyes tributarias o
requeridas por la Administración Tributaria o
suministrarla por medios distintos de los
establecidos por ellas.
23d) Presentar o proporcionar a la Administración
Tributaria los datos, informes, antecedentes o
justificantes falsos, inexistentes, incompletos,
alterados o simulados. e) No remitir, o remitir
en forma extemporánea o remitir sin las
especificaciones contenidas en este Código o que
disponga la Administración Tributaria en sus
formularios, el informe de sujetos de retención
del Impuesto Sobre la Renta o el informe de
sujetos a retención, anticipo o percepción del
Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a
la Prestación de Servicios, ya sea por medios
manuales, magnéticos o electrónicos.
24g) No transmitir, o transmitir fuera del plazo
establecido por la Administración o la ley,
Transmitir incompleto o sin cumplir la forma o
alcances establecidos por la Administración, en
lÃnea o electrónicamente hacia el servidor de la
Administración, la información de cada
transferencia de bienes o prestación de servicios
que realicen, la información de las anotaciones
de los registros contables o de los libros de
control del Impuesto a la Transferencia de Bienes
Muebles y a la Prestación de Servicios.
25- No remitir, o remitir en forma extemporánea, o
remitir sin cumplir con las especificaciones
contenidas en el ArtÃculo 124 de este Código a la
Administración Tributaria, el informe sobre
distribución de utilidades o el listado de las
personas que tengan la calidad de socio,
accionista o cooperado. - Multa del 0.5 sobre el patrimonio que no podrá
ser inferior a un salario mÃnimo mensual
26Adiciónense los literales i), j) y k) al
artÃculo 244 de la siguiente manera i) No
solicitar asignación y autorización de la
numeración correlativa y series, en su caso, de
la impresión de documentos señalados en los
artÃculos 107, 108, 109, 110, 112 y 113 de este
código no presentar, presentar fuera del plazo o
en forma incompleta el estado de origen y
aplicación de fondos. Multa del 0.5 sobre el
patrimonio que no podrá ser inferior a un salario
mÃnimo mensual (US 158.40)
27ArtÃculo 249.- Constituyen incumplimientos con
relación a la obligación de nombrar, informar
nombramiento y proporcionar información al
Auditor para emitir dictamen e informe
fiscal a) No nombrar Auditor para emitir
dictamen e informe fiscal o nombrarlo fuera del
plazo legal. b) No informar el nombramiento o
renuncia del Auditor, o informarlo fuera del
plazo legal. Multa del 0.5 sobre el patrimonio,
que no podrá ser inferior a cuatro salarios
mÃnimos (US 633.6)
28REFORMAS PENALES
29Defraudación al Fisco Delitos contra la Fe
Publica de 1 a 3 años. Evasión y Defraudación de
Impuestos ISR de 4 a 6 años de 300 mil a 500 mil
colones y mayor a 500 mil colones de 6 a 8 años
Impuestos mensuales de 100 a 300 mil colones de
4 a 6 años y mayor a 300 mil colones de 6 a 8
años. Incluye mal calculo de proporcionalidad y
créditos fiscales que no aplican para su
deducibilidad. Apropiación de retenciones y
percepciones mayores a 25 mil colones por mes
de 4 a 6 años.